Resolución E 349/2016

Programa “Escuelagro”

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agroindustria
Programa “Escuelagro”

Crease el programa “escuelagro”, en adelante el programa, en el ambito del ministerio de agroindustria. establecese que el programa esta destinado a las escuelas secundarias agrarias y rurales de todo el pais y tiene por objeto fortalecer el vinculo entre la educacion y el sector productivo agroindustrial, pudiendo convocar la participacion de municipios y ministerios nacionales y provinciales con incumbencia en la materia, conforme los lineamientos y propositos.

Id norma: 267174 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33495

Fecha boletin: 02/11/2016 Fecha sancion: 28/10/2016 Numero de norma 349/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Agroindustria Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 349 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2016

VISTO el Expediente N° EX-2016-01932865-APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, de conformidad con el Artículo 20ter de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) ysus modificaciones, posee entre sus objetivos, ejecutar los planes,programas y proyectos del área de su competencia elaborados conformelas directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL y entender en laelaboración de los regímenes de promoción y protección de actividadeseconómicas y de los instrumentos que los concreten.

Que a su vez, corresponde a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLOTERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, entre otros objetivos,entender en lo referente a las relaciones políticas e institucionalescon las sociedades y entidades de carácter civil, como así también conlos organismos no gubernamentales, en el ámbito de competencia delMinisterio; intervenir en el diseño y coordinación de planes, programasy proyectos en las materias de competencia de la JurisdicciónMinisterial y sus organismos descentralizados, tendientes a promover eldesarrollo local y regional; convocar y coordinar espaciosinterinstitucionales con participación de los ámbitos público y privadorelacionados con la actividad de su competencia; entender en el diseñoy propuesta de políticas de desarrollo sectorial, regional y rural,compatibilizándolas con las políticas macroeconómicas y sociales y lagestión sustentable de los recursos, coordinando la preparación deplanes, programas y proyectos de inversión; y coordinar la elaboracióny supervisar la ejecución de programas destinados a atender laproblemática del productor agropecuario, el desarrollo regional yterritorial rural, procurando el arraigo y la inclusión social.

Que dentro de los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓNINSTITUCIONAL dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLOTERRITORIAL del citado Ministerio, se encuentra el de proponer accionesconducentes a promover la coordinación institucional con entidadescientíficas, académicas, universidades, escuelas agrotécnicas yservicios de extensión rural, en todo lo referido a las políticasformativas de los individuos vinculados a los sectores productivosagroalimentarios y agroindustriales.

Que la mencionada Subsecretaría promueve la creación de un Programa conel objetivo de llevar a cabo, en las distintas localidades y provinciasdel país, encuentros con la participación de escuelas secundariasagrarias y rurales, a los fines de fortalecer el vínculo entre laeducación y el sector productivo agroindustrial, convocando para ello,además, a los municipios y ministerios nacionales y provinciales conincumbencia en la materia.

Que, en tal sentido, el mencionado Programa procurará aportar a losalumnos de escuelas secundarias agrarias y rurales las herramientas yhabilidades necesarias para lograr su inserción en el mundo productivo.

Que con esta iniciativa se promueve incentivar en las nuevasgeneraciones un mayor interés por la producción agroindustrial y unavocación por la innovación en dicha área del mundo productivo.

Que el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA viene implementando medidasdirigidas al desarrollo regional y territorial rural, procurando elarraigo y la inclusión social, siendo la escolaridad agraria y ruraluno de los primeros eslabones necesarios en la consecución de talesobjetivos; en este contexto, el Programa complementa y refuerza lasmetas fijadas por esta cartera ministerial.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porla Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y susmodificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el Programa “ESCUELAGRO”, en adelante el Programa, en el ámbito del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 2° — Establécese que el Programa está destinado a las escuelassecundarias agrarias y rurales de todo el país y tiene por objetofortalecer el vínculo entre la educación y el sector productivoagroindustrial, pudiendo convocar la participación de municipios yministerios nacionales y provinciales con incumbencia en la materia,conforme los lineamientos y propósitos que se detallan en el Anexo que,registrado con el número GDE IF-2016-02355793-APN-SSCOI#MA, forma parteintegrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Dispónese que para el cumplimiento del objetivo señaladose prevén las siguientes herramientas, que se enuncian de forma notaxativa:

a. Aportes No Reintegrables (ANR) para la organización y adquisición deinsumos que permitan llevar a cabo los encuentros “ESCUELAGRO”. Losmismos podrán ser otorgados a municipios, escuelas nacionales y/oprovinciales, asociaciones cooperadoras, organizaciones nogubernamentales y/o quien resulte ser organizador de los encuentroscitados.

b. Asesoramiento y capacitación destinada a los directivos y docentes de las escuelas secundarias agrarias y rurales.

c. Logística: equipamiento para el traslado de expositores, materialesdidácticos y demás elementos que requiera la realización de losencuentros “ESCUELAGRO”.

d. Comunicación y difusión del Programa y de las acciones que se lleven a cabo en el marco de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Establécese que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓNINSTITUCIONAL dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLOTERRITORIAL será la Autoridad de Aplicación del Programa “ESCUELAGRO”,quedando facultada a dictar las normas complementarias que resultennecesarias para el cumplimiento de la presente medida.

ARTÍCULO 5° — El gasto que demande la implementación de la presentemedida será imputable a las partidas presupuestarias correspondientesvigentes para la jurisdicción.

ARTÍCULO 6° — La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — RICARDO BURYAILE, Ministro, Ministeriode Agroindustria.

ANEXO

LINEAMIENTOS Y PROPÓSITOS DEL PROGRAMA “ESCUELAGRO”

a) Desarrollar encuentros sistemáticos en las diversas escuelassecundarias agrarias y rurales, conforme el organigrama de trabajo quedesarrolle la autoridad de aplicación.

b) Poner el foco en los jóvenes, quienes no sólo son el futuro sinotambién el presente. ESCUELAGRO es unir en una misma mesa escuelasagrarias, productores e instituciones del medio junto a gobiernosmunicipales y provinciales y el trabajo de los Ministerios nacionales.

c) Promover encuentros con trabajo colaborativo y participativo delcual forman parte funcionarios de las áreas de Desarrollo Local y deProducción de las distintas zonas, dado que se busca el intercambioentre actores del sistema educativo y del sector productivo. Así, seprevé desarrollar los mencionados encuentros de tal manera quecomiencen con una jornada intensiva de escuelas agrarias y/o rurales,durante la cual se lleven a cabo talleres destinados a tratar diversastemáticas desde un abordaje práctico y vinculados a la producción realde la economía regional de que se trate. Luego, se presentarán casosconcretos de emprendimientos productivos exitosos y se vinculará a losdocentes y directivos con los emprendedores y empresasagroindustriales. Algunos de los ejes centrales de dichos talleresserán comunes a todos los paisajes productivos y tendrán que ver con lamira a largo plazo de las políticas agroindustriales: biotecnología;alimentos; lechería; sustentabilidad; Buenas Prácticas Agrícolas (BPA);Buenas Prácticas de Manejo; mejora en la gestión agroindustrial,etcétera. Otros temas serán exclusivos de cada región, por ejemplo, laproducción de té en la Provincia de MISIONES; de membrillo rubio en laProvincia de SAN JUAN; de fruta fina o producción de acuicultura en laProvincia del CHUBUT, etcétera.

d) Crear un espacio destinado a desarrollar mecanismos para impulsaremprendimientos y a su vez fomentar políticas de arraigo tendientes adisminuir la deserción de los jóvenes en su lugar de origen. Para ello,el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA trabaja ante todo con el mundoproductivo y la sociedad civil, verdaderos artífices del mundoemprendedor. Además se integra a otros actores del Estado como elMINISTERIO DE PRODUCCIÓN —especialmente a través de la SECRETARÍA DEEMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y del INSTITUTONACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL organismo descentralizado en laórbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN— y todas las institucionesprovinciales y municipales que contribuyan a la generación deemprendedores.

e) Facilitar la constitución de Redes de Escuelas entre sí y con susmunicipios. El desarrollo local y productivo de cada municipio puedeapoyarse y vincularse con las escuelas agrarias de su territorio ycontribuir a que se transformen en faros de innovación productiva parasu región. ESCUELAGRO es compartir conocimientos porque cuantos másconocimientos se comparten, más se crece.

Se pretende que los conocimientos lleguen no sólo a las escuelas sinotambién a las familias de los alumnos, que son los productores localesque están buscando despertar sus economías regionales.

f) Brindar a los docentes la posibilidad de generar nuevos mecanismosde enseñanza y abordajes para las escuelas agrarias y rurales,tendientes a hacer de ellas un pilar de la comunidad.

g) Invitar a los gobiernos provinciales a proponer un cambio paulatinoy profundo para que cada escuela agraria y/o rural se transforme en unaescuela de referencia (“escuela faro”) de la innovación productivalocal. El proyecto es proponer a cada Provincia que sus escuelas sesumen a obtener un Índice Escuelagro, que se conformará de lassiguientes variables, entre otras: una escuela que enseña y practica labioenergía; una escuela que tiene una mesa permanente de productores;una escuela que promueve las prácticas profesionalizantes desafiantes einnovadoras, reales y ancladas en el mundo productivo; una escuela queenseña y practica las buenas prácticas agrícolas y buenas prácticas demanejo; una escuela que tiene sus salas de agroindustria habilitadas yque enseña según las normas actuales de inocuidad de los alimentos. Laeducación excede la gestión y por eso se trabajará con una mirada alargo plazo, para darle valor agregado a la producción.

IF-2016-02355793-APN-SSCOI#MA

e. 02/11/2016 N° 82555/16 v. 02/11/2016

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