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Resolución 28/2016
Aranceles - Establecense
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Instituto De Estadistica Y Registro De La Industria De La Construccion
Aranceles - Establecense
Establecer el importe en concepto de arancel por inscripcion en las siguientes sumas: a) para empresas tipo “a” pesos tres mil ochocientos ($ 3.800.-), b) para empresas tipo “b” pesos siete mil seiscientos ($ 7.600.-). fijar el importe en concepto de arancel por renovacion anual en las siguientes sumas: a) para empresas comprendidas en el inc. a) del articulo anterior pesos dos mil quinientos ($ 2.500.-), b) para empresas comprendidas en el inc. b) del articulo 1° de la presente resolucion pesos cinco mil ($ 5.000.-).
Id norma: 268407 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33514
Fecha boletin: 30/11/2016 Fecha sancion: 22/11/2016 Numero de norma 28/2016
Organismo (s)
Organismo origen: Inst. De Estadistica Y Registro De La Ind. De La Construcc Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
Resolución 28/2016
Buenos Aires, 22/11/2016
VISTO
Las Leyes Nros. 22.250, 24.624 y 24.629, los Decretos 1342/81; 558/96,N° 660/96, N° 852/96, 1309/96 y el Art. 6° inc. e) de la Ley citada enprimer término.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario fijar los nuevos importes correspondientes aAranceles de Inscripción; de Renovación Anual; de Levantamiento de BajaEmpresaria voluntaria; Cambio de Razón Social y Emisión de Credencialde Registro Laboral, entre otros trámites.
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establecer el importe en concepto de Arancel porInscripción en las siguientes sumas: a) para empresas Tipo “A” PesosTRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.800.-), b) para empresas Tipo “B” Pesos SIETEMIL SEISCIENTOS ($ 7.600.-).
ARTÍCULO 2° — Fijar el importe en concepto de Arancel por RenovaciónAnual en las siguientes sumas: a) para empresas comprendidas en el inc.a) del artículo anterior Pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500.-), b) paraempresas comprendidas en el inc. b) del artículo 1° de la presenteResolución Pesos CINCO MIL ($ 5.000.-).
ARTÍCULO 3° — Se establece para Levantamiento de Baja EmpresariaVoluntaria las siguientes sumas en concepto de arancel: Pesos DOS MILQUINIENTOS ($ 2.500.-) para las empresas comprendidas en el inc. a) delart. 1°, y Pesos CINCO MIL ($ 5.000.-) para las empresas comprendidasen el inc. b) del art. 1°, ambos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4° — Establecer para el expendio de Lectoras de Credencialesde Registro Laboral la suma de Pesos OCHOCIENTOS ($ 800.-).
ARTÍCULO 5° — Para el supuesto de Cambio de Razón Social se deberá abonar la suma de Pesos CINCO MIL ($ 5.000.-).
ARTÍCULO 6° — Se establece en Pesos CINCUENTA ($ 50.-) el costo de la Emisión de Credencial de Registro Laboral.
ARTÍCULO 7° —Los importes de los aranceles por reinscripciones de lasempresas dadas de baja por el art. 9° de la Disposición R.N.I.C N°56/1994 que se efectúen a partir de la entrada en vigencia de lapresente deberán ser cancelados conforme los montos fijados en el art.2 de esta Resolución.
ARTÍCULO 8° — Las sumas fijadas por la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del 1° de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 9° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquesea las Entidades Representativas del Sector y archívese. — Ing. ROBERTOPIÑEIRO, Secretario. — Sr. EDUARDO CABELLO, Presidente. Autoridadesdesignadas con el Acta de Reunión de Directorio N° 241 celebrada el 30de agosto del 2016.
e. 30/11/2016 N° 91217/16 v. 30/11/2016
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