Resolución 291/2016

Sociedad Del Estado Municipal Para El Transporte Urbano De Rosario (Semtur)

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Asignaciones Familiares
Sociedad Del Estado Municipal Para El Transporte Urbano De Rosario (Semtur)

Dase de baja del sistema unico de asignaciones familiares (suaf) al empleador sociedad del estado municipal para el transporte urbano de rosario (semtur) - cuit 33-70792549-9, desde el dictado de la presente.

Id norma: 265150 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33455

Fecha boletin: 06/09/2016 Fecha sancion: 29/08/2016 Numero de norma 291/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De La Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 291/2016

Buenos Aires, 29/08/2016

VISTO el Expediente N° 024-99-81456519-6-790 del Registro de laADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley N°19.722 de fecha 06 de julio de 1972, la Ley N° 24.714 de fecha 02 deoctubre de 1996, Decreto N° 1245 de fecha 01 de Noviembre de 1996, laResolución SSS N° 14 de fecha 30 de julio de 2002, la Resolución D.E.-NN° 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D.E.-N N° 292de fecha 08 de abril del 2008, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la exclusión delSISTEMA ÚNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES (SUAF) de la empresa Sociedaddel Estado Municipal para el Transporte Urbano de Rosario (SEMTUR) -CUIT 33-70792549-9.

Que la Ley N° 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

Que es facultad de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIALdisponer el pago de las prestaciones familiares a través del presenteen atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones detrabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efectodeterminará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que seráimplementado.

Que la Resolución D.E.-N N° 292/08 establece la incorporación alSistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), de aquellas empresascomprendidas en el Sistema de Fondo Compensador.

Que conforme surge de la documentación aportada por la empresa Sociedaddel Estado Municipal para el Transporte Urbano de Rosario (SEMTUR) -CUIT 33-70792549-9 se desprende que la misma es una persona jurídica dederecho público y por lo tanto no debe considerarse incluida en elrégimen de la Ley 24.714 como tampoco corresponde que se encuentreincorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar asu establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo odejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones familiarescorrespondientes estará a cargo de los empleadores.

Que en tal sentido, corresponde que el Sociedad del Estado Municipalpara el Transporte Urbano de Rosario (SEMTUR) CUIT 33-70792549-9, abonelas Asignaciones Familiares de sus dependientes con recursospresupuestarios propios de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 24de la Ley N° 24.714.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomadola intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen N°55.509 de fecha 2/10/2013, propiciando excluir a la referida Sociedaddel Sistema único de Asignaciones Familiares.

Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidaspor el artículo 36 de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N°2741/91 y el Decreto N° 58/15.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dáse de baja del Sistema Único de Asignaciones Familiares(SUAF) al empleador Sociedad del Estado Municipal para el TransporteUrbano de Rosario (SEMTUR) - CUIT 33-70792549-9, desde el dictado de lapresente.

ARTÍCULO 2° — La empresa Sociedad del Estado Municipal para elTransporte Urbano de Rosario (SEMTUR) excluida por la presente delSistema Único de Asignaciones Familiares deberá continuar abonando lasAsignaciones Familiares correspondientes a sus trabajadores bajorelación de dependencia conforme la normativa que los regula con suspropios recursos presupuestarios.

ARTÍCULO 3° — Dése cuenta a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. EMILIO BASAVILBASO,Director Ejecutivo.

e. 06/09/2016 N° 64205/16 v. 06/09/2016

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