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Resolución General 21/2016
Declaracion Jurada - Vencimiento Periodo Fiscal 2017.
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Comision Arbitral Convenio Multilateral Del 18.8.77
Declaracion Jurada - Vencimiento Periodo Fiscal 2017.
Establecer para el periodo fiscal 2017, las fechas de vencimiento para la presentacion de la declaracion jurada y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el convenio multilateral que se detallan en el anexo i, que forma parte integrante de la presente resolucion, en base al digito verificador del numero de cuit correspondiente.
Id norma: 268221 Tipo norma: Resolución General Numero boletin: 33512
Fecha boletin: 25/11/2016 Fecha sancion: 16/11/2016 Numero de norma 21/2016
Organismo (s)
Organismo origen: Comision Arbitral Ver Resoluciones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 21/2016
Declaración Jurada. Vencimiento. Período Fiscal 2017.
Buenos Aires, 16/11/2016
VISTO y CONSIDERANDO:
Que es conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para lapresentación y pago de la declaración jurada anual del Impuesto sobrelos Ingresos Brutos correspondiente al universo de contribuyentes queliquidan el gravamen bajo las normas del Convenio Multilateral.
Que en virtud de la decisión de utilizar el número de CUIT comoidentificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, se tornanecesario que los vencimientos se determinen por el dígito verificadorde dicho número de CUIT.
Que en tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2017.
Que, asimismo, resulta necesario fijar la fecha de vencimiento de lapresentación de la declaración jurada anual correspondiente al períodofiscal 2016.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establecer para el período fiscal 2017, las fechas devencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago delImpuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentescomprendidos en el Convenio Multilateral que se detallan en el Anexo I,que forma parte integrante de la presente resolución, en base al dígitoverificador del número de CUIT correspondiente.
ARTÍCULO 2° — Establecer que el vencimiento para la presentación de ladeclaración jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal2016 operará el 30 de junio, aplicando a partir del cuarto anticipo, elcoeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionalesdeterminadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 del anexode la Resolución General N° 3/2016.
ARTÍCULO 3° — Comunicar la presente resolución a las jurisdiccionesadheridas para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto enlos artículos anteriores.
ARTÍCULO 4° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de laNación y archívese. — Roberto J. Arias. — Enrique O. Pacheco.
ANEXO I
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Contribuyentes del Convenio Multilateral
FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN TERMINACIÓN N° CUIT
(DÍGITO VERIFICADOR)
Anticipos
0 a 23 a 56 a 78 a 9
1°Enero13/02/201714/02/201715/02/201716/02/2017
2°Febrero13/03/201714/03/201715/03/201716/03/2017
3°Marzo17/04/201718/04/201719/04/201720/04/2017
4°Abril15/05/201716/05/201717/05/201718/05/2017
5°Mayo13/06/201714/06/201715/06/201716/06/2017
6°Junio13/07/201714/07/201717/07/201718/07/2017
7°Julio14/08/201715/08/201716/08/201717/08/2017
8°Agosto13/09/201714/09/201715/09/201718/09/2017
9°Septiembre13/10/201716/10/201717/10/201718/10/2017
10°Octubre13/11/201714/11/201715/11/201716/11/2017
11°Noviembre13/12/201714/12/201715/12/201718/12/2017
12°Diciembre15/01/201816/01/201817/01/201818/01/2018
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