Resolución 808/2016

Protocolo Asignacion Prioritaria Del Dispositivo Electronico De Control - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Protocolo Asignacion Prioritaria Del Dispositivo Electronico De Control - Aprobacion

Apruebase el protocolo para la asignacion prioritaria del dispositivo electronico de control, en el marco de la implementacion del “programa de asistencia de personas bajo vigilancia electronica” que como anexo i (if-2016-01357009-apn-mj) integra la presente resolucion.

Id norma: 265542 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33463

Fecha boletin: 16/09/2016 Fecha sancion: 13/09/2016 Numero de norma 808/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 808 - E/2016

Buenos Aires, 13/09/2016

VISTO el EXP-2016-00691928-APN-DDMIP-MJ del registro de esteMinisterio, la Ley N° 24.660, las Resoluciones ex-M.J.S. y D.H. N° 1587del 17 de junio de 2008, M.J. y D.H. Nros. 1379 del 26 de junio de 2015y 86 del 23 de marzo de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del ex M.J.S. y D.H. N° 1587/08 se resolvióinstrumentar en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE READAPTACIÓNSOCIAL actualmente dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON ELPODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRETARÍA DE JUSTICIA deeste Ministerio, el mecanismo de vigilancia electrónica de arrestosdomiciliarios, conforme lo establecido en la Ley N° 24.660 de Ejecuciónde la Pena Privativa de la Libertad.

Que a los efectos de su implementación, por conducto de la ResoluciónM.J. y D.H. N° 1379/15 se creó el PROGRAMA DE ASISTENCIA DE PERSONASBAJO VIGILANCIA ELECTRÓNICA, en la órbita de la citada DirecciónNacional.

Que entre los principales objetivos del Programa se encuentra colaborarcon el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, mediante la evaluación de lascondiciones técnicas de viabilidad para la implementación deldispositivo electrónico de control y la supervisión de su correctofuncionamiento, garantizando la intervención de un equipointerdisciplinario que acompañe a las personas incorporadas parapromover el acceso a sus derechos, con el fin de mejorar lascondiciones de vida de quienes cumplen la medida restrictiva delibertad bajo vigilancia electrónica, mitigar el impacto negativo delencierro y contribuir a su reinserción social mediante el desarrollo decapacidades personales y una vinculación saludable con la comunidad.

Que mediante la Resolución M.J.y D.H. N° 86 del 23 de marzo de 2016, sedecidió ampliar el ámbito de aplicación del programa y su delimitaciónpoblacional y geográfica, permitiendo destinarlo a aquellas personasadultas condenadas o procesadas por la justicia nacional, federal oprovincial, en condiciones de acceder al arresto domiciliario, quetengan domicilio dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, deconformidad con los términos de los requerimientos judicialesrespectivos y las posibilidades materiales de esta jurisdicción para suimplementación.

Que en el marco del Programa “Justicia 2020”, que tiene por objetivo lanecesidad de incorporar el aspecto social en la administración dejusticia para construir —sobre la base de un enfoque inclusivo eintegral— una justicia cercana, moderna, transparente e independiente,se desarrolló —el día 8 de agosto de 2016— el Seminario “La gestiónintegral de los Sistemas Penitenciarios a la luz de las ReglasMandela”, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires,organizado por la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL YASUNTOS PENITENCIARIOS de esta cartera ministerial.

Que en el citado Seminario participaron autoridades y funcionarios delos diferentes niveles del Estado que se desempeñan en áreasrelacionadas con la promoción y protección de los derechos de laspersonas privadas de la libertad, operadores de justicia, funcionariosinvolucrados con la gestión y administración penitenciaria, organismosde la sociedad civil e instituciones académicas especializadas;convirtiéndose en una herramienta de análisis para la gestión pública,con énfasis en los derechos humanos, el fomento de una convivenciapacífica y el intercambio de experiencias exitosas.

Que a la luz de las numerosas recomendaciones surgidas en dichoSeminario, y aquellas expuestas en el marco del Sistema de Coordinacióny Seguimiento de Control Judicial de Unidades Carcelarias -Comisión deEjecución Penal de la Cámara Federal de Casación Penal-, la SECRETARÍADE JUSTICIA de este Ministerio proyectó un PROTOCOLO PARA LA ASIGNACIÓNPRIORITARIA DEL DISPOSITIVO ELECTRÓNICO DE CONTROL, EN EL MARCO DE LAIMPLEMENTACIÓN DEL “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE PERSONAS BAJO VIGILANCIAELECTRÓNICA”.

Que dicho Protocolo tiene por finalidad fijar un orden preferencial yno excluyente de asignación de dispositivos que asegure laincorporación al “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE PERSONAS BAJO VIGILANCIAELECTRÓNICA” de colectivos de personas que se encuentren enparticulares condiciones de vulnerabilidad.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, sin observaciones que formular.

Que por lo expuesto, y luego del análisis efectuado por el Señor JEFEDE GABINETE DE ASESORES de este ministerio, corresponde aprobar elPROTOCOLO PARA LA ASIGNACIÓN PRIORITARIA DEL DISPOSITIVO ELECTRÓNICO DECONTROL, EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL “PROGRAMA DE ASISTENCIADE PERSONAS BAJO VIGILANCIA ELECTRÓNICA” que se acompaña como Anexo I(IF-2016-01357009-APN-MJ).

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidaspor el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios(T.O. 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el PROTOCOLO PARA LA ASIGNACIÓN PRIORITARIA DELDISPOSITIVO ELECTRÓNICO DE CONTROL, EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACIÓNDEL “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE PERSONAS BAJO VIGILANCIA ELECTRÓNICA”que como Anexo I (IF-2016-01357009-APN-MJ) integra la presenteResolución.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese —para su circularización— a la CORTE SUPREMADE JUSTICIA DE LA NACIÓN, al CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, a laPROCURACIÓN PENITENCIARIA DE LA NACIÓN, a la DEFENSORÍA GENERAL DE LANACIÓN, a la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN, a la CÁMARA FEDERAL DECASACIÓN PENAL, a la CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL YCORRECCIONAL, a la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL YCORRECCIONAL, a las Cámaras Federales del Apelaciones del Interior;especialmente al Sistema de Coordinación y Seguimiento de ControlJudicial de Unidades Carcelarias (Comisión de Ejecución Penal de laCámara Federal de Casación Penal), y a la Comisión para la Coordinacióny Agilización de Causas por Delitos de Lesa Humanidad (Acordada CSJN Nº42/08).

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — GERMÁN CARLOS GARAVANO, Ministro,Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 16/09/2016 N° 67978/16 v. 16/09/2016

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

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