Resolución E 24/2016

Procedimientos - Tramites A Distancia

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Procedimientos - Tramites A Distancia

Establecese que los siguientes procedimientos del ministerio de produccion deberan tramitarse a traves de la plataforma “tramites a distancia” (tad) del sistema de gestion documental electronica (gde): 1) certificaciones de productos comercializables-excepcion. 2) certificaciones de productos comercializables-renovacion. 3) certificaciones de productos comercializables-repuestos e insumos. 4) certificaciones de productos comercializables-nota de apertura sdu. 5) certificaciones de productos comercializables-cierre aml. 6) certificaciones de productos comercializables-apertura aml. 7) certificaciones de productos comercializables-permiso de venta. establecese que el siguiente procedimiento del ministerio del interior, obras publicas y vivienda debera tramitarse a traves de la plataforma “tramites a distancia” (tad) del sistema de gestion documental electronica (gde): 1) plan nacional de escuelas: certificacion de obra.

Id norma: 267164 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33495

Fecha boletin: 02/11/2016 Fecha sancion: 28/10/2016 Numero de norma 24/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Modernizacion Administrativa Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 24 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2016

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2016-02379901-APN-SECMA#MM, laLey de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzode 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434del 1º de marzo de 2016, 561 del 6 de abril de 2016 y 1063 del 4 deoctubre de 2016, las Resoluciones Nros 65 del 21 de abril de 2016, 101del 26 de mayo de 2016 y 171 E del 19 de julio de 2016 del MINISTERIODE MODERNIZACIÓN, y la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de laSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, yen su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de lasjurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma queposibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control porparte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprueba elPLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA YGOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontalinformática de generación de documentos y expedientes electrónicos,registros y otros contenedores que sea utilizada por toda laadministración a los fines de facilitar la gestión documental, elacceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de losplazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementacióndel sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistemaintegrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración demovimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector PúblicoNacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión deexpedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdiccionesenumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el SectorPúblico Nacional la utilización del sistema de Gestión DocumentalElectrónica - GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas,de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictarlas normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias parala implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) yel funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016 aprueba laimplementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) comomedio de interacción del ciudadano con la administración, a través dela recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones,solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

Que el mencionado Decreto N° 1063/16 en su artículo 11 faculta a laSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normasaclaratorias, operativas y complementarias necesarias para laimplementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, asícomo también faculta a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓNADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestiónremota a dichas plataformas y módulos.

Que la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba laimplementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador deDocumentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 demayo de 2016 y 171 E del 19 de julio de 2016 del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN establecen los cronogramas de implementación del módulo“Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión DocumentalElectrónica (GDE) en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, enel MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y en el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRASPÚBLICAS Y VIVIENDA, respectivamente.

Que en consecuencia resulta necesario aprobar los trámites que losMINISTERIOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, DE PRODUCCIÓN y DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA implementan a través de laplataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de GestiónDocumental Electrónica (GDE).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomadola intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1063/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que los siguientes procedimientos delMINISTERIO DE PRODUCCIÓN deberán tramitarse a través de la plataforma“Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión DocumentalElectrónica (GDE):

1) Certificaciones de productos comercializables-Excepción.

2) Certificaciones de productos comercializables-Renovación.

3) Certificaciones de productos comercializables-Repuestos e insumos.

4) Certificaciones de productos comercializables-Nota de apertura SDU.

5) Certificaciones de productos comercializables-Cierre AML.

6) Certificaciones de productos comercializables-Apertura AML.

7) Certificaciones de productos comercializables-Permiso de venta.

ARTÍCULO 2° — Establécese que el siguiente procedimiento del MINISTERIODEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA deberá tramitarse a través dela plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de GestiónDocumental Electrónica (GDE):

1) Plan Nacional de Escuelas: Certificación de Obra.

ARTÍCULO 3° — Establécese que el siguiente procedimiento del MINISTERIODE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS deberá tramitarse a través de laplataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de GestiónDocumental Electrónica (GDE):

1) Denuncias por incumplimiento al acceso a la información pública.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — EDUARDO NICOLÁS MARTELLI, Secretario,Secretaría de Modernización Administrativa, Ministerio de Modernización.

e. 02/11/2016 N° 81858/16 v. 02/11/2016

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