Resolución 202/2016

S.M.A.T.A. - Asociacion De Concesionarios De Automotores De La Republica Argentina

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
S.M.A.T.A. - Asociacion De Concesionarios De Automotores De La Republica Argentina

Declarese homologado el acuerdo celebrado entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina y la asociacion de concesionarios de automotores de la republica argentina, que luce a fs. 3 y 3 vta. y actas de ratificacion de fs. 24 y 26 del expediente n° 1.712.109/16, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva n° 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 264042 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33431

Fecha boletin: 02/08/2016 Fecha sancion: 12/07/2016 Numero de norma 202/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 202/2016

Buenos Aires, 12/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.712.109/16 del registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 y 3 vta. y Actas de Ratificación de fs. 24 y 26 delExpediente N° 1.712.109/16 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATODE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICAARGENTINA y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LAREPUBLICA ARGENTINA, conforme lo dispuesto en la Ley de NegociaciónColectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes procedieron a pactar unincremento salarial y demás condiciones laborales, a partir del mes deEnero de 2016, en los términos y condiciones allí dispuestos.

Que las partes son signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo N° 596/10.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con laactividad principal de la parte empleadora signataria y larepresentatividad de la entidad sindical firmante, emergente de supersonería gremial.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente actoadministrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar elcálculo del tope previsto por el Art 245 de la Ley Nro. 20.744(t.o.1976) y sus modificatorias.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con ladocumentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos elmentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de homologación, de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que la presente medida se dicta, en uso de las facultades conferidaspor el Decreto 357/02 de Fecha 21 de Febrero de 2002 y susmodificatorias, y por las Resolución del M.T.E. Y S.S. N° 1455/11.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre elSINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINA y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DELA REPUBLICA ARGENTINA, que luce a fs. 3 y 3 vta. y Actas deRatificación de fs. 24 y 26 del Expediente N° 1.712.109/16, conforme alo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección Generalde Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registreel Acuerdo obrante a fojas 3 y 3vta. y Actas de Ratificación de fs. 24y 26 del Expediente N° 1.712.109/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin deevaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y TopeIndemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el art. 245 de laley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase ala guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivode Trabajo N° 596/10.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio deTrabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación decarácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, laspartes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 5°de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. C.P. EZEQUIEL SABOR, Secretario deTrabajo, M.T.E. y S.S.

Expediente N° 1.712.109/16

Buenos Aires, 14 de julio de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 202/16 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/3 vuelta y 24 y 26 delexpediente de referencia, quedando registrado bajo el número 552/16. —Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

ARTÍCULO 21 - ASIGNACION REMUNERATORIA VACACIONAL

EL ESTABLECIMIENTO PAGARÁ UNA ASIGNACION REMUNERATORIA VACACIONAL QUEREPRESENTE EL IMPORTE DE 120 HORAS POR AÑO, DEL SALARIO BASICO MÁS LAANTIGÜEDAD CORRESPONDIENTE, A RAZON DE (10 HS. POR MES).

ASIGNACION POR TRANSPORTE

EL PERSONAL QUE UTILICE TRANSPORTE PÚBLICO DEBERÁ PRESENTAR LOSCOMPROBANTES (BOLETOS) O DECLARACIÓN JURADA DE GASTOS, EXTENDIDA POR ELTRABAJADOR, AL PERSONAL QUE UTILIZA TRANSPORTE PROPIO, SE LE RECONOCERÁEL MISMO GASTO EN QUE HUBIERA INCURRIDO DE HABER UTILIZADO ELTRANSPORTE PÚBLICO.

ARTÍCULO 38 ADICIONALES

A) ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD

AÑOS % AÑOS % AÑOS % 

2212122222

4414142424

6616162626

881818


10102020


B) POR TITULO HABILITANTE 8% SOBRE EL SUELDO BÁSICO DE LA CATEGORÍA EN LA QUE SE ENCUENTRE CLASIFICADO.

ARTÍCULO 39 SUBSIDIOS CONVENIO S.M.A.T.A. - MOTTOS

a) POR FALLECIMIENTO DE CONYUGE E HIJOS 15% DEL SUELDO BÁSICO MENSUAL DE LA CATEGORÍA DEL ESPECIALISTA SUPERIOR EN SERVICIOS.

b) POR FALLECIMIENTO DE PADRES 15% DEL SUELDO BÁSICO MENSUAL DE LA CATEGORÍA DEL ESPECIALISTA SUPERIOR EN SERVICIOS.

c) POR FALLECIMIENTO DE PADRES POLÍTICOS A CARGO 10% DEL SUELDO BÁSICOMENSUAL DE LA CATEGORÍA DEL ESPECIALISTA SUPERIOR EN SERVICIOS.

d) POR FALLECIMIENTO DE HERMANOS 10% DEL SUELDO BÁSICO MENSUAL DE LA CATEGORÍA DEL ESPECIALISTA SUPERIOR EN SERVICIOS.

ARTÍCULO 59 CONDICIONES ESPECIALES

A) PARA LA REGIÓN PATAGÓNICA: TODOS LOS TRABAJADORES COMPRENDIDOS ENESTA CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO QUE REALIZAN TAREAS EN FORMAPERMANENTE O TRANSITORIA EN LAS PROVINCIAS DEL NEUQUEN, RIO NEGRO,CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICOSUR, PERCIBIRAN UN ADICIONAL DEL VEINTE (20%) POR CIENTO SOBRE LOSSALARIOS BASICOS DEL CONVENIO.

S.M.A.T.A. - A.C.A.R.A. (División Motovehículos

Convenio N°


(Personal de servicios y complementarios. Su división por Categorías. Art. 9)01/10/201501/01/2016

Especialista Superior en Servicios$ 11.475,63$ 12.296,14

Especialista en Servicios$ 10.477,03$ 11.226,14

Experto en Servicios$ 9.879,95$ 10.586,37

(Grupo Personal Administrativo. Su división por Categorías. Art. 11)


Administrativo Especializado$ 11.475,63$ 12.296,14

Administrativo Calificado (y Ventas)$ 10.477,03$ 11.226,14

Administrativo Auxiliar$ 9.879,95$ 10.586,37

*Personal de Ventas: Se integran a la categoría 2) del Personal Administrativo (Administrativo Calificado Art. 11).

Expediente N° 1712109/16

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 17 días del mes de marzode 2016, siendo las 12:30 horas, comparecen espontáneamente en elMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacionalde Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante laSecretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DEMECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio enAvda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. GuillermoMORÁN (DNI 11.737.995), apoderado; en representación de la ASOCIACIÓNDE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ACARA), condomicilio constituido en Lima 265, 3° piso, CABA, el Sr. Eduardo MartínGOÑI (DNI 20.729.197), en calidad de apoderado.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, cedida lapalabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo,manifiestan que: acompañan y ratifican íntegramente la escala salarialvigente a partir del 1° de enero de 2016 para la divisiónmotovehículos. El acuerdo alcanzado se realizó CCT 596/10.

Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representaciónsindical que el acuerdo, en el plazo de DIEZ (10) días, deberá serratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial. Cumplidoello, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control delegalidad previsto en la Ley N° 14250. En este estado y no siendo paramás, a las 13:00 horas, se da por finalizado el acto firmando loscomparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia yratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.

Expediente N° 1712109/16

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de mayo de2016, siendo las 15:00 horas, comparece espontáneamente en elMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacionalde Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante laSecretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DEMECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,el Sr. Ricardo DE SIMONE (DNI 11.460.260), Secretario Gremial.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista detodo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente manifiesta que:toma conocimiento y ratifica íntegramente el acuerdo de partes arribadoen forma directa el día 1° de enero de 2016 con la Asociación deConcesionarios de Automotores de la República Argentina en el marco delCCT 596/10 (división motovehículos) y acreditado a fojas 3 delexpediente de referencia, solicitando su homologación. Asimismo,declara bajo juramento que dan cumplimiento a lo previsto en elARTÍCULO 1° de la Ley N° 26.574 (cupo femenino).

Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICAque las actuaciones serán elevadas a la Superioridad, quedando elacuerdo sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. Eneste estado y no siendo para más, a las 15:05 horas, se da porfinalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente,previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,ante mí, que CERTIFICO.

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