Resolución E 22/2016

Modulo “Legajo Unico Electronico” - Apruebase Implementacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Modulo “Legajo Unico Electronico” - Apruebase Implementacion

Apruebase la implementacion del modulo “legajo unico electronico”, en adelante lue, del sistema de gestion documental electronica (gde), como unico medio de creacion, registro, guarda y archivo de la totalidad de la documentacion y datos correspondientes a las personas que prestan servicios en virtud de cualquier modalidad en el ambito establecido en el articulo 8 de la ley n° 24.156.

Id norma: 266504 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33482

Fecha boletin: 14/10/2016 Fecha sancion: 07/10/2016 Numero de norma 22/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Modernizacion Administrativa Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 22 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2016

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2016-01884614- -APN-SECMA#MM, laLey N° 25.506, los Decretos Nros. 13 del 5 de enero de 2016, 434 del 1ºde marzo de 2016, 561 del 6 de abril de 2016 y 888 del 22 de julio de2016, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 demayo de 2016, 171 del 19 de julio de 2016, 277 del 22 de agosto de 2016del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Resoluciones Nros. 3 del 21 deabril de 2016, 4 del 9 de mayo de 2016, 7 del 2 de junio de 2016, 9 del29 de junio de 2016, 12 del 15 de julio de 2016, 13 del 19 de julio de2016 y 16 del 2 de agosto de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓNADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, yen su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de lasjurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma queposibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control porparte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto N° 13 del 5 de enero de 2016 faculta a la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a entenderen las propuestas e iniciativas de transformación, innovación, mejoracontinua e integración de los procesos transversales y sistemascentrales de soporte de gestión del Sector Público Nacional, a partirdel desarrollo y coordinación de políticas, marcos normativos,capacidades, instrumentos de apoyo y plataformas tecnológicas.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 que aprueba el PLAN DEMODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNODIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informáticade generación de documentos y expedientes electrónicos, registros yotros contenedores que sea utilizada por toda la administración a losfines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidadde la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y elseguimiento público de cada expediente.

Que el citado decreto contempla como segundo eje del PLAN DEMODERNIZACIÓN DEL ESTADO, la Gestión Integral de los Recursos Humanos,identificando como instrumento al Registro Único de Personal yPrestadores Informatizado, previendo la implementación del Legajo ÚnicoPersonal Informatizado para toda persona que mantenga vinculación en laprestación de servicios personales, así como la digitalización yvalidación mediante firma electrónica de aquella documentaciónrequerida por exigencias legales o de auditoría.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementacióndel sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistemaintegrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración demovimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector PúblicoNacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión deexpedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto N° 561 del 6 de abril de 2016, ordena a lasentidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N°24.156 que componen el Sector Público Nacional la utilización delsistema de Gestión Documental Electrónica - GDE para la totalidad delas actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije elMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que en ese sentido y a fin de fortalecer la tarea de minimizar lautilización de documentos basados en papel, sin menoscabo alguno a laseguridad jurídica, deviene necesario la incorporación del módulo deLEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO (LUE) al sistema de GESTIÓN DOCUMENTALELECTRÓNICA (GDE) aprobado por el citado Decreto.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictarlas normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias parala implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) yel funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de diciembre de 2009contempla el Legajo Informatizado Único del Personal de laAdministración Nacional.

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 demayo de 2016, 171-E del 19 de julio de 2016, 277-E del 22 de agosto de2016 y 355-E del 14 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN establecen los cronogramas de implementación de losdistintos módulos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que en esta instancia del proceso de modernización de la AdministraciónPública Nacional, resulta necesario dotar de herramientas tecnológicasal régimen actual de legajo personal de recursos humanos, mediante laimplementación de un sistema integral de administración de Legajo ÚnicoElectrónico (LUE) de personal como módulo del sistema de GESTIÓNDOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE).

Que dicho módulo será el único medio de único medio de creación,registro, guarda y archivo de la totalidad de la documentación y datoscorrespondientes a las personas que prestan servicios en virtud decualquier modalidad en el ámbito establecido en el artículo 8 de la LeyN° 24.156.

Que la tecnología permitirá la incorporación progresiva de los legajosde recursos humanos obrantes en soporte papel al módulo LEGAJO ÚNICOELECTRÓNICO (LUE), protegiendo la confidencialidad de la información,en un marco de seguridad y confianza en su pleno valor jurídico.

Que corresponde en consecuencia, aprobar la incorporación del móduloLEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO (LUE) al sistema de Gestión DocumentalElectrónica - GDE creado en virtud del Decreto N° 561/16.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomadola intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la implementación del módulo “LEGAJO ÚNICOELECTRÓNICO”, en adelante LUE, del sistema de GESTIÓN DOCUMENTALELECTRÓNICA (GDE), como único medio de creación, registro, guarda yarchivo de la totalidad de la documentación y datos correspondientes alas personas que prestan servicios en virtud de cualquier modalidad enel ámbito establecido en el artículo 8 de la Ley N° 24.156.

ARTÍCULO 2° — Instrúyase a todos los organismos comprendidos en elDecreto N° 561 del 6 de abril de 2016 a utilizar el módulo “LEGAJOÚNICO ELECTRÓNICO” (LUE), del sistema de Gestión Documental Electrónica(GDE) como único medio de creación, guarda y archivo de todos losdocumentos electrónicos de los agentes que se desempeñan en su ámbito.

ARTÍCULO 3° — La documentación y datos a los que hacen referencia losArtículos 1° y 2° de la presente Resolución son aquellos que se generandurante el período de vinculación de las personas que prestan serviciosen la Administración Pública Nacional desde el momento de su ingreso.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — EDUARDO NICOLÁS MARTELLI, Secretario,Secretaría de Modernización Administrativa, Ministerio de Modernización.

e. 14/10/2016 N° 76855/16 v. 14/10/2016

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