Resolución 932/2016

Internacionalizacion Del Aeroparque Jorge Newbery

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Nacional De Aviacion Civil
Internacionalizacion Del Aeroparque Jorge Newbery

Derogase la resolucion n° 994 de fecha 6 de diciembre de 2011 de la administracion nacional de aviacion civil. disponese la internacionalizacion del aeroparque jorge newbery de la ciudad autonoma de buenos aires con relacion a las ciudades de santiago de chile (republica de chile) y san pablo (republica federativa del brasil) requerida por lan argentina sociedad anonima.

Id norma: 266425 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33480

Fecha boletin: 12/10/2016 Fecha sancion: 07/10/2016 Numero de norma 932/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De Aviacion Civil Ver Resoluciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 994/2011 DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 932/2016

Buenos Aires, 07/10/2016

VISTO el Expediente N° ANC:0029361/2016 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA solicita la derogación delo dispuesto en la Resolución N° 994 de fecha 6 de diciembre de 2011 dela ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, por la que se dejó sinefecto la Resolución N° 346 de fecha 31 de marzo de 2010 de laADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL que había establecido lainternacionalización del AEROPARQUE JORGE NEWBERY de la Ciudad Autónomade BUENOS AIRES con relación a las ciudades de SANTIAGO DE CHILE(REPÚBLICA DE CHILE) y SAN PABLO (REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL)requerida oportunamente por la línea aérea.

Que la Dirección Nacional de Transporte Aéreo de la ADMINISTRACIÓNNACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL no formuló objeciones respecto del pedidoefectuado en lo que respecta a su órbita de competencia.

Que, no obstante, atento que la naturaleza del requerimiento empresariocorresponde a la órbita de incumbencia de la Dirección General deInfraestructura y Servicios Aeroportuarios de la ADMINISTRACIÓNNACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, requirió a la misma expedirse sobre lafactibilidad de otorgar nuevamente a LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA lainternacionalización del AEROPARQUE JORGE NEWBERY de la Ciudad Autónomade BUENOS AIRES.

Que en tal sentido, la mencionada Dirección General de Infraestructuray Servicios Aeroportuarios de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓNCIVIL se expidió favorablemente respecto del requerimiento de lacompañía aérea y solicitó a la misma especificar los horarios deoperación a fin de evaluar su factibilidad.

Que en cumplimiento de tal requerimiento, LAN ARGENTINA SOCIEDADANÓNIMA presentó los horarios tentativos de las operaciones queproyecta realizar desde y hacia el AEROPARQUE JORGE NEWBERY de laCiudad Autónoma de BUENOS AIRES respecto de los destinos SANTIAGO DECHILE (REPÚBLICA DE CHILE) y SAN PABLO (REPÚBLICA FEDERATIVA DELBRASIL).

Que la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuariosde la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL no formuló reparos enrelación con los horarios informados por la línea aérea.

Que en consecuencia, corresponde derogar la Resolución N° 994 de fecha6 de diciembre de 2011 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL,ratificando lo establecido en la Resolución N° 346 de fecha 31 de marzode 2010 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que sin perjuicio de la decisión adoptada por esta ADMNISTRACIÓNNACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL en el marco de su competencia, deberá darseintervención al resto de los organismos estatales con jurisdicción enel AEROPARQUE JORGE NEWBERY de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, afin de que implementen las medidas necesarias y pertinentes paraposibilitar la operatoria de la empresa.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEAVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto N° 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Derógase la Resolución N° 994 de fecha 6 de diciembre de 2011 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

ARTÍCULO 2° — Dispónese la internacionalización del AEROPARQUE JORGENEWBERY de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES con relación a lasciudades de SANTIAGO DE CHILE (REPÚBLICA DE CHILE) y SAN PABLO(REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) requerida por LAN ARGENTINA SOCIEDADANÓNIMA.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese la presente al ORGANISMO REGULADOR DELSISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, a la POLICÍA DE SEGURIDADAEROPORTUARIA, a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, a la DIRECCIÓNNACIONAL DE MIGRACIONES, al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y SEGURIDADAGROALIMENTARIA (SENASA), al DEPARTAMENTO INTERPOL dependiente de laPOLICIA FEDERAL ARGENTINA y al ÁREA SANIDAD DE FRONTERA dependiente delMINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, a los fines de su intervención en elmarco de sus respectivas competencias.

ARTÍCULO 4° — Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO, ala DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, a la DIRECCIÓN NACIONALDE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA y a la DIRECCIÓN GENERAL DEINFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS a los fines de darcumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° de la presenteResolución, previa aprobación de la programación horaria regularpropuesta por la Empresa.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, notifíquese a la Empresa LAN ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA, publíquese mediante la intervención del BOLETÍNOFICIAL y cumplido archívese. — Ing. JUAN PEDRO IRIGOIN, AdministradorNacional de Aviación Civil.

e. 12/10/2016 N° 75552/16 v. 12/10/2016

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