Resolución 292/2016

Instituto Autarquico Provincial Del Seguro

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Nacional De La Seguridad Social
Instituto Autarquico Provincial Del Seguro

Dase de baja del sistema unico de asignaciones familiares (suaf) al empleador “instituto autarquico provincial del seguro cuit n° 3050005550-9” desde el dictado de la presente.

Id norma: 265151 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33455

Fecha boletin: 06/09/2016 Fecha sancion: 29/08/2016 Numero de norma 292/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 292/2016

Buenos Aires, 29/08/2016

VISTO el Expediente N° 024-99-81437374-2-790 del Registro de laADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley N°19.722 de fecha 06 de julio de 1972, la Ley N° 24.714 de fecha 02 deoctubre de 1996, Decreto N° 1245 de fecha 01 de Noviembre de 1996, laResolución SSS N° 14 de fecha 30 de julio de 2002, la Resolución D.E.-NN° 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D.E.-A N°321/06, la Resolución D.E.-N N° 292 de fecha 08 de abril del 2008, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la exclusión delSISTEMA ÚNICO DE ASIGNACIONES FAMILIARES (SUAF) de la empresa“INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO, CUIT 30-50005550-9”.

Que la Ley N° 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

Que es facultad de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIALdisponer el pago de las prestaciones familiares a través del presenteen atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones detrabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efectodeterminará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que seráimplementado.

Que la Resolución D.E.-N N° 292/08 establece la incorporación alSistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), de aquellas empresascomprendidas en el Sistema de Fondo Compensador.

Que mediante la Resolución D.E.-N N° 321/06 se incluyó al “INSTITUTOAUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO, CUIT 30-50005550-9”, al Sistema Únicode Asignaciones Familiares.

Que conforme surge de la documentación aportada por la empresa“INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO” se desprende que la mismaes una persona jurídica de derecho público y por lo tanto no debeconsiderarse incluida en el régimen de la Ley 24.714 como tampococorresponde que se encuentre incorporada al Sistema Único deAsignaciones Familiares (SUAF).

Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar asu establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo odejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones familiarescorrespondientes estará a cargo de los empleadores.

Que en tal sentido, corresponde que el Instituto Autárquico Provincialdel Seguro CUIT N° 30-50005550-9, abone las Asignaciones Familiares desus dependientes con recursos presupuestarios propios de conformidad alo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley N° 24.714.

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado laintervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen N°54.254 de fecha 15/02/13, propiciando excluir al referido Instituto delSistema Único de Asignaciones Familiares.

Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidaspor el artículo 36 de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N°2741/91 y el Decreto N° 58/15.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dáse de baja del Sistema Único de Asignaciones Familiares(SUAF) al empleador “INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO CUIT N°3050005550-9” desde el dictado de la presente.

ARTÍCULO 2° — La empresa “INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO”excluida por la presente del Sistema Único de Asignaciones Familiaresdeberá continuar abonando las Asignaciones Familiares correspondientesa sus trabajadores bajo relación de dependencia conforme la normativaque los regula con sus propios recursos presupuestarios.

ARTÍCULO 3° — Dése cuenta a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. EMILIO BASAVILBASO,Director Ejecutivo.

e. 06/09/2016 N° 64206/16 v. 06/09/2016

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