Resolución 443/2016

Convocatoria Publica - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Nacional Para Los Refugiados
Convocatoria Publica - Aprobacion

Aprobar el llamado a convocatoria publica a las ongs que deseen integrar la conare en los terminos de la ley n° 26.165 y el correspondiente texto de convocatoria a publicar que consta como anexo a la presente.

Id norma: 265687 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33466

Fecha boletin: 21/09/2016 Fecha sancion: 16/09/2016 Numero de norma 443/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Nacional Para Los Refugiados Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS

Resolución 443/2016

Buenos Aires, 16/06/2016

VISTO el Expediente CUDAP EXPDNM-S02:4289/2011, y

CONSIDERANDO:

Que conforme el artículo 23 de la Ley de Reconocimiento y Protección alRefugiado N° 26.165 establece que “Se integrarán a la Comisión conderecho a voz y sin derecho a voto: Un representante de lasorganizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, que propendan alos fines objeto de esta ley que será designado por los miembros de laComisión, teniendo en consideración su trayectoria en la asistencia ydefensa en los derechos de los refugiados”.

Que a su vez, el Reglamento Interno de la CONARE aprobado por Res. MIN° 800/2009 prevé que la Comisión debe realizar la convocatoria públicamediante la publicación de la misma en el Boletín Oficial por el plazode un día, conteniendo los plazos, condiciones y requisitos para lapresentación de postulaciones (cfe. Artículo 8°).

Que en fecha 23/04/2014, fue designada la Fundación Comisión CatólicaArgentina de Migraciones como integrante de la CONARE en representaciónde las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, conformeel procedimiento establecido, y atento al plazo transcurridocorresponde realizar una nueva convocatoria pública.

Que participó en las deliberaciones un representante del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emanadas del artículo 25 de la citada Ley N° 26.165

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — APROBAR el llamado a convocatoria pública a las ONGs quedeseen integrar la CONARE en los términos de la Ley N° 26.165 y elcorrespondiente texto de convocatoria a publicar que consta como ANEXOa la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — FEDERICO LUIS AGUSTI, Abogado,Representante del Ministerio de Interior, Obras Públicas y Viviendaante la CONARE. Presidente de la CONARE. — MARÍA SOLEDAD FIGUEROA,Abogada, Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultoante la CONARE. — ADRIANA CRISTINA ALFONSO, Abogada, Representante delMinisterio de Justicia y Derechos Humanos ante la CONARE.

CONVOCATORIA PUBLICA DE LA COMISION NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS A LASORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA LA INTEGRACION DE LA COMISION ENLOS TERMINOS DEL ARTICULO 23 DE LA LEY N° 26.165

(B.O. 31/01/2014)

Se encuentra abierta la convocatoria pública a las ORGANIZACIONES NOGUBERNAMENTALES para integrar la COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS(CONARE) en los términos del Art. 23 (1) de la Ley N° 26.165 deReconocimiento y Protección al Refugiado y el Reglamento Interno de laCONARE aprobada por Resolución MI N° 800/2009.

1. Requisitos. Las organizaciones interesadas deberán:

a. Presentar el FORMULARIO DE POSTULACIÓN completo.

b. Presentar estatuto de la organización en original o copiaautenticada por escribano público y copia simple para autenticar por laSecretaría Ejecutiva, acreditando un objeto estatutario acorde alobjeto y fin de la ley.

c. Presentar constancia de otorgamiento de la personería jurídica enoriginal o copia autenticada por escribano público y copia simple paraautenticar por la Secretaría Ejecutiva; acreditando una antigüedad enla constitución de al menos cuatro (4) años.

d. Presentar acta de designación de autoridades vigente en original ocopia autenticada por escribano público y copia simple para autenticarpor la secretaría ejecutiva.

e. Designar un miembro titular y otro suplente que se postulan comorepresentantes de la organización, acompañando sus antecedentespersonales y profesionales.

f. Acreditar experiencia y trayectoria en la defensa de derechoshumanos y la asistencia de los solicitantes de asilo, refugiados,migrantes, apátridas y personas internamente desplazadas.

g. Presentar toda otra documentación que estimen pertinente a los finesde acreditar su inclusión en los criterios de selección que la COMISIONvalorará.

2. Condiciones. La Comisión tendrá en cuenta, conforme su Reglamento Interno, los siguientes criterios de selección:

a. Experiencia en el desarrollo e implementación de proyectos yprogramas de integración local de los refugiados y/o en la promoción deotras soluciones duraderas.

b. Capacidad de coordinación con otras organizaciones gubernamentales yno gubernamentales en pos de los fines perseguidos en la Ley.

c. Grado o nivel de representatividad de la población de refugiados enel país. A este fin, podrá ponderarse entre otros indicadores, elnúmero de población de solicitantes de asilo y refugiados efectivamenteasistida por la organización durante los últimos tres (3) años.

d. Que la organización colabore desinteresadamente con las poblacionesde su área de cobertura independientemente de su raza, origen étnico,religión, sexo y vulnerabilidad con especial atención a los niños,niñas, adolescentes y adultos mayores.

e. Que su ayuda humanitaria sea gestionada de acuerdo a principios humanitarios en forma imparcial y neutral.

f. Que esté comprometida en preservar le dignidad de las poblaciones afectadas por la crisis humanitaria.

3. Presentación. Plazos:

El plazo para efectuar la presentación vence a los 30 (treinta) díashábiles corridos posteriores a la publicación o el primer día hábilsiguiente hasta las 13.00 hs, en la sede de la Secretaría Ejecutiva dela CONARE sita en Hipólito Yrigoyen 952 1° piso.

El FORMULARIO DE POSTULACIÓN podrá retirarse en la Secretaría Ejecutivade la CONARE sita en Hipólito Yrigoyen 952 1° piso de CABA en elhorario de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas o solicitarse porcorreo electrónico a la dirección secretaria.conare@migraciones.gov.ar

4. Proceso de selección y designación.

La COMISIÓN designará una entre las organizaciones postulantes quecumplan con los requisitos previstos en esta convocatoria pública, ycon sujeción a los criterios establecidos, para su incorporación a laCONARE. La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL que sea designada por laCONARE, tendrá un mandato de 2 (dos) años reelegible. La designación senotificará a la organización elegida y se publicará por un día en elBOLETÍN OFICIAL.

(1) Artículo 23 inciso b): “Se integrarán a laComisión con derecho a voz y sin derecho a voto: Un representante delas organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, que propendana los fines objeto de esta ley que será designado por los miembros dela Comisión, teniendo en consideración su trayectoria en la asistenciay defensa en los derechos de los refugiados.

COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS (CONARE)

Hipólito Yrigoyen 952, 1° piso

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Tel./Fax (011) 4317-0220 int. 74022/74023

Correo Electrónico: secretaria.conare@migraciones.gov.ar


Conforme los términos de la convocatoria pública efectuada por laCONARE en los términos de la Ley N° 26.165, se deberá adjuntar alpresente Formulario los siguientes ANEXOS:

1. Estatuto de la organización en original o copia autenticada porescribano público y copia simple para autenticar por la SecretaríaEjecutiva, acreditando un objeto estatutario acorde al objeto y fin dela ley.

2. Constancia de otorgamiento de la personería jurídica en original ocopia autenticada por escribano público y copia simple para autenticarpor la secretaría ejecutiva; acreditando una antigüedad en laconstitución de al menos cuatro (4) años.

3. Acta de designación de autoridades vigente en original o copiaautenticada por escribano público y copia simple para autenticar por lasecretaría ejecutiva.

4. CURRICULUM VITAE del miembro que la ONG postule y de su suplente.

5. Toda otra documentación que se estime conducente a acreditar su inclusión los criterios de selección que evaluará la CONARE.

e. 21/09/2016 N° 68883/16 v. 21/09/2016

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