Resolución E 8/2016

Tarifa Sustitutiva - Apruebase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social
Tarifa Sustitutiva - Apruebase

Apruebase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2016 del convenio de corresponsabilidad gremial celebrado entre la federacion de obreros y empleados vitivinicolas y afines (f.o.e.v.a.) y diversas entidades representativas de los productores vitivinicolas de la provincia de mendoza, homologado por la resolucion de la secretaria de seguridad social n° 6 de fecha 19 de marzo de 2012.

Id norma: 269236 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33525

Fecha boletin: 19/12/2016 Fecha sancion: 14/12/2016 Numero de norma 8/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 6/2012 DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 8 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2016

VISTO el Expediente N° 1.489.513/12 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 26.377 y 26.773, elDecreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución delMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 4, de fecha 13 deenero de 2004, la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 6,de fecha 19 de marzo de 2012, la Resolución de la SUBSECRETARIA DERELACIONES LABORALES N° 529 E de fecha 1 de agosto de 2016 y laResolución Conjunta de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO N°369 y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION N° 40.035 de fecha16 de septiembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08 facultó alas asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y lasentidades empresarias de la actividad rural, suficientementerepresentativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DETRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES AGRARIOS (RENATEA), a celebrar entresí convenios de corresponsabilidad gremial en materia de SeguridadSocial.

Que el Decreto N° 1.370/08 estableció la competencia de la SECRETARIADE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDADSOCIAL, para los casos de homologación de los convenios celebrados enel marco de la Ley N° 26.377.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 6/12, sehomologó, con los alcances previstos en la Ley N° 26.377 y su DecretoReglamentario, el Convenio celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS YEMPLEADOS VITIVINICOLAS y AFINES (F.O.E.V.A.) y diversas entidadesrepresentativas de los productores vitivinícolas de la Provincia deMENDOZA.

Que por la Resolución de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES deesta cartera de Estado N° 529 E, de fecha 1 de agosto de 2016, sehomologó el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS YEMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (F.O.E.V.A.), por el sector sindical ydiversas entidades representativas de los productores vitivinícolas,por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley deNegociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004), fijándose el valor mínimopor tacho o gamela de uva para la cosecha 2016 e incrementándose a DOSPOR CIENTO (2%) el porcentaje de la cuota sindical.

Que por la Resolución Conjunta de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DELTRABAJO N° 369 y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION N°40.035, de fecha 16 de septiembre de 2016, se estableció, en orden a lodispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 26.773, que el premio mensualpara la cobertura de Riesgos del Trabajo, de los trabajadores incluidosen los Convenios de Corresponsabilidad Gremial para la actividadvitivinícola de las Provincias de MENDOZA, SAN JUAN, RIO NEGRO,NEUQUEN, SALTA, LA RIOJA y CATAMARCA, deberá encontrarse dentro losSEISCIENTOS CINCUENTA PESOS ($650) a SETECIENTOS VEINTE PESOS ($720),por mes y por empleado cubierto.

Que a los fines de mantener la representatividad de los aportes ycontribuciones que la tarifa establecida sustituye, procede lahomologación de una nueva tarifa sustitutiva.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que lecompete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.377 y el Decreto N° 1.370/08.

Por ello,

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2016 delConvenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la FEDERACION DEOBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (F.O.E.V.A.) y diversasentidades representativas de los productores vitivinícolas de laProvincia de MENDOZA, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DESEGURIDAD SOCIAL N° 6 de fecha 19 de marzo de 2012, que como AnexoIF-2016-03251170-APN-SECSS#MT forma parte integrante de la presenteresolución.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — JUAN CARLOS PAULUCCI MALVIS,Secretario, Secretaría de Seguridad Social, Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

TARIFA SUSTITUTIVA CCG VITIVINÍCOLA MENDOZA

Salario* ($/Gamela) $ 7,11

Salario (S/Quintal) $ 28,44

*Valor tacho de uva vendimia 2016.

Resolución SsRL N° 529/2016.

CONCEPTOSAPORTES

CONTRIBUCIONES

TOTALDISTRIBUCIÓN PORCENTUAL

 % $ % $

SIPA11,00%$ 3,1310,17%$ 2,89$ 6,0247,51%

Obra Social3,00%$ 0,856,00%$ 1,71$ 2,5620,21%

Asignaciones Familiares

4,44%$ 1,26$ 1,269,95%

Seguro Desempleo

0,89%$ 0,25$ 0,251,97%

INSSJyP3,00%$ 0,851,50%$ 0,43$ 1,2810,10%

Riesgos del Trabajo

4,57%$ 1,30$ 1,3010,26%

TOTAL17,00%$ 4,8327,57%$ 7,84$ 12,67100,00%

TS por Quintal$ 12,67

CONCEPTOSCONTRIBUCIONES

 % $

Gastos Administrativos INV0,25%$ 0,07

Cuota Sindical2,00%$ 0,57

TOTAL2,25%$ 0,64

TS Total por Quintal$ 13,31

IF-2016-03251170-APN-SECSS#MT

e. 19/12/2016 N° 95645/16 v. 19/12/2016

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