Resolución 3994/2016

Audiencia Publica - Habilitase Inscripcion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ente Nacional Regulador Del Gas
Audiencia Publica - Habilitase Inscripcion

Habilitar la inscripcion para participar en la audiencia publica convocada por las resoluciones enargas n° i-3953/16 e l-3957/16, conforme las previsiones de la resolucion enargas n° 3158/05, en la provincia de entre rios en udai parana: españa 319, parana y en la provincia de tierra del fuego, antartida e islas del atlantico sur en udai ushuaia: juan manuel de rosas 126, ushuaia, que seran las ciudades desde las que se habilitaran los mecanismos de participacion virtual y simultanea, en sus respectivas provincias, conforme las previsiones de la resolucion enargas n° i-3971/2016, en reemplazo de las localidades alli previstas.

Id norma: 265300 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33458

Fecha boletin: 09/09/2016 Fecha sancion: 08/09/2016 Numero de norma 3994/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ente Nacional Regulador Del Gas Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3994/2016

Buenos Aires, 08/09/2016

VISTO el Expediente N° 30059 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADORDEL GAS, las Resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de laNación N° 152 - E/16, N° 163 - E/16 y N° 173 - E/16; las ResolucionesENARGAS N° I-3953/16, N° I-3957/16 y N° I-3971/16; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 173 - E/16 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA DELA NACIÓN (MINEM) de fecha 7 de septiembre de 2016, se estableció que alos fines de la realización de la Audiencia Pública convocada mediantelas Resoluciones ENARGAS N° I-3953/16 e I-3957/16, las sedescorrespondientes a las Provincias de ENTRE RÍOS y de TIERRA DEL FUEGO,ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, en los términos del Artículo 1° dela Resolución N° 163 de fecha 25 de agosto de 2016 del MINEM(RESOL-2016-163-E-APN-MEM), deberán habilitarse en las ciudades deParaná y de Ushuaia, respectivamente.

Que, con el objeto de facilitar el acceso de los interesados y promoveruna mayor concurrencia a la Audiencia Pública, se ha entendidoconveniente modificar las ciudades en donde habrán de habilitarse lassedes mencionadas en las Provincias de ENTRE RÍOS y TIERRA DEL FUEGO,ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, estableciendo como sedes susciudades capitales, en reemplazo de las previstas en el Artículo 1° dela Resolución N° 163 - E/16 del MINEM.

Que, a efectos de implementar la medida establecida, respecto de lasProvincias de ENTRE RÍOS y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DELATLÁNTICO SUR, resulta necesario modificar, en lo pertinente, laResolución ENARGAS N° I-3971/16, en el sentido indicado.

Que se ha expedido el Servicio Jurídico Permanente del Organismo encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7°, inciso d) de la Ley N°19.549.

Que el Ente Nacional Regulador del Gas se encuentra facultado para eldictado del presente acto conforme lo dispuesto en el Artículo 52inciso I) de la Ley N° 24.076, Decretos N° 571/07; 1646/07; 953/08;2138/08; 616/09; 1874/09; 1038/10; 1688/10; 692/11; 262/12; 946/12;2686/12; 1524/13; 222/14; 2704/14; 1392/15; 164/16; 287/16 y 844/16.

Por ello;

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Habilitar la inscripción para participar en la AudienciaPública convocada por las Resoluciones ENARGAS N° I-3953/16 el-3957/16, conforme las previsiones de la Resolución ENARGAS N°3158/05, en la Provincia de ENTRE RÍOS en UDAI Paraná: España 319,Paraná y en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DELATLÁNTICO SUR en UDAI Ushuaia: Juan Manuel de Rosas 126, Ushuaia, queserán las ciudades desde las que se habilitarán los mecanismos departicipación virtual y simultánea, en sus respectivas provincias,conforme las previsiones de la Resolución ENARGAS N° I-3971/2016, enreemplazo de las localidades allí previstas.

ARTÍCULO 2° — Instruir a los Centros Regionales sitos en las provinciasmencionadas en el Artículo 1°, a que arbitren los medios necesarios aefectos de implementar la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Aprobar el AVISO que obra como Anexo I de la presente elcual deberá publicarse en el Boletín Oficial por dos (2) días, en dos(2) diarios de circulación local de las ciudades indicadas en elArtículo 1° y en el sitio web del ENARGAS.

ARTÍCULO 4° — Registrar, publicar, dar a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archivar. — DAVID JOSÉ TEZANOS GONZÁLEZ,Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

ANEXO I

EL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

INFORMA:

A los efectos de la inscripción para participar en la Audiencia Públicaconvocada por las Resoluciones ENARGAS N° I-3953/16 y N° I-3957/16,será sede habilitada en la Provincia de ENTRE RIOS la UDAI Paraná:España 319, Paraná y en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA EISLAS DEL ATLÁNTICO SUR la UDAI Ushuaia: Juan Manuel de Rosas 126,Ushuaia, que serán las ciudades desde las que se habilitarán losmecanismos de participación virtual y simultánea, en sus respectivasprovincias, conforme las previsiones de la Resolución ENARGAS N°I-3971/2016, en reemplazo de las localidades allí previstas.

e. 09/09/2016 N° 66292/16 v. 09/09/2016

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