Disposición E 1224/2016

Contratacion Directa - Autorizacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Desarrollo Social
Contratacion Directa - Autorizacion

Autorizase a efectuar una contratacion directa enmarcada en los alcances del articulo 25, inciso d), apartado 10) del decreto n° 1023/01, sus modificatorios y complementarios y los articulos 19, 29 y 146 del anexo al decreto n° 893/12 y sus modificatorios, tendiente a lograr la contratacion de un efector social para los servicios de confeccion y terminacion de guardapolvos, solicitados por la subsecretaria de comercializacion de la economia social.

Id norma: 268945 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33521

Fecha boletin: 13/12/2016 Fecha sancion: 14/11/2016 Numero de norma 1224/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Coordinacion Monitoreo Y Logistica Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 1224 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2016

VISTO el Expediente N° E-34162-2016 del registro del MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001, susmodificatorios y complementarios, y el Decreto N° 893 del 07 de juniode 2012 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la ContrataciónDirecta de un efector social para el servicio de confección yterminación de guardapolvos, solicitado por la SUBSECRETARÍA DECOMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL, mediante Nota N°NO-2016-01033413-APN-SSCES#MDS.

Que, asimismo, la SUBSECRETARÍA citada en el Considerando anterior,propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVADE TRABAJO LA UNIÓN DE LA BOCA LIMITADA, cuya inscripción en elREGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIALfue aprobada por Resolución MDS N° 1904 del 28 de junio de 2006.

Que mediante Resolución N° 9963 del 16 de agosto de 2012 de laSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL se protocolizó elCONVENIO DE COOPERACIÓN suscripto entre el MINISTERIO DE DESARROLLOSOCIAL y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI),tendiente a reglar la cooperación entre ambos organismos para laproducción textil de los talleres conformados por efectores socialesresidentes en todo el país.

Que en el marco de dicho convenio el INTI-Textiles elaboró el Manual de confección de guardapolvo escolar unisex - Octubre 2014.

Que obran las actualizaciones de los precios por el servicio deconfección y terminación de guardapolvos realizada por el Centro deInvestigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍAINDUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano de obra para laconfección y terminación de cada guardapolvo que asciende a la suma dePESOS CINCUENTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($54,50.-) y PESOS DIEZCON OCHENTA CENTAVOS ($10,80.-) respectivamente.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebradoentre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LANACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 demarzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada segúnResolución SCyMI N° 4059 del 08 de mayo de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N°246/2015 - Letra DGA/DPS de fecha 21 de enero de 2015, en virtud delConvenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionadoprecedentemente, solicitó se informe si los servicios de industria—corte, confección y terminación de guardapolvos— se encontrabancontemplados en el Convenio precitado.

Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LANACION de fecha 23 de enero de 2015, informando al respecto que elControl de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellascontrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio deindustria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) delAnexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concordancia con laCláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Nota de fecha 27de Abril de 2016, informa que atento a la urgente situación devulnerabilidad social de los efectores sociales que llevan adelante losservicios de corte, confección y terminación de guardapolvos y dado quelas tareas que prevé la presente contratación son idénticas a las quedieran origen a la NOTA SIGEN N° 210/2015 SCyMI, citada en elConsiderando precedente, resulta oportuno tener en cuenta larecomendación que realizara dicha SINDICATURA GENERAL en lo relativo alobjeto de la presente contratación.

Que, con fecha 27 de septiembre de 2016, se procedió al acto deapertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNIÓN DELA BOCA LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de loexpuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en elexpediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 148/2016estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 148/2016 a los fines desu difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES y acorde lo prescripto en los artículos 56 y 92 delAnexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales dedifusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en suDisposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme loreglamentado por la Comunicación General N° 14, del 01 de Septiembre de2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no seformularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 148/2016precitado.

Que dicha contratación corresponde se encauce en la figura deContratación Directa N° 131/2016, enmarcada en las previsiones delartículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/01, susmodificatorios y complementarios y los artículos 19, 29 y 146 del Anexoal Decreto N° 893/12 y sus modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección deProgramación y Ejecución Presupuestaria han tomado la intervención desu competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido porel Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios,reglamentado por el Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, y en virtudde las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y las normasmodificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de AdministraciónFinanciera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional ysu Decreto Reglamentario N° 1344/07 y sus modificatorios, la Ley N°25.506, el Decreto N° 434/16 y sus normas complementarias, el DecretoN° 561/16 y sus normas complementarias y los Decretos N° 357/02, susnormas modificatorias y complementarias y N° 140 del 16 de diciembre de2015.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcadaen los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N°1023/01, sus modificatorios y complementarios y los artículos 19, 29 y146 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios, tendiente alograr la contratación de un efector social para los servicios deconfección y terminación de guardapolvos, solicitados por laSUBSECRETARÍA DE COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo deacuerdo con la SUBSECRETARÍA DE COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL,para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integrala presente como Anexo IF-2016-02303900-APN-DPAT#MDS, el que deberácomplementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generalesaprobado por Disposición N° 58/2014 de la OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 131/2016, conformelas pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 131/2016 alefector social COOPERATIVA DE TRABAJO LA UNIÓN DE LA BOCA LIMITADA, porel servicio de confección de dos mil (2.000) guardapolvos hasta la sumade PESOS CIENTO NUEVE MIL ($109.000.-); y por la terminación de dos mil(2.000) guardapolvos, hasta la suma de PESOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS($21.600.-), según el Manual de confección de guardapolvo escolarunisex - Octubre 2014, elaborado por el INTI-Textiles en el marco delConvenio de Cooperación suscripto con este MINISTERIO DE DESARROLLOSOCIAL, protocolizado por Resolución N° 9963 de fecha 16 de Agosto de2012 de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL.

ARTÍCULO 5° — El presente gasto que asciende a la suma total de PESOSCIENTO TREINTA MIL SEISCIENTOS ($130.600.-) se imputará a losejercicios que correspondan.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — PABLO CARIDE, Subsecretario,Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio deDesarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican enla edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 13/12/2016 N° 94469/16 v. 13/12/2016

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

Páginas externas

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