Resolución E 292/2016

Titulo De Referencia “Tecnico Quimico”

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Educacion Y Deportes
Titulo De Referencia “Tecnico Quimico”

Homologar al titulo de referencia “tecnico quimico” del marco de referencia res. cfe n° 15/07 (anexo xiii) el titulo “tecnico quimico” aprobado por las resoluciones n° 324/14, n° 33/15 y n° 732/15 del ministerio de educacion de la provincia del chubut.

Id norma: 265753 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33467

Fecha boletin: 22/09/2016 Fecha sancion: 19/08/2016 Numero de norma 292/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional De Educacion Tecnologica Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

Resolución 292 - E/2016

Buenos Aires, 19/08/2016

VISTO el Expediente 6187/16 de la Subsecretaría de CoordinaciónAdministrativa del Ministerio de Educación, el artículo 38 de la Ley deEducación Nacional N° 26.206, los artículos 22, 32, 33, 36, 38, 39, 42inciso d), 43 incisos a), b) y e), 45 de la Ley de Educación TécnicoProfesional N° 26.058, la Resolución CFCyE N° 261/06, las ResolucionesCFE N° 13/07, N° 229/14, N° 15/07 (Anexo XIII) y las Resoluciones N°324/14, N° 33/15 y N° 732/15 del Ministerio de Educación de laProvincia del Chubut.

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece que la EducaciónTécnico Profesional se rige por las disposiciones de la Ley N° 26.058.

Que la Ley de Educación Técnico Profesional establece que el MINISTERIODE EDUCACIÓN, a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICAy con participación jurisdiccional, garantizará el proceso dehomologación para los diferentes títulos y/o certificacionesprofesionales.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DEEDUCACIÓN, ha establecido las políticas, los criterios y parámetrospara la homologación de los títulos de Educación Técnico Profesional.

Que el proceso de homologación, como instrumento para la mejoracontinua de la Educación Técnico Profesional, tiene como propósitos:dar unidad nacional y organicidad a la misma, respetando la diversidadfederal de las propuestas formativas; garantizar el derecho de losalumnos y egresados a que sus estudios sean reconocidos en cualquierjurisdicción; promover la calidad, pertinencia y actualizaciónpermanente de las ofertas formativas de Educación Técnico Profesional;y facilitar el reconocimiento de los estudios de los egresados por losrespectivos Colegios, Consejos Profesionales y organismos de controldel ejercicio profesional.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA en virtud de lasatribuciones que le otorga la Ley de Educación Técnico Profesionaladministra el Proceso de Homologación de Títulos y Certificados deEducación Técnico Profesional.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT ha solicitadola homologación en el orden nacional del Título de “Técnico Químico”,para lo cual ha presentado en forma la documentación de los planes deestudio de la jurisdicción.

Que en consecuencia el INET, a través de la coordinación de EducaciónSecundaria Técnica, ha elaborado el correspondiente dictamen técnico enel que consta la evaluación favorable del contenido de la documentaciónpresentada dada la concordancia de los títulos y sus correspondientesplanes de estudio con el Marco de Referencia para los procesos dehomologación, aprobado por Res. CFE N° 15/07 (Anexo XIII).

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Homologar al título de referencia “Técnico Químico” delMarco de Referencia Res. CFE N° 15/07 (Anexo XIII) el Título “TécnicoQuímico” aprobado por las Resoluciones N° 324/14, N° 33/15 y N° 732/15del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.

ARTÍCULO 2° — Enviar las actuaciones realizadas a la Dirección deValidez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación yDeportes en virtud del ARTÍCULO 1° de la presente que habilita eltrámite de validez nacional de los títulos según Res. CFE N° 261/06.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — GABRIEL SANCHEZ ZINNY,Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica.

e. 22/09/2016 N° 69577/16 v. 22/09/2016

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