Resolución E 375/2016

“Biodigestores En Escuelas Rurales Y Agrarias” - Convocatoria

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agroindustria
“Biodigestores En Escuelas Rurales Y Agrarias” - Convocatoria

Convocase a las escuelas rurales y agrarias para la presentacion de proyectos para la instalacion y uso de biodigestores, cuyos lineamientos y objetivos se describen en el anexo que, registrado con el numero gde if-2016-02722194-apn-sscoi#ma, forma parte integrante de la presente medida.

Id norma: 267814 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33505

Fecha boletin: 16/11/2016 Fecha sancion: 15/11/2016 Numero de norma 375/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 375 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2016

VISTO el Expediente Nº EX- 2016-01524491-APN-DDYME#MA del Registro delMINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley de Ministerios (texto ordenado porDecreto Nº 438/92) y sus modificaciones, el Decreto N° 357 del 21 defebrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Ley de Ministerios (texto ordenado porDecreto Nº 438/92) y sus modificaciones, corresponde al MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA, entre otros objetivos, ejecutar los planes, programas yproyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivasque imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que, asimismo, de acuerdo con el Organigrama de Aplicación de laAdministración Pública Nacional —aprobado por el Decreto N° 357 defecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios—,compete a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL delMINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, entre otras funciones, entender en eldiseño y propuesta de políticas de desarrollo sectorial, regional yrural, compatibilizándolas con la gestión sustentable de los recursos,y en la elaboración y supervisión de la ejecución de programasdestinados a atender la problemática del productor agropecuario, eldesarrollo regional y territorial rural, procurando el arraigo y lainclusión social; y a la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del aludidoMinisterio, entre otros objetivos, coordinar la elaboración ysupervisar la ejecución de planes, programas y políticas de producción,comercialización, tecnología, calidad en materia agroindustrial,bioenergética y biotecnológica, como así también coordinar el diseño yla ejecución de políticas de utilización y conservación de losagroecosistemas y recursos naturales destinados a la producciónprimaria, agroindustrial, bioenergética y biotecnológica atendiendo ala sostenibilidad ambiental de los agroecosistemas.

Que, por su parte, compete a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓNINSTITUCIONAL proponer acciones conducentes a promover la coordinacióninstitucional con las escuelas agrarias y agrotécnicas —entre otrasinstituciones—, en todo lo referido a las políticas formativas de losindividuos vinculados a los sectores productivos agroalimentarios yagroindustriales.

Que es competencia de la SUBSECRETARIA DE BIOINDUSTRIA, elaborar yejecutar planes, programas y políticas para el desarrollo sostenible delos sectores agroindustrial, bioenergético y biotecnológico coordinandoy conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las provincias y losdiferentes subsectores; y realizar propuestas normativas referentes ala producción y desarrollo de los sectores agroindustrial,bioenergético y biotecnológico, así como entender en su aplicación.

Que, según lo mencionado precedentemente, resulta procedente promoverla enseñanza de las innovaciones tecnológicas para la obtención deenergías renovables, fomentando, particularmente, la instalación y usode biodigestores, con miras a mejorar los procesos productivos a partirde la gestión sustentable de los recursos que garanticen la obtenciónde energías renovables en actividades agrícolas y ganaderas.

Que, entre las ventajas asociadas al uso de biodigestores, se destacala generación de energía renovable a partir del aprovechamiento de labiomasa, obteniendo específicamente el biogás y el bioabono obiofertilizante, fomentando, además, desarrollo sustentable, evitando odisminuyendo el uso de otras fuentes de energías no renovables yreduciendo la consecuente presión sobre los recursos naturalesrespectivos.

Que, consecuentemente, corresponde desarrollar acciones destinadas alcumplimiento de ese objetivo, que impliquen incentivar el desarrollo ypresentación de proyectos innovadores a través Escuelas Rurales yAgrarias mediante reconocimientos y estímulos, como así también lacapacitación a maestros y la asistencia técnica para el funcionamientode los respectivos emprendimientos, lo que torna necesaria laimplementación de cursos y talleres con los docentes y otros actores dela comunidad, destinados a la transmisión de conocimientos, con entregade materiales, para el cumplimiento de dichos objetivos, tendientes ademostrar y enseñar las nuevas tecnologías en materia de energíasrenovables.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto resulta facultado para el dictado de la presentemedida en virtud de la Ley de Ministerios (texto ordenado por DecretoNº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Convócase a las Escuelas Rurales y Agrarias para lapresentación de proyectos para la Instalación y Uso de Biodigestores,cuyos lineamientos y objetivos se describen en el Anexo que, registradocon el número GDE IF-2016-02722194-APN-SSCOI#MA, forma parte integrantede la presente medida.

ARTÍCULO 2º — Denomínase a la presente Convocatoria “BIODIGESTORES EN ESCUELAS RURALES Y AGRARIAS”

ARTÍCULO 3º — Apruébanse las BASES Y CONDICIONES de la Convocatoria“BIODIGESTORES EN ESCUELAS RURALES Y AGRARIAS” incluidas en el Anexomencionado.

ARTÍCULO 4° — La participación en la Convocatoria implica elconocimiento y aceptación de lo establecido en las Bases y Condicionesde la misma.

ARTÍCULO 5° — Establécese que la sustanciación del procedimiento de lapresente Convocatoria para la selección de escuelas beneficiariasestará a cargo de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONALdependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL yde la SUBSECRETARÍA DE BIOINDUSTRIA dependiente de la SECRETARÍA DEAGREGADO DE VALOR.

ARTÍCULO 6° — Asígnase la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL($1.800.000.-) para el financiamiento de los gastos que demande laimplementación de la presente medida durante el Ejercicio 2016, queserá imputada a la Jurisdicción 52 - Fuente de Financiamiento 11 TesoroNacional - del Programa Nacional de Apoyo a la Educación Rural yAgraria.

ARTÍCULO 7° — Las Escuelas Rurales y Agrarias que resultenbeneficiarias deberán presentar ante el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA larendición de cuentas final, detallada y debidamente documentada, dentrode los NOVENTA (90) días de efectivizado el pago, la cual deberáajustarse al Decreto Nº 225 de fecha 13 de marzo de 2007. Vencido dichoplazo sin que se reciba la correspondiente rendición de cuentas, laentidad beneficiaria deberá reintegrar los fondos no rendidos o noaplicados, a la cuenta que al efecto el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIAindique. Los fondos indebidamente aplicados por las referidas entidadesbeneficiarias deberán ser reintegrados al citado Ministerio cuando éstelos solicite.

ARTÍCULO 8° — El MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA podrá requerir a losbeneficiarios la información adicional que considere pertinenterealizar las verificaciones y auditorías que resulten necesarias a finde supervisar el cumplimiento del objeto de la presente resolución.

ARTÍCULO 9° — Facúltase a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLOTERRITORIAL y a la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR a realizar los actosde adjudicación pertinentes y dictar las normas complementarias,aclaratorias, operativas que resulten necesarias para la ejecución dela presente medida.

ARTÍCULO 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial y archívese. — RICARDO BURYAILE, Ministro,Ministerio de Agroindustria.

ANEXO

“BIODIGESTORES EN ESCUELAS RURALES Y AGRARIAS”

1. LINEAMIENTOS Y OBJETIVOS

1.1 OBJETO

La Convocatoria tiene como propósito promover la utilización deenergías renovables y la producción agroindustrial sustentablefomentando, particularmente, la compra, instalación y uso debiodigestores en las escuelas con miras a mejorar los procesosproductivos, y acercar a las escuelas las innovaciones tecnológicas quegaranticen la obtención de dicha clase de energía en actividadesagrícolas y ganaderas.

1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

a) Promover la incorporación del uso de energías renovables a laformación agraria y rural de los establecimientos educativos del país.

b) Estimular el enfoque de sustentabilidad ambiental en la formación de recursos humanos para el sector agroindustrial.

c) Apoyar la formación temprana acerca de la biodigestión, sus beneficios y alcances para la producción sustentable.

d) Fomentar las redes de asociatividad entre escuelas agrarias yrurales, productores, emprendedores tecnológicos, equipos deinvestigación y desarrollo científico-académico, organizaciones de lasociedad civil y organismos públicos.

1.3 LÍNEAS DE ACCIÓN

Para cumplir con el propósito enunciado, se plantean, a través de la Convocatoria, las siguientes acciones:

a) Generar las condiciones educacionales de asistencia técnica yeconómica para la compra, el montaje e instalación de biodigestores ysu adecuado uso en las escuelas que sean seleccionadas en el marco dela presente convocatoria.

b) Capacitar a los docentes, alumnos y personal de los establecimientoseducativos, así como a los productores de las zonas donde se encuentrenasentadas las escuelas seleccionadas, a través de la realización decursos y talleres con profesionales expertos en la materia, a los finesde transmitir el conocimiento y asegurar la correcta utilización de losbiodigestores que se instalen.

c) Fomentar acciones que generen mayores oportunidades laboralesrelacionadas con el uso de biodigestores, como así también brindarapoyo a los expertos en innovaciones tecnológicas que permitan laobtención de energías renovables en actividades agrícolas y ganaderas.

1.4 BENEFICIARIOS

Escuelas Rurales y Agrarias.

2. BASES Y CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA

2.1 CONVOCATORIA

Convócase a las Escuelas Rurales y Agrarias que se encuentreninteresadas en recibir asistencia técnica y aportes económicos noreintegrables para la compra, el montaje e instalación de biodigestoresen sus establecimientos educativos, así como las capacitacionescorrespondientes para el correcto uso de los mismos.

2.2 POSTULACIONES

Las Escuelas Rurales y Agrarias presentarán un PLAN DE TRABAJO dentrode los plazos previstos en la presente convocatoria especificando deconformidad con lo establecido en el modelo de formulario ajunto: (i)las características del establecimiento —dimensiones, cantidad dealumnos y docentes, actividades que se realizan, animales dentro delpredio escolar, tipo de desechos generados, ciudades o poblaciones máscercanas con indicación de la cantidad de habitantes—; (ii) principalesnecesidades de capacitación en energías renovables y sustentabilidadmedioambiental; (iii) actividades pedagógicas y/o productivas en lasque se podría incluir el biodigestor; (iv) problemáticas actuales queresolvería la incorporación de dicho producto; (v) actividades a travésde las cuales podría la escuela colaborar con otras instituciones de lacomunidad a partir de la instalación del biodigestor.

La presentación de las postulaciones deberá enviarse por correoelectrónico a “escuelagro@magyp.gob.ar” hasta el día 18 de noviembre de2016.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución Conjunta N° 1/2016de la Secretaría de Coordinación y Desarrollo Territorial y laSecretaría de Agregado de Valor B.O. 25/11/2016 se prorroga hasta eldía 25 de noviembre de 2016, el plazo previsto en las Bases yCondiciones del Anexo de la presente Resolución para la presentación delas propuestas vinculadas a la Convocatoria aprobada por dicho acto).

Se deberán enviar los siguientes archivos en procesador de texto Word o similar, o en formato PDF:

1. Formulario de PLAN DE TRABAJO completo (máximo DIEZ (10) páginas).

2. Currículum Vitae del coordinador de la propuesta (máximo CUATRO (4) páginas).

3. Documentación que acredite la conformidad de los establecimientos educativos participantes (carta de intención o carta aval).

No se aceptarán propuestas enviadas fuera del plazo fijado precedentemente.

Las escuelas que resulten beneficiarias con la adjudicación deasistencia técnica y aporte económico no reintegrable para la compra,el montaje e instalación de un biodigestor, deberán enviar ladocumentación original por correo postal o personalmente dentro delplazo de CINCO (5) días hábiles una vez comunicada la adjudicación.

2.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS POSTULACIONES

Serán criterios para la evaluación y selección de las postulaciones, los siguientes:

a. Relación de la propuesta con actividades pedagógicas y/o productivasya existentes dentro del establecimiento, teniendo en cuenta suviabilidad;

b. Carácter innovador;

c. Nivel de articulación institucional: con otras escuelas,organizaciones de la sociedad civil, organismos públicos (municipales,provinciales y nacionales) y sector productivo (asociaciones deproductores).

d. Infraestructura disponible y requerida: se priorizarán las escuelasque no cuenten con conexión de electricidad y/o de gas. Asimismo,debido a la modalidad de funcionamiento de los equipos de biodigestión,no podrán participar aquellas escuelas que no cuenten con aguacorriente o de pozo en cantidad suficiente para el funcionamiento delbiodigestor.

El proceso de evaluación estará a cargo de un Comité de Evaluación queserá integrado por TRES (3) representantes de la SECRETARÍA DECOORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL y de la SECRETARÍA AGREGADO DEVALOR.

Se tomarán como base los criterios de evaluación mencionados “utsupra”, pudiendo los representantes de las citadas Secretarías,realizar visitas e inspecciones en el predio propuesto para larealización del proyecto.

Como resultado de esta etapa, el Comité Evaluador seleccionará losproyectos que considere ganadores y establecerá el orden de mérito delresto de los proyectos, elevando dicha propuesta a las mencionadasSecretarías. La decisión definitiva será irrecurrible.

3. ESTÍMULO ECONÓMICO

El o los establecimientos escolares que resulten seleccionados, seránnotificados por medio fehaciente y recibirá/n un aporte económico noreintegrable destinado a la compra, montaje e instalación de unbiodigestor en el establecimiento, conforme los lineamientos yobjetivos de la Convocatoria. El establecimiento beneficiario deberárendir cuenta documentada del aporte recibido, la cual deberá ajustarsea la normativa citada en el artículo 7º de la presente Resolución.

4. DISPOSICIONES GENERALES

a) El solo hecho de participar de la convocatoria significa que lospostulantes conocen y aceptan en su totalidad las bases y condicionesde la misma.

b) Cualquier instancia no prevista en la Convocatoria o deinterpretación ambigua será resuelta por la SECRETARÍA DE COORDINACIÓNY DESARROLLO TERRITORIAL y la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR

c) Las áreas involucradas podrán modificar los plazos de las distintasetapas, así como cualquier aspecto orientado a mejorar la organizacióny los procedimientos de la Convocatoria.

d) En caso de que los adjudicatarios no remitan la documentaciónsolicitada en tiempo y forma, las áreas involucradas en la convocatoriaotorgarán el estímulo económico al siguiente postulante en el orden demérito.

e) Las escuelas beneficiarias con la adjudicación de asistencia técnicay económica para la compra, el montaje e instalación de un biodigestordeberán presentar informes técnicos periódicos acerca delfuncionamiento del biodigestor (producción de gas en cantidad óptima)donde se detallen las actividades llevadas a cabo para cumplimentar elPLAN DE TRABAJO propuesto. En caso de no presentarse los informes o deque éstos no acrediten una adecuada utilización de dicho equipamiento,el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA podrá proceder a retirar el biodigestordel establecimiento sin ningún tipo de resarcimiento.

FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS PLANES DE TRABAJO

1. DATOS DE LA ESCUELA

NOMBRE DE LA ESCUELA                                      

TIPO DE ESCUELA

LOCALIDAD Y PROVINCIA

DIRECCIÓN WEB

TELÉFONO

AUTORIDAD A CARGO

CORREO ELECTRÓNICO

2. DATOS DEL COORDINADOR DEL PLAN DE TRABAJO

NOMBRE Y APELLIDO                                   

CARGO EN LA ESCUELA

PROFESIÓN

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

3. CARACTERÍSTICAS DE LA ESCUELA

[Explicitar las características de laEscuela, la cantidad de alumnos en cada año, la infraestructuradisponible y requerida, las actividades productivas que se desarrolla yde los proyectos especiales por fuera de los contenidos mínimos delplan de estudios. Extensión máxima UNA (1) página]

4. ¿La escuela o algunos de sus docentes tiene experiencias en energías renovables y sustentabilidad medioambiental ¿Cuáles

5. ¿Cuáles son sus principales necesidades de capacitación en energías renovables y sustentabilidad medioambiental

6. ¿Cuál es el objetivo de la incorporación de un biodigestor a las actividades pedagógicas y/o productivas de la escuela

7. ¿A través de qué mecanismos se podrá incorporar el biodigestor a las actividades pedagógicas y/o productivas de la escuela

8. ¿Qué problemáticas actuales resolvería la incorporación del biodigestor

9. ¿A través de qué actividades se contribuirá a la difusión yformación acerca de la biodigestión en el conjunto de la comunidad ¿Aquiénes está dirigida ¿Con qué instituciones se trabajará para sudesarrollo

10. Indicar los datos de las instituciones participantes del PLAN DE TRABAJO

[Confeccionar un cuadro por cada una de las instituciones]

INSTITUCIÓN                                   

TIPO DE INSTITUCIÓN

AUTORIDAD

DIRECCIÓN WEB

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO



INSTITUCIÓN                                   

TIPO DE INSTITUCIÓN

AUTORIDAD

DIRECCIÓN WEB

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO



INSTITUCIÓN                                   

TIPO DE INSTITUCIÓN

AUTORIDAD

DIRECCIÓN WEB

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

IF-2016-02722194-APN-SSCOI#MA

e. 16/11/2016 N° 87582/16 v. 16/11/2016

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