Resolución 152/2016

Estructura Organizativa - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Unidad De Informacion Financiera
Estructura Organizativa - Aprobacion

Apruebase la estructura organizativa de la unidad de informacion financiera, organismo con autonomia y autarquia financiera en jurisdiccion del ministerio de hacienda y finanzas publicas, de acuerdo al organigrama y responsabilidades primarias y acciones que como anexos i y ii forman parte de la presente resolucion.

Id norma: 268283 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33513

Fecha boletin: 29/11/2016 Fecha sancion: 23/11/2016 Numero de norma 152/2016

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Resolución 152/2016

Buenos Aires, 23/11/2016

VISTO el Expediente N° 593/2016, del registro de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DEHACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS y el EX -2016-03163973 - APN-DDYMDE#MM,las Leyes Nros. 25.246 y 27.260, sus complementarias y modificatorias,los Decretos Nros. 290 de fecha 27 de marzo de 2007, 469 del 30 deabril de 2013, 1025 del 14 de Septiembre de 2016, la Resolución de laUNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA N° 453 de fecha 22 de octubre de 2013y el Anexo I del Acta Acuerdo de fecha 8 de Septiembre de 2016 de laComisión Negociadora del Convenio Colectivo Sectorial para el personalde la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA; y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 5° la Ley N° 25.246 se creó la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado en el ámbito delMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por el Artículo 92 de la Ley N° 27.260 se efectuó el traspaso delmencionado organismo a la jurisdicción del MINISTERIO DE HACIENDA YFINANZAS PÚBLICAS.

Que a través del artículo 3° del Decreto N° 1025/16, se facultó alPresidente de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA a modificar suestructura orgánica y funcional, previa intervención del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN.

Que la actual estructura organizativa se encuentra aprobada por elArtículo 1° del Decreto N° 469/13, siendo posible su modificación poreste acto, en razón de las facultades conferidas por el mencionadoArtículo 3° del Decreto N° 1025/16.

Que a través de la Resolución UIF N° 453/13 se aprobó la estructura de segundo nivel operativo del Organismo.

Que por el artículo 7° del Decreto N° 290/07 se reglamentó la facultadde la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA para establecer agenciasregionales en aquellas jurisdicciones que considere necesarias.

Que por el Anexo I del Acta Acuerdo de fecha 8 de Septiembre de 2016 dela Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Sectorial para elpersonal de la UIF se aprobó un nuevo escalafón para la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA.

Que a los fines de optimizar la estructura orgánica y funcional a lasnuevas situaciones y necesidades del Organismo, en observancia a losEstándares Internacionales que rigen la materia y a las razones deversatilidad, competitividad y seguridad descriptas en losconsiderandos del Decreto N° 1025/16, corresponde modificar laestructura orgánica y funcional de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

Que el servicio jurídico de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de laSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomadola intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 3° del Decreto N° 1025/16.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA, organismo con autonomía y autarquía financieraen jurisdicción del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, deacuerdo al Organigrama y Responsabilidades Primarias y Acciones quecomo Anexos I y II forman parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — El gasto que demande la medida será imputado a laspartidas presupuestarias de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIAY DERECHOS HUMANOS - Entidad 670- UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

ARTÍCULO 3° — Las disposiciones de la presente Resolución regirán apartir del primer día del mes siguiente a la fecha de su publicación.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la DIRECCIÓNNACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARIANO FEDERICI,Presidente, Unidad de Información Financiera.

ANEXO I

ANEXO II

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control internoincorporado a la organización de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA,privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia yeficacia, coordinando su accionar con la SINDICATURA GENERAL DE LANACIÓN.

ACCIONES:

1. Elaborar la programación general de la actividad a cargo de laUnidad de Auditoría Interna, en base a normas generales de AuditoríaInterna.

2. Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna de acuerdo con lasNormas Generales de Control Interno y someterlo a la aprobación de laPresidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA y de la SINDICATURAGENERAL DE LA NACION.

3. Diseñar, planificar, coordinar y ejecutar los Planes Anuales deAuditoría, conforme las normas generales de control y auditoría y loque le encomendara la Presidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA.

4. Asesorar en la determinación de normas y procedimientos propios de Control Interno.

5. Revisar aspectos presupuestarios, económicos, financieros,patrimoniales, normativos y de gestión, bajo criterios de legalidad,economía, eficacia y eficiencia practicando los análisis, inspecciones,verificaciones y pruebas que considerare necesarios en los diferentessectores del organismo.

6. Producir informes de Auditoría y, en caso de corresponder, formular las recomendaciones y observaciones pertinentes.

7. Realizar informes a solicitud de la PRESIDENCIA DE LA UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

8. Comunicar a la Presidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA ya la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN los desvíos que se detecten conlas recomendaciones y observaciones que se formulen, realizando suseguimiento.

9. Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DELEGACION REGIONAL (NORTE Y LITORAL)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Colaborar con los procesos de trabajo de las distintas direcciones dela UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA en las provincias que integran lajurisdicción de la Agencia Regional, actuando como intermediaria yfacilitadora de las actividades que se dispongan.

ACCIONES (TIPO):

1. Colaborar con los procesos de trabajo de las distintas direccionesde la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA en las provincias que integranla jurisdicción de la Agencia Regional, actuando como intermediaria yfacilitadora de las actividades que se dispongan.

2. Redactar informes y estudios técnicos sobre los aspectos regionalesreferentes al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo,identificando tendencias y evaluando los riesgos vinculados a dichosdelitos.

3. Diseñar e implementar operativos de control de alto impacto en zonade fronteras, en cooperación con la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA depaíses limítrofes, FUERZAS DE SEGURIDAD NACIONALES Y PROVINCIALES YORGANISMOS NACIONALES, tales como la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOSPÚBLICOS y su dependencia, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, como asítambién la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES dependiente del MINISTERIODE INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA.

4. Colaborar con la Dirección de Asuntos Jurídicos de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA en la identificación de expedientes penales pordelitos de lavado de activos y financiación del terrorismo en lasprovincias que integran la jurisdicción de la Agencia, a fin defacilitar la intervención como querellante de la Unidad en los casos enlos que se estime pertinente.

5. Elevar a consideración de la Presidencia la suscripción de Convenioscon instituciones y organizaciones que, por sus cometidos propios enlas provincias que integran la jurisdicción de la Agencia, puedancolaborar con las funciones y objetivos específicos de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA.

6. Implementar los protocolos que la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERAestablezca para el relevamiento, tratamiento y transmisión de lainformación en las provincias que integran la Agencia, respetando lasexigencias de confidencialidad y protección.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA Y PRENSA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar y diseñar anualmente el Informe de Gestión para el HONORABLECONGRESO DE LA NACIÓN ARGENTINA en colaboración con el resto de lasDirecciones de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

ACCIONES:

1. Desarrollar las relaciones institucionales del Organismo con los distintos sectores, entidades e instituciones públicas.

2. Asesorar y coordinar la ejecución de la estrategia de prensa delOrganismo en general y de la Presidencia en particular con los mediosde comunicación nacional e internacional.

3. Organizar, coordinar y gestionar actos y eventos institucionales.

4. Dirigir las acciones de protocolo y ceremonial del Organismo.

5. Asistir en la comunicación de la Unidad con los distintos sectoresque la normativa vigente determina como Sujetos Obligados a informar.

6. Administrar y elaborar los contenidos y diseños de las páginas WEB e INTRANET de la Unidad.

7. Elaborar los comunicados y contenidos de prensa de las actividades del Organismo.

8. Desarrollar e implementar campañas de comunicación del Organismo.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, programar y ejecutar las actividades vinculadas con la gestiónintegral de los recursos humanos, económicos, financieros,patrimoniales, de logística operacional y de control, con el fin deapoyar las actividades de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA; así comoen todo lo referente a su infraestructura y servicios.

ACCIONES:

1. Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulanal personal, su carrera administrativa, su desarrollo, las relacioneslaborales y la planificación y diseño organizacional.

2. Proyectar y formular el presupuesto anual de ingresos y gastos y programar los créditos y cuotas presupuestarias respectivas.

3. Efectuar el monitoreo presupuestario del organismo procurando laoptimización en el uso de los recursos asignados y el cumplimiento delas metas previstas.

4. Coordinar las operaciones de tesorería, registraciones contables,preparación de balances, liquidación de gastos, operaciones de compra ysuministro de bienes y servicios, y la administración del patrimonio dela UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

5. Compatibilizar, evaluar y llevar a cabo los distintos requerimientosde las dependencias del Organismo, vinculados con la adquisición ycontratación de bienes y servicios de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA.

6. Gestionar y supervisar las contrataciones de obras y elmantenimiento de los edificios de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

7. Administrar los ingresos y egresos de fondos de origen presupuestario.

8. Supervisar administrativamente los Programas y Operaciones que formule la Unidad de Información Financiera.

9. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimientoy archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada,en movimiento y egresada del Organismo.

10. Implementar y Coordinar las políticas orientadas a los procesos de modernización de sistemas y procesos.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS

SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

ACCIONES:

1. Elaborar y compatibilizar el proyecto de presupuesto del Organismoconforme las políticas anuales definidas por las autoridades delOrganismo.

2. Controlar la ejecución financiera del Organismo y efectuar lasmodificaciones y/o ampliaciones que resulten necesarias para elcumplimiento de las políticas fijadas por las autoridades del Organismo.

3. Realizar la gestión y tramitación de las compras y contrataciones debienes y servicios requeridos para el funcionamiento del Organismo.

4. Coordinar la gestión inherente a los servicios de automotores,mantenimiento, limpieza, gestión de materiales y espacios físicos.

5. Realizar el registro contable de todas las erogaciones que realice el Organismo.

6. Administrar y coordinar los pagos y recaudaciones efectuados por la Tesorería.

7. Controlar las rendiciones de cuentas de cajas chicas, fondos permanentes y rotatorios, bienes y servicios y transferencias.

8. Mantener actualizado el sistema de normas y procedimientos para el adecuado funcionamiento del Organismo.

9. Implementar las normas y procedimientos dictados por la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

10. Coordinar la recepción, salida, registro, tramitación ynotificación de documentación administrativa de la Mesa de Entradas delOrganismo.

11. Recibir y despachar documentación a las distintas áreas delOrganismo controlando el cumplimiento de plazos de la tramitación.

12. Otorgar Vistas de los expedientes de acuerdo a la normativa vigente.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

ACCIONES:

1. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionadoscon la aplicación de las herramientas de administración de recursoshumanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidaciónde haberes del personal.

2. Realizar el diseño de los procesos de búsqueda y selección delpersonal asistiendo técnicamente a las unidades organizativas y a losórganos de selección.

3. Administrar el sistema de evaluación de desempeño asistiendo técnicamente en el proceso de evaluación.

4. Supervisar los aspectos laborales y el cumplimiento de lasdisposiciones vigentes relativas al cumplimiento de los derechos yobligaciones de los agentes y analizar los recursos y actuacionesrelacionados con el ámbito de su competencia.

5. Mantener las relaciones laborales con los representantes gremialesadministrando los acuerdos resultantes de convenios y negociacionescolectivas.

6. Asistir en la ejecución y evaluación del cumplimiento de las políticas establecidas para el régimen de carrera del personal.

7. Generar, administrar y actualizar contenidos en plataforma digital Intranet.

8. Elaborar, promover y administrar el Plan de Capacitación interna de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

9. Proponer e implementar la política en materia de higiene, seguridad y medio ambiente del trabajo.

10. Realizar todas las actividades vinculadas con la información ysubstanciación de los sumarios administrativos disciplinarios quecorresponda instruir a al personal del Organismo.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar respecto de la aplicación de las normas legales y dictaminarsobre los asuntos jurídicos relacionados con las funciones de la UNIDADDE INFORMACIÓN FINANCIERA.

ACCIONES:

1. Ejercer el patrocinio y la representación judicial de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA en las causas en las que sea parte, cualquierasea la jurisdicción donde se desarrolle.

2. Coordinar la actuación de los profesionales designados por laPROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN para representar al ESTADO NACIONALen todos aquellos procesos en que la Unidad de Información Financierasea parte y que tramiten en extraña jurisdicción.

3. Mantener registro actualizado de todos los juicios en que es partela Unidad de Información Financiera, informando a la PROCURACIÓN DELTESORO DE LA NACIÓN (Sistema Único Informático para la GestiónJudicial).

4. Brindar el asesoramiento y asistencia que le requiera la Presidenciade la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA y las restantes Direcciones.

5. Entender en la tramitación de oficios y demás requerimientos judiciales.

6. Proyectar las solicitudes y comunicaciones al MINISTERIO PÚBLICO deacuerdo a lo previsto en la Ley N° 25.246 y sus modificatorias.

7. Intervenir en la redacción de acuerdos, contratos y convenios decooperación y asistencia que se celebren con organismos nacionales,internacionales y extranjeros.

8. Evaluar el sistema normativo de Prevención de Lavado de Activos y laFinanciación del Terrorismo y elaborar estudios y propuestas tendientesa mejorar la eficacia y operatividad del sistema.

9. Proyectar las resoluciones a dictar por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

10. Entender en todo lo relativo a la colaboración de la Unidad deInformación Financiera con los órganos judiciales y con el MINISTERIOPÚBLICO para el ejercicio de las acciones pertinentes, en lapersecución penal de los delitos reprimidos por la Ley N° 25.246 y susmodificatorias, cuando éstos así lo requieran.

11. Ejercer el patrocinio letrado de la Presidencia de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA en las causas en que intervenga como partequerellante, como así también, en carácter de apoderados.

12. Intervenir, en el marco de su competencia, en lo relativo a laadquisición y contratación de bienes y servicios de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

DEPARTAMENTO DE QUERELLAS

ACCIONES:

1. Mantener permanentemente informado a la Dirección de AsuntosJurídicos de toda novedad procesal que ocurra en las causas a cargo deldepartamento;

2. Elevar a consideración de la Dirección de Asuntos Jurídicos todoslos escritos a presentar en las causas judiciales a cargo deldepartamento.

3. Realizar toda certificación judicial a solicitud de otras áreas del Organismo.

4. Inventariar activos y bienes decomisados en cada una de las causasen las que la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA es querellante yregistrar las medidas peticionadas y efectivizadas en cada caso.

5. Intervenir en allanamientos y otras medidas dispuestas en las causasdonde la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA es parte querellante.

6. Dar respuesta a Oficios Judiciales y requerimientos recibidos en la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

7. Mantener actualizado el registro de objeto y estado procesal detodas las causas judiciales en las cuales la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA intervenga como parte querellante.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

SUBDIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS Y DICTÁMENES

ACCIONES:

1. Asesorar a las autoridades de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA,en la elaboración y análisis de proyectos de leyes, decretos,resoluciones y demás actos administrativos vinculados al Organismo, enlos que sean de aplicación los principios y las normas del derechoadministrativo.

2. Controlar el cumplimiento de las normas jurídicas en los asuntos enque sean de aplicación los principios y las normas de derechoadministrativo.

3. Proponer la modificación o el dictado de actos administrativos enasuntos de derecho administrativo, vinculados a la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA.

4. Representar y/o patrocinar a la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA enlos juicios de carácter contencioso administrativo en los que elOrganismo sea parte.

5. Coordinar la actuación de los profesionales designados por laPROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN para representar al ESTADO NACIONALen todos aquellos procesos en materia contencioso administrativo en quela UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA sea parte y que tramiten en extrañaJurisdicción.

6. Entender en la tramitación de oficios y demás requerimientos judiciales referidos a asuntos contenciosos administrativos.

7. Entender en la emisión de los dictámenes jurídicos obligatoriosprevios al dictado de los respectivos actos administrativos y cuando serequiera su intervención.

8. Intervenir, en el marco de su competencia, en lo relativo a laadquisición y contratación de bienes y servicios de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

SUBDIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS Y DICTAMENES

DEPARTAMENTO DE DICTÁMENES

ACCIONES:

1. Intervenir y dictaminar respecto de las actuaciones relacionadas aprocesos sumariales a Sujetos Obligados, conforme lo establece elCapítulo IV de la Ley N° 25.246 y la Resolución UIF N° 111/12.

2. Dictaminar el ajuste a las normas constitucionales, legales yreglamentarias de los proyectos y anteproyectos de convenios quecelebre la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA con otros OrganismosPúblicos y/o privados.

3. Dictaminar el ajuste a las normas constitucionales, legales yreglamentarias de los proyectos y anteproyectos de actosadministrativos relativos a la adquisición y/o enajenación y/ocualquier acto de disposición de bienes de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN DE RÉGIMEN ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar, dirigir y sustanciar sumarios administrativos originados porlos incumplimientos a las obligaciones previstas en la Ley N° 25.246,sus modificatorias y su reglamentación.

ACCIONES:

1. Instruir los sumarios administrativos originados por incumplimientoa las obligaciones previstas en la Ley N° 25.246 y sus modificatorias yreglamentarias.

2. Designar y proponer a los instructores sumariantes y, decorresponder, a los oficiales de apoyo, y analizar los casos derecusación y excusación.

3. Autorizar diligencias concretas y determinadas fuera del asiento de sus funciones.

4. Resolver las cuestiones de procedimiento que se substancien durante la tramitación de los sumarios.

5. Llevar el registro de antecedentes por aplicación de sanciones del capítulo IV de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias.

6. Elaborar las notificaciones a los sujetos obligados y a losorganismos que los nuclean, en relación a los actos de apertura yfinalización de los sumarios y de corresponder, las sanciones que sehayan impuesto.

7. Proponer la actualización y modificación normativa referida a la regularización de los sujetos obligados.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN DE RÉGIMEN ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

DEPARTAMENTO DE INSTRUCCIÓN

ACCIONES:

1. Proponer las metas de gestión de la Dirección y de los Instructores y evaluar su cumplimiento.

2. Realizar un seguimiento de la sustanciación de los sumarios y verificar el cumplimiento de todas las etapas procesales.

3. Mantener actualizado el Registro de Antecedentes por aplicación desanciones del capítulo IV de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias.

4. Coordinar las actividades relacionadas con los programas decapacitación y formación para los instructores sumariantes en el ámbitode su competencia.

5. Proponer mejoras en los manuales de procedimiento a los fines de ordenar los procesos internos de la Dirección.

6. Solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elementoque estime útil a cualquier organismo público, y a personas humanas ojurídicas, públicas o privadas, en el marco de las actuacionessumariales.

7. Participar en el intercambio de información y todo otro tipo denovedad, con las Delegaciones Regionales de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA en el interior del país y promover acciones conjuntas encoherencia con las políticas del organismo.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE RÉGIMEN ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS A SUJETOS OBLIGADOS

ACCIONES:

1. Realizar un seguimiento técnico en la sustanciación de los sumariosde su competencia y verificar el cumplimiento de todas las etapasprocesales.

2. Impartir los lineamientos jurídicos de acuerdo a lo establecido porel Director en todas las cuestiones vinculadas al procedimientosumarial.

3. Proponer planes de capacitación para los instructores sumariantes en el ámbito de su competencia.

4. Proponer metas cuantitativas y cualitativas a los instructoressumariantes de acuerdo al Plan de Gestión Anual, estableciendo paraello un tablero de control de gestión.

5. Solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elementoque estime útil a cualquier organismo público, y a personas físicas ojurídicas, públicas o privadas, en el marco de las actuacionessumariales.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ANALISIS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Analizar los Reportes de Operaciones Sospechosas remitidos por lossujetos obligados a informar en los términos del artículo 20 de la LeyN° 25.246 y sus modificatorias, como así también analizar las denunciasrecibidas en los términos del artículo 17 de la citada Ley.

ACCIONES:

1. Elaborar los procedimientos de selección, ordenamiento,calificación, estudio e interpretación de la información ydocumentación recibida y colectada necesaria para el desempeño de susfunciones.

2. Solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elementoque estime útil para la investigación de las operaciones sospechosas, acualquier organismo público, nacional, provincial o municipal y apersonas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como tambiénrequerir la colaboración de todos los servicios de información delESTADO NACIONAL, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la LeyN° 25.246 y sus modificatorias.

3. Dirigir la evaluación de los informes y/o denuncias receptadas yproponer su comunicación ante la eventual existencia de actividades decaracterística sospechosa de lavado de activos o de financiación delterrorismo.

4. Confeccionar requerimientos de información al exterior dirigidos aUnidades análogas, a distintos puntos focales mediante la Red deRecupero de Activos del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica(GAFILAT); así como a través de cualquier otro mecanismo de cooperacióny/o colaboración que se pueda establecer en el futuro, cuando elloresulte necesario en el marco de sus competencias.

5. Intervenir en los requerimientos judiciales procesando y analizandodocumentación y confeccionando informes técnicos, de conformidad con loestablecido en el artículo 13 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias.

6. Intervenir en el diseño y adaptación del Modelo de Valoración de Riesgo de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ANALISIS

SUBDIRECCIÓN OPERATIVA

ACCIONES:

1. Coordinar la aplicación de los procedimientos o metodologías deselección, ordenamiento, calificación, estudio e interpretación de lainformación recibida y colectada necesaria para el desempeño de susfunciones.

2. Asistir a la Dirección de Análisis en la identificación, análisis, yestudio de las diferentes tipologías de lavado de activos y/o definanciamiento del terrorismo que sean detectadas en el desarrollo delas tareas de su competencia.

3. Coordinar los procesos de evaluación de resultados de los reportesde hechos y operaciones sospechosas como así también de la informaciónrecabada.

4. Coordinar la asistencia técnica que brinda la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA en su rol de querellante junto con otras áreas del organismo.

5. Colaborar en la gestión de nuevos mecanismos de comunicación con los distintos sujetos obligados.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ANALISIS

SUBDIRECCIÓN OPERATIVA

DEPARTAMENTO ANÁLISIS DE INFORMACIÓN

ACCIONES:

1. Analizar la información contenida en los reportes de hechos,operaciones sospechosas y denuncias que recepcione la UNIDAD DEINFORMACION FINANCIERA.

2. Definir la línea de trabajo, hipótesis de la investigación, y/o tareas a desarrollar en el marco de las mismas.

3. Solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elementoque estime útil a cualquier organismo público nacional, provincial omunicipal, y a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

4. Confeccionar requerimientos de información al exterior dirigidos aunidades análogas, a distintos puntos focales mediante la Red deRecupero de Activos de Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica(GAFILAT), así como a través de cualquier otro mecanismo de cooperacióny/o colaboración que se pueda establecer en el futuro, cuando elloresulte necesario en el marco de sus competencias.

5. Elaborar los informes de resultados del análisis de los reportes de hechos y operaciones sospechosas.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ANALISIS

SUBDIRECCIÓN OPERATIVA

DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA JUDICIAL

ACCIONES:

1. Asistir en las solicitudes en materia de lavado de activos y/oFinanciamiento de terrorismo requeridas por los órganos judiciales ydel Ministerio Público (para el ejercicio de las acciones pertinentes)en la persecución penal de los delitos de lavado de activos y definanciamiento del terrorismo (inciso 3 del artículo 13 de la Ley N°25.246 y modificatorias).

2. Definir la línea de trabajo, hipótesis de la investigación y/otareas a desarrollar en el marco de las cuales tendrá lugar lacolaboración.

3. Elaborar los procedimientos de selección, ordenamiento,calificación, estudio e interpretación de la información recibida ycolectada necesaria para prestar colaboración en los términos delinciso 3 del artículo 13 de la Ley N° 25.246 y modificatorias.

4. Solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elementoque estime útil a cualquier organismo público, nacional, provincial omunicipal y a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en elmarco de las colaboraciones prestadas.

5. Efectuar las consultas a las bases de datos con las que cuenta elOrganismo, a los fines de determinar si los sujetos involucrados en lascausas judiciales donde se presta colaboración, cuentan conantecedentes en esta UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, y en su casoevaluar la correspondencia de proceder a su análisis en forma conjunta.

6. Confeccionar requerimientos de información dirigidos a Unidadeshomólogas del exterior, cuando ello resulte necesario en el marco delas colaboraciones en que intervenga la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA.

7. Elaborar informes con los resultados de las tareas de análisis de lainformación recabada. Colaborar en procedimientos y/o allanamientosdispuestos por juez competente en la persecución penal de los delitosreprimidos por la Ley N° 25.246 y sus modificatorias.

8. Asistir técnicamente al Presidente de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA en su rol de querellante.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ANALISIS

SUBDIRECCIÓN ESTRATÉGICA

ACCIONES:

1. Coordinar los procedimientos o metodologías de selección,ordenamiento, calificación, estudio e interpretación de la informaciónrecibida y colectada necesaria para el desempeño de sus funciones.

2. Asistir a la Dirección en la evaluación de la calidad de losReportes de Operaciones Sospechosas remitidos por los sujetos obligadosa informar a la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

3. Proponer mejoras al modelo de valoración del riesgo implícito en losreportes de operaciones sospechosas de Lavado de Activos yFinanciamiento de Terrorismo.

4. Colaborar en el análisis de las distintas tipologías de lavado dedinero y/o de financiamiento del terrorismo que sean detectadas.

5. Colaborar en el diseño e implementación de nuevos mecanismos dereunión y obtención de información de inteligencia financiera.

6. Supervisar los distintos mecanismos de evaluación de riesgo, ponderando las distintas amenazas relevadas.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE ANALISIS

SUBDIRECCIÓN ESTRATEGICA

DEPARTAMENTO ESTRATÉGICO

ACCIONES:

1. Proyectar, supervisar y coordinar la realización de tareas deanálisis estratégico relacionadas a los Reportes de OperacionesSospechosas y a los Reportes Sistemáticos Mensuales, recibidos a travésdel Sistema de Reporte de Operaciones.

2. Proyectar y desarrollar en el marco teórico, los procedimientosnecesarios para la realización de las respectivas tareas, los cualesincluyen los desarrollos en materia informática vistos desde el puntode vista del usuario.

3. Monitorear periódicamente los Reportes de Operaciones Sospechosasy/o los Reportes de Financiamiento del Terrorismo que se reciban en laUnidad, debiendo elevar a la Dirección aquellos que considere de mayorriesgo en materia de lavado de activos.

4. Analizar la razonabilidad de la información contenida en losdiversos campos de los Reportes Sistemáticos Mensuales (RSM), yproponer modificaciones en caso de estimarlo procedente.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Atender en todo lo relativo a la implementación de procedimientos desupervisión y control del cumplimiento de las obligaciones que poseenlos sujetos obligados a informar, establecidos en el artículo 20 de laLey N° 25.246 y sus modificatorias.

ACCIONES:

1. Elaborar y proponer el Plan de Supervisión Anual de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

2. Entender en lo referente al diseño e implementación de losprocedimientos y mecanismos para la realización de las supervisiones insitu, con el fin de controlar el cumplimiento de las obligaciones queposeen los sujetos obligados a informar.

3. Ejecutar las Ordenes de Supervisión emitidas por la Presidencia, deconformidad con la normativa reglamentaria, con el fin de controlar elcumplimiento por parte de los sujetos obligados, de las obligacionesestablecidas en la Ley N° 25.246 y sus modificatorias y demásreglamentación emitida por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA;elevando a la Presidencia los informes de resultados proponiendo elcurso de acción a seguir.

4. Solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elementoque estime útil, a cualquier organismo público nacional, provincial omunicipal y a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en elmarco de las supervisiones que realice.

5. Supervisar en la preparación de pautas, normas y/o procedimientos decontralor interno, elaborados por los sujetos obligados a informar a laUNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, incluyendo los organismos quedesarrollen funciones de superintendencia.

6. Evaluar los riesgos que el incumplimiento de la normativa deprevención de lavado de activos y financiación del terrorismo por partede los sujetos obligados, pueda ocasionar en el sistema establecido porla Ley N° 25.246 y sus modificatorias, a los efectos de orientarulteriores actividades de supervisión, fiscalización e inspección insitu que se realicen, poniendo a consideración de la Presidencia losresultados obtenidos.

7. Cursar requerimientos e intimaciones a los sujetos obligados, a finde verificar el cumplimiento por parte de los mismos de lasobligaciones establecidas por la Ley N° 25.246 y sus modificatorias ylas normas dictadas por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

8. Controlar los resultados alcanzados en el desarrollo de las tareasde supervisión asegurando la disponibilidad en tiempo y forma de lainformación correspondiente.

9. Elaborar Actas de Supervisión y proponer la sustanciación de sumarios a la Presidencia en casos de incumplimiento.

10. Proponer la actualización y modificación normativa referida a la regularización de los sujetos obligados.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCION DE SUPERVISION

DEPARTAMENTO OPERATIVO DE SUPERVISIONES

ACCIONES:

1. Cursar requerimientos, intimaciones, efectuar verificaciones in situy extra situ, a los sujetos obligados, a fin de corroborar elcumplimiento por parte de los mismos, respecto de las obligacionesestablecidas por la Ley N° 25.246 y de las normas dictadas por laUNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

2. Realizar las acciones necesarias a fin de ejecutar las órdenes desupervisión emitidas por la Dirección, de conformidad con la normativareglamentaria.

3. Analizar los informes provenientes del BANCO CENTRAL de la REPÚBLICAARGENTINA, Comisión Nacional de Valores, Superintendencia de Seguros dela Nación e Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, ensu carácter de Organismos de Colaboración Específicos de la Unidad.

4. Proponer la sustanciación de sumarios administrativos originados porincumplimiento a las obligaciones previstas en la Ley N° 25.246 y susmodificatorias y a la reglamentación emitida por la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA, de acuerdo con los resultados obtenidos comoconsecuencia de las tareas efectuadas.

5. Coordinar la comunicación a través de los canales habilitados por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCION DE SUPERVISION

DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DE RIESGO

ACCIONES:

1. Elaborar la matriz de riesgo para la selección de los sujetos obligados a supervisar.

2. Elaborar los Planes de Supervisión para la aprobación de la superioridad, basado en la evaluación de riesgos.

3. Diseñar y actualizar los enfoques metodológicos, técnicas einstrumentos para el desarrollo de las actividades de supervisión.

4. Proponer acuerdos y metodologías para recabar la informaciónnecesaria con el fin de conformar y/o actualizar los padrones queagrupen a los sujetos obligados.

5. Solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elementoque estime útil, a cualquier Organismo Público Nacional, Provincial oMunicipal y a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con elobjeto de recabar datos sobre los sujetos obligados, a los fines delcumplimiento de sus objetivos.

6. Participar en la elaboración de normativa relativa a su competencia,proponiendo el dictado de nuevas normas y la actualización de lasnormas vigentes en virtud de los avances en las normas nacionales einternacionales, en la materia.

7. Participar en el intercambio de información y todo otro tipo denovedad, con las Delegaciones Regionales de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA y promover acciones conjuntas en coherencia con las accionesde la Dirección.

8. Diseñar y mantener un registro de estadísticas de las Supervisiones realizadas y el resultado obtenido en las mismas.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCION DE SEGURIDAD Y SISTEMAS DE LA INFORMACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, desarrollar y administrar los sistemas de Información de laUNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, como así también, los sistemas deseguridad de la misma, de conformidad con las normas y estándaresdefinidos por los organismos competentes.

ACCIONES:

1. Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de lossistemas informáticos y de comunicaciones del organismo, incluyendo elestablecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos,controlando periódicamente su funcionamiento.

2. Organizar y administrar los sistemas de registro de informaciónconformado con las bases de datos de los organismos obligados asuministrarlas y con la información recibida por la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA en el cumplimiento de sus funciones.

3. Administrar la información que resulte de los acuerdos y contratoscelebrados por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA con organismosnacionales, internacionales y extranjeros para integrar redesinformáticas referidas a la prevención y control del lavado de dinero.

4. Organizar, administrar y conducir todas las actividades vinculadas aresguardar la seguridad de los sistemas de información de la UNIDAD DEINFORMACIÓN FINANCIERA.

5. Determinar los requerimientos de tecnología y sistemas deinformación necesarios para el desarrollo de las competencias delOrganismo.

6. Dirigir la gestión de los sistemas informáticos del Organismo,aplicando la normativa y estándares destinados a elevar los umbrales deseguridad de los recursos y sistemas relaciones con las tecnologíasinformáticas.

7. Brindar soporte en materia de seguridad y tecnologías informáticas a las unidades del Organismo.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

DIRECCION DE SEGURIDAD Y SISTEMAS DE LA INFORMACIÓN

SUBDIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

ACCIONES:

1. Resguardar la seguridad de los sistemas de información a nivelinformático, físico y electrónico de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA.

2. Aplicar los marcos normativos y operativos que garanticen eladecuado nivel de seguridad de la información, resguardo, registros deincidentes, planes de contingencia y todo riesgo que pueda afectar elnormal y sostenido funcionamiento de los sistemas.

3. Asesorar en la tramitación de toda adquisición, arrendamiento oincorporación, permanente o transitoria, de los equipos informáticos yde comunicaciones que se requieran en el ámbito del Organismo.

4. Desarrollar y aplicar políticas, planes y procedimientos de seguridad y de tecnologías de la información.

5. Investigar y proponer acciones de mejora continua en relación a nuevas tendencias en seguridad y sistemas de la información.

6. Desarrollar programas de actualización y de capacitación técnica interna específica del área.

DIRECCION DE SEGURIDAD Y SISTEMAS DE LA INFORMACION

SUBDIRECCION DE SEGURIDAD Y TECNOLOGIA DE LA INFORMACIÓN

DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

ACCIONES:

1. Administrar las herramientas tecnológicas de hardware y software de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

2. Gestionar las herramientas de seguridad informática con el fin deresguardar la información de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

3. Brindar en tiempo y forma soporte técnico a las Direcciones del organismo.

4. Investigación y propuestas de nuevas tecnologías acordes a ladinámica de los delitos en los cuales la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA intervine.

5. Efectuar la gestión integral de bases de datos e información a procesar por el organismo.

6. Gestionar de manera eficiente las herramientas utilizadas por usuarios ajenos a la Dirección.

7. Asegurar la continuidad de la operación mediante una detallada planificación de incidentes y recuperación.

DIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y SISTEMAS DE LA INFORMACIÓN

SUBDIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y TECNOLOGIA DE LA INFORMACIÓN

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

ACCIONES:

1. Implementar y estandarizar políticas y procedimientos de Seguridad física, electrónica y vigilancia.

2. Implementar normas de cumplimento interno para resguardar el secretode la Información en todos los procesos operativos y administrativos dela UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

3. Desarrollar e implementar procesos de tecnología de la informaciónsegún normas internacionales y mejores prácticas de mercado sobre ITIL(Biblioteca de Infraestructura de Tecnologías de la Información) yCOBIT (Objetivos de Control para Información y TecnologíasRelacionadas).

4. Asegurar la continuidad de la operación y la recuperación de los procesos operativos de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

5. Elaborar un sistema de seguridad integral, basado en seguridadfísica, electrónica, informática y de la información, con el fin degarantizar la eficiente continuidad de la operación.

6. Mantener enlace con organismos de seguridad y otras organizaciones gubernamentales.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN INTERNACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en todas las acciones de interacción, cooperación yrepresentación internacional de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

ACCIONES:

1. Asistir a la Presidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA enla coordinación y representación nacional alterna ante el Grupo deAcción Financiera Internacional (FATF/GAFI) y el Grupo de AcciónFinanciera de Latinoamérica (GAFILAT).

2. Asistir a la Presidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA enla representación del organismo ante el Grupo EGMONT de Unidades deInteligencia Financiera. Asistir a la Presidencia de la Unidad deInformación Financiera en su carácter de organismo encargado derealizar el análisis, tratamiento y transmisión de la información a losefectos de prevenir el Lavado de Activos y Financiamiento delTerrorismo (LA/FT) en el orden nacional, provincial y municipal,generando mecanismos adecuados de intercambio de información respetandolas exigencias de confidencialidad y protección de la misma de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 25.246 y el artículo 87de la Ley N° 27.260.

3. Coordinar todo lo relativo al intercambio de información con otrosorganismos análogos del exterior guardando el mismo secreto yconfidencialidad con que se analiza, trata y protege a la informaciónproveniente de fuentes nacionales, de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 22 de la Ley N° 25.246 y artículo 87 de la Ley N° 27.260.

4. Participar en la elaboración de convenios de cooperación con Organismos Nacionales e Internacionales.

5. Elaborar informes técnicos, análisis de documentos y trabajospreparatorios para las reuniones internacionales y regionalesespecializados en materia de Lavado de Activos y contra elfinanciamiento del terrorismo.

6. Proponer proyectos de reformas de regulaciones y otras normas enfunción de los desarrollos internacionales en materia de Lavado deActivos y contra el financiamiento del terrorismo.

7. Participar en el diseño, implementación y evaluación de laspolíticas y estrategias de prevención del lavado de activos yfinanciación del terrorismo, de acuerdo con las disposiciones de losestándares internacionales relevantes.

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

DIRECCION DE COORDINACION INTERNACIONAL

SUBDIRECCIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES

ACCIONES:

1. Asistir a la Dirección en las acciones de interacción, cooperación yrepresentación ante el Grupo EGMONT de Unidades de InteligenciaFinanciera, el Grupo de Acción Financiera (FATF/GAFI), el Grupo deAcción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), el Grupo de Expertos parael Control del Lavado de Activos (GELAVEX) de la ComisiónInteramericana Contra el Abuso de Drogas de la Organización de losEstados Americanos (CICAD-OEA) y demás organizaciones internacionales oregionales vinculadas con la prevención o combate contra el lavado deactivos y la financiación del terrorismo.

2. Asistir a la Dirección respecto de la interpretación eimplementación de los tratados, estándares, guías y buenas prácticasinternacionales relevantes en materia de prevención y lucha contra ellavado de activos y la financiación del terrorismo.

3. Coordinar y llevar a cabo el intercambio de información con otrosorganismos análogos del exterior y organizaciones internacionalesrelevantes en materia de prevención y lucha contra el lavado de activosy la financiación del terrorismo.

4. Participar en la elaboración de convenios de cooperación ymemorandos de entendimiento con organismos nacionales e internacionalesy organizaciones internacionales relevantes en materia de prevención ylucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

5. Participar en el diseño, implementación y evaluación de laspolíticas y estrategias de prevención del lavado de activos yfinanciación del terrorismo de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, deacuerdo con las disposiciones de los estándares internacionalesrelevantes en esa materia.

6. Desarrollar iniciativas de capacitación relativas a acciones,desarrollos, buenas prácticas y estándares internacionales vinculados ala prevención y lucha contra el lavado de activos y la financiación delterrorismo en el ámbito de su competencia.

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN INTERNACIONAL

SUBDIRECCION DE RELACIONES INTERNACIONALES

DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONALES

ACCIONES:

1. Elaborar las acciones de coordinación y representación internacional de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

2. Proyectar respuestas relativas a cuestionarios, consultas orequerimientos internacionales de información formulados pororganizaciones internacionales.

3. Registrar, sistematizar y analizar la información relevante enmateria de prevención del lavado de activos y financiación delterrorismo obtenida de las restantes áreas de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA y otras fuentes externas.

4. Realizar informes y estudios técnicos sobre los aspectosinternacionales del lavado de activos y la financiación del terrorismo,identificando tendencias y evaluando los riesgos vinculados a dichosdelitos.

5. Asesorar técnicamente en la elaboración de proyectos de normativa, alos fines de analizar su correspondencia con los estándaresinternacionales rectores en materia de prevención del lavado de activosy financiación del terrorismo.

6. Colaborar en la elaboración de convenios de cooperación y memorandosde entendimiento con organismos nacionales e internacionales yorganizaciones internacionales.

7. Colaborar con el desarrollo de proyectos relevantes en el marco dela participación y representación de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA ante organizaciones internacionales y regionales vinculadascon la prevención o combate contra el lavado de activos y lafinanciación del terrorismo.

DIRECCION DE COORDINACION INTERNACIONAL

SUBDIRECCION DE RELACIONES INTERNACIONALES

DEPARTAMENTO DE COLABORACIÓN INTERNACIONAL

ACCIONES:

1. Elaborar y gestionar las respuestas relativas a cuestionarios,consultas o requerimientos internacionales de información formuladospor organismos públicos extranjeros.

2. Tramitar los requerimientos de intercambio de información con otros organismos análogos del exterior.

3. Requerir información a otras áreas de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA, a los efectos de proyectar respuestas relativas acuestionarios, consultas o requerimientos internacionales deinformación formulados por organizaciones internacionales.

4. Registrar, sistematizar y analizar la información relevante enmateria de prevención del lavado de activos y financiación delterrorismo obtenida de las restantes áreas de la UNIDAD DE INFORMACIÓNFINANCIERA y otras fuentes externas.

5. Realizar informes y estudios técnicos relativos a la cooperacióninternacional e intercambio de información en materia de prevención deLavado de Activos y financiamiento del terrorismo.

6. Asesorar respecto del marco normativo doméstico e internacionalrelativo a la cooperación internacional e intercambio de informaciónAntilavado de Activos Contra el Financiamiento del Terrorismo (ALA/CFT).

7. Participar en la elaboración de convenios de cooperación ymemorandos de entendimiento con organismos nacionales e internacionales.

8. Colaborar con el desarrollo de proyectos relativos al adecuado uso,tratamiento, protección y comunicación de información proveniente deorganismos públicos extranjeros.

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN DE DESPACHO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar el despacho, seguimiento, registro y archivo de la documentación administrativa del Organismo.

ACCIONES:

1. Analizar e informar a la superioridad sobre los aspectos técnicos delos proyectos de actos administrativos o convenios que se propicien ose sometan a consideración o firma de la Superioridad.

2. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas de acuerdo a los lineamientos conferidos por la superioridad.

3. Impulsar y/o propiciar los proyectos de actos administrativos,convenios y demás instrumentos que sean necesarios para laimplementación de las políticas de la Unidad, cuando ello le searequerido.

4. Llevar la documentación administrativa que requiera la firma de la Presidencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

5. Registrar y archivar los actos administrativos, convenios, notas ydemás documentos emitidos por la Presidencia del Organismo.

6. Colaborar con la recopilación de normas, manteniendo actualizada la información relativa a las mismas.

7. Mantener la firma del despacho al día y atender y evacuar lasconsultas que se le formulen en relación a la materia de su competencia.

e. 29/11/2016 N° 90304/16 v. 29/11/2016

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica