Disposición E 28/2016

Llamado A Concurso Publico - Convocase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Produccion
Llamado A Concurso Publico - Convocase

Convocase al llamado a concurso publico - “fonapyme software, servicios informaticos y servicios audiovisuales” para la presentacion de proyectos a realizarse en el marco del fondo nacional de desarrollo para la micro, pequeña y mediana empresa (fonapyme) para las empresas de los sectores de software, servicios informaticos y servicios audiovisuales. los proyectos seran recibidos a partir de la publicacion de la presente medida en el boletin oficial y hasta agotar el cupo de la disponibilidad de los recursos, lo que ocurra primero.

Id norma: 267456 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33501

Fecha boletin: 10/11/2016 Fecha sancion: 08/11/2016 Numero de norma 28/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Financiamiento De La Produccion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN

Disposición 28 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2016

VISTO el Expediente Nº S01:0454476/2016 del Registro del MINISTERIO DEPRODUCCIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº438/92) y sus modificaciones, la Ley Nº 25.300 y su modificatoria, losDecretos Nros. 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001, 357 de fecha 21 defebrero de 2002 y sus modificaciones, y 205 de fecha 8 de febrero de2013, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, sesustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado porDecreto N° 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DEPRODUCCIÓN.

Que el Artículo 5° del referido decreto sustituye, entre otros, elArtículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al Ministeriocitado precedentemente.

Que, a través del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y susmodificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de laAdministración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaríadel MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la SUBSECRETARÍA DEFINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del mencionado Ministerio, competenciaen la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II delas Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y su modificatoria, en su carácter deAutoridad de Aplicación.

Que el Artículo 2º del Título II de la ley mencionada en elconsiderando precedente creó el Fondo Nacional de Desarrollo para laMicro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), cuyo objeto es realizaraportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazopara inversiones productivas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresasy formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la citada ley.

Que, asimismo, el citado Artículo 2º dispuso que los proyectos deberántener por objeto la realización de inversiones que creen o amplíen sucapacidad productiva o introduzcan nuevos productos o procesos deproducción que mejoren en forma comprobable la competitividad de dichasempresas.

Que, mediante la Resolución N° 391 de fecha 11 de agosto de 2016 delMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, generada por la Plataforma Electrónica GDEcomo RESOL-2016-391-E-APN-MP, se ha designado a la mencionadaSubsecretaría como Autoridad de Aplicación de diversos programas, entreellos el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y MedianaEmpresa (Fonapyme), previsto en la Ley Nº 25.300 y su modificatoria.

Que el Artículo 5º de la Ley Nº 25.300 y su modificatoria establecióque la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos delFondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa(Fonapyme) estará a cargo de un comité de inversiones, cuyos miembrosserán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, determinando tambiénque la selección y aprobación de proyectos deberá efectuarse medianteconcursos públicos.

Que el Decreto N° 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001 reglamentó la LeyNº 25.300 y su modificatoria, estableciendo las condiciones bajo lascuales se constituirá el mencionado Fondo Nacional y regulando elfuncionamiento del Comité de Inversiones.

Que, a su vez, el decreto mencionado en el considerando precedentedispuso que, para la selección de proyectos de inversión a financiar enforma directa, el Comité de Inversiones convocará públicamente a lapresentación de los mismos, y establecerá los requisitos yprocedimientos que deberán satisfacer dichos proyectos.

Que, mediante el Artículo 12, siguientes y concordantes del Decreto N°1.074/01, se reglamentó la integración, funciones y atribuciones delComité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro,Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme).

Que el Decreto Nº 1.074/01, en sus Artículos 6º, 7º y 8º, dispone quela Autoridad de Aplicación establecerá los criterios y mecanismos aseguir para calificar los proyectos de inversión que se presenten, losque deberán ser conocidos públicamente con anterioridad a laconvocatoria para su presentación; establecerá los montos máximos parala financiación de proyectos, procurando evitar la excesivaconcentración de la asistencia financiera en un reducido número deempresas, e instrumentará mecanismos operativos para fomentar y asistira las empresas en la presentación de proyectos.

Que el inciso b) del Artículo 14 del Decreto Nº 1.074/01 faculta alComité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro,Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme) a efectuar llamados a concursopúblico para la presentación de proyectos, estimando oportuno, en estecaso, apoyar inversiones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas delos sectores de software, servicios informáticos y serviciosaudiovisuales.

Que, según el Acta Nº 421 correspondiente a la reunión celebrada el día30 de septiembre de 2016, el Comité de Inversiones consideró apropiadoconvocar a un nuevo llamado a concurso público con cierres mensualespara la presentación de proyectos, operando el último día hábil de cadames, así entonces la vigencia del llamado será desde su publicación yhasta agotar el cupo de la disponibilidad de los recursos, lo queocurra primero.

Que, en el acta enunciada precedentemente, se fijaron las condicionesde los créditos a otorgar en lo que se refiere a plazos, montos aotorgar y tasas de interés.

Que, por su parte, se presentan las “Bases y Condiciones para elLlamado a Concurso Público de Proyectos - FONAPYME SOFTWARE, SERVICIOSINFORMÁTICOS Y SERVICIOS AUDIOVISUALES” que como Anexo forma parteintegrante de la presente medida.

Que los respectivos “Formularios de Presentación de Proyectos” podránser obtenidos a través de las dependencias pertinentes de laSUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN, por intermedio de losmecanismos informáticos disponibles.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidaspor la Ley Nº 25.300 y su modificatoria y por los Decretos Nros.1.074/01 y 357/02 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Convócase al Llamado a Concurso Público - “FONAPYMESOFTWARE, SERVICIOS INFORMÁTICOS Y SERVICIOS AUDIOVISUALES” para lapresentación de proyectos a realizarse en el marco del Fondo Nacionalde Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme) paralas empresas de los sectores de software, servicios informáticos yservicios audiovisuales. Los proyectos serán recibidos a partir de lapublicación de la presente medida en el Boletín Oficial y hasta agotarel cupo de la disponibilidad de los recursos, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2º — Apruébanse las “Bases y Condiciones para el Llamado aConcurso Público de Proyectos - FONAPYME SOFTWARE, SERVICIOSINFORMÁTICOS Y SERVICIOS AUDIOVISUALES” que como Anexo,IF-2016-02199129-APN-DNCOOPF#MP, forma parte integrante de la presentedisposición.

ARTÍCULO 3º — Difúndase la información concerniente al Llamado aConcurso Público - “FONAPYME SOFTWARE, SERVICIOS INFORMÁTICOS YSERVICIOS AUDIOVISUALES” para la presentación de proyectos, a través delas dependencias pertinentes a la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LAPRODUCCIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por intermedio de losmecanismos informáticos disponibles.

ARTÍCULO 4º — Invítase a todas las jurisdicciones del TerritorioNacional a colaborar con la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LAPRODUCCIÓN en la difusión de la presente medida, a través de lasunidades competentes en la materia en cada jurisdicción.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — ALFREDO MARSEILLAN, Subsecretario,Subsecretaría de Financiamiento de la Producción, Ministerio deProducción.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican enla edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 10/11/2016 N° 84820/16 v. 10/11/2016

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

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