Resolución General 13/2016

Resolucion General 4/2016 - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Inspeccion General De Justicia
Resolucion General 4/2016 - Prorroga

Prorrogase por el termino de noventa (90) dias habiles administrativos contados a partir del dia 21 de octubre de 2016 la suspension del “operativo declaracion jurada resolucion general igj n° 1/2010” dispuesta por la resolucion general igj n° 4/2016.

Id norma: 266599 Tipo norma: Resolución General Numero boletin: 33485

Fecha boletin: 19/10/2016 Fecha sancion: 17/10/2016 Numero de norma 13/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Inspeccion General De Justicia Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

Resolución General 13/2016

Prórroga. Resolución General N° 4/2016.

Buenos Aires, 17/10/2016

VISTO la Ley N° 22.315, las Resoluciones Generales IGJ N° 1/2010,
2/2010, 5/2010, 1/2011, 2/2011, 3/2010, 4/2014, 13/2015, 4/2016,
10/2016/, la Circular IGJ N° 10/2012 y el Memorándum IGJ N° 28/2012, y

CONSIDERANDO:

Que en ejercicio de las facultades atribuidas por la Ley N° 22.315 a la
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, se dictó la Resolución General IGJ N°
1/2010, que estableció la obligatoriedad de presentar una declaración
jurada de actualización de datos a todas aquellas entidades
registradas, dictada en ejercicio del poder de policía sobre las
personas jurídicas que compete a la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que posteriormente la Resolución General IGJ N° 4/2014 estableció como
fecha límite para la presentación de la Declaración Jurada Resolución
General IGJ N° 1/2010, el 30 de abril de 2015.

Que al fijar el vencimiento del plazo de presentación de la declaración
jurada, establecida por la Resolución General antes mencionada, se
produjo un aumento desproporcionado en la cantidad de trámites
presentados.

Que atento a las intimaciones efectuadas, se verificó un importante
crecimiento en el volumen de trámites relacionados con el cumplimiento
de las obligaciones reseñadas, que ha llevado a una situación de
colapso, ocasionando desvíos en los recursos humanos del Organismo.

Que conforme se ha expresado en los considerandos anteriores, la
situación del Organismo hizo necesario evaluar los cursos de acción a
seguir respecto del Operativo Intimaciones Declaración Jurada
Resolución General IGJ 1/2010, a fin de optimizar los recursos humanos,
y de posibilitar el adecuado ejercicio de las funciones propias de la
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que en virtud de señalado, se dictó la Resolución General IGJ N°
4/2016, que suspendió por el término de noventa (90) días hábiles
administrativos, contados a partir del 29/1/2016, el “Operativo
Declaración Jurada Resolución General IGJ N° 1/2010”.

Que la Resolución General IGJ N° 10/2016 en base a esos mismos
fundamentos y con igual carácter prorrogo esa suspensión por 90 días
hábiles adicionales.

Que el objetivo de descomprimir y encauzar adecuadamente las labores de
las distintas áreas afectadas hace necesario mantener la suspensión del
mencionado Operativo.

Que, no obstante ello, las obligaciones para con este Organismo en
cabeza de las entidades subsisten, así como la facultad de la
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA de exigir su cumplimiento.

Que manteniéndose en la actualidad idénticas circunstancias a las que
motivaron el dictado de la Resolución General IGJ N° 10/2016, resulta
necesario prorrogar la misma, por el plazo de noventa (90) días hábiles
administrativos, contado a partir del 21 de octubre de 2016, fecha en
que opera el vencimiento del plazo previsto en la Resolución General
IGJ N° 10/2016.

Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley N° 22.315.

Por ello,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — PRORRÓGASE por el término de noventa (90) días hábiles
administrativos contados a partir del día 21 de octubre de 2016 la
suspensión del “Operativo Declaración Jurada Resolución General IGJ N°
1/2010” dispuesta por la Resolución General IGJ N° 4/2016.

ARTÍCULO 2° — Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Sergio
Brodsky.

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