Disposición E 9/2016

“Perfil Del Ciudadano Digital: Mi Argentina” - Base De Datos Personales Informatizada

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
“Perfil Del Ciudadano Digital: Mi Argentina” - Base De Datos Personales Informatizada

Crease en el ambito de la subsecretaria de gobierno digital la base de datos personales informatizada con servidor central del “perfil del ciudadano digital: mi argentina” cuya finalidad sera brindar el acceso a servicios digitales del estado en forma personalizada, mediante la creacion voluntaria de un perfil administrado por el ciudadano. al registrarse, el ciudadano podra brindar: documento nacional de identidad; pasaporte; licencia de conducir; cuil; nombres y apellidos; domicilio; correo electronico; imagen; telefono; estado civil; fecha de nacimiento; lugar de nacimiento; parentesco y datos de familia, genero; nacionalidad; licencias, permisos, autorizaciones. todos los cuales seran conservados hasta que el usuario registrado los elimine o el estado descontinue el uso del producto.

Id norma: 269064 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33523

Fecha boletin: 15/12/2016 Fecha sancion: 05/10/2016 Numero de norma 9/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Gobierno Digital Ver Disposiciones Observaciones: -

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Actualizado 02 de Marzo de 2017

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MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL

Disposición 9 - E/2016

Buenos Aires, 05/10/2016

VISTO el Expediente EX-2016-01218718--APN-SSGD#MM, La Ley deMinisterios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de Marzo de 1992y sus modificatorias), los Decretos N° 13 del 10 de diciembre de 2015,13 de enero de 2016 y 434 del 1° de Marzo de 2016, y La Ley N° 25.326 ysu Decreto Reglamentario, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 13/15 modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (textoordenado por el Decreto N° 438/92 y modificatorias), incorporándose elMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través del artículo 23 octies.

Que mediante el Decreto N° 13/16 se aprobó la conformación organizativadel MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN hasta el nivel de Subsecretaría.

Que el aludido Decreto N° 13/16 establece las competencias de laSUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DEGESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entreotras, coordinar los proyectos de mejora de servicios al ciudadano enlas dependencias de atención al público del Sector Público Nacional.

Que en ese marco, esta SUBSECRETARÍA ha desarrollado el “Perfil delCiudadano Digital: Mi Argentina”, incluido dentro del Portal WebOficial (www.argentina.gob.ar), producto tendiente a brindar serviciospersonalizados en donde cada Ciudadano pueda identificar los serviciosdel Estado que le sean útiles, gestione notificaciones relacionadas ycuente con un canal de comunicación fluido.

Que el referenciado producto supone el almacenamiento de los DatosPersonales brindados voluntariamente por los Usuarios de los serviciosdigitales que decidan registrarse y crearse un perfil en el “Perfil delCiudadano Digital: Mi Argentina”.

Que en cumplimiento con lo establecido por la Ley N° 25.326 resultaimperativa la creación de la Base de Datos Personales para el “Perfildel Ciudadano Digital: Mi Argentina”.

Que el titular de la Base de Datos creada por las presente, en sucarácter de responsable de las Base de Datos, podrá eventualmente cederlos Datos Personales en ella almacenados a dependencias de los órganoscomprendidos en los inc. a y c del Art. 8 de la Ley N° 24.156, en lamedida del cumplimiento de sus respectivas competencias, en lostérminos de lo dispuesto en el artículo 11, inciso c, de la ley citadaen el párrafo anterior.

Que, asimismo, los titulares de los Datos Personales podrán tomarconocimiento y ejercer los derechos de acceso, rectificación,actualización o supresión de sus Datos Personales almacenados en laBase creada por esta medida mediante el acceso a su perfil en MiArgentina y antes las oficinas de la SUBSECRETARÍA.

Que esta SUBSECRETARÍA establecerá los mecanismos internos para eladecuado funcionamiento de las Bases de Datos que se crean por lapresente.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas enel artículo 22, inciso 1, de la Ley N° 25.326 y el artículo 21 delDecreto N° 1558/01.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO DIGITAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARÍA de GOBIERNODIGITAL la Base de Datos Personales informatizada con servidor centraldel “Perfil del Ciudadano Digital: Mi Argentina” cuya finalidad serábrindar el acceso a servicios digitales del Estado en formapersonalizada, mediante la creación voluntaria de un perfiladministrado por el Ciudadano. Al registrarse, el Ciudadano podrábrindar: Documento Nacional de Identidad; Pasaporte; Licencia deConducir; CUIL; Nombres y Apellidos; Domicilio; Correo electrónico;Imagen; Teléfono; Estado Civil; Fecha de Nacimiento; Lugar deNacimiento; Parentesco y Datos de Familia, Género; Nacionalidad;Licencias, Permisos, Autorizaciones. Todos los cuales serán conservadoshasta que el Usuario Registrado los elimine o el Estado descontinúe eluso del producto.

ARTÍCULO 2° — Inscríbase las Bases de Datos creada por la presente enla DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES dependiente delMINISTERIO DE JUSTICIA fin de dar cumplimiento con lo normado en elArt. 21 de la Ley N° 25.326.

ARTÍCULO 3° — La SUBSECRETARÍA de GOBIERNO DIGITAL dependiente de laSECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN será el Titular y Órgano Responsable de la Base de Datosy ante su oficina, sita en Av. Roque Saenz Peña N° 788 Piso 7, Ciudadde Buenos Aires, se podrán efectuar los reclamos en ejercicio de losderechos de acceso, rectificación o supresión.

ARTÍCULO 4° — La SUBSECRETARÍA de GOBIERNO DIGITAL podrá ceder,transferir e interconectar la Base con la de otras dependencias de losórganos comprendidos en los Inc. a y c del Art. 8 de la Ley N° 24.156,en la medida del cumplimiento de sus respectivas competencias y siempreque ello facilite la interacción entre el Usuario Registrado y elEstado.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese y archívese. — DANIEL ALEJANDROABADIE, Subsecretario, Subsecretaría de Gobierno Digital, Ministerio deModernización.

e. 15/12/2016 N° 95116/16 v. 15/12/2016

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL

Disposición 9 - E/2016

Buenos Aires, 05/10/2016

VISTO el Expediente EX-2016-01218718--APN-SSGD#MM, La Ley deMinisterios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de Marzo de 1992y sus modificatorias), los Decretos N° 13 del 10 de diciembre de 2015,13 de enero de 2016 y 434 del 1° de Marzo de 2016, y La Ley N° 25.326 ysu Decreto Reglamentario, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 13/15 modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (textoordenado por el Decreto N° 438/92 y modificatorias), incorporándose elMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través del artículo 23 octies.

Que mediante el Decreto N° 13/16 se aprobó la conformación organizativadel MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN hasta el nivel de Subsecretaría.

Que el aludido Decreto N° 13/16 establece las competencias de laSUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DEGESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entreotras, coordinar los proyectos de mejora de servicios al ciudadano enlas dependencias de atención al público del Sector Público Nacional.

Que en ese marco, esta SUBSECRETARÍA ha desarrollado el “Perfil delCiudadano Digital: Mi Argentina”, incluido dentro del Portal WebOficial (www.argentina.gob.ar), producto tendiente a brindar serviciospersonalizados en donde cada Ciudadano pueda identificar los serviciosdel Estado que le sean útiles, gestione notificaciones relacionadas ycuente con un canal de comunicación fluido.

Que el referenciado producto supone el almacenamiento de los DatosPersonales brindados voluntariamente por los Usuarios de los serviciosdigitales que decidan registrarse y crearse un perfil en el “Perfil delCiudadano Digital: Mi Argentina”.

Que en cumplimiento con lo establecido por la Ley N° 25.326 resultaimperativa la creación de la Base de Datos Personales para el “Perfildel Ciudadano Digital: Mi Argentina”.

Que el titular de la Base de Datos creada por las presente, en sucarácter de responsable de las Base de Datos, podrá eventualmente cederlos Datos Personales en ella almacenados a dependencias de los órganoscomprendidos en los inc. a y c del Art. 8 de la Ley N° 24.156, en lamedida del cumplimiento de sus respectivas competencias, en lostérminos de lo dispuesto en el artículo 11, inciso c, de la ley citadaen el párrafo anterior.

Que, asimismo, los titulares de los Datos Personales podrán tomarconocimiento y ejercer los derechos de acceso, rectificación,actualización o supresión de sus Datos Personales almacenados en laBase creada por esta medida mediante el acceso a su perfil en MiArgentina y antes las oficinas de la SUBSECRETARÍA.

Que esta SUBSECRETARÍA establecerá los mecanismos internos para eladecuado funcionamiento de las Bases de Datos que se crean por lapresente.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas enel artículo 22, inciso 1, de la Ley N° 25.326 y el artículo 21 delDecreto N° 1558/01.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO DIGITAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARÍA de GOBIERNODIGITAL la Base de Datos Personales informatizada con servidor centraldel “Perfil del Ciudadano Digital: Mi Argentina” cuya finalidad serábrindar el acceso a servicios digitales del Estado en formapersonalizada, mediante la creación voluntaria de un perfiladministrado por el Ciudadano. Al registrarse, el Ciudadano podrábrindar: Documento Nacional de Identidad; Pasaporte; Licencia deConducir; CUIL; Nombres y Apellidos; Domicilio; Correo electrónico;Imagen; Teléfono; Estado Civil; Fecha de Nacimiento; Lugar deNacimiento; Parentesco y Datos de Familia, Género; Nacionalidad;Licencias, Permisos, Autorizaciones. Todos los cuales serán conservadoshasta que el Usuario Registrado los elimine o el Estado descontinúe eluso del producto.

ARTÍCULO 2° — Inscríbase las Bases de Datos creada por la presente enla DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES dependiente delMINISTERIO DE JUSTICIA fin de dar cumplimiento con lo normado en elArt. 21 de la Ley N° 25.326.

ARTÍCULO 3° — La SUBSECRETARÍA de GOBIERNO DIGITAL dependiente de laSECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN será el Titular y Órgano Responsable de la Base de Datosy ante su oficina, sita en Av. Roque Saenz Peña N° 788 Piso 7, Ciudadde Buenos Aires, se podrán efectuar los reclamos en ejercicio de losderechos de acceso, rectificación o supresión.

ARTÍCULO 4° — La SUBSECRETARÍA de GOBIERNO DIGITAL podrá ceder,transferir e interconectar la Base con la de otras dependencias de losórganos comprendidos en los Inc. a y c del Art. 8 de la Ley N° 24.156,en la medida del cumplimiento de sus respectivas competencias y siempreque ello facilite la interacción entre el Usuario Registrado y elEstado.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONALDEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DANIEL ALEJANDROABADIE, Subsecretario, Subsecretaría de Gobierno Digital, Ministerio deModernización.

(Artículo sustituido por art. 1° de la Disposición N° 12/2016 de la Subsecretaría de Gobierno Digistal B.O. 15/12/2016).

e. 15/12/2016 N° 95116/16 v. 15/12/2016

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