Disposición 29/2016

Letras Del Tesoro En Dolares - Ampliacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Deuda Publica
Letras Del Tesoro En Dolares - Ampliacion

Ampliase, con fecha 22 de agosto de 2016, la emision de las letras del tesoro en dolares estadounidenses con vencimiento 7 de noviembre de 2016, originalmente emitidas por el articulo 2° de la disposicion n° 9 de fecha 3 de mayo de 2016 de la tesoreria general de la nacion, dependiente de la subsecretaria de presupuesto de la secretaria de hacienda del ministerio de hacienda y finanzas publicas. el monto de la ampliacion sera por un importe de dolares estadounidenses valor nominal ochenta y tres millones doscientos treinta y cinco mil quinientos cincuenta y seis (u$s vn 83.235.556), las que tendran las mismas condiciones financieras previstas en el articulo 3° de la citada disposicion, con las siguientes caracteristicas de colocacion: modalidad: suscripcion directa por parte del fondo de garantia de sustentabilidad del sistema integrado previsional argentino (fgs). moneda de suscripcion: para el caso que la moneda de suscripcion sea pesos, se utilizara el tipo de cambio de referencia publicado por el bcra mediante la comunicacion “c” 72223 del 17 de agosto de 2016. precio de suscripcion c/vn u$s 1.000: dolares estadounidenses novecientos noventa y tres con 71/100 (u$s 993,71).

Id norma: 264683 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33445

Fecha boletin: 23/08/2016 Fecha sancion: 22/08/2016 Numero de norma 29/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Tesoreria General De La Nacion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Tesorería General de la Nación

DEUDA PÚBLICA

Disposición 29 - E/2016

Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses. Amplíase emisión.

Buenos Aires, 22/08/2016

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Controldel Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, la Ley N°27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para elEjercicio 2016, el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y susmodificaciones, la Disposición N° 9 de fecha 3 de mayo de 2016, laDisposición N° 11 de fecha 16 de mayo de 2016 y la Disposición N° 27 defecha 17 de Agosto de 2016, todas de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN,dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DEHACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de losSistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 faculta a laTESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DEPRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA YFINANZAS PÚBLICAS, a emitir instrumentos financieros denominados Letrasdel Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el montoque fije anualmente la Ley de Presupuesto General de la AdministraciónNacional.

Que el Artículo 82 del Anexo al Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubrede 2007 fija las pautas que deberán observarse para la emisión ycolocación de las Letras del Tesoro.

Que en el marco del programa financiero del presente ejercicio seconsidera conveniente proceder a una nueva ampliación de las Letras delTesoro con vencimiento 7 de noviembre de 2016, originalmente emitidaspor el Artículo 2° de la Disposición N° 9 de fecha 3 de Mayo de 2016,ampliada en una primera instancia por la Disposición N° 11 de fecha 16de mayo de 2016 y en una segunda instancia por la Disposición N° 27 defecha 17 de Agosto de 2016, todas de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

Que ante la propuesta de las autoridades del MINISTERIO DE HACIENDA YFINANZAS PÚBLICAS, el FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMAINTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS), ha aceptado suscribir Letras delTesoro en dólares estadounidenses a corto plazo.

Que la emisión que se dispone está contenida dentro del límite que alrespecto establece el Artículo 36 de la Ley N° 27.198 de PresupuestoGeneral de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos que rigen la emisión y colocación de las precitadas Letras.

Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisión ycolocación de estos instrumentos, como así también los intereses quedevenguen deberán ser imputados a los créditos previstos en laJurisdicción 90 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por elArtículo 82 de la Ley N° 24.156, su reglamentación y sus respectivasmodificaciones.

Por ello,

EL TESORERO GENERAL DE LA NACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1º — Amplíase, con fecha 22 de Agosto de 2016, la emisión delas Letras del Tesoro en dólares estadounidenses con vencimiento 7 denoviembre de 2016, originalmente emitidas por el Artículo 2° de laDisposición N° 9 de fecha 3 de mayo de 2016 de la TESORERÍA GENERAL DELA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de laSECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.El monto de la ampliación será por un importe de DÓLARESESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL OCHENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOSTREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS (U$S VN 83.235.556),las que tendrán las mismas condiciones financieras previstas en elArtículo 3° de la citada disposición, con las siguientescaracterísticas de colocación:

MODALIDAD: Suscripción directa por parte del FONDO DE GARANTÍA DESUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS).

MONEDA DE SUSCRIPCIÓN: Para el caso que la moneda de suscripción seapesos, se utilizará el tipo de cambio de referencia publicado por elBCRA mediante la Comunicación “C” 72223 del 17 de Agosto de 2016.

PRECIO DE SUSCRIPCIÓN C/VN U$S 1.000: DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 71/100 (U$S 993,71).

ARTÍCULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge H. Domper.

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