Resolución E 205/2016

Energia Renovables

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Energia Y Mineria
Energia Renovables

Determinase la calificacion de las ofertas presentadas en el marco de la convocatoria abierta nacional e internacional para la contratacion en el mercado electrico mayorista (mem) de energia electrica de fuentes renovables de generacion —el “programa renovar (ronda 1)”—, con el fin de celebrar contratos del mercado a termino denominados contratos de abastecimiento de energia electrica renovable, con la compañia administradora del mercado mayorista electrico sociedad anonima (cammesa) en representacion de los distribuidores y grandes usuarios del mercado electrico mayorista (mem), efectuada mediante la resolucion n° 136 - e/2016 de fecha 25 de julio de 2016 de este ministerio, conforme surge del anexo (if-2016-01784333- apn-secee#mem) de la presente resolucion y en los terminos del informe tecnico (if-2016-01786870- pn-secee#mem) de la secretaria de energia electrica.

Id norma: 266051 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33473

Fecha boletin: 30/09/2016 Fecha sancion: 29/09/2016 Numero de norma 205/2016

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Resolución 205 - E/2016

Energías Renovables.

Buenos Aires, 29/09/2016

VISTO el Expediente N° S01:0196327/2016 del Registro del MINISTERIO DEENERGÍA y MINERÍA, lo dispuesto en las Leyes N° 26.190 y N° 27.191, enlos Decretos Nros. 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y 882 de fecha 21de julio de 2016, y la Resolución N° 136 E/2016 de fecha 25 de julio de2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que el RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DEENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA sancionado porla Ley N° 26.190 y modificado y ampliado por la Ley N° 27.191, prevéque se incremente la participación de las fuentes renovables de energíaen la matriz eléctrica hasta alcanzar un OCHO POR CIENTO (8%) de losconsumos anuales totales al 31 de diciembre del año 2017, aumentandodicha participación porcentual de forma progresiva hasta alcanzar unVEINTE POR CIENTO (20%) al 31 de diciembre del año 2025.

Que por Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016, se aprobó la reglamentación del referido Régimen.

Que mediante la Resolución N° 71 de fecha 17 de mayo de 2016 de esteMinisterio se dispuso el inicio del Proceso de Convocatoria Abiertapara la contratación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de energíaeléctrica de fuentes renovables de generación, el “Programa RenovAr(Ronda 1)”, en orden al cumplimiento de los objetivos de contribuciónde fuentes de energía renovable fijados al 31 de diciembre de 2017, enlos Artículos 2° de la Ley N° 26.190 y 8° de la Ley N° 27.191, a cuyosefectos se sometió a Consulta Pública la versión preliminar del Pliegode Bases y Condiciones de dicha Convocatoria.

Que efectuada la Consulta, mediante Resolución N° 136 - E/2016 de fecha25 de julio de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se convocó ainteresados en ofertar en el Proceso de Convocatoria Abierta Nacional eInternacional para la contratación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA(MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación -el“Programa RenovAr (Ronda 1)”-, con el fin de celebrar Contratos delMercado a Término denominados Contratos de Abastecimiento de EnergíaEléctrica Renovable, con la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADOMAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) en representación de losDistribuidores y Grandes Usuarios del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM)—hasta su reasignación en cabeza de los Agentes Distribuidores y/oGrandes Usuarios del MEM—, de conformidad con el Pliego de Bases yCondiciones que como Anexo (IF-2016-00387770-APN-MEM) forma parteintegrante de dicha resolución.

Que en tal sentido, por ese mismo acto se aprobó el Pliego de Bases yCondiciones y sus anexos de la Convocatoria Abierta Nacional eInternacional para la contratación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA(MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación,“Programa RenovAr (Ronda 1)”, que como Anexo (IF-2016-00387770-APN-MEM)forma parte integrante de la referida medida.

Que asimismo se instruyó a CAMMESA a llevar adelante el procedimientode Convocatoria Abierta Nacional e Internacional convocado.

Que en ese mismo acto, en lo relativo a los beneficios fiscales delRégimen de Fomento de las Energías Renovables establecido por las LeyesNros. 26.190 y 27.191, se estableció que los oferentes deberán incluiren su oferta la solicitud de tales beneficios, cuya cuantificacióndeberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5° delAnexo I de la Resolución N° 72 de fecha 17 de mayo de 2016 delMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y en la Resolución Conjunta N° 313 delMINISTERIO DE PRODUCCIÓN y N° 123 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍAde fecha 5 de julio de 2016 (posteriormente modificada por laResolución Conjunta N° 1 E/2016 de este MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍAy del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN); y que en ningún caso se aprobaránbeneficios fiscales por encima de los montos de referencia que, portecnología, se incluyen en la tabla allí establecida.

Que seguidamente se previó que, oportunamente, CAMMESA remitirá lasofertas a esta Autoridad de Aplicación a efectos de elaborar un informepara cada proyecto en el que se evaluarán los beneficios fiscalessolicitados en función de las características y necesidades de cada unoy se determinará fundadamente la cuantía de los beneficios a asignar acada proyecto, respetando los límites establecidos en dicho acto; y queen caso que el cupo fiscal disponible a asignar resultare insuficiente,se establecerá un orden de mérito de los proyectos en función de sucomponente nacional declarado, de acuerdo con lo establecido en elPliego.

Que en el marco de la Convocatoria realizada por la Resolución N° 136 -E/2016, con fecha 5 de septiembre de 2016, en la sede del Ministerio deHacienda y Finanzas Públicas se procedió a la recepción en sobrecerrado de las Ofertas (Sobres “A” y “B”) y a la apertura del Sobre “A”de las CIENTO VEINTITRÉS (123) Ofertas presentadas.

Que conforme a lo establecido en el Artículo 16.5 del Pliego de Bases yCondiciones, mediante Nota B-110710-1 de fecha 12 de septiembre de2016, CAMMESA remitió a esta Autoridad toda la documentación contenidaen los Sobres “A” de los Oferentes, a los efectos de que se analicenlas solicitudes de beneficios fiscales presentadas por los Oferentes.

Que por otra parte, por Nota B-111102-1 de fecha 26 de septiembre de2016, CAMMESA elaboró, para cada tecnología por separado, el orden demérito de las Ofertas en función del valor de Componente NacionalDeclarado, conforme el Artículo 12.4.1 c) del Pliego de Bases yCondiciones, asignando a cada Oferta un puntaje (Puntaje por CND) enbase a la fórmula allí consignada.

Que en lo atinente a los beneficios fiscales, la SECRETARÍA DE ENERGÍAELÉCTRICA emitió el Informe Técnico correspondiente, en el que realizóel análisis de las solicitudes de beneficios fiscales presentadas porlos Oferentes.

Que el referido informe contiene, para cada Oferta evaluada, losvalores finales y definitivos correspondientes al monto total debeneficios fiscales otorgables, el Componente Nacional Declarado (CND)y el Puntaje por CND; y los informes individuales de cada uno de losProyectos en los que se detalla el monto total otorgable por cada tipode beneficio para cada una de las Ofertas evaluadas, en caso deresultar adjudicadas.

Que allí se da cuenta de los montos en dólares estadounidenses de losbeneficios solicitados en forma agregada en las Ofertas recibidas porun monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA YNUEVE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA YTRES (U$S 2.899.649.593), y el monto otorgable por un monto total deDÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL OCHOCIENTOS TRES MILLONES CUATROCIENTOSVEINTE MIL DOSCIENTOS (U$S 2.803.420.200), determinado como resultadode la revisión y análisis detallado que allí se describe.

Que conforme surge de dicho informe, toda vez que el monto totalotorgable por un total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL OCHOCIENTOSTRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS (U$S.2.803.420.200),sobre la totalidad de las Ofertas recibidas, se corresponden en formaagregada con 6344 MW, cifra que excede ampliamente los 1000 MW dePotencia Requerida de esta primera ronda, se prevé que en ningún casola suma de los beneficios fiscales otorgables a los proyectos queresulten adjudicados supere el monto de cupo fiscal disponible el que,conforme el Decreto N° 882 de fecha 21 de julio de 2016, es de DÓLARESESTADOUNIDENSES UN MIL SETECIENTOS MILLONES (U$S 1.700.000.000), paraser asignado a los beneficios promocionales previstos en el Artículo 9°de la Ley N° 26.190 y su modificatoria N° 27.191 y en el Artículo 14 dela última ley citada.

Que, por otra parte, CAMMESA luego de realizar el análisis de ladocumentación presentada por los Oferentes, en los términos delArtículo 16.5 del Pliego de Bases y Condiciones, remitió a estaAutoridad de Aplicación, mediante Nota N° B-101144-1 de fecha 28 deseptiembre de 2016, el informe no vinculante de precalificación.

Que en la Nota mencionada constan los resultados del análisis deadmisibilidad de las Ofertas presentadas, así como un informe ejecutivoindividual, agrupados por tecnología, de la evaluación realizada decada Oferta.

Que en el marco del procedimiento de análisis llevado a cabo porCAMMESA, se dio intervención al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLOSUSTENTABLE, respecto de los Proyectos cuya fuente renovable degeneración son residuos, en los términos del Artículo 16.8 del Pliegode Bases y Condiciones y de lo establecido en el Artículo 8.2 del AnexoII del Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016, el que medianteNota 2016-01713993-APN-SECCI#MAD de fecha 27 de septiembre de 2016emitió opinión favorable sobre la elegibilidad de tales Proyectos.

Que respecto del informe elaborado por CAMMESA, la SECRETARÍA DEENERGÍA ELÉCTRICA emitió un informe en el proceso de calificaciónformal, técnica y legal de las Ofertas presentadas en el marco de lapresente Convocatoria, en el que se efectúan recomendaciones respectode la calificación de las Ofertas.

Que por todo ello, sobre la base del análisis y las evaluacionesefectuadas por las áreas técnicas competentes en el marco de lapresente Convocatoria, y en función de lo previsto en el Artículo 16.5del Pliego de Bases y Condiciones corresponde a esta Autoridad deAplicación decidir sobre los beneficios fiscales a otorgar a cadaProyecto y determinar las Ofertas en condiciones de ser calificadas, einstruir a CAMMESA para que realice las notificaciones correspondientesy continúe con el procedimiento.

Que los beneficios fiscales que por el presente se determinan, seránlos que, para los Oferentes que resulten Adjudicatarios, seincorporarán en el Certificado de Inclusión a emitirse antes de lasuscripción del Contrato de Abastecimiento.

Que como consecuencia de los análisis efectuados sobre la informaciónpresentada por los Oferentes corresponde determinar para cada caso losdatos específicos referidos a Potencia Ofertada, Plazos Programados deHabilitación Comercial, Punto de Interconexión y capacidad financieradel Socio Estratégico.

Que habiéndose concretado a la fecha todas las instancias de evaluacióny teniendo en miras el objetivo último de agilizar en cuanto seaposible el cumplimiento de los fines previstos por el RÉGIMEN DEFOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADAA LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA sancionado por la Ley N° 26.190 ymodificado y ampliado por la Ley N° 27.191, contribuyendo así a laconcreción de los proyectos en tiempo oportuno, se consideraconveniente modificar la fecha de apertura y de adjudicaciónestablecidas en el cronograma.

Que ello no ha de obstar la posibilidad de los Oferentes prevista en elArtículo 16.7 del Pliego de optar por retirar su Oferta, sin pérdida dela Garantía de Mantenimiento de Oferta, en caso que el monto total aotorgar a un Proyecto por los beneficios fiscales sea inferior alsolicitado en la Oferta.

Que, por otra parte, corresponde efectuar las adecuaciones pertinentesal procedimiento de adjudicación que, sin vulnerar los límites de lacapacidad técnica del sistema de transporte eléctrico, aseguren laadjudicación de los Contratos de Abastecimiento de Energía EléctricaRenovable a las Ofertas de precio más conveniente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porlas Leyes Nros. 26.190 y 27.191; los Artículos 2°, 8°, 9° y 16 delAnexo I y concordantes del Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016y el Artículo 2° del Decreto N° 134 de fecha 16 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Determínase la calificación de las Ofertas presentadas enel marco de la Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para lacontratación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de energíaeléctrica de fuentes renovables de generación —el “Programa RenovAr(Ronda 1)”—, con el fin de celebrar Contratos del Mercado a Términodenominados Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable,con la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDADANÓNIMA (CAMMESA) en representación de los Distribuidores y GrandesUsuarios del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), efectuada mediante laResolución N° 136 - E/2016 de fecha 25 de julio de 2016 de esteMinisterio, conforme surge del Anexo (IF-2016-01784333- APN-SECEE#MEM)de la presente resolución y en los términos del Informe Técnico(IF-2016-01786870- APN-SECEE#MEM) de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

ARTÍCULO 2° — Determínase el monto de los beneficios fiscales quecorresponde otorgar a cada Proyecto conforme surge del Anexo(IF-2016-01784312-APN-SECEE#MEM) que forma parte integrante de lapresente, en los términos del Informe Técnico(IF-2016-01786855-APN-SECEE#MEM) de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA.Dichos beneficios fiscales serán los que se incorporarán al Certificadode Inclusión a emitirse antes de la suscripción del Contrato deAbastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, para los Oferentes queresulten Adjudicatarios.

ARTÍCULO 3° — Determínase que la Potencia Ofertada, los PlazosProgramados de Habilitación Comercial, el Punto de Interconexión y lacapacidad financiera del Socio Estratégico correspondientes a cadaOferta son los indicados en los Anexos (IF-2016-01784331-APN-SECEE#MEMe IF-2016-01784328-APN- SECEE#MEM) que forman parte integrante de lapresente.

ARTÍCULO 4° — Instrúyese a CAMMESA para que realice las notificacionesde las calificaciones correspondientes y de los términos respectivosdel Informe Técnico de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA citado en elArtículo 1° de esta resolución y el monto del beneficio fiscal en lostérminos del Artículo 2° de la presente. Deberá asimismo informar a losOferentes que no hayan resultado calificados, que podrán retirar suGarantía de Mantenimiento de Oferta y el/los respectivos Sobre/s “B”cerrado/s en el plazo de DIEZ (10) días hábiles posteriores al acto deapertura del Sobre “B”, en los términos del Artículo 16.10 del Pliegode Bases y Condiciones.

ARTÍCULO 5° — Establécese que la apertura de los Sobres “B” de laConvocatoria Abierta Nacional e Internacional para la contratación enel MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de energía eléctrica de fuentesrenovables de generación -el “Programa RenovAr (Ronda 1)”- se efectuaráel día 30 de septiembre de 2016, a las 14 horas, en Hipólito Yrigoyen250 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 6° — Dispónese que los Oferentes podrán hacer uso de lafacultad prevista en el Artículo 16.7 del Pliego de Bases y Condicioneshasta el día 6 de octubre de 2016, inclusive, sin pérdida de Garantíade Mantenimiento de Oferta.

ARTÍCULO 7° — Sustitúyese el Artículo 18.8 del Pliego de Bases yCondiciones que como Anexo (IF-2016-00387770-APN-MEM) forma parteintegrante de la Resolución N° 136 - E/2016 de este Ministerio, el quequedará redactado en los siguientes términos:

“18.8. Realizada la verificación precedente, si la Oferta no seexcediese se procederá a su adjudicación. Si la Oferta se excediese seefectuará una adjudicación parcial sólo si esta opción ha sidoespecificada por el Oferente en su Oferta. En tal caso se podráconsiderar un incremento de hasta cinco por ciento (5%) de la PotenciaMáxima en PDI en el PDI correspondiente a los efectos de laverificación para adjudicación parcial. Si la Potencia Mínima deAdjudicación Parcial ofertada por el Oferente en su Oferta continuaraexcediendo la Potencia Máxima en PDI incluyendo el cinco por ciento(5%) adicional o la Potencia Máxima en la Limitación correspondiente,se descartará esta Oferta y se continuará con la siguiente en el ordende mérito de la lista final de su Tecnología y así sucesivamente hastaalcanzar la Potencia Requerida para cada Tecnología.

En cualquier caso, la Potencia Requerida para cada Tecnología podráincrementarse en la cantidad necesaria para asignar la última Oferta ala Potencia Ofertada o en su caso a la potencia que no supere laPotencia Máxima en PDI con el incremento mencionado ni lasLimitaciones, sea igual o superior a la Potencia Mínima de AdjudicaciónParcial, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 18.10.”.

ARTÍCULO 8° — Establécese que la adjudicación de los Contratos deAbastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, en los términos delArtículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones, se efectuará el día 7 deoctubre de 2016.

ARTÍCULO 9° — Notifíquese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

ARTÍCULO 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan J. Aranguren.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

El Anexo (IF-2016-01784312-APN-SECEE#MEM) que integra esta Resoluciónno se publica. El mismo podrá ser consultado en el Ministerio deEnergía y Minería, sito en Hipólito Yrigoyen 250, C.A.B.A.

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII).

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