Resolución 1029/2016

Texto De La Parte 155 De Las Regulaciones Argentinas De Aviacion Civil (Raac) - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Nacional De Aviacion Civil
Texto De La Parte 155 De Las Regulaciones Argentinas De Aviacion Civil (Raac) - Aprobacion

Apruebase el texto de la parte 155 de las regulaciones argentinas de aviacion civil (raac), bajo el titulo “diseño y operacion de helipuertos”, que como anexo adjunto, forma parte de la presente resolucion, la cual sera de aplicacion a partir de la fecha de su publicacion en el boletin oficial de la republica argentina.

Id norma: 267968 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33508

Fecha boletin: 21/11/2016 Fecha sancion: 16/11/2016 Numero de norma 1029/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De Aviacion Civil Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 1029/2016

Buenos Aires, 16/11/2016

VISTO el Expediente N° ANC:0035093/2015 del Registro de laADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, el Decreto N° 1.770 de fecha29 de noviembre de 2007, la Resolución N° 225 de fecha 4 de diciembrede 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita la aprobacióndel proyecto de Parte 155, bajo el título “DISEÑO Y OPERACIÓN DEHELIPUERTOS”, elaborado por la Dirección de Aeródromos, dependiente dela DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS(DGIySA) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), parasu incorporación al cuerpo de REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL(RAAC).

Que conforme lo establecido en la Resolución N° 225 de fecha 4 dediciembre de 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, esfunción de la Dirección de Aeródromos dependiente de la DGIySA de laADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, proponer la adopción ymodificaciones de las normas y reglamentaciones para el cumplimiento delos requisitos establecidos en el Convenio de Aviación CivilInternacional (Chicago, 1944) y sus Anexos Técnicos.

Que la norma propiciada abarca, entre otros, temas referentes a losdatos de los helipuertos, superficies imitadoras de obstáculos,planificación de respuesta ante la emergencia, ayudas visuales,sistemas eléctricos, el mantenimiento de los mismos, los requisitos decalidad de datos aeronáuticos y especificaciones complementarias parahelipuertos en el entorno antártico.

Que el proyecto elaborado tiene origen en la necesidad de reglamentaren el ámbito nacional el diseño y operación de helipuertos, y formaparte del programa de reforma normativa iniciado por la ADMINISTRACIÓNNACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL tendiente a lograr la armonización de lareglamentación aeronáutica de la REPÚBLICA ARGENTINA con el ReglamentoAeronáutico Latinoamericano, conforme el espíritu plasmado en laResolución N° 46 de fecha 27 de enero de 2014 de la ADMINISTRACIÓNNACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que como parte del proceso de elaboración del proyecto normativoreferido, se dio cumplimiento al Decreto N° 1.172 de fecha 3 dediciembre de 2003 “Reglamento General para la Elaboración Participativade Normas”, mediante la Resolución N° 994 de fecha 9 de diciembre de2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, luego del cual,se tuvieron en cuenta las opiniones competentes de los usuarios delsector aeronáutico.

Que las dependencias con competencia técnica en la materia, se hanexpedido en forma favorable a la aprobación del proyecto reseñado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓNGENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONALDE AVIACIÓN CIVIL ha tenido la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el texto de la Parte 155 de las REGULACIONESARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), bajo el título “DISEÑO Y OPERACIÓNDE HELIPUERTOS”, que como Anexo adjunto, forma parte de la presenteresolución, la cual será de aplicación a partir de la fecha de supublicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DirecciónNacional del Registro Oficial, dese intervención a la Unidad dePlanificación y Control de Gestión de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEAVIACIÓN CIVIL, difúndase mediante las publicaciones de informaciónaeronáutica y sitio web oficial de la ANAC. Cumplido, archívese. — Ing.JUAN PEDRO IRIGOIN, Administrador Nacional de Aviación Civil.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar sección normativa.

e. 21/11/2016 N° 87799/16 v. 21/11/2016

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