Resolución 310/2016

Convenios - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Salud
Convenios - Aprobacion

Apruebense los convenios a suscribir con las obras sociales para proceder al adelanto del pago correspondiente a los reintegros del ape residual, que como anexo i, ii y iii forman parte integrante de la presente resolucion.

Id norma: 264556 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33442

Fecha boletin: 18/08/2016 Fecha sancion: 10/08/2016 Numero de norma 310/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Superintendencia De Servicios De Salud Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 6 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 310/2016

Buenos Aires, 10/08/2016

VISTO el Expediente N° 23.075/2016 del Registro de la SUPERINTENDENCIADE SERVICIOS DE SALUD, las Leyes N° 23.660 y N° 23.661, el Decreto N°576, del 1 de Abril de 1993 y el Decreto N° 2710, del 28 de diciembrede 2012 y las Resoluciones N° 224 del 31 de Mayo de 2016 y N° 259 del29 de Junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente citado en el Visto se dictó la Resolución N°224/2016 S.S.SALUD, por la cual se habilitó la vía administrativa paraque los Agentes del Seguro de Salud pudieran ingresar, hasta el 30 deJunio de 2016, las solicitudes de reintegros ante el Sistema Único deReintegros (SUR) por prestaciones brindadas a sus beneficiarios apartir del 1° de Enero de 2009 y que oportunamente no hayan podido seringresadas en tiempo y forma.

Que mediante la Resolución N° 259/2016 S.S.SALUD se amplió la vigenciadel plazo para ingresar las solicitudes, hasta el 31 de Agosto de 2016,y se extendió hacia aquellas prestaciones médicas brindadas por losAgentes del Seguro de Salud a partir del 1° de Enero de 2006.

Que en el marco de las Resoluciones citadas en los Considerandos quepreceden y en cumplimiento de la Providencia N° 77739/2016 US.SSSALUD(fs. 44) se elaboraron tres (3) modelos de Convenio a suscribir con lasObras Sociales para proceder al adelanto del pago correspondiente a losreintegros del APE residual —impagos a la fecha— hasta tanto finaliceel proceso de auditoría ordenado por Expediente N° 22396/2016 S.S.SALUD.

Que en la Providencia citada, se indicaron las diferentes formas depago, a incluir en los modelos de Convenios a suscribir, según losmontos a abonar a las Obras Sociales.

Que en tal sentido, se estableció para las Obras Sociales con un totaladeudado de $ 50.000.000.- en adelante, que se abonara en 4 (cuatro)cuotas iguales, mensuales y consecutivas, venciendo la primera a lasCUARENTA Y OCHO (48) horas de firmado el convenio, para las ObrasSociales con un total adeudado entre $ 1.000.000.- y $ 50.000.000.- seabonara en 2 (dos) cuotas iguales, venciendo la primera a las CUARENTAY OCHO (48) horas de firmado el Convenio y la restante dentro de los 45días de dicha fecha y para las Obras Sociales con un total adeudado de$ 1.000.000.- o menos, se abonara en un solo y único pago aefectivizarse a las CUARENTA Y OCHO (48) horas de firmado el convenio.

Que a fs. 48/55 del Expediente del Visto, obra agregado el Informerealizado en el marco del Convenio suscripto entre la Facultad deMedicina de la Universidad de Buenos Aires y la Superintendencia deServicios de Salud, sobre la congruencia de los Expedientes auditados.

Que por Nota SIGEN N° 3682/2016 - GCI -II, la Sindicatura General de laNación, señalo que —en términos generales— no tiene observaciones queformular al proyecto de Convenio y agregó que, como criterio deprudencia, no resulta conveniente mencionar el porcentaje relevado porla Facultad de Medicina de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, de maneratal de no generar en los acreedores una expectativa de crédito quepuede no ser cierta para cada caso en particular.

Que en mérito a lo expuesto y habiéndose receptado en forma favorablela recomendación de la Sindicatura General de la Nación, corresponde laaprobación de los modelos de Convenio con el dictado del presente actoadministrativo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribucionesconferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de Diciembre de 1996,N° 2710 de fecha 28 de Diciembre de 2012 y N° 100 de fecha 16 deDiciembre de 2015.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébense los Convenios a suscribir con las ObrasSociales para proceder al adelanto del pago correspondiente a losreintegros del APE residual, que como Anexo I, II y III forman parteintegrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente, archívese.

(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 320/2016 de la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 18/8/2016.)

ANEXO I

CONVENIO

En la ciudad de ................................. a los días del mes de................................., entre la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD representada en este acto por el Señor................................., DNI N°................................., en su carácter de........................, constituyendo domicilio a todos los efectosdel presente CONVENIO en la calle a Avda. Roque Sáenz Peña 530, 3°piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, “SSSALUD”),por una parte; y por la otra, la OBRA SOCIAL................................. (R.N.O.S N° .......................),representada en este acto por el/la señor/a ...........................con DNI N° ............................, en su carácter de...................., constituyendo domicilio a los mismos efectosseñalados anteriormente en la calle ...................., ciudad de...................., en adelante denominada “....................”,CONVIENEN en celebrar el presente Convenio.

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1615 del 23 de diciembre de 1996 se dispusola creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, comoorganismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, enJurisdicción del MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y conun régimen de autarquía administrativa, económica y financiera y encalidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentesque integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que con fecha 12 de marzo de 2012 se dictó el Decreto N° 366/12-PEN,mediante el cual se transfirió a la órbita de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES,disponiendo su actuación a través de la Gerencia General de dichoorganismo.

Que en este marco, se dictó la Disposición N° 3/12-GG-SSSalud, mediantela cual se creó la UNIDAD RESIDUAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMASESPECIALES, cuyos objetivos y funciones fueron evaluar, controlar y darcurso de ejecución, como principio general, a todos los expedientes yactuaciones administrativas que se encuentran en trámite y que hayansido ingresados a la citada APE hasta el día 31/12/2011.

Que mediante Decreto N° 1198/12-PEN, del 17 de Julio de 2012, laADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES fue absorbida definitivamentepor la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que, consecuentemente, mediante Decreto N° 2710/12 se aprobó laestructura organizativa de esta SUPERINTENDENCIA por la cual sereasumieron las competencias del organismo absorbido, determinándosecomo uno de los objetivos institucionales el de implementar,reglamentar y administrar los recursos provenientes del Fondo Solidariode Redistribución, dirigiendo todo su accionar al fortalecimiento cabalde la atención de la salud de los beneficiarios del Sistema Nacionaldel Seguro de Salud, destinando todos los recursos disponibles para lacobertura de subsidios por reintegros por prestaciones de alto impactoeconómico y que demanden una cobertura prolongada en el tiempo, a finde asegurar el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias,garantizando a los beneficiarios la obtención del mismo tipo y nivel deprestaciones.

Que en el marco del proceso de reestructuración organizativa-funcional,una enorme cantidad de expedientes que oportunamente fueron ingresadospor los Agentes del Seguro de Salud a la ex entonces ADMINISTRACION DEPROGRAMAS ESPECIALES, se transfirieron a la UNIDAD RESIDUAL-APE para sudebido tratamiento, análisis y posterior valorización.

Que en tal sentido, se suscribió un Acuerdo de Colaboración con laFACULTAD DE MEDICINA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES, con elobjetivo de evaluar y revisar los expedientes allí ubicados.

Que asimismo, se estableció mediante la Resolución N° 1158/12-SSSALUD ysu modificatoria Resolución N° 1374/2013-SSSALUD, el procedimientoadministrativo a aplicar por parte de la UNIDAD RESIDUAL-APE,habiéndose consultado previamente con la SINDICATURA GENERAL DE LANACION (SIGEN).

Que los procedimientos establecidos y el convenio de colaboraciónsuscripto con la FACULTAD DE MEDICINA DE LA UBA, fueron de utilidadtoda vez que se pudieron verificar las consistencias de los expedientesen cuestión, aunque sin llegar a la fecha a una resolución definitivasobre dichos expedientes, los que en términos cuantitativos, implicauna deuda total con el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD queasciende a la suma de PESOS .................... ($............).

Que tal situación amerita que la SUPERINTENDENCIA, en su carácter deautoridad de aplicación y en el ejercicio la función administrativa quele es propia, adopte medidas rápidas, eficaces y conducentes a fin deconcluir el procedimiento de las actuaciones pendientes y evitar undetrimento en la situación económica financiera de los Agentes delSeguro de Salud, ocasionado por las dilaciones en el cobro de losservicios brindados.

Que en tal sentido, es voluntad de esta administración resolver lacuestión en el marco de las leyes y con las herramientasadministrativas con que se cuentan al día de la fecha, como lo es eltrabajo realizado por la UBA, el que nos permite contar con una muestralo suficientemente significativa, para determinar el porcentaje deexpedientes congruentes.

Que en atención a lo reseñado, deviene necesario destacar que, en laactualidad existe una cantidad significativa de expedientes que seencuentran en condiciones de proceder a su otorgamiento; toda vez quela UNIDAD RESIDUAL-APE efectuó su análisis y valorizó el monto areintegrar y la FACULTAD DE MEDICINA - UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOSAIRES (UBA), en el marco de la auditoria llevada a cabo conforme alConvenio específico suscripto con este Organismo, emitió sus informestécnicos que dan cuenta de la congruencia y consistencia de ladocumentación presentada por los Agentes del Seguro de Salud.

Que lo expuesto, nos permite proyectar una medida de esta naturalezapara realizar la distribución de los fondos entre los Agentes delSeguro de Salud, sin perjuicio de llevar adelante las auditoriaspertinentes sobre el resto de los expedientes, y sobre los resultadosfinales realizar los ajustes en mas o en menos que de allí surjan.

Por ello y a tales fines, LAS PARTES acuerdan las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La SSSALUD otorga a favor de la OBRA SOCIAL.................... la suma total que asciende a la suma de PESOS.................... ($:.............), resultante de la valorizaciónde las solicitudes de apoyos financieros —en carácter de reintegro—presentadas por la entidad en relación a los gastos efectuados porcubrir prestaciones médicos asistenciales de alta complejidad quefueran indicadas a sus beneficiarios, tal como surge del listado quecomo Anexo se adjunta al presente.

Dicho otorgamiento representa el OCHENTA POR CIENTO (80%) del montototal solicitado en los expedientes presentados y en trámite por laUNIDAD RESIDUAL-APE.

SEGUNDA: La OBRA SOCIAL ........................................ prestaexpresa conformidad con la totalidad de la suma otorgada por la SSSALUD.

La SSSALUD manifiesta que la valorización de los reintegros se harealizado según lo previsto en el procedimiento administrativoestablecido mediante las Resoluciones N° 1158/12-SSSALUD y sumodificatoria Resolución N° 1374/2013-SSSALUD.

TERCERA: La SSSALUD hará efectivo el monto otorgado en la cláusulaPRIMERA, mediante la transferencia a la OBRA SOCIAL de un (1) pago, aejecutarse dentro de las 48 hs. de la firma del presente. Laserogaciones que demanda el cumplimiento del presente CONVENIO, seefectivizará conforme a los procesos contables definidos en lanormativa vigente.

CUARTA: A partir de la entrada en vigencia del presente, la OBRA SOCIAL.................... renuncia a ejercer cualquier derecho y/o acciónque le pudiera asistir en sede administrativa y/o judicial parareclamar intereses y/o cualquier otro concepto a la SSSALUD en lo quefuere materia de este CONVENIO.

QUINTA: LAS PARTES acuerdan que el monto otorgado por el presenteCONVENIO no resulta definitivo hasta tanto no se concluya la auditoriasobre la totalidad de los expedientes presentados por la OBRA SOCIAL.Finalizada la misma, la SSSALUD se reserva la potestad de ajustar oreconsiderar el monto abonado. Si el resultado de dicha auditoria,determina un importe inferior al efectivamente pagado, la SSSALUDintimará a la Obra Social para que proceda a devolver la sumacorrespondiente, bajo apercibimiento de aplicar el mecanismo de débitoautomático a través de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS(AFIP), previa sustanciación del procedimiento administrativocorrespondiente. En el caso que el importe sea superior al abonado, laSSSALUD procederá a reconocer la diferencia a través de los mecanismoshabituales de liquidación, quedando sujeta a las disponibilidadespresupuestarias y razones de oportunidad, mérito y conveniencia.

La decisión de la SUPERINTENDENCIA será irrecurrible por parte del Agente del Seguro de Salud.

SEXTA: El presente CONVENIO entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su suscripción.

SEPTIMA: Para todos los efectos del presente CONVENIO, una vez que hayaentrado en vigencia, las PARTES se someten a la jurisdicción de laJusticia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, siendoválidas todas las notificaciones que se efectúen en los domiciliosconstituidos en el encabezado.

En prueba de plena y total conformidad, se firman DOS (2) ejemplares deigual tenor, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los.................... días del mes de .................... de 2016.

ANEXO II

CONVENIO

En la ciudad de ................................. a los días del mes de................................., entre la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD representada en este acto por el Señor................................., DNI N°................................., en su carácter de................................., constituyendo domicilio a todos losefectos del presente CONVENIO en la calle a Avda. Roque Sáenz Peña 530,3° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante,“SSSALUD”), por una parte; y por la otra, la OBRA SOCIAL................................. (R.N.O.S N°.................................), representada en este acto por el/laseñor/a ................................. con DNI N°................................., en su carácter de................................., constituyendo domicilio a los mismosefectos señalados anteriormente en la calle................................., ciudad de................................., en adelante denominada“.................................”., CONVIENEN en celebrar el presenteConvenio.

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1615 del 23 de diciembre de 1996 se dispusola creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, comoorganismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, enJurisdicción del MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y conun régimen de autarquía administrativa, económica y financiera y encalidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentesque integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que con fecha 12 de marzo de 2012 se dictó el Decreto N° 366/12-PEN,mediante el cual se transfirió a la órbita de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES,disponiendo su actuación a través de la Gerencia General de dichoorganismo.

Que en este marco, se dictó la Disposición N° 3/12-GG-SSSalud, mediantela cual se creó la UNIDAD RESIDUAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMASESPECIALES, cuyos objetivos y funciones fueron evaluar, controlar y darcurso de ejecución, como principio general, a todos los expedientes yactuaciones administrativas que se encuentran en trámite y que hayansido ingresados a la citada APE hasta el día 31/12/2011.

Que mediante Decreto N° 1198/12-PEN, del 17 de Julio de 2012, laADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES fue absorbida definitivamentepor la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que, consecuentemente, mediante Decreto N° 2710/12 se aprobó laestructura organizativa de esta SUPERINTENDENCIA por la cual sereasumieron las competencias del organismo absorbido, determinándosecomo uno de los objetivos institucionales el de implementar,reglamentar y administrar los recursos provenientes del Fondo Solidariode Redistribución, dirigiendo todo su accionar al fortalecimiento cabalde la atención de la salud de los beneficiarios del Sistema Nacionaldel Seguro de Salud, destinando todos los recursos disponibles para lacobertura de subsidios por reintegros por prestaciones de alto impactoeconómico y que demanden una cobertura prolongada en el tiempo, a finde asegurar el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias,garantizando a los beneficiarios la obtención del mismo tipo y nivel deprestaciones.

Que en el marco del proceso de reestructuración organizativa-funcional,una enorme cantidad de expedientes que oportunamente fueron ingresadospor los Agentes del Seguro de Salud a la ex entonces ADMINISTRACION DEPROGRAMAS ESPECIALES, se transfirieron a la UNIDAD RESIDUAL-APE para sudebido tratamiento, análisis y posterior valorización.

Que en tal sentido, se suscribió un Acuerdo de Colaboración con laFACULTAD DE MEDICINA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES, con elobjetivo de evaluar y revisar los expedientes allí ubicados.

Que asimismo, se estableció mediante la Resolución N° 1158/12-SSSALUD ysu modificatoria Resolución N° 1374/2013-SSSALUD, el procedimientoadministrativo a aplicar por parte de la UNIDAD RESIDUAL-APE,habiéndose consultado previamente con la SINDICATURA GENERAL DE LANACION (SIGEN).

Que los procedimientos establecidos y el convenio de colaboraciónsuscripto con la FACULTAD DE MEDICINA DE LA UBA, fueron de utilidadtoda vez que se pudieron verificar las consistencias de los expedientesen cuestión, aunque sin llegar a la fecha a una resolución definitivasobre dichos expedientes, los que en términos cuantitativos, implicauna deuda total con el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD queasciende a la suma de PESOS .................................($..................).

Que tal situación amerita que la SUPERINTENDENCIA, en su carácter deautoridad de aplicación y en el ejercicio la función administrativa quele es propia, adopte medidas rápidas, eficaces y conducentes a fin deconcluir el procedimiento de las actuaciones pendientes y evitar undetrimento en la situación económica financiera de los Agentes delSeguro de Salud, ocasionado por las dilaciones en el cobro de losservicios brindados.

Que en tal sentido, es voluntad de esta administración resolver lacuestión en el marco de las leyes y con las herramientasadministrativas con que se cuentan al día de la fecha, como lo es eltrabajo realizado por la UBA, el que nos permite contar con una muestralo suficientemente significativa, para determinar el porcentaje deexpedientes congruentes.

Que en atención a lo reseñado, deviene necesario destacar que, en laactualidad existe una cantidad significativa de expedientes que seencuentran en condiciones de proceder a su otorgamiento; toda vez quela UNIDAD RESIDUAL-APE efectuó su análisis y valorizó el monto areintegrar y la FACULTAD DE MEDICINA - UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOSAIRES (UBA), en el marco de la auditoria llevada a cabo conforme alConvenio específico suscripto con este Organismo, emitió sus informestécnicos que dan cuenta de la congruencia y consistencia de ladocumentación presentada por los Agentes del Seguro de Salud.

Que lo expuesto, nos permite proyectar una medida de esta naturalezapara realizar la distribución de los fondos entre los Agentes delSeguro de Salud, sin perjuicio de llevar adelante las auditoriaspertinentes sobre el resto de los expedientes, y sobre los resultadosfinales realizar los ajustes en mas o en menos que de allí surjan.

Por ello y a tales fines, LAS PARTES acuerdan las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La SSSALUD otorga a favor de la OBRA SOCIAL................................. la suma total que asciende a la sumade PESOS ................................. ($:.......................),resultante de la valorización de las solicitudes de apoyos financieros—en carácter de reintegro— presentadas por la entidad en relación a losgastos efectuados por cubrir prestaciones médicos asistenciales de altacomplejidad que fueran indicadas a sus beneficiarios, tal como surgedel listado que como Anexo se adjunta al presente.Dicho otorgamiento representa el OCHENTA POR CIENTO (80%) del montototal solicitado en los expedientes presentados y en trámite por laUNIDAD RESIDUAL-APE.

SEGUNDA: La OBRA SOCIAL ........................................ prestaexpresa conformidad con la totalidad de la suma otorgada por la SSSALUD

La SSSALUD manifiesta que la valorización de los reintegros se harealizado según lo previsto en el procedimiento administrativoestablecido mediante las Resoluciones N° 1158/12-SSSALUD y sumodificatoria Resolución N° 1374/2013-SSSALUD.

TERCERA: La SSSALUD hará efectivo el monto otorgado en la cláusulaPRIMERA, mediante la transferencia a la OBRA SOCIAL de DOS (2) pagospor igual monto, a ejecutarse el primero dentro de las 48 hs. de lafirma del presente y el restante dentro de los 45 días de dicha fecha.Las erogaciones que demanda el cumplimiento del presente CONVENIO, seefectivizará conforme a los procesos contables definidos en lanormativa vigente.

CUARTA: A partir de la entrada en vigencia del presente, la OBRA SOCIAL................................. renuncia a ejercer cualquier derechoy/o acción que le pudiera asistir en sede administrativa y/o judicialpara reclamar intereses y/o cualquier otro concepto a la SSSALUD en loque fuere materia de este CONVENIO.

QUINTA: LAS PARTES acuerdan que el monto otorgado por el presenteCONVENIO no resulta definitivo hasta tanto no se concluya la auditoriasobre la totalidad de los expedientes presentados por la OBRA SOCIAL.Finalizada la misma, la SSSALUD se reserva la potestad de ajustar oreconsiderar el monto abonado. Si el resultado de dicha auditoria,determina un importe inferior al efectivamente pagado, la SSSALUDintimará a la Obra Social para que proceda a devolver la sumacorrespondiente, bajo apercibimiento de aplicar el mecanismo de débitoautomático a través de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS(AFIP), previa sustanciación del procedimiento administrativocorrespondiente. En el caso que el importe sea superior al abonado, laSSSALUD procederá a reconocer la diferencia a través de los mecanismoshabituales de liquidación, quedando sujeta a las disponibilidadespresupuestarias y razones de oportunidad, mérito y conveniencia.

La decisión de la SUPERINTENDENCIA será irrecurrible por parte del Agente del Seguro de Salud.

SEXTA: El presente CONVENIO entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su suscripción.

SEPTIMA: Para todos los efectos del presente CONVENIO, una vez que hayaentrado en vigencia, las PARTES se someten a la jurisdicción de laJusticia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, siendoválidas todas las notificaciones que se efectúen en los domiciliosconstituidos en el encabezado.

En prueba de plena y total conformidad, se firman DOS (2) ejemplares deigual tenor, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los................................. días del mes de................................. de 2016.

ANEXO III

CONVENIO

En la ciudad de ................................. a los días del mes de................................., entre la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD representada en este acto por el Señor................................., DNI N°................................., en su carácter de................................., constituyendo domicilio a todos losefectos del presente CONVENIO en la calle a Avda. Roque Sáenz Peña 530,3° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante,“SSSALUD”), por una parte; y por la otra, la OBRA SOCIAL................................. (R.N.O.S N°.................................), representada en este acto por el/laseñor/a ................................. con DNI N°................................., en su carácter de................................., constituyendo domicilio a los mismosefectos señalados anteriormente en la calle................................., ciudad de................................., en adelante denominada“.......................”., CONVIENEN en celebrar el presente Convenio.

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1615 del 23 de diciembre de 1996 se dispusola creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, comoorganismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, enJurisdicción del MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y conun régimen de autarquía administrativa, económica y financiera y encalidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentesque integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que con fecha 12 de marzo de 2012 se dictó el Decreto N° 366/12-PEN,mediante el cual se transfirió a la órbita de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES,disponiendo su actuación a través de la Gerencia General de dichoorganismo.

Que en este marco, se dictó la Disposición N° 3/12-GG-SSSalud, mediantela cual se creó la UNIDAD RESIDUAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMASESPECIALES, cuyos objetivos y funciones fueron evaluar, controlar y darcurso de ejecución, como principio general, a todos los expedientes yactuaciones administrativas que se encuentran en trámite y que hayansido ingresados a la citada APE hasta el día 31/12/2011.

Que mediante Decreto N° 1198/12-PEN, del 17 de Julio de 2012, laADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES fue absorbida definitivamentepor la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que, consecuentemente, mediante Decreto N° 2710/12 se aprobó laestructura organizativa de esta SUPERINTENDENCIA por la cual sereasumieron las competencias del organismo absorbido, determinándosecomo uno de los objetivos institucionales el de implementar,reglamentar y administrar los recursos provenientes del Fondo Solidariode Redistribución, dirigiendo todo su accionar al fortalecimiento cabalde la atención de la salud de los beneficiarios del Sistema Nacionaldel Seguro de Salud, destinando todos los recursos disponibles para lacobertura de subsidios por reintegros por prestaciones de alto impactoeconómico y que demanden una cobertura prolongada en el tiempo, a finde asegurar el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias,garantizando a los beneficiarios la obtención del mismo tipo y nivel deprestaciones.

Que en el marco del proceso de reestructuración organizativa-funcional,una enorme cantidad de expedientes que oportunamente fueron ingresadospor los Agentes del Seguro de Salud a la ex entonces ADMINISTRACION DEPROGRAMAS ESPECIALES, se transfirieron a la UNIDAD RESIDUAL-APE para sudebido tratamiento, análisis y posterior valorización.

Que en tal sentido, se suscribió un Acuerdo de Colaboración con laFACULTAD DE MEDICINA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES, con elobjetivo de evaluar y revisar los expedientes allí ubicados.

Que asimismo, se estableció mediante la Resolución N° 1158/12-SSSALUD ysu modificatoria Resolución N° 1374/2013-SSSALUD, el procedimientoadministrativo a aplicar por parte de la UNIDAD RESIDUAL-APE,habiéndose consultado previamente con la SINDICATURA GENERAL DE LANACION (SIGEN).

Que los procedimientos establecidos y el convenio de colaboraciónsuscripto con la FACULTAD DE MEDICINA DE LA UBA, fueron de utilidadtoda vez que se pudieron verificar las consistencias de los expedientesen cuestión, aunque sin llegar a la fecha a una resolución definitivasobre dichos expedientes, los que en términos cuantitativos, implicauna deuda total con el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD queasciende a la suma de PESOS .................................($.................).

Que tal situación amerita que la SUPERINTENDENCIA, en su carácter deautoridad de aplicación y en el ejercicio la función administrativa quele es propia, adopte medidas rápidas, eficaces y conducentes a fin deconcluir el procedimiento de las actuaciones pendientes y evitar undetrimento en la situación económica financiera de los Agentes delSeguro de Salud, ocasionado por las dilaciones en el cobro de losservicios brindados.

Que en tal sentido, es voluntad de esta administración resolver lacuestión en el marco de las leyes y con las herramientasadministrativas con que se cuentan al día de la fecha, como lo es eltrabajo realizado por la UBA, el que nos permite contar con una muestralo suficientemente significativa, para determinar el porcentaje deexpedientes congruentes.

Que en atención a lo reseñado, deviene necesario destacar que, en laactualidad existe una cantidad significativa de expedientes que seencuentran en condiciones de proceder a su otorgamiento; toda vez quela UNIDAD RESIDUAL-APE efectuó su análisis y valorizó el monto areintegrar y la FACULTAD DE MEDICINA - UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOSAIRES (UBA), en el marco de la auditoria llevada a cabo conforme alConvenio específico suscripto con este Organismo, emitió sus informestécnicos que dan cuenta de la congruencia y consistencia de ladocumentación presentada por los Agentes del Seguro de Salud.

Que lo expuesto, nos permite proyectar una medida de esta naturalezapara realizar la distribución de los fondos entre los Agentes delSeguro de Salud, sin perjuicio de llevar adelante las auditoriaspertinentes sobre el resto de los expedientes, y sobre los resultadosfinales realizar los ajustes en mas o en menos que de allí surjan.

Por ello y a tales fines, LAS PARTES acuerdan las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La SSSALUD otorga a favor de la OBRA SOCIAL................................. la suma total que asciende a la sumade PESOS ................................. ($:......................),resultante de la valorización de las solicitudes de apoyos financieros—en carácter de reintegro— presentadas por la entidad en relación a losgastos efectuados por cubrir prestaciones médicos asistenciales de altacomplejidad que fueran indicadas a sus beneficiarios, tal como surgedel listado que como Anexo se adjunta al presente.

Dicho otorgamiento representa el OCHENTA POR CIENTO (80%) del montototal solicitado en los expedientes presentados y en trámite por laUNIDAD RESIDUAL-APE.

SEGUNDA: La OBRA SOCIAL ................................. prestaexpresa conformidad con la totalidad de la suma otorgada por la SSSALUD

La SSSALUD manifiesta que la valorización de los reintegros se harealizado según lo previsto en el procedimiento administrativoestablecido mediante las Resoluciones N° 1158/12-SSSALUD y sumodificatoria Resolución N° 1374/2013-SSSALUD.

TERCERA: La SSSALUD hará efectivo el monto otorgado en la cláusulaPRIMERA, mediante la transferencia a la OBRA SOCIAL de CUATRO (4) pagospor igual monto, a ejecutarse el primero dentro de las 48 hs. de lafirma del presente y los restantes tres (3) pagos en forma mensuales yconsecutivas. Las erogaciones que demanda el cumplimiento del presenteCONVENIO, se efectivizará conforme a los procesos contables definidosen la normativa vigente.

CUARTA: A partir de la entrada en vigencia del presente, la OBRA SOCIAL............................... renuncia a ejercer cualquier derechoy/o acción que le pudiera asistir en sede administrativa y/o judicialpara reclamar intereses y/o cualquier otro concepto a la SSSALUD en loque fuere materia de este CONVENIO.

QUINTA: LAS PARTES acuerdan que el monto otorgado por el presenteCONVENIO no resulta definitivo hasta tanto no se concluya la auditoriasobre la totalidad de los expedientes presentados por la OBRA SOCIAL.Finalizada la misma, la SSSALUD se reserva la potestad de ajustar oreconsiderar el monto abonado. Si el resultado de dicha auditoria,determina un importe inferior al efectivamente pagado, la SSSALUDintimará a la Obra Social para que proceda a devolver la sumacorrespondiente, bajo apercibimiento de aplicar el mecanismo de débitoautomático a través de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS(AFIP), previa sustanciación del procedimiento administrativocorrespondiente. En el caso que el importe sea superior al abonado, laSSSALUD procederá a reconocer la diferencia a través de los mecanismoshabituales de liquidación, quedando sujeta a las disponibilidadespresupuestarias y razones de oportunidad, mérito y conveniencia.

La decisión de la SUPERINTENDENCIA será irrecurrible por parte del Agente del Seguro de Salud.

SEXTA: El presente CONVENIO entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su suscripción.

SEPTIMA: Para todos los efectos del presente CONVENIO, una vez que hayaentrado en vigencia, las PARTES se someten a la jurisdicción de laJusticia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, siendoválidas todas las notificaciones que se efectúen en los domiciliosconstituidos en el encabezado.

En prueba de plena y total conformidad, se firman DOS (2) ejemplares deigual tenor, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los................................. días del mes de................................. de 2016.

e. 18/08/2016 N° 58933/16 v. 18/08/2016

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica