Ley 27303

Aporte - Apruebase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Corporacion Interamericana De Inversiones
Aporte - Apruebase

Apruebase el aporte de la republica argentina al aumento de capital de la corporacion interamericana de inversiones (cii) en la suma de dolares estadounidenses ciento cincuenta millones doscientos cincuenta mil seiscientos cincuenta y ocho con veinte centavos (u$s 150.250.658,20), destinado a incrementar dicho capital junto a los demas paises miembros, por la suma total de dolares estadounidenses dos mil treinta millones (u$s 2.030.000.000,00) conforme a lo dispuesto por la resolucion ag-9/15 y cii/ag.- 2/15 denominada “realizando la vision renovada: propuesta organizacional y de capitalizacion para la fusion hacia afuera del sector privado del grupo del bid”, adoptada por la asamblea anual de gobernadores con fecha 12 de marzo de 2015, como tambien conforme a lo dispuesto en el documento cii/ab-1.431-1 denominado “propuesta de reasignacion de acciones no suscritas del anexo a”, cuyas copias autenticadas forman parte de la presente ley como anexo i.

Id norma: 267232 Tipo norma: Ley Numero boletin: 33497

Fecha boletin: 04/11/2016 Fecha sancion: 19/10/2016 Numero de norma 27303

Organismo (s)

Organismo origen: Honorable Congreso De La Nacion Argentina Ver Leyes Observaciones: -

Esta norma es complementada o modificada por

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

CORPORACIÓN INTERAMERICANA DE INVERSIONES

Ley 27303

Apruébase aporte.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el aporte de la República Argentina al aumentode capital de la Corporación Interamericana de Inversiones (CII) en lasuma de dólares estadounidenses ciento cincuenta millones doscientoscincuenta mil seiscientos cincuenta y ocho con veinte centavos (u$s150.250.658,20), destinado a incrementar dicho capital junto a losdemás países miembros, por la suma total de dólares estadounidenses dosmil treinta millones (u$s 2.030.000.000,00) conforme a lo dispuesto porla resolución AG-9/15 y CII/AG.- 2/15 denominada “Realizando la VisiónRenovada: Propuesta Organizacional y de Capitalización para la Fusiónhacia Afuera del Sector Privado del Grupo del BID”, adoptada por laAsamblea Anual de Gobernadores con fecha 12 de marzo de 2015, comotambién conforme a lo dispuesto en el documento CII/AB-1.431-1denominado “Propuesta de Reasignación de Acciones no Suscritas delAnexo A”, cuyas copias autenticadas forman parte de la presente leycomo Anexo I.

ARTÍCULO 2° — El citado aumento estará representado por la suscripciónde nueve mil doscientas ochenta y siete (9.287) acciones, suscritas endos (2) instancias, suscripción inicial y posteriormente accionesremanentes que quedaron liberadas de otros países miembros, ambosprocesos establecidos en la resolución AG-9/15 y CII/AG-2/15; y en eldocumento CII/AB-1.431-1.

ARTÍCULO 3° — El pago de las nueve mil doscientas ochenta y siete(9.287) acciones por un valor total de dólares estadounidenses cientocincuenta millones doscientos cincuenta mil seiscientos cincuenta yocho con veinte centavos (u$s 150.250.658,20) será realizado en siete(7) cuotas anuales que serán efectivas, respectivamente, los días 31 deoctubre de 2016 a 2022, según lo establecido en el apéndice I del anexoA de la resolución AG-9/15 y CII/AG-2/15 y teniendo en cuenta que lasacciones que no se paguen al vencimiento se ajustarán en un cinco porciento (5 %) adicional por cada año de retraso, con excepción delprimer año de la primera cuota.

ARTÍCULO 4° — Autorízase al Banco Central de la República Argentina aefectuar en, nombre y por cuenta de la República Argentina los aportesy suscripciones establecidos por la presente ley.

ARTÍCULO 5° — A fin de hacer frente a los pagos emergentes de lapresente ley, el Banco Central de la República Argentina deberá contarcon los correspondientes aportes de contrapartida que seránproporcionados por la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienday Finanzas Públicas, previa inclusión de dicha erogación en la ley depresupuesto general de la administración nacional para los ejerciciospertinentes.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, ALOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

— REGISTRADA BAJO EL N° 27303 —

EMILIO MONZÓ. — JUAN C. MARINO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

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