Resolución 114/2016

Convocatoria: Subsidios Regionales. Año 2016 - Llamado

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Instituto Nacional De La Musica
Convocatoria: Subsidios Regionales. Año 2016 - Llamado

Llamese a la “convocatoria: subsidios regionales. año 2016”, a aquellos musicos nacionales registrados de las regiones nea, noa, centro, metropolitana, nuevo cuyo y patagonica, que acrediten 2 (dos) años de trayectoria en la actividad musical, que cuenten con un proyecto artistico musical, a los fines del otorgamiento de los subsidios regionales.

Id norma: 266346 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33479

Fecha boletin: 11/10/2016 Fecha sancion: 07/10/2016 Numero de norma 114/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICAResolución 114/2016

Buenos Aires, 07/10/2016

VISTO el Expediente N° 114/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DELA MÚSICA, la Ley N° 26.801, la Resolución N° 08/15/INAMU y sumodificatoria, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.

Que el artículo 6 inciso a) de la mencionada ley, establece entre lasfunciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA la de promover, fomentary estimular la actividad musical en todo el territorio de la RepúblicaArgentina, otorgando los beneficios previstos en la ley.

Que la Ley N° 26.801 en su artículo 9 inciso g) establece entre lasfunciones y competencias del Directorio la de ejecutar las medidas defomento tendientes a desarrollar la actividad musical, en sus aspectosculturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendoa tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becasde estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario a talfin.

Que el artículo 20 de la ley precitada, prevé entre los instrumentos depromoción, la conformación y funciones del Centro de Subsidios yCréditos.

Que el centro de Subsidios y Créditos estará conformado por un (1)representante del INAMU y por representantes de organizaciones demúsicos con personería jurídica otorgada por la jurisdicción dondefuncione la sede o subsede, y tendrá como función la evaluación yotorgamiento de subsidios y créditos destinados a financiar proyectosde la actividad musical.

Que el artículo 26 de la Resolución N° 8/2015/INAMU, prevé laexistencia de un Consejo Regional de Músicos integrado por elCoordinador Regional y los representantes de las Organizaciones deMúsicos regionales, encargado de evaluar los proyectos que se presentenen las convocatorias.

Que el artículo 2 apartado 6 de la Resolución N° 8/2015/INAMU, definecomo una de las medidas de fomento a la actividad musical, elotorgamiento de los subsidios, créditos y vales de producciónestablecidos en la Ley N° 26.801.

Que en este sentido, el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA,en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 26801, estimaoportuno realizar esta convocatoria de carácter regional y federaltendiente al otorgamiento de subsidios.

Que durante el año 2015 se encontraban en funcionamiento las sedesregionales del NEA, NOA y CENTRO, quedando pendiente de constituciónlas sedes regionales de, NUEVO CUYO, PATAGÓNICA y METROPOLITANA.

Que se encuentran en funcionamiento la totalidad de las sedes regionales del INAMU.

Que por lo tanto, y por razones de igualdad y razonabilidad, elDirectorio del INAMU estima pertinente otorgar a las sedes que nofueron constituidas durante el año 2015, hasta el doble de la cantidadde subsidios que se fijan para las Sedes regionales del NEA, NOA yCENTRO, a los efectos de garantizar un trato igualitario y nodiscriminatorio, criterio que responde al espíritu federal de la Ley.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimientocorrespondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludidoprecedentemente.

Que la participación en la presente convocatoria implica, por parte delos músicos registrados, la aceptación de las Bases y Condiciones delmismo en su totalidad, así como el conocimiento de toda la normativavigente al respecto.

Que a tales fines se considera conducente llamar a una Convocatoriapara seleccionar aquellos proyectos que presenten los músicosregistrados de las regiones NEA, NOA, CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYOy PATAGÓNICA.

Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases de la convocatoria.

Que la Dirección General de Asuntos Técnicos Legales y la Dirección General de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801 y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Llámese a la “CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES. AÑO2016”, a aquellos músicos nacionales registrados de las regiones NEA,NOA, CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYO y PATAGÓNICA, que acrediten 2(dos) años de trayectoria en la actividad musical, que cuenten con unproyecto artístico musical, a los fines del otorgamiento de lossubsidios regionales.

ARTÍCULO 2° — Apruébense las bases de la Convocatoria que obra comoAnexo I, los requisitos para presentación de proyectos que obra comoAnexo II, y el Formulario Solicitud de Subsidio Regional que obra comoAnexo III y forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Cualquier hecho no previsto en el mismo, será resuelto por el INAMU.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — DIEGO BORIS MACCIOCCO,Presidente, Instituto Nacional de la Música. — CELSA MEL GOWLAND,Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música.

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES

“CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES - SEDES NEA, NOA, CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYO y PATAGÓNICA.”

DEL OBJETO

Artículo 1°. EL INAMU, a través de la Dirección General de Fomento,invita a la “CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES. AÑO 2016”, a músicosnacionales registrados de las regiones NEA, NOA, CENTRO, METROPOLITANA,NUEVO CUYO y PATAGONIA que acrediten 2 (dos) años de trayectoria en laactividad musical, que cuenten con un proyecto artístico musical, a losfines del otorgamiento de los subsidios regionales.

Dichos subsidios deberán ser destinados exclusivamente a la producciónde fonogramas y videogramas, música en vivo, difusión, movilidad y otrorubros vinculados a la actividad musical, conforme surge de la planillaque obra como Anexo III de la presente Resolución.

DE LA CONVOCATORIA

Artículo 2°. Fíjese un período para la presentación de los proyectos,desde el 17 de octubre de 2016 hasta el 28 de octubre de 2016inclusive, como fechas de apertura y cierre de las presentaciones delllamado a la presente Convocatoria.

Artículo 3°. Las solicitudes podrán presentarse a través del correspondiente formulario publicado en el sitio web https://www.inamu.gob.ar/index.phpsec=articulo&id=116,o podrán presentarse en la Mesa de Entradas de las Sedes regionales delINAMU o por correo postal tomándose para este último caso la fecha deimposición de la oficina de correos respectiva.

No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.

Fíjase como domicilio de la Región NEA, a los efectos de lapresentación de esta convocatoria, la Casa del Bicentenario sita en laAv. 170 y Av. 147, Haembé Mini, Posadas, Provincia de Misiones. CP:3300. El horario de recepción será de lunes a viernes de 10 hs a 18hs.

Fijase como domicilio de la Región NOA, a los efectos de lapresentación de esta convocatoria, la Casa del Bicentenario sita en lacalle Mendoza y Olaechea (Parque Aguirre), Capital, Provincia deSantiago del Estero. CP: 4200. El horario de recepción será de lunes aviernes de 10 hs a 18hs.

Fijase como domicilio de la Región CENTRO, a los efectos de lapresentación de esta convocatoria, la Casa del Bicentenario sita en lacalle Balcarce 1651, ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. CP:3000. El horario de recepción será de lunes a viernes de 10 hs a 18hs.

Fijase como domicilio de la Región PATAGÓNICA, a los efectos de lapresentación de esta convocatoria, el Centro Cultural Conrado sito enla calle Yrigoyen 138, Neuquén CP: 8300. El horario de recepción seráde lunes a viernes de 10 hs a 18hs.

Fijase como domicilio de la Región NUEVO CUYO, a los efectos de lapresentación de esta convocatoria, la Casa del Bicentenario sita en lacalle Fleming 101, V. Tulumaya, Lavalle, Mendoza. El horario derecepción será de lunes a viernes de 10 hs a 18hs.

Fíjase como domicilio de la Sede Regional METROPOLITANA, a los efectosde la presentación de esta convocatoria, la Universidad Nacional deQuilmes sita en Roque Sáenz Peña 352, Casa 9 oficina 4, EscuelaUniversitaria de Artes. El horario de recepción será de lunes a viernesde 10 hs a 18hs.

La presentación deberá ser a título personal, quedando expresamenteprohibida la presentación efectuada por un tercero en representacióndel músico. Excepcionalmente, y en los supuestos de caso fortuito ofuerza mayor, enfermedad y/o cualquier otra circunstancia debidamentefundada, el proyecto podrá ser presentado por una persona distinta delpresentante.

Artículo 4°. Las solicitudes presentadas implican la aceptación de laspresentes Bases y Condiciones, y deberán cumplir con los requisitosdispuestos en el Anexo II de la presente resolución.

Artículo 5°. Cada Coordinador Regional del INAMU analizará laspresentaciones de proyectos, a los efectos de establecer si se cumplentodos los requisitos exigidos en la presente Resolución. De encontrarsecumplidos los requisitos, el coordinador regional del INAMU elevará losproyectos para su tratamiento al Consejo Regional de Músicos, previstoen el artículo 26 de la Resolución N° 8/2015/INAMU.

Artículo 6°. Los interesados presentantes podrán presentar solo UNA (1) solicitud por titular.

Artículo 7°. Dentro del plazo de 30 días corridos a contar desde lapublicación en el Boletín Oficial de la lista de los seleccionados dela presente convocatoria los presentantes podrán retirar de la sedesregionales correspondientes del INAMU, la documentación que hubieranpresentado en el marco de esta Convocatoria.

Transcurrido dicho plazo la Dirección General de Fomento quedafacultada para retener el disco en formato profesional incluido en lapresentación, si lo hubiera, para ser incorporado a la fonoteca delINAMU y luego proceder a la destrucción de la documentación de aquellassolicitudes que no fueron seleccionadas, sin que ello origine elderecho de reclamo alguno contra el INAMU.

DEL SUBSIDIO

Artículo 8°. Serán hasta CINCUENTA (50) subsidios de PESOS QUINCE MIL($ 15.000.-), por cada una de las regiones correspondientes al NEA, NOAy CENTRO.

Serán hasta CIEN (100) subsidios de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-), porcada una de las regiones correspondientes al NUEVO CUYO, PATAGONIA yMETROPOLITANA.

Artículo 9°. El subsidio consistirá en el otorgamiento de PESOS QUINCEMIL ($15.000.-) en efectivo, con cargo a rendir cuenta documentada, acada uno de las solicitudes seleccionadas.

Asimismo, los beneficiarios de estos subsidios deberán rendir cuentadebidamente documentada en el plazo de 90 días corridos, a contar desdeel momento en que se hace efectivo y se abona el subsidio, conforme lanormativa dictada por el INAMU que regula la rendición de lossubsidios, y que se encuentra disponible en el sitio web http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/260000-264999/264665/norma.htm.No podrá abonarse suma de dinero alguna en favor del beneficiario de lapresente convocatoria, hasta que no se haya rendido y aprobado latotalidad de los subsidios o beneficios otorgados con anterioridad porel INAMU.

Se deja expresamente aclarado que el monto del subsidio que le pudieracorresponder al beneficiario solo se hará efectivo mediantetransferencia bancaria a la cuenta donde el músico registradoseleccionado sea el titular de la cuenta o mediante cheque emitido a laorden del beneficiario y/o cualquier otro medio de pago que se efectúea través del Banco de la Nación Argentina.

En caso de no informar dichos datos en el Formulario Solicitud Fomentoque obra como Anexo III, el beneficiario deberá comunicar en un plazode 10 días corridos, a contar desde la publicación en el BoletínOficial de los ganadores, el nombre y apellido, fecha de nacimiento,domicilio, el tipo de cuenta (Caja de Ahorro o Cuenta Corriente) y elCBU (Clave Bancaria Uniforme), bajo apercibimiento de tener por decaídoel premio, no existiendo reclamo ulterior por dicha circunstancia.

En el caso de utilizar el subsidio para la realización de fonogramas ovideogramas, deberá enviarse un ejemplar del material finalizado alInstituto Nacional de la Música a los fines de ser incorporado a laFonoteca del Instituto.

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 131/2016 del Instituto Nacional de la Música B.O. 28/10/2016 se amplían los alcances del artículo 9 último párrafo dela Resolución N° 115/16/INAMU a todos aquellos sujetos que obtengan lossubsidios previstos en las Resoluciones N° 113/16/INAMU y 114/16/INAMU,debiendo entregarse el material al INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICAdentro del plazo de 30 días a contarse desde que se efectiviza laentrega por parte del proveedor.)

Artículo 10. En cumplimiento de los objetivos de Promoción Cultural ySocial del INAMU dispuestos en el art 19 de la Ley 26.801, comocompensación del subsidio recibido, todo Músico o Agrupación Musicalque haya resultado beneficiaria, deberá acordar una acción social quepodrá ser: una clínica académica o técnica, un recital, un taller, unacharla o aportar algún conocimiento o herramienta educativa o cualquierotra actividad o evento que determinen conjuntamente el Centro Culturaly Social y el Músico o la Agrupación Musical, con el objetivo de quedicha acción solidaria pueda alcanzar a lugares o poblaciones de escasoacceso a eventos culturales (hogares para la tercera edad, hospitales,centros de detención, comedores comunitarios, entre otros). Dichacompensación nunca podrá ser económica y deberá ser realizada dentro delos 90 días posteriores al pago del beneficio sea este monetario o envales. En caso de incumplimiento a esta obligación, el INAMU tiene lafacultad de no otorgar a esos músicos o agrupaciones musicalesbeneficios futuros en concepto de premio, subsidio y/o apoyo económico.

DE LOS PRESENTANTES

Artículo 11°. Los presentantes deberán aceptar y cumplir con el presente pliego de Bases y Condiciones y el Anexo II.

Los participantes podrán ser argentinos o extranjeros con residencia enel territorio argentino, debiendo acreditar fehacientemente unaresidencia no menor a 2 años en el país.

DEL COMITÉ

Artículo 12°. La evaluación de los proyectos que se presenten a estaconvocatoria, serán evaluados por el Consejo Regional de Músicoscorrespondiente, previsto en el artículo 26 de la resolución N°8/2015/INAMU

DE LA SELECCIÓN

Artículo 13°. Una vez convocado el Consejo Regional de Músicos, tendráun plazo de 30 (TREINTA) días corridos para la selección de lassolicitudes presentadas.

La decisión del Consejo Regional de Músicos será irrecurrible.

Artículo 14°. Los proyectos suplentes ocuparán el lugar de losseleccionados en caso de renuncia o incumplimiento de los presentantesseleccionados o en caso de ampliación en la cantidad de subsidios aotorgarse, conforme lo establezca el Directorio del INAMU en el marcode sus competencias.

Artículo 15°. No podrán intervenir en la presente convocatoria aquellassolicitudes cuyos objetos a cubrir hayan sido seleccionados para surealización con cualquier otro subsidio Nacional, Provincial oMunicipal. Asimismo, las solicitudes presentadas a esta convocatoria nopodrán participar en ningún otro llamado que convoque el INAMU, hastaque no se encuentre publicada en el Boletín Oficial la nómina deseleccionados. En caso de incumplimiento a lo mencionado anteriormente,la solicitud se tendrá por no presentada en ninguna de lasconvocatorias y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá pordecaído el subsidio. Asimismo los presentantes no podrán presentarse enel mismo llamado a Subsidios Nacionales, a Subsidios Regionales y aVales de Producción, debiendo optar por solo una de las modalidades. Enel supuesto de que el mismo proyecto se haya presentado a laconvocatoria de Subsidios Nacionales y Subsidios Regionales, ambassolicitudes serán anuladas.

Artículo 16°. En caso de comprobarse que más de un titular han buscadobeneficiar un mismo proyecto a través de la presente convocatoria, lasolicitud no será tomada como válida y se tendrá por anulado elotorgamiento del subsidio.

Artículo 17°. El beneficiario que obtenga un subsidio en el marco de lapresente convocatoria, deberá incluir en el material (gráfico y/oaudiovisual) el logotipo del INAMU, conforme las pautas establecidaspor el INAMU, el cual puede consultarse en la página web www.inamu.gob.ar

Artículo 18°. La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.

Artículo 19°. Para todos los efectos de la Resolución que aprueba laspresentes Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicciónde los Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.

ANEXO II

REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes podrán presentarse desde el 17 de octubre de 2016 hastael 28 de octubre de 2016 inclusive, a través del formulario publicadoen el sitio web https://www.inamu.gob.ar/index.phpsec=articulo&id=116,o en la Mesa de Entradas de las Sedes regionales del INAMU, o podráenviarse por correo postal tomándose para este último caso la fecha deimposición de la oficina de correos respectiva.

Si la presentación se realiza a través del sitio web institucional delINAMU deberá completarse el formulario correspondiente ingresando allink citado anteriormente. En el caso de realizar la presentaciónpersonalmente o por correo postal, la solicitud deberá conformarse delsiguiente modo:

En un sobre cerrado:

Consignar en el exterior del sobre:

1) El texto “SOLICITUD DE SUBSIDIO REGIONAL - 2016”

2) Nombre, apellido y número de DNI del titular inscripto en RegistroÚnico de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales,previsto en el artículo 24 de la Ley N° 26.801.

3) Provincia de origen de la solicitud

4) Objeto principal al que se va a aplicar el subsidio.

En su interior el sobre deberá contener:

1) Formulario que se encuentra en el sitio web www.inamu.gob.ar/convocatoria2016/formSubReg.pdf

2) Antecedentes artísticos.

3) Breve sinopsis de la solicitud, que no podrá extenderse más allá de una carilla en hoja A4 y en no más de 2000 caracteres -

4) En el caso de presentantes extranjeros, documentación de la queresulte la residencia de los últimos DOS (2) años en el país, pudiendoconsistir la misma en contrato de alquiler, boletas de pago deimpuestos o servicios, recibo de trabajo en relación de dependencia,etc., debiendo resultar de dicha documentación la antigüedad de laresidencia requerida para participar en el concurso.

5) Constancia de CUIT o CUIL.

6) Carta del presentante que tendrá carácter de Declaración Jurada,manifestando que es titular del proyecto que se presenta en estaconvocatoria y que no se ha obtenido ningún otro beneficio para losobjetos presentes en esta solicitud.

ANEXO III


e. 11/10/2016 N° 75692/16 v. 11/10/2016

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica