Resolución 306/2016

Acuerdo Transaccional - Formularios

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Programa Nacional De Reparacion Historica Para Jubilados Y Pensionados
Acuerdo Transaccional - Formularios

Apruebase el anexo i que establece los textos de los acuerdos a suscribir entre la administracion nacional de la seguridad social (anses) y cada jubilado o pensionado que acepte la propuesta realizada por el organismo en el marco del programa nacional de reparacion historica para jubilados y pensionados, en adelante el programa, creado por la ley n° 27.260.

Id norma: 265566 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33464

Fecha boletin: 19/09/2016 Fecha sancion: 12/09/2016 Numero de norma 306/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De La Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 4 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración Nacional de la Seguridad Social

PROGRAMA NACIONAL DE REPARACIÓN HISTÓRICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

Resolución 306/2016

Acuerdo Transaccional. Formularios.

Buenos Aires, 12/09/2016

VISTO el Expediente N° 024-99-81786792-4-790-0 del registro de estaADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nros.24.241 y 27.260, el Decreto N° 894 de fecha 27 de julio de 2016 y laResolución D.E. -N N° 305/16,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.260 de Reparación Histórica para Jubilados yPensionados creó el PROGRAMA NACIONAL DE REPARACIÓN HISTÓRICA PARAJUBILADOS Y PENSIONADOS, en adelante el Programa.

Que conforme el artículo 11 de la referida Ley, esta ADMINISTRACIÓNNACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) será la autoridad de aplicacióndel Programa, encontrándose facultada para dictar las normas necesariaspara su implementación.

Que en el Decreto N° 894 de fecha 27 de julio de 2016 se aprobó la reglamentación de la citada Ley.

Que ANSES, mediante la Resolución D.E. -N N° 305/16, reglamentó el procedimiento para la puesta en marcha del Programa.

Que no obstante la citada reglamentación, la Dirección General deAsuntos Jurídicos ha advertido sobre algunos aspectos específicos quemerecen ser reglamentados para una adecuada implementación de dichoprocedimiento (nota DGAJ N° 1163/16).

Que en el Decreto N° 894/2016 se instruyó a esta AdministraciónNacional a promover y celebrar los acuerdos mencionados en el Título Idel Libro I de la Ley N° 27.260.

Que en el Anexo IV de la Resolución D.E. -N N° 305/16 se establecieronlas pautas mínimas que deben contener los textos de los conveniosreferidos.

Que en virtud de ello, resulta oportuno aprobar el Anexo I de la presente, que contiene los textos de dichos acuerdos.

Que asimismo, y ante circunstancias fundadas en razón de oportunidad,mérito y conveniencia que así lo requieran, se debe facultar a laSecretaría Legal y Técnica a realizar las modificaciones que pudierancorresponder.

Que conforme lo normado en el artículo 7° inciso c) de la Ley N° 27.260y en el artículo 6° del Decreto N° 894/16, es preciso establecer lasuma que ANSES abonará por todo concepto —comprensiva de honorarios ygastos no sujetos a rendición—, a los letrados que patrocinen a losbeneficiarios, en los casos en que no hubiera juicio iniciado conanterioridad al 30 de mayo de 2016.

Que en virtud de lo expuesto, resulta razonable establecer que dichomonto ascienda a PESOS UN MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 60/100($1.141,60.-) calculados a la fecha de la presente, y que el mismo seaactualizado conforme lo previsto en el artículo 6° del Decreto N°894/16.

Que razones de justicia y equidad llevan a establecer mecanismos paraque todos los jubilados que cumplan con los requisitos, yvoluntariamente decidan participar del Programa, puedan suscribir losacuerdos.

Que por tal motivo, es conveniente facultar a las personas que sehallen imposibilitadas de concurrir al lugar designado para la firmaológrafa, a suscribir los acuerdos en el lugar en que se encuentren,mediante la certificación de su firma ante escribano público.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el artículo 11 de la Ley N° 27.260, el artículo 3° delDecreto N° 2.741/91, el artículo 36 de la Ley N° 24.241, el artículo 8°del Decreto N° 411/80 (t.o. aprobado por Decreto N° 1.265/87) y elDecreto N° 58, de fecha 10 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Anexo I que establece los textos de losacuerdos a suscribir entre la Administración Nacional de la SeguridadSocial (ANSES) y cada jubilado o pensionado que acepte la propuestarealizada por el Organismo en el marco del PROGRAMA NACIONAL DEREPARACIÓN HISTÓRICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, en adelante elPrograma, creado por la Ley N° 27.260.

ARTÍCULO 2° — Deléguese en la Secretaría Legal y Técnica el dictado delas Resoluciones para ampliar o modificar los textos aprobados por elartículo 1° cuando circunstancias fundadas en razón de oportunidad,mérito y conveniencia así lo requieran.

ARTÍCULO 3° — En los casos previstos en el artículo 7° inciso c) de laLey N° 27.260, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° delDecreto N° 894/16, la ANSES abonará a la representación letrada delbeneficiario, la suma total de PESOS UN MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CONSESENTA CENTAVOS ($1.141,60.-) en concepto de honorarios y gastos nosujetos a rendición, que se actualizarán en la forma prevista en elartículo 6° mencionado. A los efectos de su pago, el abogado actuantedeberá ingresar los datos de su Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) y desu situación tributaria, en la plataforma “Reparación Histórica”. ANSESdepositará los montos correspondientes en la cuenta denunciada por elprofesional, luego de finalizado el proceso de homologación judicial.

ARTÍCULO 4° — Las personas que se hallen imposibilitadas de concurriral lugar designado para la firma ológrafa, podrán suscribir el acuerdoen el lugar donde se encuentren, siempre y cuando la firma estécertificada ante uno de los escribanos públicos que decidan participardel Programa en los términos que ANSES oportunamente defina.

Para acceder a tal excepción, deberán reunirse los requisitos que se establecen a continuación:

a) Encontrarse imposibilitado de concurrir al lugar designado para la suscripción del acuerdo;

b) Acreditar fehacientemente dicha circunstancia con certificadoexpedido por un médico o por el responsable de la instituciónpertinente, en el cual se deberá dejar constancia expresa de laimposibilidad mencionada, de la enfermedad padecida, y del lugar en quese encuentra inmovilizado el beneficiario;

c) Tener residencia en el país; y

d) Obtener la aprobación del Organismo para acceder a este supuesto.

ARTÍCULO 5° — El acuerdo suscripto en los términos detallados en elartículo 4° deberá ser presentado en la UDAI correspondiente, por elabogado interviniente, quien deberá suscribir ante el funcionario delOrganismo, que incorporará el acuerdo al circuito electrónico, conformelo previsto en la última parte del punto F) 1.- del Anexo I de laResolución D.E. -N N° 305/16.

ARTÍCULO 6° — Establécese que la presente Resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. — EmilioBasavilbaso.

ANEXO I

PRESENTAN ACUERDO TRANSACCIONAL - SOLICITAN HOMOLOGACION

Señor Juez:

......, DNI ......, CUIL .............., con domicilio real en lacalle........., localidad de ........, Provincia de ........,teléfono........, C.P. ........ por su propio derecho, en adelante “ELACTOR”, con el patrocinio letrado del Dr........, T...., F.....,Matricula Federal ........ CUIT ................. conjuntamenteconstituyendo domicilio legal en la calle ............................N° ..... de la localidad de........, Pcia. de ...................... ydomicilio electrónico bajo el número........; y DNI ...................CUIL.........................en su carácter de ................ de laAdministración Nacional de la Seguridad Social conforme Decreto PEN N°58/15 y las facultades conferidas por el ARTICULO 3° del Decreto N°2741/1991 y por ARTICULO 36 de la Ley N° 24.241, constituyendodomicilio legal en Av. Paseo Colón 329 de la Ciudad Autónoma de BuenosAires; con el patrocinio letrado del Dr. ......................,To..... Fo....., CUIT ..........................., MatriculaFederal...................; en representación de la AdministraciónNacional de la Seguridad Social, en adelante “ANSES” constituyendodomicilio electrónico bajo el número ..................., en autoscaratulados como “........ c/ANSES s/Reajustes Varios” Expediente Nro............... (JF ........) a V.S. como mejor proceda dicen:

I.- OBJETO. Que en el marco delo previsto por el PROGRAMA NACIONAL DE REPARACION HISTORICA PARAJUBILADOS Y PENSIONADOS, establecido por Ley N° 27.260 y sus normascomplementarias y reglamentarias, venimos por medio del presente asolicitar la homologación judicial del acuerdo transaccional, al quelas partes hemos arribado en los términos que a continuación sedetallan:

II.- ANTECEDENTES. EL ACTORmanifiesta que obtuvo su jubilación / pensión bajo el Beneficio nro..................., y que en la actualidad percibe un haber mensual queasciende a la suma bruta de $...............

III.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA.Sin reconocer hechos ni derechos, al solo efecto transaccional, y consujeción a la efectiva homologación judicial firme y consentida delpresente convenio, ANSES efectúa la siguiente propuesta:

1. PAUTAS: Las pautas a aplicar para calcular la propuesta —según corresponda a la situación de hecho del beneficiario y de conformidad a la liquidación señalada en el punto 2.— son las que se detallan a continuación.

Parámetros de reajuste del haber

A) i. Redeterminar el haberinicial de EL ACTOR, a cuyo fin procederá a actualizar lasremuneraciones consideradas para el cálculo del salario promedio, hastala fecha de adquisición del derecho, utilizando a tal fin el índicecombinado establecido en el Anexo I de la Resolución de la Secretaríade Seguridad Social N° 6 de fecha 18 de julio de 2016, que contemplalas siguientes variaciones: 1) Hasta el 31/03/95 del Índice NivelGeneral de las Remuneraciones (I.N.G.R.); 2) Desde ahí hasta el30/06/08, del índice de la Remuneración Imponible Promedio de losTrabajadores Estables (R.I.P.T.E.); y 3) Desde ahí en adelante, lasequivalentes a las movilidades establecidas en la Ley N° 26.417.Producto de dicha actualización, se recalculará la PrestaciónCompensatoria (PC) y/o la Prestación Adicional por Permanencia (PAP),según corresponda;

ii. Reconocer la movilidad delhaber previsional, conforme a las siguientes pautas: 1) Entre el 1° deenero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006, según las variacionesanuales del índice de Salarios, Nivel General, elaborado por elInstituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), deduciéndose lassumas que pudieran haberse abonado en cumplimiento de las disposicionesde los Decretos N° 1.199 del año 2004 y N° 764 del año 2006; y 2) Desdeel 1° de enero de 2007, se aplicarán los aumentos generales, y lasmovilidades dispuestas en la Ley N° 26.417.

B) En el caso de que ANSES nocuente en sus bases de datos con la información necesaria para poderefectuar el cálculo en la forma detallada en el punto A), se aplicaránlos coeficientes publicados en el Anexo III de la Resolución DE N-N°305/16, conforme lo prevé el artículo 5° del Decreto 894/16. Loscoeficientes han sido confeccionados en base a pautas objetivas ygenerales, que consistieron en calcular los promedios de incrementosrecibidos en casos similares al presente (en el supuesto de Ley N°18.037/8), o las variaciones existentes entre los índices aplicados enel otorgamiento y el dispuesto por la Ley N° 27.260 (en el supuesto deLey N° 24.241). Si bien dichas pautas tienden a replicar el resultadoque daría la aplicación exacta de los índices dispuestos en la Ley N°27.260, es posible que en el caso concreto existan diferencias entre uncálculo y otro. La aplicación de los coeficientes referidos secomplementa con los índices de movilidad previstos en la Ley deReparación Histórica, según corresponda al caso.

Parámetros de cancelación de la deuda

C) Cancelar la deuda previsional con respecto al ACTOR, según el siguiente esquema:

i) Se calcularán las diferencias entre el haber reajustado y el haberpercibido, actualizadas con la Tasa Pasiva Promedio que publica elBCRA, desde la fecha inicial de pago hasta la fecha de la liquidación.En caso de haber sumas consolidadas por las leyes 23.982, 24.130 y25.344 y su modificatoria, se aplicará lo dispuesto en el inciso a) delartículo 12 de la reglamentación del capítulo V de la citada ley25.344, aprobada como anexo IV por el decreto 1.116/00.

ii) A dicho total se le descontará el impuesto a las ganancias, decorresponder, en los términos previstos en el artículo 8° de la Ley N°27.260.

iii) El CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto resultante, efectuados losdescuentos de ley, será abonado junto con el nuevo haber reajustado.

iv) El CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante será cancelado en DOCE (12)cuotas trimestrales, iguales, y consecutivas, que serán actualizadascon el mismo coeficiente que se establezca para la movilidad en lostérminos de la Ley N° 26.417. A cada una de las cuotas se le efectuarálos descuentos de ley.

2. RESULTADO:Bajo dichos parámetros, ANSES abonará en concepto de nuevo haberreajustado, calculado al mensual................. la suma bruta dePESOS ........ ($........ ), según liquidación provista por la páginaweb de ANSES que se adjunta como ANEXO que se identifica bajo elnúmero........ y que es considerada parte integrante del presente. Alhaber reajustado mencionado se le efectuarán los descuentosestablecidos por la normativa aplicable.

El haber reajustado informado en este punto recibirá las movilidades establecidas en la normativa vigente.

Asimismo, el retroactivo total bruto calculado a la fecha de estapropuesta, asciende a PESOS ........ ($........), conforme surge deldetalle que también se adjunta en el ANEXO referido. Dicho importe serárecalculado una vez homologado el acuerdo, aplicando las mismas pautasdetalladas en el punto III.- 1. C) i), y su resultado estará sujeto alprocedimiento descripto en el punto III.- 1. C) ii), iii), y iv) delpresente escrito.

3. PAGO:El pago del nuevo haber reajustado y del primer CINCUENTA POR CIENTO(50%) se efectuará —cumplidos todos los recaudos de ley y lascondiciones pactadas— luego de la notificación de la homologación delacuerdo, que deberá estar firme y consentida. Las sumas resultantesserán depositadas en la cuenta donde EL ACTOR percibe sus habereshabitualmente.

IV.- ACEPTACIÓN Y DESISTIMIENTO DEL ACTOR. A efectos de obtener el reajuste de su haber previsional,EL ACTOR voluntariamente decide participar del PROGRAMA, que declara desu conocimiento y del que también ha sido debidamente informado por surepresentación letrada a los fines y efectos del presente.

Manifiesta asimismo haber sido debidamente asesorado por su abogado,quien le ha informado las diferencias que eventualmente se hubierenpodido derivar como consecuencia de un proceso judicial, y por laaplicación del PROGRAMA.

Asimismo, EL ACTOR declara conocer los términos de la/s sentenciasfirme/s que recayera/n en las causas en las que resulta parte contra laANSES, si se encuentran firme/s o no, y cualquier otro título mejor quese pudiera derivar de las mismas. No obstante ello decide convenirvoluntariamente bajo los términos de dicho PROGRAMA.

En tal sentido, EL ACTOR encontrándose debidamente informado, y obrandocon discernimiento, intención y libertad, acepta la propuesta efectuadapor ANSES que arroja el resultado indicado en el punto III.- 2., cuyaliquidación ha sido practicada en los términos de la LEY NACIONAL DEREPARACIÓN HISTÓRICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS y sus normascomplementarias y reglamentarias, manifestando que no tiene nada másque reclamar a ANSES por ningún concepto emergente del beneficioconsiderado en este acuerdo, que desiste de todos los reclamosjudiciales y administrativos por recálculo o redeterminación del haberinicial, por reajuste de haberes, y por cualquier otro conceptovinculado a este beneficio previsional, iniciados contra el Organismoy/o el Estado Nacional, y que renuncia a cualquier otro reajuste que nosea el reconocido en este acuerdo.

En ese marco, y manifestando su voluntad de finiquitar los litigioscontra la ANSES, EL ACTOR desiste de todas las causas que se detallanseguidamente, y de cualquier otra:

V.- HONORARIOS. Se dejaconstancia de que las costas y honorarios devengados por las tareasdesarrolladas en el proceso de conocimiento así como por aquellasderivadas de la suscripción del presente acuerdo, serán soportadas enel orden causado, conforme las leyes que rigen en la materia.

VI.- HOMOLOGACIÓN. En virtud delas concesiones recíprocas realizadas, ambas partes solicitan de V.S.la homologación del presente acuerdo, en los términos de los arts. 1641CCCN, 308 CPCCN y normas concordantes, y de la Ley N° 27.260, DecretoN° 894/16, y Resolución de ANSES DE -N N° 305/16.

VII.- PROCESO DIGITAL. Ambaspartes y los profesionales actuantes, prestan expresa conformidad conla celebración del acuerdo mediante los mecanismos digitales y/oelectrónicos aplicados, así como con la implementación del Programa através de actuaciones digitales y/o electrónicas.En ese marco, con los alcances establecidos en el artículo 14 y en elAnexo VIII de la Resolución DE -N N° 305/16, ANSES certifica: a) que deacuerdo a la base de datos del Organismo, recopilada a través de losprocedimientos establecidos mediante la Resolución N° 567/13—modificada por las Resoluciones N° 648/14 y N° 302/15—, las huellasdigitales que obran al pie del presente, se corresponden con las delACTOR y su abogado; y b) que los datos sobre beneficios y haberes,incluidos en el presente acuerdo se condicen con los obrantes en losregistros del Organismo.

VIII.- AUTORIZA. A los efectosde la homologación judicial del presente EL ACTOR autoriza a ANSES a lapresentación del mismo por ante el Poder Judicial, bajo lainstrumentación electrónica prevista por la Ley N° 27.260 sus normascomplementarias y reglamentarias.

IX.- PETITORIO. Por lo expuesto, de V.S. solicitamos:

a) Se nos tenga porpresentados, por parte y por constituidos los domicilios procesales ypor denunciados los domicilios electrónicos.-

b) Se homologue el presente acuerdo en todo y cada una de sus partes.-

Proveer de conformidad, que

SERA JUSTICIA.-

Liquidación N°................

Haber reajustado bruto................

Retroactivo Bruto...............

SE PRESENTAN - CONSTITUYEN DOMICILIO - PRESENTAN ACUERDO TRANSACCIONAL - SOLICITAN HOMOLOGACION

Señor Juez:

........, DNI ........, CUIL ........., con domicilio real en la calle........, localidad de........, Provincia de ........., teléfono........, C.P. ........ por su propio derecho, en adelante “ELBENEFICIARIO”, con el patrocinio letrado del Dr........, T. ..... , F....., Matricula Federal ........ CUIT ........ conjuntamenteconstituyendo domicilio legal en la calle................... N°........ de la localidad de ........, Pcia. de ........ y domicilioelectrónico bajo el número ........; y........ , DNI ........ CUIL........ en su carácter de………………. de la Administración Nacional de laSeguridad Social conforme Decreto PEN N° 58/15 y las facultadesconferidas por el ARTICULO 3° del Decreto N° 2741/1991 y por ARTICULO36 de la Ley N° 24.241, constituyendo domicilio legal en Av. PaseoColón 329 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; con el patrocinioletrado del Dr. ........ , To. ........ Fo......... , CUIT…………………,Matricula Federal ........; en representación de la AdministraciónNacional de la Seguridad Social, en adelante “ANSES” constituyendodomicilio electrónico bajo el número ……………………, a V.S. como mejorproceda dicen:

I.- OBJETO. Que en el marco delo previsto por el PROGRAMA NACIONAL DE REPARACION HISTORICA PARAJUBILADOS Y PENSIONADOS, establecido por Ley N° 27.260 y sus normascomplementarias y reglamentarias, venimos por medio del presente asolicitar la homologación judicial del acuerdo transaccional, al quelas partes hemos arribado en los términos que a continuación se detalla.

II.- ANTECEDENTES. ELBENEFICIARIO manifiesta que obtuvo su jubilación/pensión bajo elBeneficio nro. ........, y que en la actualidad percibe un habermensual que asciende a la suma bruta de $........

III.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA. Sinreconocer hechos ni derechos, al solo efecto transaccional, y consujeción a la efectiva homologación judicial firme y consentida delpresente convenio, ANSES efectúa la siguiente propuesta:

1. PAUTAS: Las pautas a aplicar para calcular la propuesta —según corresponda a la situación de hecho del beneficiario y de conformidad a la liquidación señalada en el punto 2.— son las que se detallan a continuación.

A) i. Redeterminar el haberinicial de EL ACTOR, a cuyo fin procederá a actualizar lasremuneraciones consideradas para el cálculo del salario promedio, hastala fecha de adquisición del derecho, utilizando a tal fin el índicecombinado establecido en el Anexo I de la Resolución de la Secretaríade Seguridad Social N° 6 de fecha 18 de julio de 2016, que contemplalas siguientes variaciones: 1) Hasta el 31/03/95 del Índice NivelGeneral de las Remuneraciones (I.N.G.R.); 2) Desde ahí hasta el30/06/08, del índice de la Remuneración Imponible Promedio de losTrabajadores Estables (R.I.P.T.E.); y 3) Desde ahí en adelante, lasequivalentes a las movilidades establecidas en la Ley N° 26.417.Producto de dicha actualización, se recalculará la PrestaciónCompensatoria (PC) y/o la Prestación Adicional por Permanencia (PAP),según corresponda;

ii. Reconocer la movilidad delhaber previsional, conforme a las siguientes pautas: 1) Entre el 1° deenero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006, según las variacionesanuales del índice de Salarios, Nivel General, elaborado por elInstituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), deduciéndose lassumas que pudieran haberse abonado en cumplimiento de las disposicionesde los Decretos N° 1.199 del año 2004 y N° 764 del año 2006; y 2) Desdeel 1° de enero de 2007, se aplicarán los aumentos generales, y lasmovilidades dispuestas en la Ley N° 26.417.

B) En el caso de que ANSES nocuente en sus bases de datos con la información necesaria para poderefectuar el cálculo en la forma detallada en el punto A), se aplicaránlos coeficientes publicados en el Anexo IIl de la Resolución DE -N N°305/16, conforme lo prevé el artículo 5° del Decreto 894/16. Loscoeficientes han sido confeccionados en base a pautas objetivas ygenerales, que consistieron en calcular los promedios de incrementosrecibidos en casos similares al presente (en el supuesto de Ley N°18.037/8), o las variaciones existentes entre los índices aplicados enel otorgamiento y el dispuesto por la Ley N° 27.260 (en el supuesto deLey N° 24.241). Si bien dichas pautas tienden a replicar el resultadoque daría la aplicación exacta de los índices dispuestos en la Ley N°27.260, es posible que en el caso concreto existan diferencias entre uncálculo y otro. La aplicación de los coeficientes referidos secomplementa con los índices de movilidad previstos en la Ley deReparación Histórica, según corresponda al caso.

2. RESULTADO:Bajo dichos parámetros, ANSES abonará en concepto de nuevo haberreajustado, calculado al mensual ........, la suma bruta de PESOS........ ($........), según liquidación provista por la página web deANSES que se adjunta como ANEXO que se identifica bajo el número........ y que es considerada parte integrante del presente. Al haberreajustado mencionado se le efectuarán los descuentos establecidos porla normativa aplicable.

El haber reajustado informado en este punto recibirá las movilidades establecidas en la normativa vigente.

3. PAGO:El pago del nuevo haber reajustado se efectuará —cumplidos todos losrecaudos de ley y las condiciones pactadas— luego de la notificación dela homologación del acuerdo, que deberá estar firme y consentida. Juntocon el nuevo haber reajustado se abonarán las diferencias existentesentre el haber reajustado y el haber percibido, por los meses quetranscurrieron desde la aceptación de la propuesta mediante la huelladigital, por parte de la actora y su letrado, hasta la fecha del pago.

Las sumas resultantes serán depositadas en la cuenta donde EL BENEFICIARIO percibe sus haberes habitualmente.

IV.- ACEPTACIÓN DEL BENEFICIARIO. A efectos de obtener el reajuste de su haber previsional,EL BENEFICIARIO voluntariamente decide participar del PROGRAMA, quedeclara de su conocimiento y del que también ha sido debidamenteinformado por su representación letrada a los fines y efectos delpresente.

En tal sentido, EL BENEFICIARIO encontrándose debidamente informado, yobrando con discernimiento, intención y libertad, acepta la propuestaefectuada por ANSES que arroja el resultado indicado en el punto lII.-2., cuya liquidación ha sido practicada en los términos de la LEYNACIONAL DE REPARACIÓN HISTÓRICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS y susnormas complementarias y reglamentarias, manifestando que no tiene nadamás que reclamar a ANSES por ningún concepto emergente del beneficioconsiderado en este acuerdo, que desiste de todos los reclamosjudiciales y administrativos por recálculo o redeterminación del haberinicial, por reajuste de haberes, y por cualquier otro conceptovinculado a este beneficio previsional, iniciados contra el Organismoy/o el Estado Nacional, y que renuncia a cualquier otro reajuste que nosea el reconocido en este acuerdo.

En particular, manifiesta haber sido debidamente asesorado por suabogado, quien le ha informado las diferencias que eventualmente sehubieren podido derivar como consecuencia de un proceso judicial, y porla aplicación del PROGRAMA.

En ese marco, y manifestando su voluntad de finiquitar todos losreclamos contra la ANSES, EL ACTOR desiste de las causas que se detallaa continuación, y de cualquier otra:

V.- HONORARIOS. De acuerdo a loestablecido en el artículo 6° del Decreto N° 894/16, y en sus normascomplementarias, ANSES abonará la suma única de PESOS UN MIL CIENTOCUARENTA Y UNO CON 60/100 ($1.141,60), en concepto de honorarios ygastos, a la representación letrada del BENEFICIARIO. El importereferido será actualizado hasta la fecha de homologación del presenteacuerdo, por el régimen de movilidad establecido por la Ley N° 26.417.En caso de corresponder, se agregará el Impuesto al Valor Agregado(IVA) sobre los honorarios. El letrado del BENEFICIARIO expresa sutotal conformidad con dicho importe, no teniendo nada más para reclamarpor ningún concepto, y declara haber denunciado ante ANSES sucorrespondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU N°................),cuenta donde se efectuará el pago acordado en este punto, el que quedasupeditado a la homologación judicial del presente acuerdo. Seráresponsabilidad del abogado informar el eventual cambio de la CBU y/ode su condición tributaria.

VI.- HOMOLOGACIÓN. En virtud delas concesiones recíprocas realizadas, ambas partes solicitan de V.S.la homologación del presente acuerdo, en los términos de los arts. 1641CCCN, 308 CPCCN y normas concordantes, y de la Ley N° 27.260, DecretoN° 894/16, y Resolución de ANSES DE -N N° 305/16.

VII.- PROCESO DIGITAL. Ambaspartes y los profesionales actuantes, prestan expresa conformidad conla celebración del acuerdo mediante los mecanismos digitales y/oelectrónicos aplicados, así como con la implementación del Programa através de actuaciones digitales y/o electrónicas.

En ese marco, con los alcances establecidos en el artículo 14 y en elAnexo VIII de la Resolución DE -N N° 305/16, ANSES certifica: a) que deacuerdo a la base de datos del Organismo, recopilada a través de losprocedimientos establecidos mediante la Resolución N° 567/13—modificada por las Resoluciones N° 648/14 y N° 302/15—, las huellasdigitales que obran al pie del presente, se corresponden con las delBENEFICIARIO y su abogado; y b) que los datos sobre beneficios yhaberes, incluidos en el presente acuerdo se condicen con los obrantesen los registros del Organismo.

VIII.- AUTORIZA. A los efectosde la homologación judicial del presente EL BENEFICIARIO autoriza aANSES a la presentación del mismo por ante el Poder Judicial, bajo lainstrumentación electrónica prevista por la Ley N° 27.260, y sus normascomplementarias y reglamentarias.

IX.- PETITORIO. Por lo expuesto, de V.S. solicitamos:

a) Se nos tenga por presentados, por parte y por constituidos losdomicilios procesales y por denunciados los domicilios electrónicos.-

b) Se homologue el presente acuerdo en todo y cada una de sus partes.-

Proveer de conformidad, que

SERA JUSTICIA.-

Liquidación N°........

Haber reajustado bruto........

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica