Resolución 785/2016

Estructura Organizativa - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Presidencia De La Nacion
Estructura Organizativa - Aprobacion

Apruebase la estructura organizativa del segundo nivel operativo del consejo nacional de coordinacion de politicas sociales de la presidencia de la nacion, de conformidad con el organigrama y acciones que como anexos la, lb, lc, id, le y ii, forman parte integrante de la presente resolucion. incorporanse, ratificanse y homologanse en el nomenclador de funciones ejecutivas los cargos pertenecientes al consejo nacional de coordinacion de politicas sociales de la presidencia de la nacion, conforme el detalle obrante en planillas anexas al presente articulo, que forman parte integrante de la presente medida.

Id norma: 266436 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33480

Fecha boletin: 12/10/2016 Fecha sancion: 06/10/2016 Numero de norma 785/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Nacional De Coordinacion De Politicas Sociales Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES

Resolución 785/2016

Buenos Aires, 06/10/2016

VISTO, el expediente N° 4419/2016 del registro del CONSEJO NACIONAL DECOORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, losDecretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios,mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorialdel Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) y N° 880 defecha 22 de julio de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 880 del 22 de julio de 2016 se aprobó laestructura organizativa de primer nivel operativo de este CONSEJONACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LANACION.

Que por el artículo 4° del citado Decreto se facultó a la SECRETARÍAEJECUTIVA del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES dela PRESIDENCIA DE LA NACION a aprobar, previa intervención de laSUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARIA DEEMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructuraorganizativa de nivel inferior a la aprobada por el referido Decreto,con un máximo de TRECE (13) Direcciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPÚBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIALDEL PERSONAL homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

Que, en consecuencia, corresponde aprobar la estructura de segundo nivel operativo de la Jurisdicción.

Que, asimismo, corresponde incorporar, ratificar y homologar diversoscargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL YTECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervencióncorrespondiente.

Que la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente dela SECRETARIA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, hatomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribucionesemergentes del artículo 4° del Decreto N° 880 del 22 de julio de 2016 yN° 228 del 22 de diciembre de 2015.

Por ello,

LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa del segundo niveloperativo del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES dela PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama yacciones que como Anexos la, lb, lc, Id, le y II, forman parteintegrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Incorpóranse, ratifícanse y homológanse en el Nomencladorde Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al CONSEJO NACIONALDE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,conforme el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo,que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de lasáreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes lasaperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadaspor la presente medida, las que transitoriamente mantendrán lasacciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles,grados de revista previstas en el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-16- CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de laPRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. GABRIELA AGOSTO, SecretariaEjecutiva, Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales,Presidencia de la Nación.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 12/10/2016 N° 75310/16 v. 12/10/2016

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII).

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