Resolución E 69/2016

Resolucion N° 353/2014 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Fondo Para El Desarrollo Economico Argentino
Resolucion N° 353/2014 - Modificacion

Sustituyese el articulo 2º de la resolucion nº 353 de fecha 4 de julio de 2014 del ex ministerio de economia y finanzas publicas. sustituyese el articulo 8º de la resolucion nº 353/14 del ex ministerio de economia y finanzas publicas. incorporase al anexo iv de la resolucion nº 353/14 del ex ministerio de economia y finanzas publicas, “documentacion a presentar para solicitar prestamos directos”, aprobado por el articulo 9° de la resolucion n° 31 de fecha 29 de septiembre de 2016 de la secretaria de la transformacion productiva del ministerio de produccion, los formularios 2.c - “declaracion jurada. empresa en situacion critica. persona juridica.” y 2.d - “declaracion jurada. empresa en situacion critica. persona humana” que, como anexo (if-2016-04637770-apn-sectp#mp), forman parte integrante de la presente medida.

Id norma: 269125 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33524

Fecha boletin: 16/12/2016 Fecha sancion: 15/12/2016 Numero de norma 69/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De La Transformacion Productiva Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de la Transformación Productiva

FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO

Resolución 69 - E/2016

Modificación. Resolución Nº 353/2014.

Buenos Aires, 15/12/2016

VISTO el Expediente EX-2016-04562952-APN-DDYME#MP, los Decretos Nros.606 de fecha 28 de abril de 2014 y 505 de fecha 23 de marzo de 2016, yla Resolución N° 353 de fecha 4 de julio de 2014 del ex MINISTERIO DEECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 606 de fecha 28 de abril de 2014 se creó el FondoFiduciario Público denominado “Fondo para el Desarrollo EconómicoArgentino” (FONDEAR), con el objeto de facilitar el acceso alfinanciamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectoresestratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puestaen marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y lageneración de mayor valor agregado en las economías regionales.

Que, en tal sentido, se creó por un plazo de TREINTA (30) años un FONDOFIDUCIARIO PUBLICO financiero y de administración que regirá en todo elterritorio nacional.

Que por Artículo 5° del citado decreto se determinó que los bienesfideicomitidos que conformarán el patrimonio del citado FONDOFIDUCIARIO PÚBLICO se destinarán a financiar proyectos en sectoresestratégicos, proyectos de apoyo a producciones innovadoras y proyectosde economías regionales, con los alcances establecidos en el Artículo6° del mencionado decreto.

Que por el Artículo 5º del Decreto Nº 505 de fecha 23 de marzo de 2016,se designó a la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA delMINISTERIO DE PRODUCCIÓN como Autoridad de Aplicación del Decreto Nº606/14, pudiendo dictar las normas reglamentarias, aclaratorias,modificatorias, complementarias y sanciones que resulten pertinentes.

Que la administración del Fideicomiso y la instrumentación de losfinanciamientos han sido encomendadas a NACIÓN FIDEICOMISOS S.A. en sucarácter de Fiduciario, de conformidad con las instrucciones a impartirpor la Autoridad de Aplicación en el marco del Contrato de Fideicomiso.

Que por el Artículo 8° de la Resolución N° 353 de fecha 4 de julio de2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el COMITÉEJECUTIVO creado por el Decreto N° 606/14 tiene entre sus funciones yatribuciones, establecer la tasa de interés que se aplicará a lospréstamos destinados a empresas en situaciones críticas.

Que, en este sentido, corresponde establecer el tratamiento querecibirán las empresas en situaciones críticas para ser susceptibles deser beneficiarias de préstamos otorgados a través del FONDO FIDUCIARIOPARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO (FONDEAR).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 505/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Sustitúyese el Artículo 2º de la Resolución Nº 353 defecha 4 de julio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZASPÚBLICAS, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.- Establécese que no podrán ser destinatarios de losbeneficios del FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO (FONDEAR)quienes se hallen en alguna de las siguientes situaciones:

a) Las personas humanas y/o jurídicas que al tiempo de concederles losfinanciamientos tuviesen deudas exigibles de carácter fiscal oprevisional, o cuando se encuentre firme una decisión judicial oadministrativa declarando tal incumplimiento en materia aduanera,cambiaria, impositiva, previsional e imponiendo a dicha persona el pagode impuestos, derechos, multas o recargos y siempre que no se hayahecho efectivo dicho pago.

b) Las personas humanas o jurídicas declaradas en estado de quiebra enel supuesto en que no se hubiere dispuesto la continuidad de laexplotación, conforme a lo establecido en la Ley Nº 24.522 y susmodificaciones.

c) Las personas humanas y/o jurídicas cuyos representantes o directoreshubiesen sido condenados por cualquier tipo de delito doloso, con penasprivativas de la libertad o inhabilitación, mientras no hayatranscurrido un tiempo igual al doble de la condena.

d) Las personas humanas y/o jurídicas que operen en contravención delordenamiento jurídico laboral y de la seguridad social vigente.Exceptúense del cumplimiento de los requisitos establecidos en losincisos a) y d) del presente artículo a las empresas en situacionescríticas que soliciten financiamiento en el marco del FONDO FIDUCIARIOPARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO (FONDEAR).

En el caso previsto en el párrafo anterior, el COMITÉ EJECUTIVOestablecerá un plazo perentorio máximo en el que la empresa ensituación crítica deberá suscribir un plan de regularización de susobligaciones fiscales y/o previsionales con la Autoridad Competentepertinente y readecuar su operatoria al marco legal vigente, como asítambién cualesquiera otras condiciones que estime corresponder respectode la regularización de sus obligaciones en mora.

El COMITÉ EJECUTIVO podrá establecer condiciones resolutorias respectodel crédito otorgado ante el incumplimiento de cualesquiera de lascondiciones particulares definidas al momento del otorgamiento de laelegibilidad correspondiente, sin perjuicio de las sanciones quecorrespondan en virtud de lo establecido en el Artículo 19, inciso c)de la presente resolución.”

ARTÍCULO 2º — Sustitúyese el Artículo 8º de la Resolución Nº 353/14 delex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el cual quedaráredactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 8°.- Las funciones y atribuciones del COMITÉ EJECUTIVO serán las siguientes:

a. Dictar y modificar su reglamento de funcionamiento interno.

b. Aprobar o rechazar las solicitudes previstas en el marco del FONDOPARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO (FONDEAR) y sus eventualesrefinanciaciones.

c. Aprobar o rechazar las elegibilidades de los proyectos en el marco del instrumento Bonificación de tasas de interés.

d. Evaluar los casos particulares a fin de definir la procedencia de laaplicación de los criterios de excepción previstos para las empresas ensituaciones críticas y, en caso de considerar apropiado el otorgamientodel préstamo, establecer las condiciones del mismo.

e. Aplicar sanciones en caso de incumplimientos a los destinatarios.”

ARTÍCULO 3º — Incorpórase al Anexo IV de la Resolución Nº 353/14 del exMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, “Documentación a presentarpara solicitar préstamos directos”, aprobado por el Artículo 9° de laResolución N° 31 de fecha 29 de septiembre de 2016 de la SECRETARÍA DELA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, losFormularios 2.C - “DECLARACIÓN JURADA. EMPRESA EN SITUACIÓN CRÍTICA.PERSONA JURÍDICA.” y 2.D - “DECLARACIÓN JURADA. EMPRESA EN SITUACIÓNCRÍTICA. PERSONA HUMANA” que, como Anexo(IF-2016-04637770-APN-SECTP#MP), forman parte integrante de la presentemedida.

ARTÍCULO 4° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su dictado.

ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lucio Castro.

2.C. “DECLARACIÓN JURADA. EMPRESA EN SITUACIÓN CRÍTICA. PERSONA JURÍDICA”

En mi carácter de presidente/apoderado/representante legal de laempresa _____________, C.U.I.T. N° ____________, inscripta en elRegistro Público de Comercio / Inspección General de Justicia, bajo elNº _________________ Folio__________ Tomo _______ de fecha _________,declaro en CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA que la empresa que represento:

• Es una persona jurídica constituida en la República Argentina,habilitada para actuar dentro del territorio argentino de acuerdo a surégimen jurídico vigente.

• Se encuentra inscripta en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

• Cumple con la normativa exigida para la actividad productiva quedesarrolla, las normas de higiene y seguridad industrial de laSuperintendencia de Riesgos de Trabajo y la normativa ambientalnacional, provincial y municipal vigente.

Asimismo, manifiesto con CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA que la empresaque represento no se halla en alguna de las situaciones establecidas enel Artículo 2º, incisos b) y c) de la Resolución Nº 353 de fecha 4 dejulio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, asaber:

• No se encuentra declarada en quiebra, habiéndose dispuesto la nocontinuidad de la explotación, conforme a lo establecido en la Ley Nº24.522 y sus modificaciones.

• Sus representantes o directores no están condenados por delitosdolosos, con penas privativas de la libertad e inhabilitación, sin quehaya transcurrido un tiempo igual al doble de la condena.

A su vez, manifiesto con CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA que la empresaque represento suscribirá los planes de regularización de susobligaciones fiscales y previsionales con las Autoridades Competentesque correspondan y readecuará su operatoria a fin de cumplirintegralmente con el marco legal vigente en el plazo perentorio máximoque establezca el COMITÉ EJECUTIVO y, asimismo, cumplirá con lasrestantes condiciones que éste establezca a fin de proceder a laregularización de las obligaciones en mora.

En este sentido, declaro encontrarme en pleno conocimiento de que, anteel incumplimiento de las obligaciones anteriormente asumidas, el COMITÉEJECUTIVO podrá establecer dar por resuelto el contrato de crédito quese suscriba, como así también podré ser pasible las sancionesestablecidas en el Artículo, 19 inciso c) de la Resolución Nº 353 defecha 4 de julio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZASPÚBLICAS, de corresponder.

Por otra parte, manifiesto conocer que la sola presentación delproyecto no generará derecho subjetivo alguno a favor de la empresa querepresento, conocer y aceptar plenamente sin reserva lo previsto en elDecreto N° 606/14 y en la Resolución Nº 353 de fecha 4 de julio de 2014del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y sus modificatorias,comprometerme a acreditar toda otra documentación formal adicional quesea solicitada para su análisis y contar con idoneidad y capacidad paraacreditar lo anteriormente detallado.

Buenos Aires, a los .... días del mes de .......... de.....

Firma ..................................

Aclaración ..........................

DNI .....................................

Cargo .................................

2.D, “DECLARACIÓN JURADA. EMPRESA EN SITUACIÓN CRÍTICA. PERSONA HUMANA”

Quien suscribe, __________ (nombre y apellido), Documento de Identidad:Tipo _________ N°___________, con domicilio real en _______ de laCiudad _________, declaro con CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA que miempresa, registrada bajo el C.U.I.T. N° _________:

• Se encuentra habilitada para actuar dentro del territorio argentino de acuerdo a su régimen jurídico vigente.

• Se encuentra inscripta en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

• Cumple con la normativa exigida para la actividad productiva quedesarrolla, las normas de higiene y seguridad industrial de laSuperintendencia de Riesgos de Trabajo y la normativa ambientalnacional, provincial y municipal vigente.

Asimismo, manifiesto con CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA que no meencuentro en las situaciones establecidas en el Artículo 2º, incisos b)y c) de la Resolución Nº 353 de fecha 4 de julio de 2014 del exMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a saber:

• No me encuentro declarado en quiebra, habiéndose dispuesto la nocontinuidad de la explotación, conforme a lo establecido en la Ley Nº24.522 y sus modificaciones.

• No me encuentro condenado por delitos dolosos, con penas privativasde la libertad e inhabilitación, sin que haya transcurrido un tiempoigual al doble de la condena.

A su vez, manifiesto con CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA que suscribirélos planes de regularización de mis obligaciones fiscales yprevisionales con las Autoridades Competentes que correspondan,readecuaré mi operatoria a fin de cumplir integralmente con el marcolegal vigente en el plazo perentorio máximo que establezca el COMITÉEJECUTIVO y, asimismo, cumpliré con las restantes condiciones que ésteestablezca a fin de proceder a la regularización de las obligaciones enmora.

En este sentido, declaro encontrarme en pleno conocimiento de que, anteel incumplimiento de las obligaciones anteriormente asumidas, el COMITÉEJECUTIVO podrá establecer dar por resuelto el contrato de crédito quese suscriba, como así también podré ser pasible las sancionesestablecidas en el Artículo, 19 inciso c) de la Resolución Nº 353 defecha 4 de julio de 2014 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZASPÚBLICAS, de corresponder.

Por otra parte, manifiesto conocer que la sola presentación delproyecto no generará derecho subjetivo alguno a favor de mi empresa,conocer y aceptar plenamente sin reserva lo previsto en el Decreto N°606/14 y en la Resolución Nº 353 de fecha 4 de julio de 2014 del exMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y sus modificatorios,comprometerme a acreditar toda otra documentación formal adicional quesea solicitada para su análisis y contar con idoneidad y capacidad paraacreditar lo anteriormente detallado.

Buenos Aires, a los ........ días del mes de ....... de......

Firma ..................................

Aclaración ...........................

DNI .....................................

IF-2016-04637770-APN-SECTP#MP

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