Resolución 4010/2016

Centros De Participacion Virtual

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ente Nacional Regulador Del Gas
Centros De Participacion Virtual

Establecer y habilitar determinados “centros de participacion virtual”, a los efectos de la audiencia publica convocada por las resoluciones enargas n° i-3953/16, n° i-3957/16, modificatorias y complementarias:

Id norma: 265442 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33461

Fecha boletin: 14/09/2016 Fecha sancion: 13/09/2016 Numero de norma 4010/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ente Nacional Regulador Del Gas Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 4010/2016

Buenos Aires, 13/09/2016

VISTO el Expediente N° 30059 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADORDEL GAS, las Resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de laNación N° 152 - E/16, N° 163 - E/16 y N° 173 - E/16; las ResolucionesENARGAS N° I-3953/16, N° I-3957/16, N° I-3971/16 y N° I-3994/16; y

CONSIDERANDO:

Que en la Convocatoria a Audiencia Pública dispuesta por el ENARGAS enlas resoluciones citadas en el VISTO, se previó la participación de losusuarios de las distintas regiones del país, a través de laimplementación de una instancia virtual.

Que, en lo que aquí interesa, la inscripción de los interesados enparticipar se realizó, entre otros canales, a través de los CentrosRegionales de esta Autoridad.

Que para una mejor organización, y con la colaboración de la Jefaturade Gabinete de Ministros de la Nación, se ha previsto que la citadaparticipación se realice en Centros de Participación Virtual,dispuestos a tal efecto.

Que corresponde difundir su localización a través de los medios pertinentes.

Que se ha previsto la participación de un moderador de la Audiencia conamplia experiencia en esta materia, quien colaborará “ad honorem”.

Que se ha expedido el Servicio Jurídico Permanente del Organismo encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7°, inciso d) de la Ley N°19.549.

Que el Ente Nacional Regulador del Gas se encuentra facultado para eldictado del presente acto conforme lo dispuesto en el Artículo 52inciso 1) de la Ley N° 24.076, Decretos N° 571/07; 1646/07; 953/08;2138/08; 616/09; 1874/09; 1038/10; 1688/10; 692/11; 262/12; 946/12;2686/12; 1524/13; 222/14; 2704/14; 1392/15; 164/16; y 844/16.

Por ello;

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establecer y habilitar los siguientes “Centros deParticipación Virtual”, a los efectos de la Audiencia Pública convocadapor las Resoluciones ENARGAS N° I-3953/16, N° I-3957/16, modificatoriasy complementarias:

1. Ushuaia: Cine Packewaia, sito en Perito Moreno, 9410.

2. Neuquén: Salón Usos Múltiples del Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, sito en Avenida Leloir 370.

3. Salta: Sociedad Española, sita en Balcarce 653.

4. Córdoba: Auditorio de Radio Nacional, sito en Santa Rosa y General Paz.

5. Paraná: Sala Mayo, sito en Martín Miguel de Güemes y Rioja.

6. Mendoza: Salón Plumerillos del Centro de Congresos y Exposiciones, sito en Peltier 611, Mendoza.

7. Rosario: Colegio de Abogados de Rosario, sito en Boulevard Oroño 1542.

8. Santa Rosa: Auditorio Vialidad Nacional, sito en J. B. Justo 315.

ARTÍCULO 2° — Designar como “Moderador” ad honorem de la AudienciaPública convocada por las Resoluciones ENARGAS N° I-3953/16, N°I-3957/16, modificatorias y complementarias, al Lic. Javier FranciscoCorcuera Quiroga, DNI N° 11.603.127.

ARTÍCULO 3° — Aprobar el AVISO que obra como Anexo I de la presente elcual deberá publicarse en el Boletín Oficial por dos (2) días, en elsitio web del ENARGAS y toda difusión que se estime pertinente porparte de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.

ARTÍCULO 4° — Registrar, publicar, dar a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archivar. — DAVID JOSÉ TEZANOS GONZÁLEZ,Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

ANEXO I

EL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

INFORMA:

Para participar en forma remota en la Audiencia Pública convocada porlas Resoluciones ENARGAS N° I-3953/16 y N° I-3957/16, modificatorias ycomplementarias, se han habilitado los siguientes Centros deParticipación Virtual:

1. Ushuaia: Cine Packewaia, sito en Perito Moreno, 9410.

2. Neuquén: Salón Usos Múltiples del Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén, sito en Avenida Leloir 370.

3. Salta: Sociedad Española, sita en Balcarce 653.

4. Córdoba: Auditorio de Radio Nacional, sito en Santa Rosa y General Paz.

5. Paraná: Sala Mayo, sito en Martín Miguel de Güemes y Rioja.

6. Mendoza: Salón Plumerillos del Centro de Congresos y Exposiciones, sito en Peltier 611, Mendoza.

7. Rosario: Colegio de Abogados de Rosario, sito en Boulevard Oroño 1542.

8. Santa Rosa: Auditorio Vialidad Nacional, sito en J. B. Justo 315.

e. 14/09/2016 N° 67636/16 v. 15/09/2016

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