- Leyes Argentinas
- Disposiciones
- Disposición 4893/2016
Disposición 4893/2016
Disposicion Dnm N° 29672/04 - Modificacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Ministerio Del Interior, Obras Publicas Y Vivienda
Disposicion Dnm N° 29672/04 - Modificacion
Sustituyase el articulo 1° de la disposicion dnm n° 29672 del 8 de septiembre de 2004.
Id norma: 265730 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33467
Fecha boletin: 22/09/2016 Fecha sancion: 19/09/2016 Numero de norma 4893/2016
Organismo (s)
Organismo origen: Direccion Nacional De Migraciones Ver Disposiciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - DISPOSICION DNM N° 29672/2004- PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.
Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 4893/2016
Buenos Aires, 19/09/2016
VISTO el Expediente N° S02:0013561/2016 del registro de la DIRECCIÓNNACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en laórbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la LeyN° 25.871, la Decisión Administrativa N° 1395 del 20 de diciembre de2012, la Disposición DNM N° 29672 del 8 de septiembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa citada en el Visto de la presente,se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de laDIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
Que resulta necesaria la adecuación de la Disposición DNM N° 29672/04,en un todo de acuerdo con la nueva estructura organizativa de estaDirección Nacional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribucionesconferidas por el artículo 108 de la Ley N° 25.871 y artículo 2° delDecreto N° 1759 del 3 de abril de 1972.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el artículo 1° de la Disposición DNM N° 29672del 8 de septiembre de 2004, el que quedará redactado de la siguienteforma:
“ARTÍCULO 1°.- Deléguese en el Director General de Administración laautorización y aprobación de todas las comisiones de servicio alinterior del país que efectúe el personal que presta servicios en laDIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, así como sus rectificaciones yconvalidaciones”.
ARTÍCULO 2° — Sustitúyase el artículo 3° de la Disposición DNM N° 29672del 8 de septiembre de 2004, el que quedará redactado de la siguienteforma:
“ARTÍCULO 3°.- La DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN deberá informarmensualmente a esta Dirección Nacional las comisiones autorizadasdurante dicho período”.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — HORACIO J. GARCÍA, Director Nacional deMigraciones, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.
e. 22/09/2016 N° 69415/16 v. 22/09/2016
Páginas externas |
Información Legislativa y Documental |
Sistema Argentino de Información Jurídica |