Resolución E 365/2016

Inventario Nacional De Glaciares - Publiquese

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Ambiente Y Desarrollo Sustentable
Inventario Nacional De Glaciares - Publiquese

Publiquese el inventario nacional de glaciares de las subcuencas rio de los patos, rio castaño y rio blanco de la cuenca del rio san juan, las subcuencas rio de la palca y rio blanco inferior de la cuenca del rio jachal, todas ellas correspondientes a la provincia de san juan, y las subcuencas tunuyan norte y tunuyan sur de la cuenca del rio tunuyan, correspondiente a la provincia de mendoza.

Id norma: 266133 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33474

Fecha boletin: 03/10/2016 Fecha sancion: 29/09/2016 Numero de norma 365/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Resolución 365 - E/2016

Buenos Aires, 29/09/2016

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM: 0025609/2016 del registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la Ley N° 26.639; el Decreto N° 207de fecha 28 de febrero de 2011; la Resolución ex SAyDS N° 1141 de fecha9 de diciembre de 2015; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.639 Régimen de Presupuestos Mínimos para laPreservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial establece elobjeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricospara el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de aguapara la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de labiodiversidad; como fuente de información científica y como atractivoturístico.

Que a esos fines, una herramienta indispensable es el InventarioNacional de Glaciares (ING), creado por el artículo 3° de la norma, enel cual se individualizarán todos los glaciares y geoformasperiglaciares que actúan como reservas hídricas existentes en elterritorio nacional, con toda la información necesaria para su adecuadaprotección, control y monitoreo.

Que el inventario y monitoreo del estado de los glaciares y delambiente periglacial es realizado y de responsabilidad del InstitutoArgentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA),con la coordinación de la Autoridad Nacional de Aplicación de la Ley.

Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable es AutoridadNacional de Aplicación de la Ley, de acuerdo a lo dispuesto en elartículo 9° de la misma.

Que el Decreto N° 207 de fecha 28 de febrero de 2011, reglamentario dela Ley N° 26.639, en su Anexo I, establece los objetivos específicosdel ING y dispone que el mismo se organice por regiones y niveles,focalizándose en las subcuencas hídricas que posean aporte de cuerposde hielo permanentes.

Que el reglamento establece asimismo un Programa de Difusión de lainformación resultante del ING, a través de una política de datosabierta y de libre acceso a la información, con el fin de promover losconocimientos adquiridos e incentivar su uso por parte de organismospúblicos y privados, los tomadores de decisiones, educadores,científicos y el público en general.

Que a tales efectos los datos se publican en el sitio “InventarioNacional de Glaciares” (http://www.glaciaresargentinos.gob.ar/), elcual es administrado por el IANIGLA, con autorización de esteMinisterio.

Que por Resolución de la entonces SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLOSUSTENTABLE (ex SAyDS) N° 1141 de fecha 9 de Diciembre de 2015 seaprobó el “Procedimiento Administrativo para la gestión documental einformativa del ING”, el cual establece que el IANIGLA elaborará elinventario conforme a la metodología fijada en el documento denominado“Inventario Nacional de Glaciares y Ambiente Periglacial: Fundamentos yCronograma de Ejecución” (IANIGLA-CONICET, Octubre 2010).

Que por la misma Resolución ex SAyDS N° 1141/2015 se aprobó también el“Procedimiento único de validación técnica del ING”, en el cual seexplicita que la autoridad nacional de aplicación no valida losinventarios confeccionados por el IANIGLA en cuanto a su contenidotécnico específico, ya que formalmente no tiene atribuido ese rol, sinoque dicha validación consiste en la verificación del cumplimiento delos instrumentos antes citados.

Que respecto de las subcuencas Río de Los Patos, Río Castaño y RíoBlanco de la cuenca del Río San Juan, las subcuencas Río de la Palca yRío Blanco Inferior de la cuenca del Río Jáchal, todas ellascorrespondientes a la Provincia de San Juan, y las subcuencas TunuyánNorte y Tunuyán Sur de la cuenca del Río Tunuyán, correspondiente a laProvincia de Mendoza, se ha verificado el cumplimiento de la normativavigente, en el sentido antes descripto.

Que, en consecuencia, corresponde instruir a la publicación del ING de las subcuencas antes mencionadas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado intervención en el ámbito de sucompetencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por laLey N° 26.639 y los Decretos N° 207/2011 y N° 13/2015, susmodificatorios y complementarios.

Por ello,

EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Publíquese el Inventario Nacional de Glaciares de lassubcuencas Río de Los Patos, Río Castaño y Río Blanco de la cuenca delRío San Juan, las subcuencas Río de la Palca y Río Blanco Inferior dela cuenca del Río Jáchal, todas ellas correspondientes a la Provinciade San Juan, y las subcuencas Tunuyán Norte y Tunuyán Sur de la cuencadel Río Tunuyán, correspondiente a la Provincia de Mendoza.

ARTÍCULO 2° — Autorízase al INSTITUTO ARGENTINO DE NIVOLOGÍA,GLACIOLOGÍA Y CIENCIAS AMBIENTALES (IANIGLA) a difundir las subcuencasantes referidas en el sitio “Inventario Nacional de Glaciares”(http://www.glaciaresargentinos.gob.ar/), siendo ellas de libre accesopara la población.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — SERGIO ALEJANDRO BERGMAN, Ministro,Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

e. 03/10/2016 N° 73196/16 v. 03/10/2016

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