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Resolución 111/2016
Aplicacion Regimen De Sanciones
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Loteria Nacional Sociedad Del Estado
Aplicacion Regimen De Sanciones
Establecese que a los fines de la aplicacion del regimen de sanciones previsto en el articulo 31° del pliego de bases y condiciones aprobado mediante resolucion n° 212/99, se aplicaran las normas de procedimiento previstas en los incisos e, f, g, h, i y j del articulo 2° del regimen de faltas y sanciones, aprobado como anexo i de la resolucion n° 29/05, siempre que las mismas no sean incompatibles.
Id norma: 265489 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33462
Fecha boletin: 15/09/2016 Fecha sancion: 08/09/2016 Numero de norma 111/2016
Organismo (s)
Organismo origen: Loteria Nacional - Sociedad Del Estado Ver Resoluciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 212/1999 DE LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.
Esta norma modifica o complementa a
Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO
Resolución 111/2016
Buenos Aires, 08/09/2016
VISTO el Expediente N° 377.890/16 y las Resoluciones N° 212/99 y 29/2005 del registro de esta Sociedad del Estado, y
CONSIDERANDO:
Que por RESOLUCION N° 199/03 se aprobó un régimen de penalidadestendiente a sancionar a los distintos Agentes Operadores, cuandoincurrieran en conductas violatorias de las disposiciones dictadas parala instalación, operación y comercialización de las apuestas por mediode MÁQUINAS ELECTRÓNICAS DE JUEGOS DE RESOLUCIÓN INMEDIATA.
Que con posterioridad al dictado de dicho auto resolutivo se dictó laRESOLUCIÓN N° 29/2005 a través de la cual se derogó la citadaRESOLUCIÓN N° 199/03 y se aprobó un régimen sancionatorio específicopara el CONCESIONARIO del HIPÓDROMO ARGENTINO DE PALERMO, a seraplicado exclusivamente respecto de la explotación de máquinaselectrónicas y electromecánicas de juegos de resolución inmediatainstaladas en ese ámbito.
Que respecto del Operador de los Buques Casino “Princess” y “Estrellade la Fortuna” se aplican el Régimen de Sanciones previsto en elArtículo 31° del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por RESOLUCIÓNN° 212/99.
Que el citado Pliego de Bases y Condiciones no contempla elprocedimiento administrativo previo para la aplicación del régimensancionatorio precedentemente mencionado, lo cual constituye unarestricción para el legítimo ejercicio de las potestades punitivas enel marco del principio de legalidad.
Que a los fines de asegurar la efectiva vigencia de las garantías dejuridicidad, debido proceso y plena defensa y hasta que se apruebe elnuevo marco normativo sancionatorio, se ha considerado prudente aplicaral Operador de los Buques Casino, el mismo procedimiento previsto en laRESOLUCIÓN N° 29/2005, reafirmando al mismo tiempo el principio deigualdad frente a circunstancias objetivamente análogas.
Que han tomado la intervención que les compete la UNIDAD DE AUDITORIAINTERNA y las GERENCIAS de FISCALIZACIÓN y ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 598/90.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LOTERIA NACIONAL S.E.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establécese que a los fines de la aplicación del RÉGIMENDE SANCIONES previsto en el Artículo 31° del PLIEGO DE BASES YCONDICIONES aprobado mediante RESOLUCIÓN N° 212/99, se aplicarán lasnormas de procedimiento previstas en los incisos e, f, g, h, i y j delArtículo 2° del REGIMEN DE FALTAS Y SANCIONES, aprobado como Anexo I dela RESOLUCIÓN N° 29/05, siempre que las mismas no sean incompatibles.
ARTÍCULO 2° — Por SECRETARIA GENERAL, regístrese, protocolícese,publíquese en el BOLETÍN OFICIAL. Por la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN,realícense las notificaciones correspondientes y realícense los demástrámites a los que hubiere lugar. Cumplido, archívese. — Cdor. TOMÁSFELIX ELIZALDE, Presidente, Lotería Nacional S.E. — Ing. BELISARIOALVAREZ DE TOLEDO, Vicepresidente, Lotería Nacional S.E. — Dra. MARÍADOLORES RUIVAL ZAVALA, Directora Secretaria, Lotería Nacional S.E.
e. 15/09/2016 N° 67222/16 v. 15/09/2016
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