Resolución 28/2016

Resolucion N° C.35/15 - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Vitivinicultura
Resolucion N° C.35/15 - Prorroga

Prorrogase la suspension establecida por la resolucion n° c.35 de fecha 15 de setiembre de 2015, hasta el dia 31 de octubre de 2016.

Id norma: 265574 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33464

Fecha boletin: 19/09/2016 Fecha sancion: 15/09/2016 Numero de norma 28/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional De Vitivinicultura (I.N.V.) Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 28/2016

Mendoza, 15/09/2016

VISTO el Expediente N° 311-000218/2002-8 del Registro del INSTITUTONACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley Nacional de Alcoholes N° 24.566, laResolución N° C.5 de fecha 30 de marzo de 2015, la Resolución N° C.35de fecha 15 de setiembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 4° de la Ley Nacional de Alcoholes N° 24.566 estableceque el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) será la Autoridad deAplicación de la ley y dictará las normas reglamentarias necesariaspara la prosecución de los fines inherentes a la misma.

Que el Artículo 7° de la citada ley establece que el alcohol etílico,etanol, ethyl alcohol, hidróxido de etilo o cualquier otra denominaciónque se adopte para identificarlo, es el producto que responde a laFórmula Química H3C-CH2OH y que se encuentra desarrollada en el Anexo Ide la norma.

Que la Resolución N° C.5 de fecha 30 de marzo de 2015, establece laClasificación, los Parámetros Técnicos, las Determinaciones yMetodologías Analíticas, Expresión de los Resultados y ToleranciasAnalíticas aplicadas a los alcoholes etílicos.

Que la Resolución N° C.35 de fecha 15 de setiembre de 2015, suspende laAplicación del Anexo I de la resolución mencionada precedentemente porun plazo de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días a partir del primerdía hábil de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICAARGENTINA, a fin de analizar las adecuaciones solicitadas oportunamentepor el sector industrial al mencionado anexo.

Que la resolución citada en último término, fue publicada con fecha 18de setiembre de 2015 en el mencionado registro, venciendo el plazo desuspensión aludido, el 17 de setiembre del corriente año, y por lotanto el Anexo I de la Resolución N° C.5 de fecha 30 de marzo de 2015entraría en vigencia nuevamente a partir del día 18 de setiembre de2016.

Que a la fecha no se han finalizado dichas adecuaciones, motivo por elcual y con la finalidad de no entorpecer el normal desarrollo de laindustria alcoholera, procedería prorrogar la vigencia de la ResoluciónN° C.35 de fecha 15 de setiembre de 2015.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Instituto, ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto N° 155/16,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

1° — Prorrógase la suspensión establecida por la Resolución N° C.35 defecha 15 de setiembre de 2015, hasta el día 31 de octubre de 2016, enun todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presenteresolución.

2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial para su publicación, notifíquese y cumplido,archívese. — Ing. Agr. CARLOS RAÚL TIZIO MAYER, Presidente, InstitutoNacional de Vitivinicultura.

e. 19/09/2016 N° 68290/16 v. 19/09/2016

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