Resolución E 71/2016

Plazo Presentacion Planes Anuales De Inversion - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Energia Y Mineria
Plazo Presentacion Planes Anuales De Inversion - Prorroga

Prorrogase hasta el dia 31 de diciembre de 2016 inclusive el plazo para la presentacion de los planes anuales de inversion por parte de las empresas que se dediquen a actividades de exploracion, explotacion, refinacion, comercializacion y transporte de hidrocarburos y combustibles, en el marco del registro nacional de inversiones hidrocarburiferas que en virtud de lo dispuesto por la resolucion n° 24 de fecha 16 de marzo de 2016 del ministerio de energia y mineria se encuentra a cargo de esta secretaria.

Id norma: 268042 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33509

Fecha boletin: 22/11/2016 Fecha sancion: 21/11/2016 Numero de norma 71/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Recursos Hidrocarburiferos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

Resolución 71 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2016

VISTO el Expediente N° EX-2016-01784438-APN-DDYME#MEM, la Ley N°26.741, los Decretos Nros. 1.277 de fecha 25 de julio de 2012 y 272 defecha 29 de diciembre de 2015, las Resoluciones Nros. 49 de fecha 20 deseptiembre de 2013, 165 de fecha 19 de agosto de 2014 y 183 de fecha 17de septiembre de 2015, todas ellas de la Comisión de Planificación yCoordinación Estratégica del Plan Nacional de InversionesHidrocarburíferas, y la Resolución N° 24 de fecha 16 de marzo de 2016del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de julio de 2012 seaprobó la reglamentación de la Ley Nº 26.741 de SoberaníaHidrocarburífera de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Artículo 7° del referido Reglamento creó el Registro Nacional deInversiones Hidrocarburíferas en el ámbito de la Comisión dePlanificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional deInversiones Hidrocarburíferas, en el cual deben estar inscriptos lossujetos que realicen actividades de exploración, explotación,refinación, transporte y comercialización de hidrocarburos ycombustibles.

Que de acuerdo con lo establecido por los Artículos 12, 17 y 24 delReglamento aprobado mediante el mencionado Decreto N° 1.277/2012 lossujetos que realicen actividades de exploración, explotación,refinación, comercialización y transporte de hidrocarburos ycombustibles deben presentar antes del 30 de septiembre de cada año suPlan Anual de Inversiones, incluyendo un detalle de sus metascuantitativas en materia de exploración, explotación, refinación,comercialización y transporte de hidrocarburos, respectivamente.

Que posteriormente mediante el dictado del Decreto N° 272 de fecha 29de diciembre de 2015 se disolvió la Comisión de Planificación YCoordinación Estratégica del Plan Nacional de InversionesHidrocarburíferas y se derogaron los Artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 13, 14,15, 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27, 28, 31 y 32 del Reglamento aprobadocomo Anexo I del Decreto N° 1.277/2012.

Que por medio del Artículo 3° del referido Decreto N° 272/2015 seestableció que las competencias de la ex Comisión de Planificación yCoordinación Estratégica del Plan Nacional de InversionesHidrocarburíferas otorgadas por el Reglamento del Régimen de SoberaníaHidrocarburífera de la República Argentina aprobado como Anexo I delDecreto N° 1.277/2012, que no hayan sido derogadas por el Artículo 2°del Decreto N° 272/2015, serían ejercidas por el MINISTERIO DE ENERGÍAY MINERÍA o los organismos que dentro de su ámbito se determinen.

Que en ejercicio de esa potestad el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍAdictó la Resolución N° 24 de fecha 16 de marzo de 2016 por medio de lacual delegó en la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS la facultadde administrar el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas yejercer las facultades sancionatorias del Decreto N° 1.277/2012modificado por el Decreto N° 272/2015.

Que atento al volumen de la información recibida por esta SECRETARÍA DERECURSOS HIDROCARBURÍFEROS como consecuencia de lo establecido por lanormativa desarrollada en los párrafos anteriores, referente a laspresentaciones efectuadas por las empresas inscriptas en el RegistroNacional de Inversiones Hidrocarburíferas y en el marco de losconsecutivos Planes Anuales de Inversión, resulta conveniente contarcon un plazo mayor para su adecuado análisis y sustanciación, acordescon la importancia de la información suministrada.

Que, por otro lado, las Empresas Inscriptas en el mencionado Registrohan solicitado, a través que de la Cámara de Exploración y Producciónde Hidrocarburos, que se conceda una prórroga de TREINTA (30) días parael cumplimiento del deber de información previsto en el Decreto N°1.277/2012.

Que por lo expuesto, se considera oportuno prorrogar el plazo para quelas Empresas que se dediquen a actividades de exploración, explotación,refinación, comercialización y transporte de hidrocarburos ycombustibles cumplan con la obligación de presentar sus Planes Anualesde Inversión hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive.

Que cabe destacar que el otorgamiento de una prórroga como la que sepropicia a través de la presente ha sido reconocido en otras ocasionespor la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del PlanNacional de Inversiones Hidrocarburíferas a través de sus ResolucionesNros. 49 de fecha 20 de septiembre de 2013, 165 de fecha 19 de agostode 2014 y 183 de fecha 17 de septiembre de 2015.

Que la presente medida es tomada sin perjuicio de encontrarse bajoanálisis la revisión y reordenamiento integral de las normas referidasa la creación de registros y deberes de información en la industria delos hidrocarburos en el marco de lo ordenado por el Artículo 4° delanteriormente mencionado Decreto N° 272/2015.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porel Artículo 1°, inciso c) de la Resolución N° 24 de fecha 16 de marzode 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase hasta el día 31 de diciembre de 2016 inclusiveel plazo para la presentación de los Planes Anuales de Inversión porparte de las empresas que se dediquen a actividades de exploración,explotación, refinación, comercialización y transporte de hidrocarburosy combustibles, en el marco del Registro Nacional de InversionesHidrocarburíferas que en virtud de lo dispuesto por la Resolución N° 24de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA seencuentra a cargo de esta Secretaría.

ARTÍCULO 2° — La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — JOSÉ LUIS SUREDA, Secretario,Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos, Ministerio de Energía yMinería.

e. 22/11/2016 N° 88877/16 v. 22/11/2016

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