Disposición E 63/2016

Pliego Unico De Bases Y Condiciones Generales - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Pliego Unico De Bases Y Condiciones Generales - Aprobacion

Apruebase el pliego unico de bases y condiciones generales que como anexo registrado en el modulo generador de documentos electronicos oficiales bajo el numero di- 2016-01712506-apn- onc#mm, forma parte integrante de la presente disposicion y constituye el “pliego unico de bases y condiciones generales del regimen de contrataciones de la administracion nacional”. derogase la disposicion de la oficina nacional de contrataciones entonces dependiente de la subsecretaria de tecnologias de gestion de la secretaria de gabinete y coordinacion administrativa de la jefatura de gabinete de ministros n° 58 de fecha 12 de agosto de 2014.

Id norma: 265968 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33472

Fecha boletin: 29/09/2016 Fecha sancion: 27/09/2016 Numero de norma 63/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Oficina Nacional De Contrataciones Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición 63 - E/2016

Buenos Aires, 27/09/2016

VISTO, el Expediente Electrónico EX-2016-01362545-APN-ONC#MM, elDecreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y susmodificatorios y complementarios, el reglamento del Régimen deContrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N°1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 ysus modificatorios y complementarios, el PODER EJECUTIVO NACIONALinstituyó el RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL,en ejercicio de facultades delegadas por la Ley N° 25.414 paradeterminadas materias de su ámbito de administración y resultantes dela emergencia pública, tendientes a fortalecer la competitividad de laeconomía o a mejorar la eficiencia de la Administración Nacional.

Que por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 se aprobóla reglamentación del Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios ycomplementarios, para los contratos comprendidos en el inciso a) delartículo 4° de la norma legal aludida.

Que por el artículo 35 del reglamento del Régimen de Contrataciones dela Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 seestableció que el pliego único de bases y condiciones generales seráaprobado por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y será deutilización obligatoria por parte de las jurisdicciones y entidadescontratantes.

Que en orden a lo mencionado precedentemente corresponde aprobar elpliego único de bases y condiciones generales y derogar la Disposiciónde la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES entonces dependiente de laSUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE YCOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°58 de fecha 12 de agosto de 2014.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DEASUNTOS JURIDÍCOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVAdel MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes delos artículos 35 y 115 inciso f) del reglamento del Régimen deContrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N°1030/16.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Pliego Único de Bases y CondicionesGenerales que como Anexo registrado en el Módulo Generador deDocumentos Electrónicos Oficiales bajo el número DI-2016-01712506-APN-ONC#MM, forma parte integrante de la presente Disposición y constituyeel “Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen deContrataciones de la Administración Nacional”.

ARTÍCULO 2° — El pliego aprobado por el artículo anterior deberá serutilizado en forma obligatoria en los procedimientos de selección quelleven a cabo las jurisdicciones y entidades del PODER EJECUTIVONACIONAL comprendidas en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N°24.156, y que se rijan por el reglamento del Régimen de Contratacionesde la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha15 de septiembre de 2016, a excepción de las contrataciones que serealicen por la modalidad de acuerdo marco.

ARTÍCULO 3° — Apruébase el Anexo registrado en el Módulo Generador deDocumentos Electrónicos Oficiales bajo el númeroDI-2016-01712855-APN-ONC#MM que contiene los requisitos mínimos de lospliegos de bases y condiciones particulares de los procedimientos deselección a los que les resulte aplicable el Pliego Único aprobado porel artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Derógase la Disposición de la OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES entonces dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍASDE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVAde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 58 de fecha 12 de agosto de2014.

ARTÍCULO 5° — La presente disposición comenzará a regir a partir deldía hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y seráde aplicación a los procedimientos de selección que a partir de esafecha se autoricen o a los que a partir de esa fecha se convoquencuando no se requiera autorización previa y que se rijan por el Régimende Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el DecretoN° 1030/16.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — NESTOR AURELIO DIAZ, Director Nacional,Oficina Nacional de Contrataciones.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican enla edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 29/09/2016 N° 72482/16 v. 29/09/2016

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: AnexoI, AnexoII).

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