Resolución E 1963/2016

Programa Nacional De Reduccion De Riesgos Asociados A La Gestion De Residuos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Salud
Programa Nacional De Reduccion De Riesgos Asociados A La Gestion De Residuos

Apruebese el programa nacional de reduccion de riesgos asociados a la gestion de residuos de establecimientos de atencion de la salud bajo la orbita del departamento de salud ambiental dependiente de la direccion nacional de determinantes de la salud de la subsecretaria de relaciones institucionales.

Id norma: 267373 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33499

Fecha boletin: 08/11/2016 Fecha sancion: 03/11/2016 Numero de norma 1963/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1963 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 03/11/2016

VISTO el Expediente 1-2002-16586/16-3 del registro del MINISTERIO DESALUD, la Ley N° 24.051, el Decreto Reglamentario N° 831 de fecha 23 deabril de 1993, la Resolución N° 553 de fecha 26 de octubre de 2009, laResolución N° 1792 de fecha 6 de octubre de 2014, la Resolución N° 134de fecha 16 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que es competencia del MINISTERIO DE SALUD intervenir en el estudio,reconocimiento y evaluación de las condiciones ambientales que puedenconllevar riesgos para la salud humana, cualquiera sea su índole onaturaleza, con presencia circunstancial o permanente de personasfísicas.

Que el MINISTERIO DE SALUD debe entender, en el ámbito de sucompetencia, en la elaboración, ejecución, desarrollo y fiscalizaciónde programas integrados que brinden cobertura a los habitantes en casode patologías específicas y grupos poblacionales determinados ensituación de riesgo.

Que le corresponde al MINISTERIO DE SALUD entender en la formulación depolíticas y estrategias de promoción y desarrollo destinadas a preveniry/o corregir los efectos adversos del ambiente sobre la salud humana,en forma conjunta con otros organismos dependientes del PODER EJECUTIVONACIONAL con competencia en la materia.

Que la inadecuada gestión de los residuos generados en losEstablecimientos de Atención de la Salud (EAS) constituye unsignificativo riesgo para la salud de las personas y el ambiente engeneral.

Que desde la década de 1980 la ex-SECRETARÍA DE SALUD, a través de laentonces DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD AMBIENTAL, ha sido referentetécnica en la temática de los residuos generados por la atención de lasalud, dictando las “Normas de recolección, transporte y disposición deresiduos sólidos hospitalarios” aprobadas por Resolución N° 229 defecha 18 de abril de 1988, las primeras de su tipo en el país.

Que los artículos 19 y 20 de la Ley N° 24.051 (de Residuos Peligrosos)y su Decreto Reglamentario N° 831 de fecha 23 de abril de 1993confieren al MINISTERIO DE SALUD una responsabilidad especial en todolo concerniente a la gestión de los residuos biopatogénicos, porentonces llamados patológicos.

Que en virtud de ello desde el Departamento de Salud Ambientalsurgieron las propuestas que permitieron el dictado de las ResolucionesN° 349 de fecha 10 de diciembre de 1994 de la ex-SECRETARIA DE SALUD yN° 134 de fecha 15 de diciembre de 1998 de la ex-SECRETARÍA DEPROGRAMAS SANITARIOS, siendo ambas de alcance nacional, estableciendoel marco normativo reglamentario del tema.

Que, en función de su responsabilidad rectora, el MINISTERIO DE SALUDDE LA NACION debe contribuir a promover un sistema adecuado de gestiónde los residuos producidos por los Establecimientos de Atención de laSalud (EAS).

Que una de las acciones sustantivas del DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTALde la DIRECCIÓN NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD es laminimización de los riesgos para la salud relacionados con elincorrecto manejo de los residuos sólidos domiciliarios y de losresiduos generados en Establecimientos de Atención de la Salud (EAS), através de la investigación, normalización y la capacitación.

Que en ejercicio de esa rectoría el MINISTERIO DE SALUD, a través de laResolución Ministerial N° 553 de fecha 26 de octubre de 2009, seintegró al Proyecto DEMOSTRACIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS MEJORES TÉCNICAS YPRÁCTICAS PARA LA REDUCCIÓN DE DESECHOS GENERADOS POR LA ATENCIÓN DE LASALUD A FIN DE PREVENIR EMISIONES DE DIOXINAS Y MERCURIO ALMEDIOAMBIENTE, ejecutado por el Programa de las Naciones Unidas para elDesarrollo (PNUD) con financiación del Fondo Ambiental Global (GEF)(Proyecto ARG 09/002), con el objetivo de desarrollar y ensayar enterreno buenas prácticas de gestión que pudieran servir como modelopara toda la región.

Que, para abordar en forma integral el problema de la gestión deresiduos de Establecimientos de Atención de la Salud (EAS), esnecesario un planteo interdisciplinario y el fortalecimiento de losreferentes locales, con herramientas epidemiológicas, de monitoreo yvigilancia.

Que una correcta gestión de residuos en Establecimientos de Atención dela Salud (EAS) contribuye significativamente a la prevención y controlde infecciones nosocomiales.

Que una apropiada gestión de residuos de Establecimientos de Atenciónde la Salud (EAS) contribuirá a la mitigación de emisiones de gases conefecto invernadero y, por lo tanto, a reducir la contribución delsector salud a los factores responsables del cambio climático global.

Que un beneficio complementario de la promoción de las buenas prácticasde gestión de residuos de Establecimientos de Atención de la Salud(EAS) es la mejora en los sistemas de provisión de salud y con elloapoyar las condiciones previas para lograr los Objetivos de DesarrolloSostenible.

Que el primer producto normativo de ese trabajo fue la elaboración delas “DIRECTRICES SANITARIAS PARA LA SEÑALIZACIÓN DE LA GESTIÓN INTERNADE RESIDUOS EN ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD”, aprobadas porResolución Ministerial N° 1792 de fecha 6 de octubre de 2014.

Que por Resolución Ministerial N° 134 de fecha 16 de febrero de 2016 seaprobaron las “DIRECTRICES NACIONALES PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS ENESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD”.

Que dicha Resolución establece que el DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTALdependiente de la ahora DIRECCIÓN NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUDdebe presentar un PROGRAMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE RIESGOS ASOCIADOS ALA GESTIÓN DE RESIDUOS DE ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD enconsonancia con las mencionadas directrices.

Que la misma Resolución estipula que en un plazo no mayor deTRESCIENTOS SESENTA (360) días los Establecimientos de Atención de laSalud dependientes de y/o financiados por el MINISTERIO DE SALUDdeberán conformar un PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS atendiendo a lodefinido por las DIRECTRICES, contando para ello con el apoyo técnicodel DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL dependiente de la ahora DIRECCIÓNNACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD.

Que el presente acto ha sido propiciado por la DIRECCIÓN NACIONAL DEDETERMINANTES DE LA SALUD que, en virtud de lo establecido por laDecisión Administrativa N° 498 de fecha 19 de mayo de 2016, esresponsable de “Asistir en el análisis y evaluación de losdeterminantes socio-ambientales de la salud, promoviendo su difusión yutilización apropiada”, y la SUBSECRETARÍA DE RELACIONESINSTITUCIONALES, que en virtud de lo establecido por el Decreto N° 884de fecha 22 de julio de 2016/16 es responsable de “Participar en laimplementación de las políticas vinculadas a los determinantes socioambientales de la salud.”

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 T.O. 1992 por Decreto438 de fecha 22 de marzo de 1992, modificada por Ley N° 26.338, DecretoN° 114 de fecha 12 de enero de 2016, Decreto N° 357 de fecha de 21 defebrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébese el PROGRAMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE RIESGOSASOCIADOS A LA GESTIÓN DE RESIDUOS DE ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DELA SALUD bajo la órbita del DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL dependientede la DIRECCIÓN NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, que como ANEXO I(IF-2016-02917623-APN-DD#MS) forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido y archívese. — JORGE DANIELLEMUS, Ministro, Ministerio de Salud.

ANEXO

PROGRAMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE RIESGOS ASOCIADOS A LA GESTIÓN DE RESIDUOS DE ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD

1. INTRODUCCIÓN

La generación de residuos es una consecuencia directa de cualquieractividad desarrollada por el hombre y la falta de una adecuada gestiónde los mismos desencadena impactos sobre la salud ambiental y humana.La contaminación del suelo, de las aguas superficiales y subterráneas yde la atmósfera a partir de vertidos y de emisiones, es un resultadodirecto de la inadecuada administración de los residuos.

Las actividades de atención de la salud conllevan la convivencia conagentes biológicos, sustancias químicas y radiactivas. Esta situaciónexpone a la población trabajadora, comunidad, bienes y ambiente a losriesgos asociados, a la vez que convierten a los Establecimientos deAtención de la Salud (EAS) en generadores de residuos que requierenatención especial.

El sector salud tiene la responsabilidad de proteger la salud de lapoblación y bregar por la protección del ambiente. Parte de esaresponsabilidad reside en promover una gestión integral de los residuosque genera, incorporando sus lineamientos dentro de su accionarcotidiano.

La situación nacional referida a la gestión de residuos generados en laatención de la salud (RAS) se ve atravesada por las diferentesrealidades regionales que alcanzan a los marcos normativos, las áreasde intervención y las competencias en cada una de las etapas de lagestión (*).(*) Etapas de la gestión de residuos: generación, segregación,almacenamientos, transporte interno, transporte externo, tratamiento ydisposición final.

Según el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SIISA)al año 2016 nuestro país cuenta con un total de 24.099 EAS, tantopúblicos como privados, los cuales son generadores de residuos (1).Además, el 79% (18.957) de éstos son establecimientos sin internación,con particularidades para la gestión de los mismos.

Las prácticas asistenciales de salud no están sólo circunscriptas a losEAS, por lo que los residuos generados en otros ámbitos (tales comoatención domiciliaria, unidades sanitarias móviles y emergencias) debenser gestionados bajo los mismos criterios que en los EAS.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) refiere (2) que entre el 75 yel 90% de los residuos generados en los EAS pueden ser asimilables alos generados en los domicilios y el resto presenta características depeligrosidad a evaluar (3).Entonces, prima facie, entre el 10 y el 25% de los RAS son residuospeligrosos y se deben gestionar en el marco legal de los mismos.

El marco normativo nacional para residuos peligrosos posee un perfilmás adecuado para su aplicación en industrias que en ámbitos de salud,ya que éstos presentan requerimientos particulares de funcionamiento,como por ejemplo: salas de aislamiento, quirófanos, entre otros.Además, los EAS presentan distintos niveles de complejidad en loscuales la gestión de RAS debe contemplar los requisitos particulares decada práctica, los recursos físicos y la población asistida.

Todo esto en un contexto en el que la sociedad y las organizacionesviven cambios significativos respecto a la valorización del ambiente,el derecho a ambientes de trabajo saludables y dignos, la concepción decalidad en la atención de la salud, la internalización de costos, lavisión integral sistémica y los grandes avances del conocimientocientífico.

La política en relación a los RAS debe resultar del conocimiento de lasituación de su gestión en el país, su realidad y las problemáticas quepresenta, como también de las alternativas factibles de mejora ysostenimiento, haciendo hincapié en la participación de la totalidad delos sectores involucrados (salud, ambiente, trabajo y transporte) paraque las mismas sean viables política y técnicamente.

En este marco, la política relacionada con la gestión de estosresiduos, presenta la necesidad de un abordaje transversal,interdisciplinario y multisectorial plasmado en un conjunto deestrategias y herramientas destinadas a reducir los riesgos para lasalud y los daños al ambiente.

Argentina pone en agenda la actualización y homogenización de lasnormativas de RAS, con un enfoque inclusivo de la salud ambiental ylaboral, para la construcción colectiva y federal de “presupuestosmínimos” en la temática, mediante la aprobación por Resolución MSN N°134/2016 de las “Directrices Nacionales para la Gestión enEstablecimientos de Atención de la Salud”.

2. ANTECEDENTES

Desde la década de 1980 la autoridad sanitaria nacional, a través de laentonces Dirección Nacional de Calidad Ambiental, ha sido referentetécnica en la temática de los residuos generados en los EAS, generandolas “Normas de recolección, transporte y disposición de residuossólidos hospitalarios” aprobadas por Resolución Ministerial N° 229/88.Posteriormente, la Ley Nacional N° 24.051 y su Decreto Reglamentario N°831/93 facultaron al Ministerio de Salud de la Nación a reglamentar elmanejo de los residuos de EAS, así fue que desde el Departamento deSalud Ambiental surgieron las propuestas que dieron origen a lasResoluciones N° 349/94 de la ex-Secretaría de Salud y N° 134/98 de laex-Secretaría de Programas Sanitarios.

Uno de los objetivos del Departamento de Salud Ambiental es laminimización de los riesgos para la salud relacionados con elincorrecto manejo de los RAS. A tal fin se han realizado actividades deinvestigación, capacitación y asistencia técnica a las provincias y laelaboración de normativas específicas en la materia.

En ese contexto se enmarca la participación de Argentina junto a India,Letonia, Líbano, Filipinas, Senegal y Vietnam, en el Proyecto PNUD09/002 “Demostración y promoción de las mejores técnicas y prácticaspara la reducción de desechos generados por la atención de la salud afin de prevenir emisiones de Dioxinas y Mercurio al ambiente”,financiado por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF por sussiglas en inglés), implementado por el Programa de Naciones Unidas parael Desarrollo (PNUD) y ejecutado en Argentina por el Ministerio deSalud de la Nación entre los años 2010 y 2014.

El Proyecto también sentó las bases para la sustentabilidad,replicabilidad y logro de las buenas técnicas y prácticas,desarrollando guías para la gestión y acciones de concientización y dedivulgación que permitieron sistematizar el trabajo que ya se veníarealizando desde el Departamento de Salud Ambiental en esta temática.

Se desarrollaron programas modelo de gestión de residuos en EAS dediferentes tamaño, complejidad y dependencia jurisdiccional (**) paragenerar modelos regionales basados en buenas prácticas, cuyosresultados han servido de base para el desarrollo de HERRAMIENTAS PARALA GESTIÓN DE RESIDUOS EN ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD (4).

(**) Hospitales modelo que participaron: Hospital de Pediatría “Prof.Juan P. Garrahan”, Ciudad de Buenos Aires; Hospital Central deReconquista “Olga Stucky de Rizzi”, provincia de Santa Fe; y Hospital“Francisco López Lima”, General Roca, provincia de Río Negro.

La experiencia en terreno generó también la elaboración de “DIRECTRICESSANITARIAS PARA LA SEÑALIZACIÓN DE LA GESTIÓN INTERNA DE RESIDUOS ENESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD”, aprobadas por Resolución MSNN° 1792/2014.

La normativa relacionada con la gestión interna de los residuosbiopatogénicos en los EAS fue revisada y sus resultados se vieronplasmados en las publicaciones ANÁLISIS DE LAS NORMATIVAS DE RESIDUOSBIOPATOGÉNICOS EN LA REPÚBLICA ARGENTINA (5) y en NORMATIVAS PARA LAGESTIÓN DE RESIDUOS BIOPATOGÉNICOS EN ARGENTINA (6).

Se elaboraron y aprobaron las DIRECTRICES NACIONALES PARA LA GESTIÓN DERESIDUOS EN ESTABLECIMIENTO DE ATENCIÓN DE LA SALUD (7), después dehaber sido discutidas con las jurisdicciones en los Talleres deLineamientos de Políticas Nacionales realizados en la Ciudad Autónomade Buenos Aires en los años 2012 y 2013.

3. MARCO JURÍDICO

Dada la multiplicidad de actores que entienden e intervienen en lagestión de residuos, existe un amplio campo normativo que debecumplirse. Sin desmedro de otros, podemos hacer referencia a aquellosque marcan acciones troncales para la gestión.

3.1. Leyes Nacionales

• Constitución Nacional, Artículo N° 41.

• Ley N° 19.587: Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

• Ley N° 23.922: Ley de Adhesión al Convenio de Basilea - Control deMovimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación.

• Ley N° 24.051: Ley Nacional de Residuos Peligrosos.

• Ley N° 24.557. Ley de Riesgos de Trabajo.

• Ley N° 25.612: Ley Sobre la Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios (presupuestos mínimos).

• Ley N° 25.675: Ley General del Ambiente (presupuestos mínimos).

• Ley N° 25.831: Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental.

• Ley N° 25.841: Acuerdo Marco Sobre Medio Ambiente del MERCOSUR.

• Ley N° 25.916: Ley de Gestión de Residuos Domiciliarios (presupuestos mínimos).

• Código Civil y Comercial Unificado de la Nación Argentina. Artículos N° 1753, 1757, 1758 y 1763.

• Código Penal de la Nación Argentina. Artículos N° 200, 203 y 205.

3.2. Resoluciones del Ministerio de Salud

• Resolución Ministerio de Salud de la Nación N° 19/98 y modificatoria18/00. Norma de notificación de accidente laboral y atención delpersonal de la salud con riesgo de infección por patógenos sanguíneos.

• Resolución Ministerio de Salud de la Nación N° 355/99. Normas deprevención y control de la infección hospitalaria. Programa Nacional deGarantía de Calidad de la Atención Médica.

• Resolución Ministerio de Salud de la Nación N° 1792/2014. Directricessanitarias para la señalización de la gestión interna de residuos enestablecimientos de atención de la salud.

• Resolución Ministerio de Salud de la Nación N° 134/2016. DirectricesNacionales para la Gestión de Residuos en Establecimientos de Atenciónde la Salud.

4. POLÍTICA

El abordaje de la gestión de los residuos generados en la atención de la salud, adoptado por el presente programa se basa en:

El principio de Salud: contribuyendo a la salud ambiental, dado que lagestión de los residuos generados en la atención de la salud debepropiciar un entorno limpio y seguro.

Una visión integral de la gestión: promoviendo las prácticas deminimización de la generación y disminución de riesgos internos yexternos al sitio de generación.

La responsabilidad integral como generador: considerando lasnecesidades y requerimientos de todos los sectores involucrados oafectados.

La participación, compromiso y responsabilidad social: incluyendo a lostrabajadores, a la comunidad y a diferentes actores relacionados conlos residuos generados en la atención de la salud.

El desarrollo de estrategias de viabilidad y sostenibilidad:involucrando un cambio cultural, de buenas prácticas de trabajo y laadecuada provisión de recursos.

La aplicación del principio precautorio: adoptando medidas eficacescuando haya presunción de peligro de daño grave o irreversible aún enla ausencia de certeza científica.

La capacitación y actualización de conocimientos: fortaleciendo la gestión y asegurando la capacitación continua.

La comunicación: enfatizando los riesgos y su prevención, para todos los actores y sectores, tanto internos como externos.

5. MISIÓN Y VISIÓN

El Programa Nacional es la herramienta con que dispone la autoridadrectora sanitaria que entiende e interviene en la problemática de lagestión de residuos generados en la atención de la salud, propiciandoel fortalecimiento de las políticas públicas sanitarias nacionales yconstituyéndose en un espacio de consulta y referencia del tema a nivelpaís y del MERCOSUR.

6. PROPÓSITO DEL PROGRAMA

El propósito del programa es la protección de la salud y el ambiente,promoviendo una política de gestión integral de residuos generados enla atención de la salud para minimizar los riesgos asociados a losmismos, que contemple las particularidades locales, la integración conotros sectores y la actualización permanente.

7. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

7.1. OBJETIVOS GENERALES

• Contribuir a desarrollar y sostener políticas públicas de gestión deRAS en las jurisdicciones en concordancia con los lineamientosnacionales.

• Contribuir a mejorar la gestión integral de RAS para minimizar los riesgos asociados a su incorrecto manejo.

7.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

• Generar consenso nacional sobre la relevancia de la temática.

• Difundir los lineamientos nacionales para la gestión de RAS.

• Fomentar la revisión, elaboración e implementación de normas yprogramas jurisdiccionales para la gestión de RAS, en concordancia conlos lineamientos nacionales.

• Promover marcos normativos específicos complementarios.

• Promover la aplicación de criterios de prevención que prioricen laeliminación y/o la minimización de los factores de riesgo asociados conlos RAS.

• Contribuir a implementar los lineamientos nacionales para la gestiónde residuos en los EAS y programas dependientes de este Ministerio.

• Actualizar conocimientos sobre los riesgos asociados a los RAS y sobre las buenas prácticas de gestión.

• Estimular el desarrollo del conocimiento en Gestión de RAS.

8. ESTRATEGIAS DEL PROGRAMA

La aplicabilidad y sustentabilidad de las acciones del presente programa se basan en las siguientes estrategias:

• Abordaje transversal, interdisciplinario y multisectorial.

• Abordaje interjurisdiccional.

• Trabajo en red.

• Fortalecimiento de capacidades técnicas.

• Mejora continua.

9. ACTIVIDADES, METAS E INDICADORES

(*) Será Jurisdicción Sensibilizada aquella que tenga unreferente designado y que haya realizado encuentros técnicos con elequipo del Programa.

(**) Serán EAS y programas dependientes del MINISTERIO DE SALUDsensibilizados aquellos que tengan un referente designado y que hayanrealizado encuentros técnicos con el equipo del Programa.

(***) Comisión Intergubernamental de Salud Ambiental y del Trabajador del MERCOSUR.

10. EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

El Programa realizará el seguimiento y el análisis de los indicadoresde gestión para poder implementar acciones necesarias para alcanzar ellogro de las metas. Se elaborará anualmente un informe de gestión quedeberá presentarse ante el Jefe del Departamento de Salud Ambiental yla Comisión Técnica Asesora.

11. ESTRUCTURA

El PROGRAMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS GENERADOS POR LA ATENCIÓN DE LASALUD estará bajo la órbita del DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL,dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD,SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, SECRETARÍA DE RELACIONESNACIONALES E INTERNACIONALES del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN.

12. FINANCIAMIENTO

El Programa se financiará con los recursos presupuestarios del TesoroNacional y eventualmente con los recursos que aporten organismosinternacionales y otras instituciones para actividades específicas.

13. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

(1) Ministerio de Salud de la Nación (2016). Sistema Integrado deInformación Sanitaria Argentino. https://sisa.msal.gov.ar/sisa/#sisaconsultado en abril de 2016.

(2) Prüss, A., Giroult, E., Rushbrook, P. (1999) “Safe management ofwastes from health-care activities”. Ginebra: World Health Organization.

(3) Directrices Técnicas sobre el Manejo Ambientalmente Racional de losDesechos Biomédicos y Sanitarios (2003). PNUMA y la Secretaría delConvenio de Basilea.

(4) Brunstein, L., Chesini, F., Montecchia, M.F., de Titto, E.Herramientas para la Gestión de Residuos en Establecimientos deAtención de la Salud. 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires:Ministerio de Salud de la Nación Serie Temas de Salud Ambiental N° 22(en prensa).

(5) Montecchia, M.F., Brunstein, L., Chesini, F., de Titto, E. Análisisde las normativas de residuos biopatogénicos en la República Argentina.1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministerio de Salud de laNación Serie Temas de Salud Ambiental N° 21 (en prensa).

(6) de Titto E, Montecchia M, Brunstein L, Chesini F. (2015) Normativaspara la gestión de residuos biopatogénicos en Argentina. Rev ArgentSalud Pública; Sept;6(24):7-14. Accesible en:http://www.saludinvestiga.org.ar/rasp/articulos/volumen24/7-14.pdf

(7) Resolución Ministerio de Salud de la Nación N° 134/2016.Directrices Nacionales para la Gestión de Residuos en Establecimientosde Atención de la Salud.

IF-2016-02917623-APN-DD#MS

e. 08/11/2016 N° 83740/16 v. 08/11/2016

Páginas externas

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