Resolución E 1035/2016

Programa “El Empleo En Tu Barrio”

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social
Programa “El Empleo En Tu Barrio”

Crease el programa “el empleo en tu barrio” con el objeto de acercar a la poblacion a los programas nacionales de empleo y el resto de las acciones del ministerio de trabajo, empleo y seguridad social de la nacion, en acompañamiento y participacion de las politicas nacionales de difusion, cercania y proximidad establecidas en el dispositivo “el estado en tu barrio” de la presidencia de la nacion.

Id norma: 269111 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33524

Fecha boletin: 16/12/2016 Fecha sancion: 12/12/2016 Numero de norma 1035/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 1035 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2016

Visto el expediente 1747181/2016 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION, y las facultades queotorgan los artículos 2, 3, 4, 22, 23 y 24 de la Ley N° 22.520Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), 4, 5 y 6 de la LeyN° 24.013, y.

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificóla Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y susmodificaciones,

Que en su artículo 23 de la citada Ley, compete al MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL asistir al Presidente de la Nación yal Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todolo inherente a las relaciones y condiciones individuales y colectivasde trabajo, al régimen legal de las negociaciones colectivas y de lasasociaciones profesionales de trabajadores y empleadores, al empleo yla capacitación laboral, a la seguridad social y en particular:entender en la promoción, regulación y fiscalización del cumplimientode los derechos fundamentales de los trabajadores; intervenir en lorelativo a las políticas y acciones tendientes a incrementar laproductividad del trabajo y su equitativa distribución; intervenir enla coordinación y armonización de los planes de empleo con los planeseconómicos; entender en el funcionamiento de los servicios públicos yprivados de empleo en el orden nacional, y promover su coordinación enlos ámbitos provinciales y municipales; entender en la formulación depolíticas, el diseño de instrumentación y la gestión de financiamientodestinado a programas de empleo y capacitación laboral; entender en ladefinición de los criterios de asignación de recursos financieros paraprogramas de empleo y capacitación laboral y, en la reglamentación,control y auditoría de dichos programas descentralizados a lasprovincias y municipios; entender en la formulación y gestión depolíticas vinculadas al sector social de la economía, tales como lapromoción de incubadoras de microempresas, desarrollo de proyectosmicroempresarios y de pequeñas unidades productivas; asistencia técnicay formación de recursos afectados a ésta; entender en la formulación,gestión, supervisión y auditorías de planes y políticas relacionadoscon la capacitación laboral, preferentemente aplicando criterios dedescentralización, en el marco de una política de promoción deldesarrollo local; intervenir en la vinculación entre el empleo, lacapacitación laboral, la producción y la tecnología.

Que a su vez, la Ley N° 24.013 regula distintos aspectos del empleo, yla formación profesional definiendo al primero como una situaciónsocial jurídicamente configurada, encargando al MINISTRIO DE TRABAJO,EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL elaborar programas de formación profesionalpara el empleo que incluyan acciones de formación, calificación,capacitación, reconversión, perfeccionamiento y especialización de lostrabajadores tendientes a apoyar y a facilitar la creación de empleoproductivo; la reinserción ocupacional de los trabajadores desocupados;la reasignación ocupacional derivada de las reformas del sector públicoy la reconversión productiva; el primer empleo de los jóvenes y suformación y perfeccionamiento laboral; la mejora de la productividad ytransformación de las actividades informales.

Que por el artículo 129 de la citada norma se dispone que seránatribuciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL: a)Integrar la formación profesional para el empleo en la políticanacional laboral; b) Coordinar la ejecución de programas de formaciónprofesional para el empleo con los organismos del sector públiconacional, provincial o municipal y del sector privado, a través de lacelebración de convenios; c) Validar la certificación de calificacionesadquiridas en contratos de práctica laboral y de trabajo-formación; d)Formular los programas de alternancia de formación y práctica laboralen los contratos de trabajo-formación.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su calidadde Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.013 tiene la competenciapara ejecutar acciones destinadas a fomentar el empleo de lastrabajadoras y los trabajadores que presenten mayores dificultades deinserción laboral.

Que de acuerdo lo establecido por el Decreto N° 357 de fecha 22 defebrero de 2002, son objetivos de la SECRETARÍA DE EMPLEO proponer yejecutar políticas, planes, programas y acciones para promover elempleo, la capacitación laboral y el mejoramiento en las condiciones deempleo y de empleabilidad de los desocupados en todo el territorionacional así como aprobar los programas y acciones a ejecutar por partede las unidades orgánicas de la Secretaría. Asimismo son objetivos dela Secretaría administrar y ejecutar los programas dirigidos a laasignación de recursos financieros para la creación y desarrollo demicroempresas, y propiciar la capacitación del sector microempresarial.

Que la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALN° 45/2006 creó el PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL para trabajadores quese inserten en la actividad privada o se desempeñen bajo los regímenesvigentes para el personal de entidades públicas.

Que, asimismo, las acciones y programas de empleo se implementan anivel territorial, en el marco de la Red Federal de Servicios deEmpleo, de acuerdo a lo establecido por Resolución del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 176/05.

Que, a tal fin, es necesario articular el accionar del ESTADO NACIONALen los aspectos de la competencia propia del MINSTERIO DE TRABAJO,EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con las provincias, los municipios,organizaciones empresariales, organizaciones no gubernamentales,universidades, agencias de cooperación internacional en pos defortalecer la presencia institucional de todos los actores ligados alEMPLEO, dentro del mencionado dispositivo EL ESTADO EN TU BARRIO.

Que la creación y puesta en marcha del Programa “EL EMPLEO EN TUBARRIO” contribuirá al cumplimiento de los objetivos específicosestablecidos en los considerandos precedentes.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades yatribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado porDecreto N° 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el Programa “EL EMPLEO EN TU BARRIO” con el objetode acercar a la población a los Programas Nacionales de Empleo y elresto de las acciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL DE LA NACION, en acompañamiento y participación de las políticasnacionales de difusión, cercanía y proximidad establecidas en eldispositivo “EL ESTADO EN TU BARRIO” de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTÍCULO 2° — El Programa creado en el artículo anterior funcionará enel ámbito de la SECRETARÍA DE EMPLEO, a través de la SUBSECRETARÍA DELSECTOR SOCIAL DE LA ECONOMIA debiendo implementar, cada una en el marcode sus competencias, las acciones que resulten necesarias para elcumplimiento de los siguientes objetivos:

a. Difundir y promocionar a la población y eventuales beneficiarios delos Programas Nacionales de Empleo el funcionamiento, objetivos, laforma de inscripción, los beneficios de participar en las acciones deEmpleo y Capacitación laboral del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION.

b. Difundir y promocionar a la población el funcionamiento de lasdistintas instancias de asesoramiento, denuncias, y acompañamiento enrelación a la erradicación del Trabajo Infantil, la violencia laboral,y las acciones afirmativas que lleva adelante el MINISTERIO DE TRABAJO,EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en materia de igualdad de oportunidades en elámbito laboral, personas con mayor vulnerabilidad, grupos jóvenes,personas con discapacidad que buscan insertarse en el mundo laboral ypersonas que vivan el impacto del flagelo de la drogadicción en elámbito laboral.

c. Difundir el funcionamiento de la RED FEDERAL DE SERVICIOS DE EMPLEO.

d. Desarrollar instancias de capacitación laboral ad hoc para elacompañamiento por parte del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL de las políticas nacionales establecidas en el Programa ELESTADO EN TU BARRIO

e. Propiciar instancias de articulación en asuntos de interéscompartido con otros organismos del Estado cuando la inquietud delciudadano a quien está dirigido el Programa, así lo requiriera.

f. Establecer mecanismos de registración y denuncias de Empleo informaly asistencia jurídica en el marco de la normativa vigente delMINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

g. Promocionar —con especial énfasis— las políticas de Empleo Joven delMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, dándole prioridad ala realización de acciones de difusión del PROGRAMA JOVENES CON MAS YMEJOR TRABAJO creado por Resolución 497/2008 a través de laparticipación en Fiestas Nacionales, Regionales, Provinciales yLocales, la realización de Exposiciones, Campus, y Ferias de EmpleoJoven, campañas de difusión web y físicas y toda otra acción dedifusión necesaria para acompañar activamente con las herramientas delPrograma mencionado el trayecto de los jóvenes hacia su primer empleoregistrado.

h. Cualquier otra acción tendiente a cumplir con la finalidad delPrograma, entendiéndose las medidas mencionadas como meramenteenunciativas

ARTÍCULO 3° — Corresponderá a la SECRETARÍA DE EMPLEO y a laSUBSECRETARIA DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMIA DE LA SECRETARIA DEEMPLEO, cada una en el marco de sus competencias, acordar y suscribirlos Convenios Específicos de Colaboración que sean necesarios celebrarcon autoridades u organismos nacionales, provinciales o municipales,organizaciones empresariales, sindicales o del tercer sector,universidades y centros de investigación y organismos internacionalespara la ejecución del presente Programa.

ARTÍCULO 4° — Establézcase como Autoridad de Aplicación del citadoPrograma a la SECRETARÍA DE EMPLEO, encontrándose facultada para eldictado, previa intervención de la SUBSECRETARIA DEL SECTOR SOCIAL DELA ECONOMIA, de aquellas normas complementarias, aclaratorias y/o deimplementación que resulten necesarias para el cumplimiento de losobjetivos a los que se refiere el Artículo 2° de la presente resolución.

ARTÍCULO 5° — Instrúyese a la DIRECCION DE PROGRAMACION FINANCIERA DEPROGRAMAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL en el marco de lascompetencias asignadas por la Resolución 120/MT/2016, para coordinarlos aspectos financieros y presupuestarios necesarios para la puesta enmarcha del Programa, si fuera necesario a través de las acciones decooperación y financiamiento internacional a su cargo.

ARTÍCULO 6° — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida será atendido con cargo a las partidas específicas de laJurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — ALBERTO JORGE TRIACA, Ministro,Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

e. 16/12/2016 N° 95008/16 v. 16/12/2016

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