Convenio 130/2016

Convenio Interministerial

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenios
Convenio Interministerial

Convenio interministerial entre el ministerio de transporte, ministerio de defensa y ministerio de seguridad de la nacion.

Id norma: 265162 Tipo norma: Convenio Numero boletin: 33455

Fecha boletin: 06/09/2016 Fecha sancion: 09/08/2016 Numero de norma 130/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Seguridad Ver Convenios Observaciones: EL PRESENTE CONVENIO ES CELEBRADO POR EL MINISTERIO DE TRANSPORTE, MINISTERIO DE DEFENSA Y MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Convenio MS 130/2016

Buenos Aires, 09/08/2016

CONVENIO INTERMINISTERIAL ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPORTE, MINISTERIO DE DEFENSA Y MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN

Entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE, representado en este acto por elseñor Ministro de Transporte Lic. D. Guillermo DIETRICH, el MINISTERIODE DEFENSA representado en este acto por el señor Ministro de DefensaIng. D. Julio MARTÍNEZ, y el MINISTERIO DE SEGURIDAD, representado eneste acto por la señora Ministro de Seguridad Dra. Patricia BULLRICH, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto N° 228 de fecha 21 de enero de 2016, por el que sedeclaró la “Emergencia de Seguridad Pública” dispuso, en su artículo3°, la continuidad del “OPERATIVO FRONTERAS” en forma permanente.

Que el citado Decreto fija, en su artículo 9°, una serie de reglas deprotección aeroespacial necesarias para cumplir con los objetivos deseguridad planteados.

Que la consecución de tales objetivos requiere contar, necesariamente, con información oportuna, especializada y veraz.

Que el artículo 15 del Decreto N° 228/16 instruye a los citadosMinisterios a que, en el plazo de TREINTA (30) días, establezcan lacoordinación de acciones e intercambio de información que permitareforzar las medidas de seguridad en todo el ámbito aeroespacial deinterés nacional.

Que parte de la información obtenida sobre la situación de movimientosaéreos en las zonas de interés resulta vital en casos de incidentes oaccidentes aéreos, así como para proveer información al sistema debúsqueda y salvamento de aeronaves, tripulantes y pasajeros.

Que, en sentido análogo, los datos obtenidos por el MINISTERIO DEDEFENSA mediante los sensores Primarios y Secundarios, en especial losinstalados en el “OPERATIVO FRONTERAS”, le permiten a la autoridadaeronáutica civil contar con información relevante para detectarinfracciones y aplicar las penalidades que correspondieran.

Que las Partes, por medio de la presente, se obligan a observar losprincipios de eficacia, eficiencia y adecuada economía de medios.

Que se vislumbra la necesidad de investigar la conformación de unSistema Integrado de Información, en tiempo real, para consulta de losTRES (3) Ministerios.

Que se realizarán reuniones de revisión del funcionamiento del presenteDocumento cada SESENTA (60) días, posteriores a la firma del presenteConvenio.

POR ELLO

Los Ministros de Transporte, Defensa y Seguridad

acuerdan celebrar el presente Convenio Marco de Intercambio de Información sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA:El MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEAVIACIÓN CIVIL (A.N.A.C.), enviará información sobre el registro deaeronaves y tripulantes, e infracciones aeronáuticas a los Ministeriosde DEFENSA y SEGURIDAD, según lo detallado en el Anexo I(IF-2016-00526174-APN-MD).

SEGUNDA:El MINISTERIO DE DEFENSA, a través del COMANDO AEROESPACIAL y laDIRECCIÓN NACIONAL DE TRÁNSITO AÉREO, intercambiará información sobreel Tránsito Aéreo Irregular (T.A.I.) y/o aeronaves enemergencia/accidentadas al MINISTERIO DE TRANSPORTE (A.N.A.C.), segúndetalle en Anexo I.

TERCERA:El MINISTERIO DE DEFENSA, a través del COMANDO AEROESPACIAL, enviaráinformación sobre el Tránsito Aéreo Irregular (T.A.I.) al MINISTERIO DESEGURIDAD, de acuerdo con lo que se expresa en el Anexo I.

CUARTA:Se establecen inicialmente como puntos de contacto administrativos: enel MINISTERIO DE TRANSPORTE el señor Administrador Nacional de AviaciónCivil, en el MINISTERIO DE DEFENSA el señor Secretario de Estrategia yAsuntos Militares, y en el MINISTERIO DE SEGURIDAD el señor Secretariode Fronteras. Ellos propiciarán, en el menor plazo posible, elestablecimiento de contactos operativos, a efectos de contar con ladebida celeridad en el trámite de la información.

QUINTA:El MINISTERIO DE SEGURIDAD, a través de la SECRETARÍA DE FRONTERAS,propondrá, en el término de CIENTO VEINTE (120) días, la conformaciónde un Sistema Integrado de Información, para consulta en tiempo real delos TRES (3) Ministerios signatarios del presente Convenio. Para ello,se coordinará con el MINISTERIO DE COMUNICACIONES su factibilidad ycosto.

SEXTA:Dado el esfuerzo operacional y logístico que implica el “OPERATIVOFRONTERAS” para el Estado Nacional, se propone que se actualicen laspenalidades vigentes cuando por causa de negligencia, omisión,desconocimiento o incumplimiento de la normativa actual se provoquenfalsas alertas, y con ello una carga adicional al sistema.

En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismotenor y a un mismo efecto. — PATRICIA BULLRICH, Ministra, Ministerio deSeguridad. — JULIO CÉSAR MARTÍNEZ, Ministro, Ministerio de Defensa. —GUILLERMO JAVIER DIETRICH, Ministro, Ministerio de Transporte.

Anexo I

DETALLE DE LA INFORMACIÓN A TRANSFERIR

A continuación se expresan los detalles de la información necesaria,entendiéndose que deberá complementarse su totalidad o, en su defecto,la mayor cantidad de datos posibles.

DEL REGISTRO DE AERONAVES:

Matrícula, Color/es, Marca, Modelo, Propiedad, Actividad, Aeródromo de Guarda, fecha de última certificación.

DEL REGISTRO DE TRIPULANTES:

Domicilio, Actividad, Tipo y fecha de habilitación.

DE LAS INFRACCIONES AERONÁUTICAS:

Tipo de Infracción, Nombre del tripulante y aeronave, lugar, fecha aeródromos y lugares aptos en infracción.

DEL TRÁNSITO AÉREO IRREGULAR:

Lugar/aeródromo o coordenadas de origen, nivel de vuelo, velocidad,rumbo general, lugar/aeródromo o coordinadas de destino/final delploteo.

DE LAS AERONAVES EN EMERGENCIA:

Tipo, marca, modelo, matrícula, lugar o zona del accidente/incidente/emergencia, personas afectadas.

e. 06/09/2016 N° 64333/16 v. 06/09/2016

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