Resolución E 522/2016

Sindicato Empleados Distribuidoras Cinematograficas De La Republica Argentina - Aadc

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Sindicato Empleados Distribuidoras Cinematograficas De La Republica Argentina - Aadc

Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la ley de contrato de trabajo nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la subsecretaria de relaciones laborales nº 445 del 30 de junio de 2016 y registrado bajo el nº 479/16 suscripto entre el sindicato empleados distribuidoras cinematograficas de la republica argentina, por la parte sindical y la asociacion argentina de distribuidores cinematograficos (aadc), por la parte empleadora.

Id norma: 267594 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33503

Fecha boletin: 14/11/2016 Fecha sancion: 26/09/2016 Numero de norma 522/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 522 - E/2016

Buenos Aires, 26/09/2016

VISTO el Expediente Nº 1.718.973/16 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 445 del 30 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente Nº 1.718.973/16 obran las escalassalariales pactadas entre el SINDICATO EMPLEADOS DISTRIBUIDORASCINEMATOGRÁFICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y laASOCIACIÓN ARGENTINA DE DISTRIBUIDORES CINEMATOGRÁFICOS (AADC), por laparte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº578/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por laResolución Ss.R.L Nº 445/16 y registrado bajo el Nº 479/16, conformesurge de fojas 46/47 y 50, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de lasremuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioresultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de lasremuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexosconsiderados.

Que a fojas 56/56 vta. y 57/57 vta. obra el informe técnico elaboradopor la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente deesta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitanlos criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual deremuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorioresultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual seremite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de laSUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 445 del 30 de junio de 2016 yregistrado bajo el Nº 479/16 suscripto entre el SINDICATO EMPLEADOSDISTRIBUIDORAS CINEMATOGRÁFICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la partesindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE DISTRIBUIDORES CINEMATOGRÁFICOS(AADC), por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXOIF-2016-01675759-APN-SECT#MT, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión yArchivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN parala intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del Trabajo a fin de que registre el importe delpromedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topeindemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3º — Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaríade Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 1.718.973/16

Partes Signatarias: SINDICATO EMPLEADOS DISTRIBUIDORAS CINEMATOGRÁFICASDE LA REPÚBLICA ARGENTINA c/ ASOCIACIÓN ARGENTINA DE DISTRIBUIDORESCINEMATOGRÁFICOS

CCT Nº 578/10

Fecha de entrada en vigenciaPromedio de las RemuneracionesTope indemnizatorio Resultante

01/05/2016$ 18.323,86$ 54.971,58

IF-2016-01675759-APN-SECT#MT

Expediente N° 1.718.973/16

Buenos Aires. 04 de octubre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 522/16 se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 443/16 T. — Lic.ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

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