Disposición 618/2016

Centro De Emision De Licencias De Conducir Del Municipio De Lujan De Cuyo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Transporte
Centro De Emision De Licencias De Conducir Del Municipio De Lujan De Cuyo

Certifiquese y homologuese el centro de emision de licencias de conducir del municipio de lujan de cuyo, de la provincia de mendoza, para emitir la licencia nacional de conducir.-

Id norma: 268454 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33515

Fecha boletin: 01/12/2016 Fecha sancion: 25/11/2016 Numero de norma 618/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Agencia Nacional De Seguridad Vial Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 618/2016

Buenos Aires, 25/11/2016

VISTO el expediente N° S02:0104991/2016 del registro de la AGENCIANACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N°24.449 y N° 26.363, sus Decretos Reglamentarios, Disposición ANSV N°207/09; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIANACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbitodel actual MINISTERIO DE TRANSPORTE conforme Decreto N° 13/2015, cuyamisión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorionacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento delas políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece elartículo 3° de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de laspolíticas y medidas de seguridad vial nacionales.

Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDADVIAL por la Ley N° 26.363 en su artículo 4° incisos e), f), h) y j) seencuentra la de crear y establecer las características y procedimientosde otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia Nacional deConducir, así como también autorizar a los organismos competentes enmateria de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicciónprovincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aotorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando ensu caso los centros de emisión y/o impresión de las mismas.

Que mediante el Decreto N° 1.787/2.008 se dio estructura organizativa ala AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, creándose la DIRECCIÓN NACIONALDE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, la cual tiene comomisión coordinar con los organismos competentes en materia de emisiónde licencias de conducir, el otorgamiento de la Licencia Nacional deConducir, respondiendo a estándares de seguridad, técnicos y de diseño;certificar y homologar los Centros de Emisión y/o de Impresión de laLicencia Nacional de Conducir; coordinar la emisión de licenciasprovinciales y municipales de conducir autorizadas; y determinar,homologar y auditar los contenidos de los exámenes que deben rendir lossolicitantes de la mencionada Licencia.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DETRÁNSITO, resulta competente para establecer los requisitos para lacertificación de los Centros de Emisión de la Licencia Nacional deConducir por parte de las autoridades jurisdiccionales competentes delterritorio nacional, conforme lo establece el mencionado Decreto N°1.787/2.008 (Acciones, Punto 2).

Que en ese lineamiento, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL dictó confecha 27 de Octubre de 2.009, la Disposición A.N.S.V. N° 207 ymodificatorias, mediante la cual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DELICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el paísrespecto al formato de las licencias, los requisitos previos a lasolicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes, como asítambién la creación de bases de datos actualizadas que contenga losdatos de las habilitaciones para conducir emitida en todo el país.

Que en el marco del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, aprobadopor Disposición ANSV N° 207 del 27 de Octubre de 2.009, ymodificatorias, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la PROVINCIA DEMENDOZA, han suscripto un Convenio Específico de Cooperación para laImplementación de la Licencia Nacional de Conducir y del CertificadoNacional de Antecedentes de Tránsito en la mencionada Provincia.

Que el mencionado Convenio Específico define en su Anexo I el “Procesopara la Certificación y Homologación de Centros de Emisión de Licenciade Conducir Provinciales y el Cronograma de Implementación de laLicencia Nacional de Conducir en los mismos”, a fin de ser autorizadospor la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para emitir la LicenciaNacional de Conducir.

Que la Provincia de Mendoza sancionó la Ley Provincial N° 6082 queregula la materia de Tránsito en el ámbito de su territorio, y la LeyProvincial N° 8053 por la cual adhiere a la creación de la AgenciaNacional de Seguridad Vial.

Que el Municipio de Luján de Cuyo, adhiere a la creación de la AgenciaNacional de Seguridad Vial mediante Ordenanza N° 12.559/2016.

Que encontrándose cumplimentado por el Municipio de Luján de Cuyo elprocedimiento establecido en el Convenio Específico mencionado y laDisposición ANSV N° 207/2009 con sus modificatorias para la“CERTIFICACIÓN DE LOS CENTROS DE EMISIÓN DE LICENCIA NACIONAL DECONDUCIR” corresponde certificar y homologar el Centro de Emisión deLicencias de Conducir de dicho Municipio, habilitándolo a emitir laLicencia Nacional de Conducir, conforme las facultades conferidas alDIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en elartículo 4° incisos a), e) y f) de la Ley N° 26.363 y Anexo V alDecreto N° 1.716/08.

Que, la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR, laDIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, y laDIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO, las tres enla órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR YANTECEDENTES DE TRÁNSITO, como así también la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA,han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOSLEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomadola intervención que les compete.

Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALresulta competente para la suscripción de la presente Disposición envirtud de las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7°inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Certifíquese y Homológuese el Centro de Emisión deLicencias de Conducir del Municipio de Luján de Cuyo, de la Provinciade Mendoza, para emitir la Licencia Nacional de Conducir.-

ARTÍCULO 2° — Autorízase a emitir el Certificado de Centro Emisor deLicencias Nacionales de Conducir a favor de la jurisdicción mencionadaen el artículo 1° de la presente Disposición, cuyo modelo forma partede la presente medida como Anexo.-

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — CARLOS A. PEREZ, DirectorEjecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio de Transporte.

e. 01/12/2016 N° 91201/16 v. 01/12/2016

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