Resolución 355/2016

Uso Del Modulo “Expediente Electronico”

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Uso Del Modulo “Expediente Electronico”

Establecese que a partir del 1° de octubre de 2016 sera obligatorio el uso del modulo “expediente electronico” (ee) del sistema de gestion documental electronica (gde), en determinados organismos.

Id norma: 265513 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33463

Fecha boletin: 16/09/2016 Fecha sancion: 14/09/2016 Numero de norma 355/2016

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Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 355 - E/2016

Cronograma Gestión Documental Electrónica.

Buenos Aires, 14/09/2016

VISTO el Expediente Electrónico N° 2016-01202833-APN-SECMA#MM, la Leyde Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de1992) y sus modificatorias, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434del 1° de marzo de 2016 y 561 del 6 de abril de 2016, las ResolucionesNros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 de mayo de 2016, 171-E del19 de julio de 2016 y 277-E del 22 de agosto de 2016 del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, las Resoluciones Nros. 3 del 21 de abril de 2016, 4 del9 de mayo de 2016, 7-E del 2 de junio de 2016, 9-E del 29 de junio de2016, 12-E del 15 de julio de 2016, 13-E del 19 de julio de 2016 y 16-Edel 2 de agosto de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓNADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, yen su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de lasjurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma queposibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control porparte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 y modificatorias, en su artículo 23octies establece las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN entrelas cuales se encuentra la de diseñar, coordinar e implementar laincorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías,infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de laAdministración Pública Nacional.

Que el Decreto N° 434 del 1° de marzo de 2016 por el cual se aprueba elPLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA YGOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontalinformática de generación de documentos y expedientes electrónicos,registros y otros contenedores que sea utilizada por toda laadministración a los fines de facilitar la gestión documental, elacceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de losplazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto N° 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementacióndel sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistemaintegrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración demovimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector PúblicoNacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión deexpedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdiccionesenumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el SectorPúblico Nacional la utilización del sistema de Gestión DocumentalElectrónica - GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas,de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba laimplementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador deDocumentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 demayo de 2016, 171-E del 19 de julio de 2016 y 277-E del 22 de agosto de2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecen los cronogramas deimplementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador deDocumentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”(EE), todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que corresponde en consecuencia, fijar el cronograma de implementacióndel módulo “Expediente Electrónico” (EE) en el MINISTERIO DE SALUD DELA NACIÓN, en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA NACIÓN, en elMINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, en el MINISTERIO DE TRANSPORTE DELA NACIÓN, en el MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACIÓN, en el MINISTERIODE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA DE LA NACIÓN, en laSECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en la SECRETARIA DEPROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA ELNARCOTRÁFICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN (SEDRONAR), en el ServicioMeteorológico Nacional, en el Instituto Geográfico Nacional y en laDirección General de Fabricaciones Militares, todos dependientes delMINISTERIO DE DEFENSA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomadola intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 561/16.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que a partir del 1° de octubre de 2016 seráobligatorio el uso del módulo “EXPEDIENTE ELECTRÓNICO” (EE) del sistemade GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE), en los siguientes organismos:

a) MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN,

b) MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES DE LA NACIÓN,

c) MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN,

d) MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN,

e) MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACIÓN,

f) MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA DE LA NACIÓN,

g) SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

h) SECRETARIA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN YLA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN(SEDRONAR),

i) SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA DE LA NACIÓN,

j) INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA DE LA NACIÓN,

k) DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 2° — Establécese que a partir del 1° de octubre de 2016 seráobligatorio el uso de los módulos “COMUNICACIONES OFICIALES” (CCOO) y“Generador de Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO), del sistema deGESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE), en los siguientes organismos:

a) ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE),

b) OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE).

ARTÍCULO 3° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Andrés H. Ibarra.

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