Resolución 109/2016

Unidad De Coordinacion De Programas Y Proyectos Con Financiamiento Externo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior, Obras Publicas Y Vivienda
Unidad De Coordinacion De Programas Y Proyectos Con Financiamiento Externo

Establecese que la unidad de coordinacion de programas y proyectos con financiamiento externo (u.c.p. y p.f.e.), tendra a su cargo intervenir en la formulacion, gestion, supervision, monitoreo y evaluacion de los proyectos y/o programas con financiamiento externo que se detallan a continuacion: “programa de apoyo a la politica de mejoramiento de la equidad educativa ii (promedu ii)”, del “programa de apoyo a la politica de mejoramiento de la equidad educativa iii (promedu iii)”, “programa de desarrollo de recursos fisicos educativos”, “programa de infraestructura universitaria”, “programa de infraestructura universitaria ii - fase a”, “programa de infraestructura universitaria ii - fase b”, prestamo bid n° 830/oc-ar y 932/sf-ar, programa de desarrollo institucional e inversiones sociales municipales; prestamo birf n° 7385 - ar, proyecto de servicios basicos municipales; prestamo cfa n° 6568, programa de obras multiples en municipios; prestamo cfa n° 7864, programa de obras multiples en municipios fase ii; prestamo cfa n° 8593, programa de obras multiples en municipios fase iii; prestamo bid n° 2929/oc-ar, programa de inversiones municipales, prestamo bid n° 1843/oc-ar, prestamo caf n° 7769, modernizacion integral del archivo general de la nacion, proyecto infraestructura hi- drica: programa para el desarrollo de las provincias del norte grande; prestamo birf n° 7992-ar, proyecto de infraestructura hidrica del norte martes 6 de septiembre de 2016 primera seccion boletin oficial nº 33.455 22 grande; prestamo birf n° 8032-ar, segundo proyecto de infraestructura hidrica del norte grande; prestamo caf n° 8028, programa de infraestructura de saneamiento del norte grande; prestamo bid n° 2776/oc-ar, programa de desarrollo de las provincias del norte grande: infraestructura de agua potable y saneamiento; prestamo caf n° 8640, programa de infraestructura de saneamiento del norte grande ii, asi como tambien de los programas y proyectos en materia de competencia de la secretaria de obras publicas del ministerio del interior, obras publicas y vivienda que le sean asignados por el coordinador general. asimismo, la unidad de coordinacion de programas y proyectos con financiamiento externo (u.c.p. y p.f.e.), entendera en la relacion con los organismos multilaterales de credito, en todo lo atinente a la gestion administrativa financiera de los programas que tenga a su cargo.

Id norma: 265167 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33455

Fecha boletin: 06/09/2016 Fecha sancion: 01/09/2016 Numero de norma 109/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio Del Interior Obras Publicas Y Vivienda Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 109 - E/2016

Buenos Aires, 01/09/2016

VISTO el Expediente N° S02:0077434/2016 del registro de esteMinisterio, la Resolución N° 165 de fecha 21 de junio del 2000 delentonces MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y los Decretos Nros.1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, 13 de fecha 10 de diciembre de2015 y 212 de fecha 22 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 165/00 del entoncesMINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA se creó la UNIDAD COORDINADORADE PROGRAMAS CON FINANCIACIÓN EXTERNA (U.C.P.F.E.), disponiendo dicharesolución en el artículo 2° que esta unidad ejercerá la coordinación ysupervisión del accionar de las TRES (3) Unidades Ejecutoras de losProgramas transferidos por el Decreto N° 176/00: la UNIDAD EJECUTORAdel Programa BID 1118/OC PROGRAMA DE EMERGENCIA PARA LA RECUPERACIÓN DELAS ZONAS AFECTADAS POR LAS INUNDACIONES; la UNIDAD EJECUTORA de losProgramas BIRF 4093 PROGRAMA DE CAMINOS PROVINCIALES, BIRF 4117PROYECTO DE PROTECCIÓN CONTRA LAS INUNDACIONES y BIRF 4273 PROYECTO DEEMERGENCIA DE INUNDACIONES “EL NIÑO”; y la UNIDAD EJECUTORA delPROGRAMA DE FINANCIAMIENTO A MUNICIPIOS (Programas BIRF 3860/AR, BID830/OC y BID 932/SF).

Que los artículos 3° y 4° de la resolución citada en el considerandoanterior disponen que la función del Director Nacional de la UnidadCoordinadora creada por el artículo 1° de la Resolución N° 165/00 delentonces MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, será ejercida por eltitular de esta cartera ministerial, quien podrá ser asistido por unCoordinador General y que el titular de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICASdel entonces MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA se desempeñarácomo Coordinador General, quien podrá delegar sus funciones en unCoordinador General Alterno.

Que asimismo, por el Decreto N° 1142/03 se ampliaron las competenciasde la UNIDAD COORDINADORA DE PROGRAMAS CON FINANCIACIÓN EXTERNA(U.C.P.F.E.), sustituyendo su nombre por el de UNIDAD DE COORDINACIÓNDE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E.) ydisponiendo como su responsabilidad primaria la de intervenir en laformulación, gestión, supervisión, monitoreo y evaluación de losprogramas y proyectos con financiamiento multilateral que sedesarrollen en el ámbito del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y realizar el control de laejecución en aquellos que se lleven a cabo en los organismosdescentralizados vinculados funcionalmente con dicho Ministerio.

Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520(texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y setransfirieron las competencias que tenía asignadas el entoncesMINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS enmateria de obra pública, a este Ministerio.

Que por el artículo 6° del Decreto N° 212/15 se transfirió laSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente entonces del ex MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y las unidadesorganizativas existentes en su órbita, a este Ministerio.

Que el citado Decreto N° 212/15 establece como competencia de laSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de este Ministerio la de entender en laelaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas lasmaterias relacionadas con obras públicas e hídricas y coordinar losplanes, programas relativos a dichas obras a nivel internacional,nacional, regional, provincial y municipal que correspondan a lajurisdicción.

Que en consecuencia, y teniendo en cuenta las nuevas competencias enmateria de obras públicas asumidas por este Ministerio, se consideraconveniente que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CONFINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E.) tenga a su cargo la gestiónadministrativa financiera, que comprende la atención de las cuestionesfiduciarias, así como también los procedimientos de adquisición,contratación, auditoría y monitoreo de los Programas y Proyectos enmateria de competencia de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de esteMinisterio que se encuentren actualmente en vigencia, así como tambiénlos que le sean asignados por el Coordinador General.

Que en el marco de lo expuesto en el considerando anterior, tambiénresulta necesario que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS YPROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E), entienda en larelación con los organismos multilaterales de crédito, en todo loatinente a la gestión administrativa financiera de los programas quetenga a su cargo

Que por otro lado, y considerando que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DEPROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E),ejercerá sus competencias exclusivamente sobre los Programas yProyectos en materia de competencia de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICASde este Ministerio, resulta conveniente que ella funcione en la órbitade dicha secretaría.

Que asimismo, y teniendo en cuenta lo previsto en el anteriorconsiderando y que es el propio titular de la SECRETARÍA DE OBRASPÚBLICAS de este Ministerio quien ocupa el cargo de Coordinador Generalde la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CONFINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E), conforme a lo previsto en elartículo 4° de la Resolución N° 165/00 del entonces MINISTERIO DEINFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, se considera oportuno ampliar lascompetencias del Coordinador General procurando de esta manera lograruna gestión más ágil y eficiente.

Que conforme a lo previsto en el Decreto N° 212/15, la SUBSECRETARÍA DEOBRAS PÚBLICAS y la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS, ambas de laSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de este Ministerio, tienen entre suscompetencias la de asistir al Secretario de Obras Públicas en laelaboración y ejecución de la política nacional de obras públicas y lade asistir al Secretario de Obras Públicas en la elaboración yejecución de la política hídrica nacional, respectivamente.

Que en consecuencia, se considera conveniente que la SUBSECRETARÍA DEOBRAS PÚBLICAS y la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS tengan a sucargo el monitoreo de la ejecución de los programas vinculados con lamateria de su competencia que se encuentren actualmente en vigencia,así como también de los que se le asignen en un futuro.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DEASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN deeste Ministerio.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas porla Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92)y sus modificatorias y por el Decreto N° 212 de fecha 22 de diciembrede 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS YPROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E.), tendrá a sucargo intervenir en la formulación, gestión, supervisión, monitoreo yevaluación de los proyectos y/o programas con financiamiento externoque se detallan a continuación: “PROGRAMA DE APOYO A LA POLÍTICA DEMEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA II (PROMEDU II)”, del “PROGRAMA DEAPOYO A LA POLÍTICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA III(PROMEDU III)”, “PROGRAMA DE DESARROLLO DE RECURSOS FÍSICOSEDUCATIVOS”, “PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA UNIVERSITARIA”, “PROGRAMA DEINFRAESTRUCTURA UNIVERSITARIA II - FASE A”, “PROGRAMA DEINFRAESTRUCTURA UNIVERSITARIA II - FASE B”, PRÉSTAMO BID N° 830/OC-AR y932/SF-AR, PROGRAMA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INVERSIONES SOCIALESMUNICIPALES; PRÉSTAMO BIRF N° 7385 - AR, PROYECTO DE SERVICIOS BÁSICOSMUNICIPALES; PRÉSTAMO CFA N° 6568, PROGRAMA DE OBRAS MÚLTIPLES ENMUNICIPIOS; PRÉSTAMO CFA N° 7864, PROGRAMA DE OBRAS MÚLTIPLES ENMUNICIPIOS FASE II; PRÉSTAMO CFA N° 8593, PROGRAMA DE OBRAS MÚLTIPLESEN MUNICIPIOS FASE III; PRÉSTAMO BID N° 2929/OC-AR, PROGRAMA DEINVERSIONES MUNICIPALES, PRÉSTAMO BID N° 1843/OC-AR, PRÉSTAMO CAF N°7769, MODERNIZACIÓN INTEGRAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, PROYECTOINFRAESTRUCTURA HÍDRICA: PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LAS PROVINCIASDEL NORTE GRANDE; PRÉSTAMO BIRF N° 7992-AR, PROYECTO DE INFRAESTRUCTURAHÍDRICA DEL NORTE GRANDE; PRÉSTAMO BIRF N° 8032-AR, SEGUNDO PROYECTO DEINFRAESTRUCTURA HÍDRICA DEL NORTE GRANDE; PRÉSTAMO CAF N° 8028,PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA DE SANEAMIENTO DEL NORTE GRANDE; PRÉSTAMOBID N° 2776/OC-AR, PROGRAMA DE DESARROLLO DE LAS PROVINCIAS DEL NORTEGRANDE: INFRAESTRUCTURA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO; PRÉSTAMO CAF N°8640, PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA DE SANEAMIENTO DEL NORTE GRANDE II,así como también de los Programas y Proyectos en materia de competenciade la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRASPÚBLICAS Y VIVIENDA que le sean asignados por el Coordinador General.Asimismo, la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CONFINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E.), entenderá en la relación conlos organismos multilaterales de crédito, en todo lo atinente a lagestión administrativa financiera de los programas que tenga a su cargo.

ARTÍCULO 2° — Establécese que la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS YPROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E.) funcionará en laórbita de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

ARTÍCULO 3° — Son funciones del Coordinador General de la UNIDAD DECOORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO(U.C.P. y P.F.E.), quien podrá delegarlas en el Coordinador GeneralAlterno, las siguientes:

a) Coordinar la ejecución general de los Programas y Proyectos confinanciación externa, cuya ejecución dependa de la UNIDAD DECOORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO(U.C.P. y P.F.E.), garantizando el cumplimiento de las funciones yobligaciones establecidas en los Convenios de Préstamo.

b) Solicitar los desembolsos de los recursos provenientes de los Convenios de Préstamo.

c) Gestionar los recursos de contrapartida local, en los casos quefuere necesario, para asegurar el financiamiento completo de losProgramas y Proyectos cuya ejecución dependa de la UNIDAD DECOORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO(U.C.P. y P.F.E.).

d) Otorgar la No Objeción a todas las actividades que se desarrollen en el marco de los Programas y Proyectos, a su cargo.

e) Informar periódicamente al señor Ministro del Interior, ObrasPúblicas y Vivienda, en su carácter de Director Nacional de la UNIDADDE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO(U.C.P. y P.F.E.), sobre el avance de los desembolsos y las acciones decontrol y monitoreo.

f) Mantener adecuadamente informados a los bancos prestadores y a losorganismos que corresponda, de todos los aspectos vinculados a lamarcha de los Programas y Proyectos a su cargo.

g) Informar periódicamente a la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.),sobre: i) La programación y ejecución presupuestaria, financiera,operativa, física y de desembolsos de los Programas y Proyectos a sucargo, ii) el avance de los Programas y Proyectos y de los contratosvinculados a éstos, correspondientes a los componentes sustantivos decada Programa o Proyecto; iii) Los Convenios de préstamo que sesuscriban y sus eventuales modificaciones, remitiendo copia de esadocumentación así como de los informes de progreso y toda documentaciónque se remita a los Organismos Internacionales vinculada a laprogramación, seguimiento y evaluación de los Programas y Proyectos;iv) La gestión financiera, brindando acceso en modo de consulta, a lossistemas de gestión contable financiera de cada Programa y Proyecto.

h) Gestionar a través de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C.) delMinisterio, las solicitudes de priorización de nuevas operaciones decrédito y cooperación técnica, enviando los correspondientes perfiles.

i) Suscribir, prorrogar y rescindir los contratos de obra, de locaciónde obra y/o de servicios con terceros sin relación de dependencia y deadquisición bienes y/o equipamientos que resulten indispensables parala totalidad de Programas y Proyectos con financiamiento externocoordinados por la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CONFINANCIAMIENTO EXTERNO (U.C.P. y P.F.E.).

j) Celebrar convenios con las provincias, municipios y/u otrasentidades para el desarrollo e implementación de los Programas yProyectos conforme la modalidad de su ejecución, en cumplimiento de lasobligaciones estipuladas por los Contratos de Préstamo.

ARTÍCULO 4° — Asígnase a la SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependientede la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRASPÚBLICAS Y VIVIENDA, el monitoreo, en el ámbito de su competencia, dela ejecución del “PROGRAMA DE APOYO A LA POLÍTICA DE MEJORAMIENTO DE LAEQUIDAD EDUCATIVA II (PROMEDU II)”, del “PROGRAMA DE APOYO A LAPOLÍTICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA III (PROMEDU III)”,del “PROGRAMA DE DESARROLLO DE RECURSOS FÍSICOS EDUCATIVOS”, del“PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA UNIVERSITARIA”, del “PROGRAMA DEINFRAESTRUCTURA UNIVERSITARIA II - FASE A”, y del “PROGRAMA DEINFRAESTRUCTURA UNIVERSITARIA II - FASE B” PRÉSTAMO BID N° 830/OC-AR y932/SF-AR, PROGRAMA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INVERSIONES SOCIALESMUNICIPALES; PRÉSTAMO BIRF N° 7385-AR, PROYECTO DE SERVICIOS BÁSICOSMUNICIPALES; PRÉSTAMO CFA N° 6568, PROGRAMA DE OBRAS MÚLTIPLES ENMUNICIPIOS; PRÉSTAMO CFA N° 7864, PROGRAMA DE OBRAS MÚLTIPLES ENMUNICIPIOS FASE II; PRÉSTAMO CFA N° 8593, PROGRAMA DE OBRAS MÚLTIPLESEN MUNICIPIOS FASE III; PRÉSTAMO BID N° 2929/OC-AR, PROGRAMA DEINVERSIONES MUNICIPALES, PRÉSTAMO CAF N° 7769, MODERNIZACIÓN INTEGRALDEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN y de los programas en las materias desu competencia que se le asignen en el futuro.

ARTÍCULO 5° — Asígnase a la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOSdependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el monitoreo, en el ámbito de sucompetencia, de la ejecución de los siguientes programas deinfraestructura hídrica: PRÉSTAMO BID N° 1843/OC-AR, PROYECTOINFRAESTRUCTURA HÍDRICA: PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LAS PROVINCIASDEL NORTE GRANDE; PRÉSTAMO BIRF N° 7992-AR, PROYECTO DE INFRAESTRUCTURAHÍDRICA DEL NORTE GRANDE; PRÉSTAMO BIRF N° 8032-AR, SEGUNDO PROYECTO DEINFRAESTRUCTURA HÍDRICA DEL NORTE GRANDE; PRÉSTAMO CAF N° 8028,PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA DE SANEAMIENTO DEL NORTE GRANDE; PRÉSTAMOBID N° 2776/OC-AR, PROGRAMA DE DESARROLLO DE LAS PROVINCIAS DEL NORTEGRANDE: INFRAESTRUCTURA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO; PRÉSTAMO CAF N°8640, PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA DE SANEAMIENTO DEL NORTE GRANDE II yde los programas de infraestructura hídrica que se le asignen en elfuturo.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — ROGELIO FRIGERIO, Ministro, Ministeriodel Interior, Obras Públicas y Vivienda.

e. 06/09/2016 N° 64154/16 v. 06/09/2016

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