Resolución 1352/2016

Procedimiento De La Unidad De Control Psicofisico Del Transporte Interurbano

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Nacional De Regulacion Del Transporte
Procedimiento De La Unidad De Control Psicofisico Del Transporte Interurbano

Establecese el procedimiento de la unidad de control psicofisico del transporte interurbano.

Id norma: 268967 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33522

Fecha boletin: 14/12/2016 Fecha sancion: 12/12/2016 Numero de norma 1352/2016

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Organismo origen: Comision Nacional De Regulacion Del Transporte Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Resolución 1352/2016

Buenos Aires, 12/12/2016

VISTO el Expediente S02:0117992/2016 del registro del entonces MINISTERIO DE INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución ST N° 444 de fecha 9 de diciembre de 1999 de laex-SECRETARÍA DE TRANSPORTE se dispuso, entre otros requisitos, para laobtención de la Licencia Nacional Habilitante, el haber aprobado latotalidad del examen psicofísico.

Que el artículo 3° del REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO Y USO DE LALICENCIA NACIONAL HABILITANTE que como Anexo I forma parte integrantede la Resolución citada, establece que la COMISIÓN NACIONAL DEREGULACIÓN DEL TRANSPORTE actuará como Autoridad de Aplicación.

Que en ese sentido, la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE,es la principal interesada en prevenir, promover y preservar la saludde los conductores empleando para ello todos los recursos einstrumentos a su alcance.

Que en este sentido, el Organismo por intermedio del DEPARTAMENTO DECONTROL PSICOFÍSICO de la GERENCIA DE CONTROL TÉCNICO AUTOMOTOR, hainstrumentado Operativos de Control Psicofísico de transporte depasajeros interurbano, los cuales constituyen una modalidad operativade control in situ a una muestra de conductores, mediante exámenespreestablecidos que se realizan en sitios de concentración detransporte público.

Que la experiencia recogida en el contexto de estas evaluaciones y laproducida por el sistema de evaluación psicofísica en general,indicaron la necesidad de instrumentar controles de manera sistemática,ampliando de esta forma la cantidad de conductores evaluados con elpropósito de asegurar la aptitud psicofísica de los conductores durantela vigencia de las habilitaciones concedidas.

Que en razón de ello, se dispuso mediante Resolución CNRT N° 1 de fecha13 de enero de 2016 la instrumentación como programa piloto de laUNIDAD DE CONTROL PSICOFÍSICO DE TRANSPORTE INTERURBANO con asiento enla Terminal de Ómnibus de Retiro.

Que la referida unidad comenzó a operar ese mismo mes, realizando losexámenes médicos y psicológicos necesarios, al personal de conducciónde los servicios de transporte de pasajeros, con la finalidad decontrolar las habilitaciones otorgadas oportunamente.

Que, finalmente, estas actividades de control tienen como fin últimocumplir con la misión encomendada al Organismo en relación a laprotección de los usuarios y la mejora de la seguridad del sistema detransporte promoviendo asimismo la profesionalización del conductorafectado a servicios de transporte de pasajeros interurbano.

Que estos procesos requirieron para su instrumentación la articulaciónde recursos materiales y de un grupo de profesionales a fin de realizarlos exámenes.

Que posteriormente se propiciaron la suscripción de sendos convenioscon la FACULTAD DE MEDICINA y la FACULTAD DE PSICOLOGÍA de laUNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, a fin de extender la duración de lasjornadas de control.

Que la incorporación de los profesionales externos requiere formalizarlos procedimientos establecidos para la realización de los exámenesmédicos y psicológicos y el cumplimiento de las formalidades de índoleadministrativas relacionadas con la actividad de la UNIDAD DE CONTROLPSICOFÍSICO DE TRANSPORTE INTERURBANO.

Que asimismo se hace necesario disponer la realización de las funcionesde coordinación y supervisión y establecer los responsables de estastareas en las tres áreas que comprende esta actividad; médica,psicológica y administrativa.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la COMISIÓN NACIONAL DEREGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado intervención en estos actuados.

Que el presente pronunciamiento es dictado conforme a las atribucionesque surgen de la Resolución ST N° 444 de fecha 9 de diciembre de 1999de la ex-SECRETARÍA DE TRANSPORTE, el Decreto N° 1388 de fecha 29 denoviembre de 1996 modificado por su similar N° 1661 de fecha 12 deagosto de 2015 y el Decreto N° 118 de fecha 12 de enero de 2015.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese el PROCEDIMIENTO DE LA UNIDAD DE CONTROLPSICOFISICO DEL TRANSPORTE INTERURBANO que como Anexo I y en DIECIOCHO(18) fojas forma parte integrante de esta Resolución.

ARTÍCULO 2° — Dispóngase a los efectos de controlar la ejecución delprocedimiento establecido en el artículo 1°, la implementación de lasfunciones de coordinación y supervisión de las tareas desarrolladas enla UNIDAD DE CONTROL PSICOFÍSICO DE TRANSPORTE INTERURBANO en losniveles: médico, psicológico y administrativo. Estas funciones sedescriben en Anexo II, que en DOS (2) fojas, forma parte integrante deesta Resolución.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese a la FACULTAD DE MEDICINA y a la FACULTAD DE PSICOLOGÍA de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Ing. ROBERTO DOMECQ, DirectorEjecutivo, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web del organismo:www.cnrt.gob.ar

e. 14/12/2016 N° 94470/16 v. 14/12/2016

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