Resolución 253/2016

Tecnico En Optica, Oftalmica E Instrumental - Homologacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Educacion Y Deportes
Tecnico En Optica, Oftalmica E Instrumental - Homologacion

Homologar al titulo de referencia de “tecnico en optica, oftalmica e instrumental” del marco de referencia de la res. cfe nro. 107/10 (anexo i) el titulo de “tecnico en optica oftalmica e instrumental” aprobado por la resolucion nº 2820/14 del ministerio de educacion del gobierno de la ciudad de buenos aires.

Id norma: 264659 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33444

Fecha boletin: 22/08/2016 Fecha sancion: 10/08/2016 Numero de norma 253/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional De Educacion Tecnologica Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

Resolución 253 - E/2016

Buenos Aires, 10/08/2016

VISTO el Expediente 15084/14 de la Subsecretaría de CoordinaciónAdministrativa del Ministerio de Educación, el artículo 38 de la Ley deEducación Nacional Nº 26.206, los artículos 22, 32, 33, 36, 38, 39, 42inciso d), 43 incisos a), b) y e), 45 de la Ley de Educación TécnicoProfesional Nº 26.058, la Resolución CFCyE Nº 261/06, las ResolucionesCFE Nº 13/07, Nº 229/14 y N° 107/10 (Anexo I), y la Resolución Nº2805/14 del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de BuenosAires.

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 establece que la EducaciónTécnico Profesional se rige por las disposiciones de la Ley Nº 26.058.

Que la Ley de Educación Técnico Profesional establece que el MINISTERIODE EDUCACIÓN, a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICAy con participación jurisdiccional, garantizará el proceso dehomologación para los diferentes títulos y/o certificacionesprofesionales.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DEEDUCACIÓN, ha establecido las políticas, los criterios y parámetrospara la homologación de los títulos de Educación Técnico Profesional.

Que el proceso. de homologación, como instrumento para la mejoracontinua de la Educación Técnico Profesional, tiene como propósitos:dar unidad nacional y organicidad a la misma, respetando la diversidadfederal de las propuestas formativas; garantizar el derecho de losalumnos y egresados a que sus estudios sean reconocidos en cualquierjurisdicción; promover la calidad, pertinencia y actualizaciónpermanente de las ofertas formativas de Educación Técnico Profesional;y facilitar el reconocimiento de los estudios de los egresados por losrespectivos Colegios, Consejos Profesionales y organismos de controldel ejercicio profesional.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA en virtud de lasatribuciones que le otorga la Ley de Educación Técnico Profesionaladministra el Proceso de Homologación de Títulos y Certificados deEducación Técnico Profesional.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOSAIRES ha solicitado la homologación en el orden nacional del Título de“Técnico en Óptica Oftálmica e Instrumental”, para lo cual hapresentado en tiempo y forma la documentación de los planes de estudiode la jurisdicción.

Que en consecuencia el INET a través de la coordinación de EducaciónSecundaria Técnica ha elaborado el correspondiente dictamen técnico enel que consta la evaluación favorable del contenido de la documentaciónpresentada dada la concordancia del título y su correspondiente plan deestudio con el Marco de Referencia para los procesos de homologación,aprobados por Res. CFE Nro. 107/10 (Anexo I).

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Homologar al título de referencia de “Técnico en Óptica,Oftálmica e Instrumental” del Marco de Referencia de la Res. CFE Nro.107/10 (Anexo I) el título de “Técnico en Óptica Oftálmica eInstrumental” aprobado por la Resolución Nº 2820/14 del Ministerio deEducación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2° — Enviar las actuaciones realizadas a la Dirección deValidez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación yDeportes en virtud del ARTICULO 1° de la presente que habilita eltrámite de validez nacional de los títulos según Res. CFE Nro. 261/06.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — GABRIEL SANCHEZ ZINNY,Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica.

e. 22/08/2016 N° 59137/16 v. 22/08/2016

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