Resolución 163/2016

Mecanismos Para Participacion Simultanea De Usuarios E Interesados

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ente Nacional Regulador Del Gas
Mecanismos Para Participacion Simultanea De Usuarios E Interesados

A los fines de la realizacion de la audiencia publica convocada mediante las resoluciones enargas nros. 3953/2016 y 3957/2016, deberan disponerse mecanismos para la participacion simultanea de usuarios e interesados correspondientes a cada una de las areas de servicio comprendidas en las licencias de distribucion de gas.

Id norma: 264793 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33448

Fecha boletin: 26/08/2016 Fecha sancion: 25/08/2016 Numero de norma 163/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Energia Y Mineria Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Resolución 163 - E/2016

Buenos Aires, 25/08/2016

VISTO el Expediente EX -2016-00788687-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 4° de la Resolución N° 152 del 18 de agosto de2016 de este Ministerio, se instruyó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS(ENARGAS), a convocar a audiencia pública para el tratamiento de laadecuación tarifaria transitoria de los servicios públicos detransporte y distribución de gas natural por redes, aplicable hastatanto se establezcan los cuadros tarifarios que resulten de la RevisiónTarifaria Integral.

Que a tales efectos, el citado artículo ordenó incluir en el objeto dela convocatoria la consideración de todos los componentes de loscuadros tarifarios contemplados en el Artículo 37 de la Ley N° 24.076.

Que para el desarrollo de la audiencia pública, el artículo referido dela Resolución N° 152/2016 ordenó al ENARGAS que se contemplenmecanismos que posibiliten la participación a distancia de losinteresados, pudiendo incluir presentaciones por escrito y/o laparticipación virtual mediante herramientas informáticas.

Que por otro lado, mediante el Artículo 5° de la Resolución citada sedispuso la participación de este Ministerio en la audiencia pública alos efectos del tratamiento del componente referido a los precios delgas natural en PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) y losprecios del gas propano destinados a la distribución de gas propanoindiluido por redes, conforme lo determine este Ministerio.

Que en cumplimiento de lo anterior, el ENARGAS dictó la Resolución Nº3953 del 18 de agosto de 2016, mediante la cual convocó a audienciapública, cuya fecha fue fijada para el día 16 de septiembre de 2016, alas 9:00 horas, mediante la Resolución Nº 3957 de fecha 22 de agosto de2016 del mismo Ente.

Que en virtud de la instrucción impartida en la citada Resolución N°152/2016 de este Ministerio, el ENARGAS ordenó, mediante el Artículo 9°de la Resolución N° 3953/2016, al Departamento de Tecnología de laInformación de ese Organismo a habilitar una herramienta informáticapara facilitar la participación virtual de los usuarios e interesadosen las materias objeto de la audiencia pública, disponiendo que laspresentaciones realizadas por este medio serán debidamente consideradasen oportunidad del informe de cierre previsto en el Artículo 21 delProcedimiento de Audiencia Pública, aprobado por la Resolución ENARGASN° 3158/2005.

Que corresponde adoptar las medidas complementarias para llevaradelante la audiencia pública, con el objeto de promover una efectivaparticipación ciudadana con alcance federal, garantizando a losusuarios del servicio de gas natural de las distintas regiones del paísla posibilidad de expresar las distintas opiniones y propuestas sobrelas cuestiones puestas en consulta.

Que en tal sentido se considera pertinente disponer para la audienciapública la habilitación de una sede en cada una de las Áreas deServicio de las Licencias de Distribución de Gas, que deberán contarcon los elementos tecnológicos necesarios para su conexión con la sedefijada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para dicha audiencia, alos fines de la participación en simultáneo de usuarios e interesadoscorrespondientes a las distintas áreas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porel Artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado porDecreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — A los fines de la realización de la audiencia públicaconvocada mediante las Resoluciones ENARGAS Nros. 3953/2016 y3957/2016, deberán disponerse mecanismos para la participaciónsimultánea de usuarios e interesados correspondientes a cada una de lasÁreas de Servicio comprendidas en las Licencias de Distribución de Gas.A tal efecto, el ENARGAS deberá habilitar sedes que cuenten conherramientas tecnológicas para su conexión con la sede dispuesta paradicha audiencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lassiguientes ciudades y para el Área de Servicio que en cada caso seindica:

• Concordia, Provincia de ENTRE RÍOS (Área GASNEA S.A.)

• Córdoba, Provincia de CÓRDOBA (Área DIST. DE GAS DEL CENTRO S.A.)

• Mendoza, Provincia de MENDOZA (Área DIST. DE GAS CUYANA S.A.)

• Neuquén, Provincia del NEUQUÉN (Área CAMUZZI GAS DEL SUR S.A.)

• Río Grande, Prov. de TIERRA DEL FUEGO (Área CAMUZZI GAS DEL SUR S.A.)

• Rosario, Provincia de SANTA FE (Área LITORAL GAS S.A.)

• Salta, Provincia de SALTA (Área GASNOR S.A.)

• Santa Rosa, Provincia de LA PAMPA (Área CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A.)

El ENARGAS dispondrá de una copia del expediente correspondiente a la audiencia pública en cada una de las sedes indicadas.

ARTÍCULO 2° — Para el tratamiento de los precios del gas natural enPUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) y los precios del gaspropano destinados a la distribución de gas propano indiluido porredes, la autoridad a cargo, a los fines del Artículo 7° del Anexo Idel Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003, será elMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — JUAN JOSÉ ARANGUREN, Ministro,Ministerio de Energía y Minería.

e. 26/08/2016 N° 61901/16 v. 26/08/2016

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