Resolución General 18/2016

Sistema De Recaudacion Y Control De Agentes De Recaudacion - Obligatoriedad

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Arbitral Convenio Multilateral
Sistema De Recaudacion Y Control De Agentes De Recaudacion - Obligatoriedad

Establecer a partir de las operaciones efectuadas desde el 1 de octubre de 2016, el uso obligatorio del sistema de recaudacion y control de agentes de recaudacion denominado sircar disponible en el sitio www.sircar.gov.ar, para los agentes que se encuentren comprendidos en el anexo de la presente. este listado se encontrara publicado en el sitio web de esta comision arbitral www.ca.gov.ar, apartado “agentes de recaudacion”, “sircar – sistema de recaudacion y control de agentes de recaudacion”.

Id norma: 266741 Tipo norma: Resolución General Numero boletin: 33488

Fecha boletin: 24/10/2016 Fecha sancion: 19/10/2016 Numero de norma 18/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Arbitral Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 18/2016

Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación. Obligatoriedad.

Buenos Aires, 19/10/2016

VISTO:

El Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudacióndenominado SIRCAR aprobado por la Resolución General N° 84/2002; y,

CONSIDERANDO:

Que las jurisdicciones adheridas han solicitado la incorporación de un grupo de agentes para el uso del Sistema SIRCAR.

Que se han cumplido los pasos establecidos por la Resolución Interna N°3/2010 respecto a la Metodología de Incorporación de Agentes al SistemaSIRCAR.

Que a través de la Resolución General N° 11/2016 se ha establecido el uso de clave fiscal AFIP para el acceso al Sistema SIRCAR.

Por ello:

LA COMISION ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18-08-77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establecer a partir de las operaciones efectuadas desdeel 1 de octubre de 2016, el uso obligatorio del Sistema de Recaudacióny Control de Agentes de Recaudación denominado SIRCAR disponible en elsitio www.sircar.gov.ar, para los agentes que se encuentrencomprendidos en el Anexo de la presente. Este listado se encontrarápublicado en el sitio web de esta Comisión Arbitral www.ca.gov.ar,apartado “Agentes de Recaudación”, “SIRCAR - Sistema de Recaudación yControl de Agentes de Recaudación”.

ARTÍCULO 2° — En virtud de su incorporación al Sistema SIRCAR, losagentes deberán efectuar la presentación de las declaraciones juradasdeterminativas y pago en sede única de las retenciones y percepcionespracticadas, conforme a los regímenes establecidos por lasJurisdicciones adheridas al Sistema, y en las cuales revistan elcarácter de agentes.

ARTÍCULO 3° — Para el acceso al Sistema SIRCAR, utilizarán para suidentificación e ingreso la Clave Única de Identificación Tributaria(CUIT) y la Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal deIngresos Públicos (AFIP). Para operar por primera vez, deberáefectivizarse en la Opción “Administrador de Relaciones de ClaveFiscal” del sitio de AFIP, la incorporación de una nueva relación en elservicio “Comisión Arbitral - SIRCAR”.

ARTÍCULO 4° — El instructivo de uso, diseño de registros, y toda otradocumentación necesaria, estará disponible ingresando al SistemaSIRCAR, menú “Información”.

ARTÍCULO 5° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de laNación, notifíquese a las Jurisdicciones adheridas y archívese. —Enrique O. Pacheco. — Roberto J. Arias.

ANEXO

CUITRAZÓN SOCIAL

30-53697509-4COOPERATIVA AGRICOLA GANADERA Y DE CONSUMO ITALO LIMITADA

23-16881196-9GENERO CARLOS ALBERTO

30-52655265-9PAMPA ENERGIA S.A.

30-56780877-3MONTON ROBERTO Y PEREZ SERGIO SH

30-70833060-0IMHOFF SRL

30-70770490-6CASTRO BARROS G.N.C. SOCIEDAD ANONIMA

33-66847065-9GAY JORGE LUIS Y PABLO ANDRES

30-62472083-7GRASSO OMAR ANDRES Y OTROS

30-70771499-5GNC ALBERDI SA

30-66970163-9LX ARGENTINA S.A.

30-71043837-0MENDIO S.A.

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