Resolución E 608/2016

Sindicato Del Personal De La Industria Del Gas (Transporte Y Distribucion) Y Afines Zona Cuyo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Sindicato Del Personal De La Industria Del Gas (Transporte Y Distribucion) Y Afines Zona Cuyo

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre el sindicato del personal de la industria del gas (transporte y distribucion) y afines zona cuyo y la empresa gas del sur sociedad anonima, que luce a fojas 3/4 del expediente nº 1-27- 308.372/16, ratificado a fojas 5 y 19, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 267999 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33508

Fecha boletin: 21/11/2016 Fecha sancion: 04/10/2016 Numero de norma 608/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 608 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2016

VISTO el Expediente Nº 1-217-308.372/16 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente Nº 1-217-308.372/16 obra el Acuerdocelebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL GAS(TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN) Y AFINES ZONA CUYO y la empresa GAS DEL SURSOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 5 y 19, conforme a lo dispuesto enla Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen unincremento salarial y el pago de una suma no remunerativa para lostrabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo deEmpresa N° 1436/15 “E”, del cual son las mismas partes signatarias,conforme a los términos y condiciones del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con laactividad principal de la parte empleadora signataria y larepresentatividad de la entidad sindical firmante, emergente de supersonería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con ladocumentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos elmentado Acuerdo.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de homologación, de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando elAcuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia deefectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin dedar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744(t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre elSINDICATO DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL GAS (TRANSPORTE YDISTRIBUCIÓN) Y AFINES ZONA CUYO y la empresa GAS DEL SUR SOCIEDADANÓNIMA, que luce a fojas 3/4 del Expediente Nº 1-27-308.372/16,ratificado a fojas 5 y 19, conforme a lo dispuesto en la Ley deNegociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión yArchivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que elDepartamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/4 delExpediente Nº 308.372/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y TopeIndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 dela Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente,procédase a la guarda del presente conjuntamente con el ConvenioColectivo de Trabajo de Empresa N° 1436/15 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberánproceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaríade Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 308.372/16

Buenos Aires, 11 de octubre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 608/16 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 1240/16. — Lic.ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL COMPLEMENTARIA DEL CCT 1436/2015 “E”

En la Ciudad de Mendoza, a los 02 días del mes de Junio de 2016, entrela Empresa Gas del Sur S.A. (Sub-Distribuidora de gas), (en adelante LAEMPRESA), con domicilio en J. B. Alberdi 1061 Guaymallén - Mendoza,representada en este acto por los Sres. José Luis N. Frasson DNI16.992.015 y José Luis Astorga DNI 8.150.121 y el Sindicato delPersonal de la Industria del Gas (en adelante S.P.I.G), con domicilioen Rioja 2029 Ciudad - Mendoza, representada en este acto por los Sres.Gerardo F. Ponce DNI 18.584.094, Vicente A. Carratalá DNI 8.158.223 yJuan Domingo Gordillo DNI 10.272.525, en representación del personallegitimado a representar conforme a su personería gremial, acuerdan losiguiente:

PRIMERO: Abonar a los trabajadores representados por la entidadgremial, un incremento salarial del 20% sobre las remuneracionesbásicas a partir de los sueldos que correspondan al mes de Mayo de 2016y el 5% adicional sobre los sueldos básicos a partir de los sueldos quecorrespondan al mes de Setiembre de 2016 no acumulable, es decir sobreremuneraciones básicas vigentes al 30 Abril de 2016. Cabe aclarar quedichos importes como así también adicionales y bonificaciones seadjuntan a la presente, como ANEXO I.

SEGUNDO: Abonar una suma por única vez, no remunerativa, con loshaberes correspondiente a Mayo de 2016 de $ 1.200.- (pesos un mildocientos) y con los haberes del mes de setiembre de 2016 de 1200(pesos un mil doscientos).

TERCERO: Los porcentajes y montos de este acuerdo tendrán vigencia hasta el 30/10/2016.

En muestra de conformidad, se firman tres ejemplares de un solo tenor y a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I

ADICIONAL GUARDIA TÉCNICO - OPERATIVOAL 30/04/2016Vigencia del 01/05/2016 al 30/10/2016

POR SEMANA DE GUARDIA: PRINCIPAL$ 10001300

PASIVA$ 250325

POR DIA DE GUARDIA: PROPORCIONAL RESPECTO AL VALOR ESTABLECIDO POR SEMANA.-

ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD

POR CADA AÑO:$ 85104

BONIFICACION GAS

DE CARÁCTER MENSUAL$ 120156

FALLO DE CAJA

DE CARÁCTER MENSUAL$ 425550

REMUNERACIONES:

AREACATEGORIAREMUNERACIÓN BÁSICAAL 30/04/2016REMUNERACIÓN BÁSICAdel 01/05/2016 al 30/08/2016REMUNERACIÓN BÁSICA01/09/2016 al 30/10/2016

ADMINISTRATIVA:Administrativo A$ 9088$ 10906$ 11360

Administrativo B$ 9843$ 11812$ 12304

Administrativo C$ 11443$ 13732$ 14304

Administrativo D$ 11968$ 14362$ 14960

Administrativo E$ 12736$ 15283$ 15920

Auxiliar Admin. A$ 8474$ 10168$ 10592

Auxiliar Admin. B$ 8864$ 10637$ 11080

Auxiliar Admin. C$ 9388$ 11265$ 11734

Auxiliar Admin. D$ 9883$ 11859$ 12354

Auxiliar Admin. E$ 10368$ 12442$ 12960

TÉCNICATécnico A$ 9088$ 10906$ 11360

Técnico B$ 9843$ 11812$ 12304

Técnico C$ 10624$ 12749$ 13280

Técnico D$ 11712$ 14054$ 14640

Técnico E$ 12749$ 15299$ 15936

Técnico F$ 13568$ 16282$ 16960

Auxiliar Técnico A$ 8576$ 10291$ 10720

Auxiliar Técnico B$ 9472$ 11366$ 11840

Auxiliar Técnico C$ 10432$ 12518$ 13040

Auxiliar Técnico D$ 11533$ 13839$ 14416

Auxiliar Técnico E$ 12518$ 15022$ 15648

Auxiliar Técnico F$ 12928$ 15514$ 16160

NOTAS: 1.- TODAS LAS REMUNERACIONES BÁSICAS ESTARAN SUJETAS A LOS DESCUENTOS DE LEY QUE CORRESPONDAN.-

2.- VIGENCIA DE LOS MONTOS ESTABLECIDOS SEGÚN ACTA ACUERDO HASTA 30/10/2016.-

3.- SUMA FIJA NO REMUNERATIVA TOTAL, DE $ 2.400.- (PESOS DOS MILCUATROCIENTOS) PAGADEROS $ 1,200,- CON LOS HABERES DE MAYO/2016 Y $1.200,- CON LOS HABERES DE SETIEMBRE/2016.-

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