Resolución 13/2016

Plan Integral De Modernizacion Del Anmac - Inicio

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Plan Integral De Modernizacion Del Anmac - Inicio

Dar inicio al plan integral de modernizacion del anmac de acuerdo a las pautas mencionadas en los considerandos de la presente resolucion y en la normativa que en su consecuencia se dicte a los fines de lograr alcanzar los objetivos para los que fue concebida.

Id norma: 265569 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33464

Fecha boletin: 19/09/2016 Fecha sancion: 13/09/2016 Numero de norma 13/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Agencia Nacional De Materiales Controlados Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 13/2016

Buenos Aires, 13/09/2016

VISTO las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº20.429, la Ley N° 27.192, y demás normativa de aplicación, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la mencionada Ley N° 27.192 fue creada la AGENCIA NACIONALDE MATERIALES CONTROLADOS como continuadora del REGISTRO NACIONAL DEARMAS, que la misma le otorga carácter de ente descentralizado en elámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la Nación, conautarquía económica y financiera, personería jurídica propia ycapacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado,teniendo como misión la aplicación, control y fiscalización de la LeyNacional de Armas y Explosivos 20.429, y sus normas complementarias ymodificatorias y demás normativa de aplicación, así como la cooperaciónen el desarrollo de una política criminal en la materia, el diseño eimplementación de políticas de prevención de la violencia armada ytodas aquellas funciones asignadas por la mencionada ley.

Que al ser la seguridad un derecho esencial al cual el Estado Argentinodebe tutelar mediante la elaboración y ejecución de una planificacióninstitucional tendiente a fortalecer las acciones preventivas y/o deintervención legal efectiva, atendiendo a garantizar el amparo de losderechos y libertades individuales fundamentales.

Que en virtud de los apartados 1°, 2°, 5°, 6° y concordantes delartículo 5° de la Ley Nº 27.192, la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALESCONTROLADOS tiene a su cargo la registración, autorización, control yfiscalización de toda actividad vinculada a armas de fuego y demásmateriales controlados clasificados y determinados por la normativavigente dentro del territorio nacional, con la sola exclusión delarmamento perteneciente a las fuerzas armadas.

Que el estado de situación en que se recibió el RENAR en cuanto surealidad administrativa, registral, de gestión, de recursos humanos ymateriales, amerita urgentes medidas tendientes a encauzar todos losesfuerzos públicos hacia el objetivo mismo para el que fue creado, a loque hay que agregar nuevas metas, responsabilidades y competencias quela ANMAC está obligada a comandar.

Que el estado de desorden administrativo en que se encontró alorganismo, y que aún se mantiene en varios aspectos, supone y conllevaa que se torne muy dificultoso el cumplimiento de los objetivos máselementales, tanto en cuanto se refiere a competencias registrales comode las demás previstas en la normativa vigente.

Que toda esta situación implicó que la primera medida dispuesta fuerala realización de una auditoría del stock de armamentos a resguardo dela ANMAC debido a la ausencia de información precisa y certera.

Que las tareas de registro y su resguardo y archivo son realizadasutilizando medios obsoletos y arcaicos que provocan múltiplesdesajustes que se traducen en controles fácticamente aparentes,tecnologías y medidas de seguridad de elementos registrales anticuados,procedimientos inadecuados, o peor aún, carencia de procedimientos decontralor normativo precisos y eficientes; demoras en trámites tanto deaquellos requeridos por los administrados como por otras autoridadesdel Estado.

Que dicha falencia y/o carencia de procedimientos y controles provocasituaciones de permeabilidad en cuestiones inherentes a la seguridad delas personas y de la sociedad toda, como así también un servicio pocoeficiente y transparente para el administrado.

Que a pesar de la deficiente gestión en los aspectos mencionados elorganismo lleva adelante desarrollos propios exitosos, especialmentelos encarados con tecnología informática que permiten una base y puntode partida en cuestiones de control y gestión, en aspectos vinculados aactividades comerciales y de resguardo de materiales, desarrollos quese hace necesario extender y fortalecer a otras actividades ymateriales también previstas fomentando la innovación en todas lasáreas.

Que a los fines de determinar la real situación fáctica y normativa dela Agencia como de los medios y medidas idóneas para encauzar losesfuerzos del Estado en el cumplimiento de sus objetivos es necesariodotar a la ANMAC de herramientas modernas de desempeño, tomando apoyoen la experiencia, sapiencia y habilidades del mismo, como así tambiéncontar con asistencia y asesoramiento idóneo de terceros cuyoconocimiento y destreza brinde a la misma los elementos que permitan unadecuado desempeño administrativo, jurídico y de servicios potenciandosus propios recursos materiales y humanos de modo razonable y eficiente.

Que siguiendo lineamientos establecidos por el MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN de la NACIÓN se considera conveniente que la AGENCIANACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, ente descentralizado en la órbitadel MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la NACIÓN, comiencesin demora una migración integral hacia la utilización de las últimastecnologías digitales en todo aquello que haga a sus funcionesespecíficas detalladas a lo largo de estos considerandos.

Que en este sentido resulta imprescindible la utilización de lasherramientas tecnológicas e informáticas disponibles, teniendo encuenta que la utilización de técnicas biométricas y otras deidentificación, de tecnología de comunicaciones con conectividad enredes y satélites, de materiales de muy difícil falsificación, deduplicación y guarda de documentación de modo inequívoco, por solomencionar algunas y que se aplican en múltiples actividades públicas delos países a la vanguardia en administración pública, resulta en unaporte fundamental a las funciones de control que resultan propias dela AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, y de la colaboraciónconexa que se puede prestar en términos de seguridad pública en materiapreventiva y respecto de competencias de investigación y combate de lacriminalidad, y de auxiliares al servicio de justicia conforme lasdirectivas de las autoridades fiscales y judiciales.

Que valorando la importancia de que todo dato personal de losciudadanos se encuentran amparados por la Ley Nº 25.326, elfuncionamiento de los sistemas y tecnologías que se implementen deberespetar las pautas normativas en materia de procedimiento,tratamiento, confidencialidad, protección y resguardo de información ycumplimiento exclusivo de la finalidad específica de su creación.

Que en este marco, resulta imprescindible avanzar en la modernizaciónde los procedimientos de obtención, utilización y almacenamiento dedatos que devienen en elementos registrales emitidos por la AGENCIANACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS utilizando materiales, tecnologías ymétodos que permitan dotar a las mismas de un nuevo formato y dedistintos elementos de seguridad los cuales contribuirán a garantizarsu legitimidad.

Que asimismo se hace imperioso la implementación de procedimientos,normativa y actividades que permitan un eficiente control en laelaboración, adquisición, traslado, trazabilidad, ingreso y egreso delpaís, disposición y resguardo, homologación y demás actividades deseguridad y contralor de los distintos materiales controlados a cargode la ANMAC.

Que se instruirá a todas las áreas del organismo a encaminarse en losobjetivos acá descriptos y en la paulatina corrección de las falenciasmencionadas.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente en virtudde lo dispuesto por las Leyes Nros. 20.429, 26.338 y 27.192, y por losDecretos Nros. 395/75, 2205/2015 y 840/2016, por la DecisiónAdministrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 479/2016.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dar inicio al Plan Integral de Modernización del ANMAC deacuerdo a las pautas mencionadas en los considerandos de la presenteResolución y en la normativa que en su consecuencia se dicte a losfines de lograr alcanzar los objetivos para los que fue concebida.

ARTÍCULO 2° — Instruir a todas las áreas de la ANMAC a los fines de quelas mismas se avoquen y presten toda la colaboración y apoyo en eldesarrollo e implementación del Plan Integral de Modernización,declarando prioritarias todas las acciones y actuacionesadministrativas que en su consecuencia se establezcan y tramiten.

ARTÍCULO 3° — Encomendar a la Dirección de Administración, AsuntosJurídicos y Modernización el inmediato inicio de los procedimientos yactuaciones administrativas que permitan el desarrollo e implementaciónde modo urgente y prioritario de las acciones pertinentes a alcanzarlos objetivos descriptos, dando tratamiento preferente a las que deellas deriven.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓNDEL REGISTRO OFICIAL, incorpórese al Banco Nacional Informatizado deDatos de la ANMAC y cumplido, archívese. — Dra. NATALIA GAMBARO,Directora Ejecutiva, Agencia Nacional de Materiales Controlados.

e. 19/09/2016 N° 67991/16 v. 19/09/2016

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica