Resolución E 619/2016

Resolucion Ex M.J.S. Y D.H. Nº 3/09 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Resolucion Ex M.J.S. Y D.H. Nº 3/09 - Modificacion

Sustituyese el articulo 2º de la resolucion ex m.j.s. y d.h. nº 3 del 5 de enero de 2009.

Id norma: 264512 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33441

Fecha boletin: 17/08/2016 Fecha sancion: 08/08/2016 Numero de norma 619/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 619 - E/2016

Buenos Aires, 08/08/2016

VISTO el Expediente Nº S04:0021525/2016 del registro de esteMinisterio, las Resoluciones ex M.J. N° 729 del 8 de octubre de 1998,ex M.J.S. y D.H. Nº 3 del 5 de enero de 2009, M.J y D.H. Nros. 2794 del19 de diciembre de 2012, y 120 del 28 de enero de 2015 ymodificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución ex M.J. Nº 729/98 se establecieron los valores delos formularios utilizados ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que por Resolución ex M.J.S y D.H. Nº 3/09 se creó el “módulo IGJ” parafijar el valor de los formularios utilizados ante el mencionadoOrganismo, siendo clasificados y modulados los trámites asignándosedeterminados formularios y se estableció el valor del módulo en PESOSVEINTICINCO ($ 25).

Que la Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/12 sustituyó el Anexo I de laResolución ex M.J.S y D.H. Nº 3/09, modificando la clasificación ymodulación de los trámites, a fin de mejorar los estándares de atencióny funcionamiento administrativo del Organismo.

Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 120/15 se sustituyó el artículo 2º dela Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 3/09 estableciéndose un nuevo valordel módulo en PESOS TREINTA Y CINCO ($ 35).

Que resulta necesario adecuar el citado valor a fin de mantener losniveles de sostenibilidad de la estructura económica y financiera delOrganismo, tomando en cuenta la nueva realidad económica de lasentidades sujetas al control de éste.

Que, además, resulta pertinente encomendar a la INSPECCIÓN GENERAL DEJUSTICIA para que establezca la fecha de comienzo de la vigencia de lamodificación introducida por este acto.

Que el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, el COLEGIOPÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL y el CONSEJO PROFESIONAL DECIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, integrantesdel ENTE DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA del Organismo, a través desus consejeros, sugieren el reajuste del valor del “módulo IGJ”,planteando la situación económico-financiera deficitaria que seregistra en relación a los fondos propios y específicos destinados a laINSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidaspor las Leyes Nros. 23.283 y 23.412 y los Convenios de CooperaciónTécnica y Financiera suscriptos con el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LACIUDAD DE BUENOS AIRES, el COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITALFEDERAL y el CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDADAUTONÓMA DE BUENOS AIRES.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Sustitúyese el artículo 2º de la Resolución ex M.J.S. yD.H. Nº 3 del 5 de enero de 2009, el que quedará redactado de lasiguiente manera:

“ARTICULO 2º.- Establécese el valor del “módulo IGJ” en la suma de pesos CUARENTA Y CINCO ($ 45)”.

ARTÍCULO 2º — La presente entrará en vigencia en la fecha que determine la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución General N° 12/2016de la Inspección General de Justicia B.O. 19/8/2016 se establece que lapresente Resolución entrará en vigencia a partir del día 5 deseptiembre de 2016.)

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — GERMÁN CARLOS GARAVANO, Ministro,Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

e. 17/08/2016 N° 57970/16 v. 17/08/2016

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